BASES PARA LA CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE 14 TRABAJADORES DESEMPLEADOS PARA EL P.E.E.Z.R.D

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Transcripción:

BASES PARA LA CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE 14 TRABAJADORES DESEMPLEADOS PARA EL P.E.E.Z.R.D. 2016. 1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de las presentes bases la selección y posterior contratación de 7 hombres y 7 mujeres desempleados para la realización de los siguientes proyectos. REPARACIONES Y MANTENIMIENTO EN PARTE VIEJA DEL CEMENTERIO, ACERADO DE CALLES Y OBRAS DE ACCESIBILIDAD EN LA PLAZA DE ESPAÑA Y ROJA. 2.- DURACIÓN Y TIPO DE CONTRATO, JORNADA Y SALARIO.- La duración de los contratos será de tres meses ininterrumpidos, con fecha de inicio el 01 de octubre 2016. El tipo de contrato será por Obra o Servicio, una jornada completa de Lunes a Viernes, excepto que la Corporación por necesidades de trabajo establezca una jornada de trabajo diferente, y un salario de 765 euros brutos/mes, incluida la parte proporcional de una paga extraordinaria. 3.-SISTEMA DE SELECCIÓN.- El sistema de selección será el de concurso, a través de la valoración por la Comisión Paritaria en función de las condiciones económica-sociales fijadas en las presentes bases. 4.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos. a) Ser español o extranjero con residencia legal en España, siempre que reúnan los requisitos legales para su contratación (artículos 56 y 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público). b) Tener entre 18 años y la edad legalmente establecida para la jubilación. c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. 1

d) Los trabajadores contratados deben reunir la condición previa de ser desempleados inscritos en Oficina de Empleo, con una antigüedad mínima de dos meses a la fecha de la selección, tendrán preferencia trabajadores agrícolas por cuenta ajena o pertenecer a colectivos desfavorecidos o prioritarios en las medidas de políticas activas. e) Quedarán excluidas aquellas personas que en el plazo de dos años a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes, hayan trabajado para el Ayuntamiento de Fuente-Álamo, por un cómputo total de 3 meses f) En ningún caso podrán trabajar en el mismo Plan más de una persona por unidad familiar, que convivan en la misma vivienda a la fecha de publicación de las presentes bases. g) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. h) Quedarán excluidas aquellas personas que fueron seleccionadas para otros planes de empleo en el último año y hayan renunciado. Nota: El no cumplimiento de requisitos será motivo para no admitir la solicitud en el registro del Ayuntamiento. 5.- BAREMACIÓN PUNTUACIÓN PARA LA SELECCIÓN DE LOS SOLICITANTES. A) 1. Las mujeres víctimas de violencia de género tendrán prioridad absoluta en la selección, quedando excluidas del requisito de inscripción en el Sepecam en el momento de gestionarse la oferta por la Oficina de empleo, aunque sí deberán estar inscritas como desempleadas en el momento de la contratación. 2. A los efectos de esta Orden, se consideran mujeres víctimas de violencia de género, aquellas que hayan sufrido a manos de su pareja o ex pareja, cualquier acto de violencia física o psicológica, en los dos años anteriores a la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Esta condición se acreditará documentalmente ante la Comisión de Selección, a través de alguno de los medios previstos en el artículo 3.2 del Real Decreto 1917/2008, de 21 de noviembre (BOE nº 297, de 10/12/2008), por el que se prueba el programa de inserción socio laboral para mujeres víctimas de violencia de género. También podrá acreditarse mediante informe técnico 2

emitido por el Instituto de la Mujer u organismo que tenga las competencias en la materia. Al igual que el resto de trabajadores deberán presentar su solicitud y cumplir con los requisitos del punto 4. B) ANTIGÜEDAD DE EMPADRONAMIENTO EN EL MUNICIPIO DE FUENTE- ÁLAMO Hasta 1 año (0 puntos) Entre 1 y 2 años (2 puntos) Entre 2 y 3 años (4 puntos) Más de 3 años (5 puntos) C) DESEMPLEADOS Desempleados/as que no perciban prestaciones por desempleo de nivel contributivo, subsidio o pensión, tengan cargas familiares y no tengan familiares de primer grado con ingresos, y que convivan con el solicitante en la fecha de publicación de las bases (8 Puntos) Desempleados/as que no perciban prestaciones por desempleo de nivel contributivo, subsidio o pensión, tengan cargas familiares y tengan familiares de primer grado con ingresos, y que convivan con el solicitante en la fecha de publicación de las bases (5 Puntos) Desempleados/as que no perciban prestaciones por desempleo de nivel contributivo, subsidio o pensión, no tengan cargas familiares y no tengan familiares de primer grado con ingresos, y que convivan con el solicitante en la fecha de publicación de las bases (7.5 Puntos) Desempleados/as que no perciban prestaciones por desempleo de nivel contributivo, subsidio o pensión, no tengan cargas familiares y tengan familiares de primer grado con ingresos, y que convivan con el solicitante en la fecha de publicación de las bases (4.5 Puntos) Desempleados/as que perciban subsidio por desempleo o pensión, tengan cargas familiares y no tengan familiares de primer grado con ingresos, y que convivan con el solicitante en la fecha de publicación de las bases (7 puntos) Desempleados/as que perciban subsidio por desempleo o pensión, tengan cargas familiares y tengan familiares de primer grado con ingresos, y que convivan con el solicitante en la fecha de publicación de las bases (4 puntos) 3

Desempleados/as que perciban subsidio por desempleo o pensión, no tengan cargas familiares y no tengan familiares de primer grado con ingresos, y que convivan con el solicitante en la fecha de publicación de las bases (6.5 puntos) Desempleados/as que perciban subsidio por desempleo o pensión, no tengan cargas familiares y tengan familiares de primer grado con ingresos, y que convivan con el solicitante en la fecha de publicación de las bases (3.5 puntos) Desempleados/as que perciban prestaciones por desempleo de nivel contributivo o pensión, tengan cargas familiares y no tengan familiares de primer grado con ingresos, y que convivan con el solicitante en la fecha de publicación de las bases (6 puntos) Desempleados/as que perciban prestaciones por desempleo de nivel contributivo o pensión, tengan cargas familiares y tengan familiares de primer grado con ingresos, y que convivan con el solicitante en la fecha de publicación de las bases (3 puntos) Desempleados/as que perciban prestaciones por desempleo de nivel contributivo o pensión, no tengan cargas familiares y no tengan familiares de primer grado con ingresos, y que convivan con el solicitante en la fecha de publicación de las bases (5.5 puntos) Desempleados/as que perciban prestaciones por desempleo de nivel contributivo o pensión, no tengan cargas familiares y tengan familiares de primer grado con ingresos, y que convivan con el solicitante en la fecha de publicación de las bases (2.5 puntos) Desempleados/as que perciban subsidio por desempleo o pensión, tengan cargas familiares y tengan familiares de primer grado con ingresos, y que convivan con el solicitante en la fecha de publicación de las bases (2 puntos) Desempleados/as que perciban subsidio por desempleo o pensión, no tengan cargas familiares y tengan familiares de primer grado con ingresos, y que convivan con el solicitante en la fecha de publicación de las bases (1 puntos) Las cargas familiares se valorarán con 0.25 puntos por cada persona a cargo. Se entiende por cargas familiares tener a cargo (conviviendo con él/ella) del trabajador/a desempleado/a que se contrata, hijos menores de 26 años, o hijos mayores de 26 años discapacitados, o menores acogidos o personas dependientes (personas que no se pueden valer por sí mismas, circunstancia que se acreditará 4

mediante el informe pertinente) que no tengan rentas superiores al 75% del Salario mínimo interprofesional (491,4 ) Se entiende por familias con ingresos cuando la renta del conjunto de la unidad familiar dividida por el número de miembros sea superior al 50% del salario mínimo interprofesional (327,6 ) La situación de la unidad familiar, a efectos de aplicación del baremo arriba indicado deberá acreditarse documentalmente a través de alguno de los siguientes medios: D) SITUACIÓN MIEMBROS NÚCLEO FAMILIAR Si todos los miembros de la unidad familiar se encuentran en el desempleo se sumarán 2 puntos a los consignados en los párrafos anteriores. Entendiéndose por unidad familiar que exista pareja o cargas familiares. E) ANTIGÜEDAD COMO DEMANDANTE DE EMPLEO Los desempleados inscritos como demandantes de empleo, que acrediten una antigüedad de hasta 1 año a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, se les puntuará con 1 punto. Los desempleados inscritos como demandantes de empleo que acredite una antigüedad entre 1 y 2 años a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, se les puntuará con 2 puntos. Aquellos desempleados inscritos como demandantes de empleo que acrediten una antigüedad superior a dos años a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias se les puntuará con 3 puntos. F) COLECTIVO TRABAJADORES/AS AGRÍCOLAS Mayores de 55 años que hayan pertenecido al colectivo de trabajadores/as agrícolas por cuenta ajena en los últimos 7 años 3puntos. Los posibles empates se dirimirán a favor de discapacitados y/o mujeres, y en caso de persistir el empate por la mayor antigüedad en la fecha de inscripción como demandante de empleo en el SEPE. (Solo se valorará la documentación presentada, no existirán las presunciones) 6.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y DOCUMENTACIÓN. 5

Los interesados/as en participar en el proceso selectivo deberán cumplimentar su solicitud utilizando el modelo del Anexo I (Modelo que establezca el Ayuntamiento), acompañando la documentación que se cita y presentarlo en el Registro del Ayuntamiento desde el día 16 de Agosto al 2 de Septiembre de 2016. DOCUMENTACIÓN A APORTAR Fotocopia D.N.I./ N.I.E. del solicitante y de los miembros de la unidad familiar. Fotocopia tarjeta demandante de empleo del solicitante y de los miembros de la unidad familiar, mayores de 16 años. Declaración de la renta de todas las personas de la unidad familiar o certificado de no estar obligad@ a realizarla y/o certificado de imputaciones de renta. Certificado prestaciones expedido por la oficina de Empleo (https://sede.sepe.gob.es). Certificado de la Seguridad Social de percibir o no pensión (https://sede.segsocial.gob.es). Declaración jurada, en relación a los ingresos brutos totales que percibe cada uno de sus miembros. Informe de Vida Laboral (https://sede.seg-social.gob.es). Libro de familia y acreditación de custodia de hijos en el caso de familias mono parentales. Documentación acreditativa cargas familiares ( matriculas estudios, informe dependencia. Certificado de reconocimiento de discapacidad del solicitante y de los hijos discapacitados a su cargo, expedido por el IMSERSO o el Órgano de la Comunidad Autónoma correspondiente. Acreditación documental de ser víctima de violencia de género en los términos establecidos en el punto 5 de estas bases. Documentación acreditativa de las circunstancias alegadas 7.- COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN LOCAL DE SELECCIÓN. Se integrará en los términos previstos por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 49 de la Ley 4/2001 de Empleo Público de Castilla La Mancha. En concreto: o Presidente/a; Secretario del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue. o Vocal; Funcionario/a de carrera o personal laboral fijo designado por el Ayuntamiento. o Vocal; Funcionario/a de carrera o personal laboral fijo designado por el Ayuntamiento. 6

Todos los miembros de la Comisión Local de selección tendrán voz y voto, y no podrán constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente y del Secretario, o en su caso, quienes les sustituyan, y de al menos uno de los vocales. El Secretario de la Comisión, levantará acta de las actuaciones de la misma, en la que deberá quedar constancia, de los miembros que la componen, los aspirantes que han concurrido a la selección, con expresión de la documentación aportada y la calificación otorgada, los aspirantes que han sido propuestos, así como los posibles suplentes para cada uno de los proyectos, las renuncias y los candidatos excluidos, con expresión de la causa de exclusión. La Comisión local de selección valorará la documentación aportada y ordenará a los aspirantes según la baremación de la base siguiente, levantándose Acta de los trabajadores seleccionados, así como aquellos que quedaran en reserva para posibles renuncias, sustituciones, etc. 8.- PROPUESTA DEL TRIBUNAL CALIFICADOR. Una vez valorada por el Tribunal la documentación aportada por los interesados, el Tribunal formulará relación de aspirantes provisional, según el orden de puntuación, exponiéndose en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento. Se establecerá un plazo de 3 días hábiles para la presentación de reclamaciones, si durante dicho plazo no se presentase ninguna reclamación la relación de aspirantes tendrá carácter definitivo. 9.- NORMAS DE APLICACÓN En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en las disposiciones contenidas en el R.D. 781/1986 de 18 de Abril, la Ley 7/85, de 2 de abril, modificada por la ley 11/99 y la Ley 57/2003, EL R.D 365/95, el R.D. 364/95, el R.D. 896/91, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y Ley 27/2013 de 27 de Diciembre. 10.- EMBARGO DE SALARIOS: Los seleccionados que tengan deuda pendiente con el ayuntamiento se les retendrá de la nómina el porcentaje establecido por la legislación vigente 11.- DEFINICIONES Y ACLARACIONES A LOS EFECTOS DE LA PRESENTE CONVOCATORIA. 7

Se entenderá por unidad familiar la formada por el solicitante, el cónyuge, pareja o asimilada e hijos menores de 26 años a su cargo, así como los hijos mayores de 26 años con discapacidad, y los ascendientes hasta el primer grado. Se entenderá por cargas familiares tener a cargo de/la desemplead@, hijos menores de 26 años que no tengan rentas superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (491,40 ), los hijos mayores con discapacidad, menores acogidos o personas dependientes. Se considerará víctima de violencia de género si existe sentencia condenatoria en los últimos 24 meses, Orden de Protección de la víctima o Informe de indicios de víctima de violencia emitido por el Ministerio Fiscal o certificado de VVG emitido por el Instituto de la Mujer de CLM. Se considerará persona con discapacidad la que tenga reconocida un 33 % o superior por el IMSERSO o el órgano de la Comunidad Autónoma correspondiente, o Resolución del INSS, del Ministerio de Economía y Hacienda o de la Defensa que reconozca la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez. 12.- IMPUGNACIÓN Y ACEPTACION DE LAS BASES. La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta y de la actuación del tribunal, podrán ser impugnados en los casos y formas previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo. No obstante lo anterior, la solicitud interesándoles tomar parte en el procedimiento selectivo supone la aceptación expresa en las bases precedentes. En Fuente-Álamo a 15 de Julio de 2016 EL ALCALDE 8

D./Dña.... Edad... Natural de... Residente en... Domicilio... D.N.I./N.I.E./Pasaporte nº... Tfno.Fijo...Tfno. Móvil.... Correo-electrónico. EXPONE: - Que teniendo conocimiento de la convocatoria de pruebas de selección para el programa P.E.E.Z.R.D de y estando dentro del plazo de presentación de instancias. MANIFIESTA: - Que le interesa participar en el procedimiento de selección - Que reúne las condiciones exigidas en las bases de la convocatoria - Adjunta la documentación exigida, en su caso, en las bases de la convocatoria. Y en consecuencia SOLICITA: a usted ser admitido a las pruebas de selección para cubrir dicha plaza Fuente-Álamo, a... de.. DE 2016 (Firma) SR/A. ALCALDE/SA-PRESIDENTE/A DEL EXCMO. AYTO DE FUENTE-ÁLAMO 9

DECLARACIÓN JURADA DE PRESTACIONES D/Dña, con D.N.I./ N.I.E.,, enterado de la convocatoria para el procedimiento de selección para la participación en el P.E.E.Z.R.D, del Ayuntamiento de Fuente-Álamo, realizo la siguiente DECLARACIÓN JURADA (señalar solo una). Que no percibo ningún tipo de prestación ni subsidio por desempleo, ni ningún tipo de ayuda relacionada con el desempleo. Que percibo prestación por desempleo. Que percibo subsidio por desempleo. Que percibo otro tipo de ayuda relacionada con el desempleo. Que percibo pensión por incapacidad. En Fuente-Álamo a de de 2016 Firma 10

DECLARACIÓN JURADA DE LOS INGRESOS BRUTOS TOTALES MIEMBROS UNIDAD FAMILIAR. D/Dña, con D.N.I./ N.I.E.,, enterado de la convocatoria para el procedimiento de selección para la participación en el P.E.E.Z.R.D, siguiente del Ayuntamiento de Fuente-Álamo, realizo la DECLARACIÓN JURADA INGRESOS BRUTOS MIEMBROS UNIDAD FAMILIAR APELLIDOS NOMBRE DNI INGRESOS BRUTOS En Fuente-Álamo a de de 2016 Firma 11