CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR (PERSONAS FÍSICAS Y MORALES) (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

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Transcripción:

Anexo 1a CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR (PERSONAS FÍSICAS Y MORALES) FECHA: DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E (Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocemos el Acuerdo General de Administración VI/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008, y no nos encontramos en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y X, así como 58 fracción XVI, del instrumento normativo antes referido. Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito. ATENTAMENTE Nombre y firma del participante (persona física o representante de la persona moral) Página 1 de 7

Anexo 1b MANIFESTACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL FECHA: DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E (Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y representación de (nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito señalo como domicilio legal para recibir y oír las notificaciones relacionadas con el presente procedimiento de contratación número, mediante comprobante de (especificar, predial, agua o CFE) así como las relacionadas con la contratación que llegaré a celebrar con los órganos del Poder Judicial de la Federación, el ubicado en Calle número exterior, número interior, Colonia, Delegación o Municipio, Código Postal, Ciudad. Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito. ATENTAMENTE Nombre y firma del representante legal Página 2 de 7

Anexo 2a REQUERIMIENTO TÉCNICO 1. NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL: (Datos fiscales) 2. DOMICILIO: 3. REPRESENTANTE LEGAL: 4. TELEFONO: 5: CORREO ELECTRÓNICO: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SERVICIOS DE ALIMENTOS: Descripción de servicio Servicio de café continuo, distribuido en el número de islas que resulten necesarias para la atención del número de personas requeridas y que incluya: refrescos en lata de diversos sabores incluyendo light presentación de 355 ml, café americano fresco de grano y cafeteras, agua embotellada en presentación de 600 ml, hielo, azúcar, sustituto de azúcar y crema en sobres, servilletas, vasos térmicos de 8 oz., galletas y pastas surtidas, mesas y manteles para la barra de café y meseros de servicio. Asimismo deberá considerarse la entrega diaria al personal de Comunicación y Vinculación Social, de tazas de café en loza (50), vasos de vidrio (50), así como 50 botellas de agua de 330 ml para su distribución con los disertantes. Las tazas y vasos deberán estar perfectamente limpios y se sustituirán cada día en punto de las 8:00 hrs. El servicio deberá contemplar la distribución diaria de 2,000 complementos (no miniatura) presentados de manera individual en empaque de celofán transparente debidamente sellado, cuyo costo unitario no exceda de $24.00 (veinticuatro pesos). Número de Personas Fecha, hora y lugar de abasto 1,000 Ciudad de México Servicio de café continuo: 7 de mayo 8:00 a 18:00 hrs. 8 de mayo 8:00 a 18:00 hrs. Observaciones Adjuntar 4 fotografías de servicios contratados bajo este mismo formato El proveedor deberá señalar al menos 6 propuestas de complementos para seleccionar dos por día y presentar dos ejemplares de prueba en la fecha y hora que se señale para tal fin, con el propósito de evaluar la presentación y empaque de los alimentos, así como la calidad, entendiéndose este último punto como la frescura, sabor y preparación de los ingredientes Entrega y distribución conforman de complementos: alimentos. 7 de mayo 14:00 horas. 8 de mayo 14:00 horas. que los Página 3 de 7

Descripción de servicio Servicio continuo de café, que deberá ser instalado en la sala de ajuste de tiempo, para 20 personas y que incluya: refrescos en lata (de 355 ml) de varios sabores regular y de dieta, hielo, café americano fresco de grano y cafetera, Tés tradicionales de diferentes sabores (variedad de al menos 3), agua embotellada en presentación de 330 ml, azúcar, sustituto de azúcar y crema en sobres, servilletas, loza y cristal (con posibilidad de remplazos sin posibilidad de lavarlos al momento), pastas finas, canapés dulces y salados, todo esto elaborado por el propio prestador de servicios, mesas y manteles para la barra de café y mesero de servicio. Número de Personas Fecha, hora y lugar de abasto 20 Ciudad de México 7 y 8 de mayo de 8:00 a 20:00 hrs. Observaciones Adjuntar propuestas de canapés dulces y salados, al menos ocho de cada uno para selección. Los participantes deberán manifestar, bajo protesta de decir verdad, que existe higiene en la preparación de los alimentos. Carta bajo protesta de decir verdad por la que deberá garantizar la calidad y conservación de los alimentos, evitando alimentos de fácil descomposición, entendiendo por ello que todos los ingredientes que se ocupen sean frescos y que esto por ningún motivo se vea afectado en razón de la temperatura ambiente del lugar donde se entreguen. Firma del participante o representante legal Página 4 de 7

Anexo 2b CUMPLIMIENTO DE NORMAS NACIONALES E INTERNACIONALES DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE FECHA: (Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que mi representada cumple con las Normas Nacionales e Internacionales respecto de la contratación del servicio de suministro de alimentos, en su modalidad de cafetería, solicitado con motivo de la celebración del X Encuentro Universitario con el Poder Judicial de la Federación, conforme lo establece la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y, demás disposiciones aplicables, según se indica a continuación: 1. Normas Nacionales (NOM-093-SSA1/1994, NOM-120-SSA1/1994 y NOM-251-SSA1/2009) 2. Normas Internacionales ATENTAMENTE Nombre y firma del representante legal Página 5 de 7

FECHA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PARTICIPANTE Anexo 3 (Formato de propuesta económica) NÚM. CANTIDAD DESCRIPCIÓN 1 2 20 UNIDAD DE MEDIDA PRECIO UNITARIO DÍAS REQUERIDOS SUBTOTAL 1,000 Servicio de café por 10 horas Pieza $ 2 $ 2,000 Complementos Pieza $ 2 $ Servicio de café para sala de ajuste por 12 horas Pieza $ 2 $ SUBTOTAL $ IVA $ TOTAL $ Las operaciones aritméticas se deberán efectuar con redondeo a dos decimales. Importe total de la partida en letra: Plazo de entrega: 7 y 8 de mayo de 2018, en los horarios señalados en el Anexo 2a. Lugar de prestación de los servicios: Unidad de Congresos. Centro Cultural para los Trabajadores Dr. Ignacio Morones Prieto del Instituto Mexicano del Seguro Social, ubicada en Avenida Cuauhtémoc, Número 330, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06720, Ciudad de México Forma de pago: El pago se realizará a los 15 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la presentación del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) correspondiente, en la ventanilla única de la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad, acompañado de la constancia de entrega a entera satisfacción. Vigencia de la propuesta: las propuestas permanecerán vigentes por un plazo no menor de 60 días hábiles siguientes de la fecha de entrega de las mismas Los precios ofertados no serán sujetos a ningún ajuste y cualquier error en los mismos, será de la estricta responsabilidad del ofertante. Los precios se mantendrán firmes hasta el cumplimiento total del contrato. En el precio se deberá considerar todos los requerimientos del anexo 2a. Razón Social R.F.C. Domicilio Nombre y firma del representante o apoderado legal Página 6 de 7

Anexo 4 Proyecto de contrato Simplificado de Servicios I.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo sucesivo Suprema Corte" por conducto de su representante para los efectos de este instrumento manifiesta que: I.1.- Es el máximo órgano depositario del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. I.2.-La presente contratación fue autorizada por el Director de Servicios Generales adscrito a la de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante el procedimiento de Concurso Público Sumario, de conformidad con lo previsto en los artículos 42; 43, fracción III, y 82 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. I.3.- La Directora General de Recursos Materiales está facultada para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Acuerdo General de Administración VI/2008. I.4.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en la Calle de José María Pino Suárez número 2, colonia Centro de la ciudad de México, delegación Cuauhtémoc, código postal 06060, en la Ciudad de México. II.- El Prestador de Servicios por conducto de su representante legal manifiesta bajo protesta de decir verdad que: II.1.- Se encuentra constituida bajo las leyes mexicanas, e inscrita en el Registro Público correspondiente. II.2.-Cuenta con personal con la suficiente experiencia y calificación para ejecutar los servicios requeridos por la Suprema Corte, así como con los elementos técnicos y capacidad económica necesaria para tal fin. II.3.- No desempeña un empleo, cargo o comisión en el servicio público y entre sus socios, accionistas, representantes legales o apoderados no se encuentran servidores públicos del Poder Judicial de la Federación. II.4.- No se encuentra inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público. II.5.- Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal. II.6.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el indicado en la carátula del presente instrumento. III.- La Suprema Corte" y el Prestador de Servicios declaran que: III.1.- Reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en los antecedentes I.4 y II.6 de este instrumento. lll.2.- El acuerdo de voluntades plasmado en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Reglamento Orgánico en Materia de Administración, y de manera supletoria el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley Federal del Procedimiento Administrativo en lo conducente, al tenor de las siguientes: C L Á U S U L A S Primera. Condiciones Generales. El Prestador de Servicios se compromete a proporcionar el servicio descrito en la carátula del presente instrumento y respetar en todo momento el precio, plazo y condiciones de pago señalados en la referida carátula, durante y hasta el cumplimiento total del objeto de este acuerdo de voluntades. El pago señalado en la presente cláusula, cubre el total del servicio contratado, por lo cual la Suprema Corte no tiene obligación de cubrir ningún importe adicional. Segunda. Pena Convencional. Las penas convencionales serán determinadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en función del incumplimiento decretado, conforme lo siguiente: En caso de incumplimiento en cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente contrato, la Suprema Corte de Justicia de la Nación aplicará al prestador de servicios, en forma proporcional, una pena convencional hasta por un 10% (diez por ciento) del monto que corresponda al valor de los servicios, sin incluir impuestos, que no se hayan prestado, o bien, no se hayan recibido a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El prestador de servicios responsable del incumplimiento se hará acreedor a la pena convencional prevista en el párrafo anterior, con independencia de que se hagan efectivas las garantías otorgadas. Las penas anteriores podrán descontarse de los montos pendientes de cubrir por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al Prestador de Servicios y, de ser necesario, ingresando su monto a la Tesorería de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Tercera. Requisitos para realizar los pagos respectivos. Para efectos fiscales el Prestador de Servicios deberá presentar la o las facturas a nombre de la Suprema Corte según consta en la cedula de identificación fiscal, expedida por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5, indicando el domicilio señalado en la declaración I.4 de este instrumento y demás requisitos fiscales a que haya lugar, acompañado de copia del oficio a entera satisfacción del área solicitante y original del presente contrato simplificado. Cuarta. Modificaciones de este instrumento. Las condiciones pactadas en el presente instrumento podrán ser objeto de modificación en términos de lo previsto en el artículo 143, fracción I del referido Acuerdo General VI/2008. Quinta. Inexistencia de relación laboral. El Prestador de Servicios, como empresario y patrón del personal que ocupe para los servicios profesionales materia de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones laborales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social, por lo que responderá de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o de la Suprema Corte, en relación con los servicios motivo de este contrato. La Suprema Corte estará facultada para requerir al Prestador de Servicios los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS, así como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS. En caso de que alguno o algunos de los trabajadores del Prestador de Servicios, ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación en contra de la Suprema Corte, el Prestador de Servicios deberá reembolsar la totalidad de los gastos que erogue la Suprema Corte por concepto de traslados, viáticos, hospedaje, transportación, alimentos y demás inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a la Suprema Corte de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido. Las partes acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar, podrán ser deducidos por la Suprema Corte de las facturas que se encuentren pendientes de pago, independientemente de las acciones legales que se pudieran ejercer. Sexta. Subcontratación. La Suprema Corte de Justicia de la Nación manifiesta que no aceptará la subcontratación que realice el prestador de servicios para cumplir con el objeto de la presente contratación. Para los efectos de esta contratación, se entiende por subcontratación el acto mediante el cual el prestador de servicio encomienda a otra persona física o jurídica, la ejecución parcial o total del objeto del contrato. Séptima. Confidencialidad. La documentación que se proporcione al Prestador de Servicios con motivo de la celebración de este contrato, es propiedad de la Suprema Corte, por lo que el Prestador de Servicios, por sí o a través de sus trabajadores, se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunicación, cualquier resultado o dato obtenido de los servicios o trabajos prestados a la primera. Octava. Rescisión. Queda expresamente convenido que la Suprema Corte podrá dar por rescindido el presente contrato sin necesidad de que medie declaración judicial, en caso de que el Prestador de Servicios deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en este contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación. Antes de declarar la rescisión, la Suprema Corte notificara por escrito las causas respectivas al Prestador de Servicios en su domicilio señalado en la declaración II.6 de este instrumento, con quien en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime conveniente y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Vencido ese plazo el órgano competente de la Suprema Corte determinara sobre la procedencia de la rescisión, lo que se comunicara al Prestador de Servicios en su domicilio señalado en la declaración II.6 de este instrumento. Novena. Supuestos de terminación de contrato, diversos a la rescisión. El presente contrato podrá darse por terminado, al cumplimentarse su objeto o bien de manera anticipada cuando existan causas justificadas o razones de interés general, en términos de lo previsto en los artículos 148, 149, 150 y 151 del Acuerdo General de Administración VI/2008. Décima. Del fomento a la transparencia y de la protección de datos personales. Las partes están de acuerdo en que el presente instrumento constituye información pública en términos de lo dispuesto en los artículos 1, 70, 113 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que los gobernados podrán realizar su consulta. De conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a la información a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en el artículo 6 Constitucional, el Prestador de Servicios se obliga a guardar secreto y a no divulgar por ningún medio, aun electrónico, ni por conferencias y/o informes los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato. En caso de incumplimiento la Suprema Corte podrá exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este instrumento, por concepto de pena convencional Décima Primera. Resolución de controversias. Para efecto de la interpretación y cumplimiento de lo estipulado en este instrumento, el Prestador de Servicios se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte renunciando a cualquier fuero que en razón de su domicilio tenga o llegare a tener, de conformidad con lo indicado en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Las partes acuerdan que cualquier notificación que tengan que realizarse de una parte a otra, se realizará por escrito en el domicilio que ha señalado en las declaraciones I.4 y II.6 de este instrumento. RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS Nombre Firma Fecha Página 7 de 7