1.3. Bienes Nacionales: los Bienes de Fabricación Nacional y que cuentan con el Grado de Integración Nacional previsto en el apartado 3.3.

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Transcripción:

Anexo GIN. Cálculo y declaración del Grado de Integración Nacional en Obras Públicas que se realicen con el uso de Embarcaciones utilizando órdenes de trabajo. 1. Definiciones. 1.1. Artefacto Naval: cualquier estructura fija o flotante, diferente de una embarcación, que sin haber sido diseñada y construida para navegar, sea susceptible de ser desplazada sobre el agua por sí misma o por una embarcación, o bien construida sobre el agua, para el cumplimiento de sus fines operativos. 1.2. Bienes: equipos y materiales de instalación permanente diferentes a los materiales de construcción que se suministran e instalan como parte de los alcances del contrato. Únicamente para contratos de fabricación de plataformas marinas, el acero estructural (subestructura, superestructura, pilotes y conductores) podrá considerarse como material de instalación permanente diferente al de construcción. 1.3. Bienes Nacionales: los Bienes de Fabricación Nacional y que cuentan con el Grado de Integración Nacional previsto en el apartado 3.3. 1.4. Embarcación: toda construcción naval diseñada para navegar sobre o bajo vías navegables. La embarcación comprende tanto el casco como la maquinaria, las pertenencias y accesorios fijos o móviles. 1.5. Fabricación Nacional: el proceso productivo que consiste en realizar dentro del territorio nacional, la Transformación Sustancial de insumos, partes o componentes nacionales o importados para obtener un bien final nuevo. 1.6. Fabricante del Bien: la persona física o moral que produce los bienes suministrados por el Contratista a PEP. 1.7. Grado de Integración Nacional de los Bienes: el grado específico de contenido nacional de los Bienes, calculado de acuerdo a lo establecido en el apartado 2.3 de este Anexo. 1.8. Grado de Integración Nacional de la Mano de Obra: el número de horas-hombre correspondientes a Mano de Obra Nacional como proporción del número total de horas-hombre requeridas para la ejecución de los trabajos objeto del contrato, calculado de acuerdo a lo establecido en el apartado 2.4 de este Anexo. 1.9. Insumos: las materias primas, partes y componentes utilizados en la fabricación de un bien. 1.10. Insumos Indirectos: los insumos utilizados en la producción, verificación o inspección de 1 Versión 2.0

un bien, pero que no están físicamente incorporados a él; o los bienes que se utilizan para el mantenimiento u operación de maquinarias y equipos relacionados con la producción de un bien, tales como: 1.10.1. Combustibles y energía. 1.10.2. Herramientas, troqueles y moldes. 1.10.3. Refacciones y materiales utilizados en el mantenimiento de equipo y edificios. 1.10.4. Lubricantes, grasas, materiales de mezcla y otros materiales utilizados en la producción o para operar el equipo o los edificios. 1.10.5. Guantes, anteojos, calzado, ropa, equipo y aditamentos de seguridad. 1.10.6. Equipo, aparatos y aditamentos utilizados para la verificación o inspección de los bienes. 1.10.7. Catalizadores y solventes, y 1.10.8. Cualesquiera otros bienes que no estén incorporados en el bien, pero cuyo uso en la producción del bien pueda demostrarse razonablemente. 1.11. Mano de Obra de Ingeniería: es el trabajo realizado por especialistas de diversas ramas de la ingeniería para llevar a cabo aquellas actividades que tengan por objeto concebir, diseñar, proyectar y calcular los elementos que integran un proyecto de ingeniería básica, estructural, de instalaciones, de infraestructura, industrial, electromecánica y de cualquier otra especialidad de la ingeniería que se requiera para integrar un proyecto ejecutivo. 1.12. Mano de Obra Nacional: es el trabajo realizado por personal mexicano que participa directa o indirectamente en la ejecución de los trabajos objeto del contrato. 1.13. Material Fungible: el material que se consume con el primer uso. 1.14. Procesamiento Menor: las operaciones que no producen una Transformación Sustancial de un bien tales como: 1.14.1. El ensamble simple, es decir el proceso de juntar cinco o menos partes, todas extranjeras (excluyendo sujetadores tales como tornillos, pernos, etc.) por medio del atornillado, pegado, soldado, cosido o por otros medios. 1.14.2. La simple dilución en agua o en otra sustancia que no altere materialmente las 2 Versión 2.0

características del bien. 1.14.3. La limpieza, inclusive la remoción de óxido, grasa, pintura u otros recubrimientos. 1.14.4. La aplicación de revestimientos preservativos o decorativos, incluyendo lubricantes, encapsulación protectora, pintura decorativa o preservativa, o revestimientos metálicos. 1.14.5. El rebajado, limado o cortado de pequeñas cantidades de materiales excedentes. 1.14.6. La descarga, recarga o cualquier otra operación necesaria para el mantenimiento del bien en buena condición. 1.14.7. La dosificación, empaque, re-empaque, embalaje y re-embalaje. 1.14.8. Las operaciones de prueba, marcado, ordenado, o clasificado. 1.14.9. Las reparaciones y alteraciones, lavado o esterilizado. 1.15. Proveedor Directo del Fabricante: la persona que suministra al Fabricante del Bien las materias primas, partes o componentes que integran el bien suministrado a PEP. 1.16. Proveedor Indirecto del Fabricante: la persona física o moral que suministra a un Proveedor Directo del Fabricante materias primas, partes o componentes las cuales se integran al bien suministrado a PEP. 1.17. Transformación Sustancial: a diferencia del Procesamiento Menor, implica la producción que da como resultado un bien nuevo y diferente, con un nuevo nombre, nuevas características y nuevo uso. 2. Cálculo del Grado de Integración Nacional. 2.1. Grado de Integración Nacional de Embarcaciones o Artefactos Navales (GIN EM ). Está determinado por el país de fabricación de la Embarcación o Artefacto Naval, de acuerdo a lo siguiente: GIN EM = 100% (cien por ciento), cuando sea de fabricación nacional. GIN EM = 0% (cero por ciento), cuando se fabrique fuera del territorio nacional. 2.2. Grado de Integración Nacional de servicios complementarios. NO APLICA. 2.3. Cálculo del Grado de Integración Nacional en Bienes. 3 Versión 2.0

2.3.1. El Grado de Integración Nacional de los Bienes estará dado por la siguiente fórmula: GIN B = (1 - (VI B / VT B )) * 10 0 Donde: GIN B VT B VI B es el Grado de Integración Nacional del Bien, en porcentaje. es el valor del Bien, indicado en la orden de compra correspondiente. es el valor total de las importaciones utilizadas para la fabricación del Bien, incluyendo Insumos, y corresponde a la suma de: a) El valor de los Insumos importados por el Fabricante del Bien y que se incorporan al Bien. Dicho valor será igual al valor declarado al momento de realizar la importación adicionando, en caso de que no se encuentren incluidos en el valor declarado, los siguientes rubros: i. Los fletes, seguros y todos los demás costos en que se haya incurrido para el transporte del Insumo hasta el punto de importación. ii. Los aranceles, impuestos indirectos y gastos por los servicios de agencias aduanales. b) El valor de los Insumos importados por Proveedores Directos del Fabricante, que los venden al Fabricante del Bien en el mismo estado en que los importaron y que se incorporan al Bien suministrado. Dicho valor será el precio pagado por el Fabricante del Bien al Proveedor Directo del Fabricante, más impuestos indirectos. En caso de que no estuviesen considerados en el precio, se incluirán los costos de seguros y fletes incurridos al transportar dichos Insumos a la planta del Fabricante del Bien. 2.3.2. Los Bienes fabricados fuera de territorio nacional tendrán un Grado de Integración Nacional igual a 0% (cero por ciento). 2.3.3. La compra de los Insumos en territorio nacional no significa que los mismos hayan sido producidos en territorio nacional. 2.3.4. Los Insumos cuyo origen no pueda acreditarse, deberán considerarse como importados. 2.3.5. Cualquier parte o componente producido fuera de territorio nacional será considerado 4 Versión 2.0

como importado en su totalidad, sin importar que en su proceso de elaboración se hayan utilizado Insumos nacionales. 2.3.6. Los Insumos Indirectos utilizados en la fabricación de Bienes en territorio nacional, se considerarán 100% nacionales. 2.3.7. Si en la elaboración del Bien se utilizan Materiales Fungibles, se deberá utilizar un método de manejo de inventarios (PEPS, UEPS, etc.), para determinar si dichos Materiales Fungibles son nacionales o importados. 2.3.8. Los accesorios, las refacciones y las herramientas entregados con el Bien no se tomarán en cuenta para efectos de la determinación del Grado de Integración Nacional. 2.4. Cálculo del Grado de Integración Nacional de la Mano de Obra. 2.4.1. El Grado de Integración Nacional de la Mano de Obra se define como el número de horas-hombre correspondientes a la Mano de Obra Nacional como proporción del número total de horas-hombre requeridas para la ejecución de los trabajos objeto del contrato, de conformidad con la fórmula siguiente: GIN MO = (HH N / HH T ) *100 Donde: GIN MO HH N HH T es el grado de integración nacional de la Mano de Obra, en porcentaje. es el número de horas-hombre correspondientes a Mano de Obra Nacional empleadas en la ejecución de los trabajos. es el número total de horas-hombre empleadas en la ejecución de los trabajos. 2.4.2. La Mano de Obra Nacional es el trabajo realizado por personal mexicano que participa directa o indirectamente en la ejecución de los trabajos objeto del contrato. 2.4.3. En el cálculo del Grado de Integración Nacional en Mano de Obra deberá considerarse la mano de obra directa, la mano de obra indirecta y en su caso, la que se subcontrate. 2.4.4. Si la unidad de medida de la mano de obra es en jornadas, el Contratista deberá determinar el equivalente en horas-hombre, considerando para su cálculo el número de las horas-hombre definidas por jornada. 2.4.5. La Mano de Obra requerida para la ejecución del Contrato se clasificará de la 5 Versión 2.0

siguiente forma: Mano de Obra de tripulación. Mano de Obra para alimentación y hospedaje. Mano de Obra de personal de buceo. Mano de Obra de ingeniería. Mano de Obra de procura. Mano de Obra de construcción. Mano de Obra de supervisión y administración de proyectos. 3. Requerimiento de contenido nacional de las Obras. 3.1. Las obras programadas deberán contar como mínimo, con el contenido nacional que se indica en la siguiente tabla para cada una de ellas. El porcentaje mínimo de contenido nacional inicial del contrato se determinará a partir de la suma del valor total de los bienes nacionales (VTB N ) de cada obra programada y dividiendo entre la suma del valor total de todas las obras programadas, multiplicando por 100 para obtener el porcentaje. Partida Objeto de la obra programada Requerimiento de contenido nacional (%) 1.01 Protección con recubrimientos anticorrosivos a ductos ascendentes 1.02 Protección con recubrimientos anticorrosivos a ductos ascendentes con limpieza superficial libre de polvo para la obtención de la superficie del sustrato 2.01 2.02 2.03 Suministro e instalación de trampa para equipo de limpieza interior en el ducto 282-A de 36"Ø clase 900 localizado en la plataforma Akal-CI Perforación. Suministro e instalación de trampa para equipo de limpieza interior en el ducto 198-A de 24"Ø clase 600 localizado en la plataforma Akal-N Perforación. Suministro e instalación de trampa para equipo de limpieza interior en el ducto 198-B de 24"Ø clase 600 localizado en la plataforma Akal-L Enlace. 0.080% (Cero punto cero ochenta por ciento) 0.080% (Cero punto cero ochenta por ciento) 0.080% (Cero punto cero ochenta por ciento) 6 Versión 2.0

2.04 2.05 2.06 2.07 3.01 3.02 4.0 5.0 6.0 7.01 7.02 7.03 7.04 7.05 Suministro e instalación de trampa para equipo de limpieza interior en el ducto 344-A de 24"Ø clase 600 localizado en la plataforma Maloob-C Perforación. Suministro e instalación de trampa para equipo de limpieza interior en el ducto 344-B de 24"Ø clase 600 localizado en la plataforma Ku-H Perforación. Suministro e instalación de trampa para equipo de limpieza interior en el ducto 267-A de 24"Ø clase 600 localizado en la plataforma Ku-C Perforación. Suministro e instalación de trampa para equipo de limpieza interior en el ducto 267-B de 24"Ø clase 600 localizado en la plataforma Ku-S Perforación. Inspección atmosférica a ductos ascendentes con área de trampas. Inspección atmosférica a ductos ascendentes sin área de trampas. Inspección directa con pruebas no destructivas en las áreas determinadas por el PAID de la línea regular. Tarifa única integral con la embarcación de apoyo para trabajos de mantenimiento preventivo o correctivo en ductos ascendentes o línea regular, atención a emergencias y/o contingencias. Tarifa diaria de la lancha de pasajes para la utilización en la logística del personal, materiales y equipos para el desarrollo de los trabajos en los ductos costa fuera. clave 204 de 24"ø x 1.929 km clave 0158 de 24"ø x 2.532 km clave 030 de 24" ø x 11.505 km clave 203 de 24"ø x 2.117 km clave 206 de 30"ø x 2.466 km 0.080% (Cero punto cero ochenta por ciento) 0.080% (Cero punto cero ochenta por ciento) 0.080% (Cero punto cero ochenta por ciento) 0.080% (Cero punto cero ochenta por ciento) 7 Versión 2.0

7.06 7.07 7.08 7.09 7.10 7.11 7.12 7.13 7.14 7.15 7.16 7.17 7.18 7.19 7.20 7.21 7.22 7.23 7.24 7.25 clave 152 de 36"ø x 82.646 km clave 083 de 36"ø x 16.474 km clave 223 de 24"ø x 6.023 km clave 093 de 20"ø x 20.259 km clave 171 de 30"ø x 5.184 km clave 173 de 24"ø x 2.996 km clave 071 de 36"ø x 11.321 km clave 076 de 36"ø x 11.36 km Control de la corrosión interior del oleoducto clave 174 36" ø x 5.273 km Control de la corrosión interior del oleoducto clave 141 de 24"ø x 4.705 km Control de la corrosión interior del oleoducto clave 012 de 20"ø x 5.197 km Control de la corrosión interior del oleoducto clave 018 de 20" ø x 3.612 km Control de la corrosión interior del oleoducto clave 134 de 24" ø x 2.569 km Control de la corrosión interior del oleoducto clave 189 de 24"ø x 1.532 km Control de la corrosión interior del oleoducto clave 213 de 24"ø x 2.502 km Control de la corrosión interior del oleoducto clave 188 de 24"ø x 2.387 km Control de la corrosión interior del oleoducto clave 212 de 20"ø x 2.12 km Control de la corrosión interior del oleoducto clave 110 de 24"ø x 17.525 km Control de la corrosión interior del oleoducto clave 002 de 24"ø x 5.389 km Control de la corrosión interior del oleoducto clave 089 24"ø x 5.163 km 8 Versión 2.0

7.26 7.27 7.28 7.29 7.30 7.31 7.32 7.33 7.34 7.35 7.36 7.37 7.38 7.39 7.40 7.41 7.42 7.43 7.44 7.45 Control de la corrosión interior del oleogasoducto clave 005 de 16"ø x 2.832 km Control de la corrosión interior del salmueroducto clave 019 de 24"ø x 7.061 km Control de la corrosión interior del salmueroducto clave 081 de 36"ø x 3.12 km lpa (ga) ak-j de 36"ø x 1 km lpa (ga) ku-a de 24"ø x 1 km lpa (gb) ku-a de 12"ø x 1 km Control de la corrosión interior del salmueroducto clave 014 de 14"ø x 3.603 km clave 208 de 24"ø x 3.449 km Control de la corrosión interior del oleoducto clave 016 de 14"ø x 2.476 km clave 048 de 24"ø x 6.467 km Control de la corrosión interior del oleoducto clave 111 de 20"ø x 1.986 km Control de la corrosión interior del oleoducto clave 207 de 24"ø x 2.466 km clave 250 de 30"ø x 2.484 km clave 227 de 36"ø x 6.412 km clave 211 de 24"ø x 1.894 km clave 069 de 36"ø x 5.652 km clave 210 de 24"ø x 5.586 km clave 077 de 36"ø x 70.904 km Control de la corrosión interior del oleogasoducto clave 004 de 14 ø x 2.535 km. clave 228 de 36 ø x 5.608 km. 9 Versión 2.0

7.46 7.47 7.48 8.0 9.0 clave 229 de 36 ø x 5.638 km. clave 169 de 24 ø x 2.699 km. Control de la corrosión interior del oleogasoducto clave 289 de 16"ø x 3.153 km Suministro, retiro y colocación de testigos gravimétricos para monitoreo de velocidad de corrosión en ductos costa afuera Suministro e instalación de niple de evaluación de 2 Ø, marca rohrback cosasco, incluye el suministro de tapón sólido, guarda rosca, porta testigo, testigo, soldadura, prueba hidrostática y horadación en ductos marinos. 10.0 Simulación númerica de velocidad de corrosión utilizando el software predict En el caso de las obras optativas o adicionales que se realicen durante la ejecución del contrato, PEP indicará al Contratista el requerimiento de contenido nacional de cada una de las obras en función de su alcance, previo a la formalización de las órdenes de trabajo correspondientes. [EN CASO DE QUE DENTRO DEL ALCANCE DE ALGUNA OBRA PARTICULAR NO SE CONSIDERE EL SUMINISTRO DE EQUIPOS Y MATERIALES (DIFERENTES A LOS DE CONSTRUCCIÓN) DE INSTALACIÓN PERMANENTE, EL CONTENIDO NACIONAL SOLICITADO PARA DICHA OBRA SERÁ 0% (CERO POR CIENTO] 3.2. El contenido nacional de cada obra (programada u optativa o adicional) se medirá de acuerdo a la siguiente fórmula: CN = (VTB N / VTC) * 100 VTB N = ( VB Ni ) VB Ni = CD Ni * ( 1 + %I / 100) Donde: CN es el contenido nacional de cada obra a ejecutar, en porcentaje. 10 Versión 2.0

VTB N es el valor total de los Bienes Nacionales que se suministren como parte del alcance de cada obra. VTC n es el valor total de cada obra programada u optativa o adicional. es el número de Bienes Nacionales que se suministren como parte del alcance de cada obra. VB Ni es el precio de venta a PEP del Bien Nacional i, ofertado, y en su caso, pactado originalmente en el contrato u orden de trabajo correspondiente. CD Ni es el costo directo del Bien Nacional i, indicado en la cotización del proveedor. %I es el porcentaje de sobrecosto (integrado por indirectos, financiamiento, gastos adicionales y utilidad) ofertado y, en su caso, pactado originalmente en el contrato u orden de trabajo correspondiente. En caso de que en la proposición se incluyan diferentes porcentajes de sobrecosto, a cada Bien Nacional se le aplicará su porcentaje correspondiente. 3.3. Se consideran Bienes Nacionales los Bienes de Fabricación Nacional y cuyo Grado de Integración Nacional es igual o mayor a 65% (sesenta y cinco por ciento). 3.4. Las excepciones al apartado anterior se detallan en la Tabla 1 de este Anexo. 3.5. Para el cálculo del contenido nacional de cada obra (programada u optativa o adicional) no se considerarán los conceptos listados en la Tabla 2. 3.6. Cuando la proposición se presente en más de una moneda, el cálculo de Contenido Nacional de cada obra (programada u optativa o adicional) se realizará en moneda nacional, utilizando para convertir el monto cotizado en moneda extranjera a moneda nacional, el tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana, publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación en la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación. 3.7. Para cada una de las obras, tanto programadas como optativas o adicionales, los licitantes (o el Contratista en el caso de obras optativas o adicionales) deberán incluir en sus proposiciones (o en su propuesta técnico-económica en el caso de obras optativas o adicionales) la siguiente información, para acreditar el contenido nacional ofertado: 3.7.1. Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, el contenido nacional que se compromete a cumplir en la ejecución de cada una de las obras (los cuales no podrán ser menores a los indicados en el apartado 3.1 de este Anexo), incluyendo un listado de los Bienes Nacionales ofertados, indicando para cada uno de éstos: 11 Versión 2.0

identificador (tag), descripción, nombre del fabricante y costo directo (indicado en la cotización del proveedor). En el caso de las obras programadas, esta manifestación se entregará utilizando el Formato 1 incluido en este Anexo. En el caso de las obras optativas o adicionales se utilizará el Formato 1A de este Anexo, el cual deberá entregarse cuando se soliciten las citadas obras por PEP. Se deberá presentar un escrito por cada una de las obras, tanto programadas como optativas o adicionales. 3.7.2. Si una obra tiene un monto superior a los 200 millones de pesos, para cada uno de los Bienes Nacionales ofertados en dicha obra, incluidos en el listado referido en el apartado 3.7.1, se deberá integrar la cotización del proveedor del Bien Nacional. 3.7.3. Si una obra tiene un monto superior a los 200 millones de pesos, para cada uno de los Bienes Nacionales ofertados en dicha obra, incluidos en el listado referido en el apartado 3.7.1, se deberá entregar un escrito mediante el cual el Fabricante del Bien manifieste bajo protesta de decir verdad, que el Bien Nacional que suministrará, contará con un Grado de Integración Nacional, calculado de acuerdo a la fórmula incluida en el apartado 2.3.1 de este Anexo, de al menos el 65% (sesenta y cinco por ciento), (o el valor correspondiente para las excepciones incluidas en la Tabla 1). Esta manifestación podrá entregarse por lote de Bienes Nacionales. En el caso de obras programadas, esta manifestación será entregada utilizando el Formato 2 incluido en este Anexo. En el caso de obras optativas o adicionales se utilizará el Formato 2A de este Anexo. 4. Requerimiento de Grado de Integración Nacional en Mano de Obra de ingeniería NO APLICA 5. Declaración del Grado de Integración Nacional durante la ejecución de las Obras. 5.1. Declaración del Grado de Integración Nacional de las Embarcaciones o Artefactos Navales. 5.1.1. El Contratista deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional de las Embarcaciones o Artefactos Navales tanto principales como de apoyo, el cual será determinado de acuerdo al apartado 2.1 de este Anexo, debiendo indicar también los nombres de la Embarcaciones o Artefactos Navales y los países de fabricación. 12 Versión 2.0

5.1.2. El Contratista deberá presentar esta manifestación sólo en la primera estimación utilizando el Formato 4 del presente Anexo. 5.2. Declaración del Grado de Integración Nacional de servicios complementarios NO APLICA 5.3. Declaración del Grado de Integración Nacional de los Bienes. 5.3.1. Para los Bienes que se suministren como parte del alcance de cada una de las obras, el Contratista deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito mediante el cual, el Fabricante del Bien manifieste bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del Bien suministrado, calculado de acuerdo a la fórmula establecida en el apartado 2.3.1 de este Anexo. El escrito deberá elaborarse utilizando el Formato 6 incluido en el presente Anexo. Para los Bienes fabricados en el extranjero, el escrito referido en el párrafo anterior será suscrito por el Contratista y establecerá que el Grado de Integración Nacional del Bien es igual a 0% (cero por ciento). La manifestación referida en este apartado podrá entregarse por lote siempre y cuando los Bienes que integran el lote sean del mismo tipo y cuenten con el mismo Grado de Integración Nacional, debiéndose indicar la cantidad de los Bienes incluidos en el lote. 5.3.2. En el caso particular de los Bienes que sean equipos e instrumentos, la manifestación del Grado de Integración Nacional a la que hace referencia el punto 5.3.1 (Formato 6) deberá entregarse para todos y cada uno de los equipos e instrumentos que sean suministrados para cada una de las obras, tanto programadas como optativas o adicionales, acompañando a los generadores de obra que amparen sus pagos correspondientes. 5.3.3. Declaración de materiales para obras cuya vigencia sea igual o menor a seis meses. En el caso particular de los Bienes que sean materiales diferentes a los de construcción, las manifestaciones del Grado de Integración Nacional a las que hace referencia el punto 5.3.1 (Formato 6) deberán entregarse al finalizar cada una de las obras, para aquellos materiales suministrados durante la ejecución de cada obra y que se encuentren listados en la Tabla 3 o que hayan sido incluidos en el listado referido en el apartado 3.7.1 de este Anexo. Adicionalmente, deberá presentarse a manera de resumen, el listado de los materiales cuyo Grado de Integración Nacional se está declarando, indicando las cantidades suministradas durante la ejecución de la obra que se trate, utilizando el Formato 7 de este Anexo. Esta documentación deberá ser presentada por el Contratista acompañando la última estimación de cada obra. 13 Versión 2.0

No se declarará el Grado de Integración Nacional de los materiales de construcción ni de los materiales diferentes a los de construcción que no estén incluidos en la Tabla 3 o en el listado referido en el apartado 3.7.1 de este Anexo. 5.3.4. Declaración de materiales para obras cuya vigencia sea mayor a seis meses. En el caso particular de los Bienes que sean materiales diferentes a los de construcción, las manifestaciones del Grado de Integración Nacional a las que hace referencia el punto 5.3.1 (Formato 6) deberán entregarse de forma semestral para aquellos materiales que fueron suministrados durante el semestre que se está declarando y que se encuentren listados en la Tabla 3 o que hayan sido incluidos en el listado referido en el apartado 3.7.1 de este Anexo. Adicionalmente, deberá presentarse, a manera de resumen, el listado de los materiales cuyo Grado de Integración Nacional se está declarando, indicando las cantidades suministradas en el semestre que se está declarando, utilizando el Formato 7 de este Anexo. Esta documentación deberá ser presentada por el Contratista en las estimaciones de enero y julio, para cada una de las obras, tanto programadas como optativas o adicionales. En la última estimación se entregará la documentación correspondiente a los materiales (listados en la Tabla 3 de este Anexo o que hayan sido incluidos en el listado referido en el apartado 3.7.1 de este Anexo) suministrados en el periodo comprendido entre la última declaración semestral y la finalización de cada una de las obras. No se declarará el Grado de Integración Nacional de los materiales de construcción ni de los materiales diferentes a los de construcción que no estén incluidos en la Tabla 3 o en el listado referido en el apartado 3.7.1 de este Anexo. 5.4. Declaración del Grado de Integración Nacional en Mano de Obra. 5.4.1. El Contratista deberá declarar en cada estimación el Grado de Integración Nacional de la Mano de Obra que laboró en la ejecución de cada una de las obras durante el periodo de estimación. El Grado de Integración Nacional será calculado de acuerdo a la fórmula establecida en el apartado 2.4 de este Anexo. El escrito deberá entregarse para cada una de las obras utilizando el Formato 8 de este Anexo. 5.4.2. En el caso de la Mano de Obra de la tripulación y la requerida para hospedaje y alimentación, la declaración a que se refiere el apartado 5.4.1 anterior, se entregará sólo en la primera estimación del contrato utilizando el Formato 8A de este Anexo. El Contratista deberá declarar en esta manifestación el total de las horas-hombre establecidas en el contrato, del personal que integra la tripulación de la embarcación, así como el que proporciona los servicios de alimentación y hospedaje. 6. Verificación. 14 Versión 2.0

6.1. Verificación del contenido nacional de las obras. 6.1.1. Al término de cada una de las obras, tanto programadas como optativas o adicionales, que se ejecuten al amparo del Contrato, el Contratista deberá entregar a PEP la declaración del contenido nacional real de cada obra, calculado de acuerdo al apartado 3.2 de este Anexo. Esta declaración deberá incluir la descripción y el valor de los Bienes Nacionales con los que acredita el contenido nacional real de la obra terminada y la elaborará utilizando el Formato 9 de este Anexo. 6.1.2. PEP verificará documentalmente que el contenido nacional real de cada obra declarado por el Contratista de acuerdo al apartado 6.1.1 anterior, resulte igual o mayor que el contenido nacional que el Contratista se comprometió a cumplir en su proposición en los términos del apartado 3.7.1 de este Anexo. Para acreditar el cumplimiento del contenido nacional de cada obra comprometido por el Contratista, podrán considerarse Bienes Nacionales diferentes a los que se ofertaron de acuerdo a lo establecido en el apartado 3.7.1 de este Anexo. 6.1.3. En caso de que el contenido nacional real de una obra en particular sea menor al contenido nacional comprometido por el Contratista para esa obra en términos del apartado 3.7.1 de este Anexo, el Contratista se hará acreedor a una penalización en los términos del apartado 7.1. 6.2. Verificación del Grado de Integración Nacional en Mano de Obra de ingeniería. NO APLICA. 7. Penalizaciones. 7.1. La penalización por incumplimiento en el contenido nacional de cada una de las obras objeto del Contrato, tanto programadas como optativas o adicionales, se aplicará de acuerdo a la siguiente fórmula: ICN = (0.1%) * VTC * (CN OF CN R ) / 100 Donde: ICN VTC es el monto de la penalización por incumplimiento en el contenido nacional ofertado por el Contratista. es el valor total de la obra, pactado originalmente en el contrato o en la orden de trabajo correspondiente. CN OF es el contenido nacional ofertado por el Contratista para la obra de que se trate, de acuerdo a lo establecido en el apartado 3.7.1 de este Anexo. 15 Versión 2.0

CN R es el contenido nacional real de la obra de que se trate, declarado por el Contratista utilizando el Formato 9 de este Anexo. Si el contrato está acordado en dos monedas, la penalización deberá calcularse para cada una de ellas, considerando para el término VTC el monto en la moneda que le corresponda. 7.2. La penalización por incumplimiento del Grado de Integración Nacional en Mano de Obra de ingeniería en cada una de las obras, tanto programadas como optativas o adicionales, NO APLICA. 16 Versión 2.0

Tabla 1. Equipos mecánicos estáticos con cuerpo de acero de aleación, acero inoxidable o material no ferroso Intercambiadores de calor y aeroenfriadores con tubos de acero de aleación, acero inoxidable o material no ferroso GIN 30% 30% Subsector: Aparatos y equipos electrónicos de audio y video. Amplificadores, audífonos, auriculares, bocinas, cajas acústicas (bafles), 30% ecualizadores, micrófonos, preamplificadores, radios portátiles. Subsector: Equipos y aparatos para comunicaciones eléctricas (telecomunicaciones). Antenas parabólicas, aparatos telefónicos, centrales telefónicas, conmutadores telefónicos, contestadores telefónicos, equipos carrier, equipos de facsímil, equipos de microondas, equipos de ondas portadoras, 35% equipos de transmisión y recepción telefónicos, equipos receptores de VHF y UHF (radiolocalizadores), equipos transreceptores fijos o móviles en BLU, VHF y UHF, sistemas de transmisión de microondas vía satélite. Subsector: Equipos de grabación. Equipos de grabación profesional, radiograbadoras, videograbadoras. 30% Subsector: Equipos y aparatos de electrónica industrial y científica. Aparatos controladores de flama; balanzas; cargadores de baterías; equipos de medición y control en general; equipos de ultrasonido; equipos rectificadores; fuentes de alimentación; generadores de barrido y de señales 30% de radio, audio y video; manómetros; multímetros; osciloscopios; pirómetros; reguladores de voltaje; sistemas de energía ininterrumpida; termómetros Subsector: Máquinas y equipos electrónicos para oficina y comercio. Calculadoras, máquinas de escribir, fotocopiadoras, básculas, alarmas, 30% sirenas, timbres. Subsector: Manufacturas eléctricas. Conductores eléctricos de aluminio. 20% Subsector: Placas radiográficas. 40% Tractores agrícolas. 30% Tubos de acero al carbón con soldadura helicoidal en espesores mayores a 20% 0.500 pulgadas. Tubos de acero al carbón con soldadura recta en diámetros de 20 y 24 20% pulgadas. 17 Versión 2.0

Tabla 2. Lista de insumos que no deberán considerarse en el cálculo del contenido nacional de las obras, de acuerdo con el apartado 3.5. Este listado es enunciativo más no limitativo. Materiales de construcción: Grava, arena, tierra, arcilla, piedra, tepetate, concreto, cemento, mortero, hormigón, yeso, cal, curacreto, pegazulejo, varilla, alambrón, alambre recocido, malla electrosoldada, castillo prefabricado, acero de refuerzo y misceláneo, placa de acero, lámina de acero, solera, clavos, pijas, tachuelas, taquetes, madera, chaflán, barrote, polín, triplay, tablaroca, bambú, vidrio, ladrillos, tabiques, baldosas, blocks, azulejos, tabicón, mosaico, adoquín, adobe, mármol, tejas, plafón, cemento refractario, acrílico, entre otros. Consumibles: Agua, gases (acetileno, argón, oxígeno, nitrógeno, gas butano, etc.), soldadura, solventes, grasas, aceites, solución desincrustante, solución neutralizadora, desengrasante, refrigerante, anticongelante, lubricantes, combustibles, aditivos, silicón, estopa, fieltro, trapo, entre otros Otros conceptos: Acero estructural, excepto el utilizado en la construcción de plataformas marinas (subestructura, superestructura, pilotes y conductores) Pintura, barniz, esmalte, recubrimiento anticorrosivo, aislamientos térmicos, impermeabilizantes, asfalto, sellador, adhesivos, pegamento, papel, cartón, placas radiográficas, entre otros Mano de obra Equipos, maquinaria y herramientas de construcción de uso temporal Partes de repuesto o refacciones entregadas con los Bienes Bienes de procedencia extranjera 18 Versión 2.0

Tabla 3. Lista de materiales que deben declarar el grado de integración nacional, de acuerdo con los apartados 5.3.3 y 5.3.4. TUBERÍA Descripción Código Unidad Tubería de proceso y servicios de acero al carbono con costura 20601010002001 kg Tubería de proceso y servicios de acero al carbono sin costura 20601010002002 kg Tubería de línea de acero al carbono con costura 20601020002001 kg Tubería de línea de acero al carbono sin costura 20601020002002 kg Tubería de revestimiento de acero al carbono 20601030002000 kg Tubería de producción de acero al carbono 20601040002000 kg Tubería de perforación de acero al carbono 20601050002000 kg Tubería estructural de acero al carbono con costura 20601060002001 kg Tubería estructural de acero al carbono sin costura 20601060002002 kg Tubería de acero aleado con costura 20601000003001 kg Tubería de acero aleado sin costura 20601000003002 kg Tubería de acero inoxidable con costura 20601000004001 kg Tubería de acero inoxidable sin costura 20601000004002 kg Tubería de aleaciones de níquel con costura 20601000005011 kg Tubería de aleaciones de níquel sin costura 20601000005012 kg Tubería de aleaciones de titanio con costura 20601000005041 kg Tubería de aleaciones de titanio sin costura 20601000005042 kg Tubería de fibra de vidrio reforzada con resina 20601000006010 kg Tubería de policloruro de vinilo PVC 20601000006020 kg Tubería de policloruro de vinilo clorado CPVC 20601000006030 kg Tubería de polietileno 20601000006040 kg VÁLVULAS Descripción Código Unidad Válvulas de retención o check con cuerpo de acero al carbono 20603020002000 pieza Válvulas de retención o check con cuerpo de aleado 20603020003000 pieza Válvulas de retención o check con cuerpo de acero inoxidable 20603020004000 pieza Válvulas de retención o check con cuerpo no ferroso 20603020005000 pieza Válvulas de compuerta con cuerpo de acero al carbono 20603030002000 pieza Válvulas de compuerta con cuerpo de acero aleado 20603030003000 pieza Válvulas de compuerta con cuerpo de acero inoxidable 20603030004000 pieza Válvulas de compuerta con cuerpo no ferroso 20603030005000 pieza Válvulas de mariposa con cuerpo de acero al carbono 20603040002000 pieza Válvulas de mariposa con cuerpo de acero aleado 20603040003000 pieza Válvulas de mariposa con cuerpo de acero inoxidable 20603040004000 pieza 19 Versión 2.0

Descripción Código Unidad Válvulas de mariposa con cuerpo no ferroso 20603040005000 pieza Válvulas de globo con cuerpo de acero al carbono 20603050002000 pieza Válvulas de globo con cuerpo de acero aleado 20603050003000 pieza Válvulas de globo con cuerpo de acero inoxidable 20603050004000 pieza Válvulas de globo con cuerpo no ferroso 20603050005000 pieza Válvulas de aguja con cuerpo de acero al carbono 20603060002000 pieza Válvulas de aguja con cuerpo de acero aleado 20603060003000 pieza Válvulas de aguja con cuerpo de acero inoxidable 20603060004000 pieza Válvulas macho (tapón) con cuerpo de acero al carbono 20603070002000 pieza Válvulas macho (tapón) con cuerpo de acero aleado 20603070003000 pieza Válvulas macho (tapón) con cuerpo de acero inoxidable 20603070004000 pieza Válvulas macho (tapón) con cuerpo no ferroso 20603070005000 pieza Válvulas de bola con cuerpo de acero al carbono 20603080002000 pieza Válvulas de bola con cuerpo de acero aleado 20603080003000 pieza Válvulas de bola con cuerpo de acero inoxidable 20603080004000 pieza Válvulas de bola con cuerpo no ferroso 20603080005000 pieza Válvulas de ángulo con cuerpo de acero al carbono 20603090002000 pieza Válvulas de ángulo con cuerpo de acero aleado 20603090003000 pieza Válvulas de ángulo con cuerpo de acero inoxidable 20603090004000 pieza Válvulas de ángulo con cuerpo no ferroso 20603090005000 pieza CONDUIT Descripción Código Unidad Conduit de acero al carbono 20503010002000 m Conduit de aluminio 20503010005030 m CABLE ELÉCTRICO Descripción Código Unidad Alambre/cable bajo voltaje 20502010000000 m Alambre/cable alto voltaje 20502020000000 m Alambre/cable medio voltaje 20502030000000 m Alambre/cable de control 20502040000000 m CABLE DE INSTRUMENTOS Descripción Código Unidad Cable de señal de instrumentos 20706050000000 m Cable multipar de señal de instrumentos 20706060000000 m Cable de extensión de termopares 20706070000000 m Cable multipar de extensión de termopares 20706080000000 m 20 Versión 2.0

TUBING Descripción Código Unidad Tubing/multitubing para instrumentos 20706040000000 m CATALIZADORES, EMPAQUES PARA TORRES Y SUSTANCIAS QUÍMICAS Descripción Código Unidad Empaque estructurado acero al carbono 20102010002000 m 3 Empaque estructurado acero inoxidable 20102010004000 m 3 Empaque estructurado plástico 20102010006000 m 3 Empaque estructurado cerámico 20102010007000 m 3 Empaque aleatorio acero al carbono 20102020002000 m 3 Empaque aleatorio acero inoxidable 20102020004000 m 3 Empaque aleatorio plástico 20102020006000 m 3 Empaque aleatorio cerámico 20102020007000 m 3 Carbón activado 20102030010000 m 3 Alúmina activada 20102030011000 m 3 Malla molecular 20102030020000 m 3 Resinas de intercambio iónico 20102030021000 m 3 Catalizadores 21000000000000 kg Aminas (MEA, MDEA, DIPA, DGA, DEA y TEA) 21101000000000 m 3 21 Versión 2.0

Formato 1. Carta compromiso para garantizar Contenido Nacional en las obras programadas de de (1) Por medio del presente manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que en caso de que me sea adjudicado el contrato correspondiente al procedimiento de (2) número (3), relativo a (4), el contenido nacional de la obra (5) será de al menos (6) %, medido de acuerdo a lo indicado en el apartado 3.2 del Anexo GIN. Cálculo y declaración del Grado de Integración Nacional en Obras Públicas que se realicen con el uso de Embarcaciones utilizando órdenes de trabajo. Los Bienes Nacionales que se suministrarán como parte del alcance de la obra son los siguientes: Tag (7) Descripción (8) Fabricante (9) Costo Directo (10) Valor del bien (11) Valor del Bien (12) Moneda nacional Moneda extranjera Moneda nacional Moneda extranjera % I (14) (15) VTB N (13) Monto de la obra programada (16) Contenido nacional ofertado (17) Asimismo, me comprometo a poner a disposición de PEP toda la información que en su momento requiera para llevar a cabo la verificación documental del contenido nacional declarado. Atentamente (18) (1) Fecha de suscripción de la manifestación. (2) Tipo de procedimiento de contratación. (3) Número de procedimiento de contratación. (4) Objeto de la contratación. (5) Descripción de la obra programada. (6) Contenido nacional ofertado. (7) Número de identificación del Bien Nacional (si aplica). (8) Descripción del Bien Nacional. No se deberán incluir los conceptos listados en la Tabla 2. (9) Nombre o razón social del Fabricante del Bien Nacional. (10) Costo directo del Bien Nacional indicado en la cotización del Fabricante del Bien. Indicar en la columna que corresponda de acuerdo a la moneda en que esté cotizado el Bien. 22 Versión 2.0

(11) Valor del Bien Nacional, es igual al Costo Directo x (1 + %I / 100), ver apartado 3.2 de este Anexo. Considerar el porcentaje de sobrecosto que le corresponda de acuerdo al tipo de moneda en que esté cotizado el Bien Nacional. (12) Valor del Bien Nacional, expresado en una sola moneda de acuerdo a lo indicado en el apartado 3.6 de este Anexo. (13) Sumatoria del Valor de los Bienes Nacionales ofertados. (14) %I, es el porcentaje de sobrecosto (indirectos, financiamiento, gastos adicionales y utilidad) aplicable a los Bienes Nacionales cotizados en moneda nacional. (15) %I, es el porcentaje de sobrecosto (indirectos, financiamiento, gastos adicionales y utilidad) aplicable a los Bienes Nacionales cotizados en moneda extranjera. (16) Monto total ofertado de la obra programada, expresado una sola moneda de acuerdo a lo indicado en el apartado 3.6 de este Anexo. (17) Contenido nacional ofertado en porcentaje, es el resultado de dividir el monto total de los Bienes Nacionales ofertados (13) entre el monto total ofertado de la obra programada (16), multiplicado por 100. (18) Nombre y firma del representante legal de la Compañía Licitante. 23 Versión 2.0

Formato 1A. Carta compromiso para garantizar Contenido Nacional en las obras optativas o adicionales de de (1) Con relación al contrato (2) por medio del presente manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que la obra (3) contará con un contenido nacional de al menos (4) %, medido de acuerdo a lo indicado en el apartado 3.2 del Anexo GIN. Cálculo y declaración del Grado de Integración Nacional en Obras Públicas que se realicen con el uso de Embarcaciones utilizando órdenes de trabajo. Los Bienes Nacionales que se suministrarán como parte del alcance de la obra son los siguientes: Tag (5) Descripción (6) Fabricante (7) Costo Directo (8) Valor del bien (9) Valor del Bien (10) Moneda nacional Moneda extranjera Moneda nacional Moneda extranjera % I (12) (13) VTB N (11) Monto de la obra optativa o adicional (14) Contenido nacional ofertado (15) Asimismo, me comprometo a poner a disposición de PEP toda la información que en su momento requiera para llevar a cabo la verificación documental del contenido nacional declarado. Atentamente (16) (1) Fecha de suscripción de la manifestación. (2) Número de contrato. (3) Descripción de la obra optativa o adicional. (4) Contenido nacional ofertado. (5) Número de identificación del Bien Nacional (si aplica). (6) Descripción del Bien Nacional. No se deberán incluir los conceptos listados en la Tabla 2. (7) Nombre o razón social del Fabricante del Bien Nacional. (8) Costo directo del Bien Nacional indicado en la cotización del Fabricante del Bien. Indicar en la columna que corresponda de acuerdo a la moneda en que esté cotizado el Bien. (9) Valor del Bien Nacional, es igual al Costo Directo x (1 + %I / 100), ver apartado 3.2 de este Anexo. Considerar el porcentaje de sobrecosto que le corresponda de acuerdo al tipo de moneda en que esté cotizado el Bien Nacional. (10) Valor del Bien Nacional, expresado en una sola moneda de acuerdo a lo indicado en el apartado 3.6 de este Anexo. (11) Sumatoria del Valor de los Bienes Nacionales ofertados. 24 Versión 2.0

(12) %I, es el porcentaje de sobrecosto (indirectos, financiamiento, gastos adicionales y utilidad) aplicable a los Bienes Nacionales cotizados en moneda nacional. (13) %I, es el porcentaje de sobrecosto (indirectos, financiamiento, gastos adicionales y utilidad) aplicable a los Bienes Nacionales cotizados en moneda extranjera. (14) Monto total ofertado de la obra optativa o adicional, expresado una sola moneda de acuerdo a lo indicado en el apartado 3.6 de este Anexo. (15) Contenido nacional ofertado en porcentaje, es el resultado de dividir el monto total de los Bienes Nacionales ofertados (11) entre el monto total de la obra optativa o adicional (14), multiplicado por 100. (16) Nombre y firma del Gerente de Proyecto del Contratista. 25 Versión 2.0

Formato 2. Modelo de Carta Compromiso del Fabricante de Bienes [En papel membretado del Fabricante del Bien] [INCLUIR ESTE FORMATO SÓLO CUANDO EL MONTO A CONTRATAR DE LA OBRA PROGRAMADA SEA MAYOR A 200 (DOSCIENTOS) MILLONES DE PESOS] de de (1) Por medio de la presente me comprometo a que en caso de que la compañía (2) resulte ganadora en el procedimiento de (3) número (4), relativo a (5), la compañía (6) suministrará el(los) bien(es) (7) con un Grado de Integración Nacional igual o superior al (8) %, que se instalará(n) como parte del alcance de la obra (9). Atentamente (10) (1) Lugar y fecha de suscripción del documento. (2) Nombre o razón social de la Compañía Licitante. (3) Tipo de procedimiento de contratación (4) Número de procedimiento de contratación (5) Objeto de la contratación. (6) Nombre o razón social del Fabricante del Bien. (7) Identificador (tag) y descripción del Bien. (8) Grado de Integración Nacional requerido para acreditar Bienes Nacionales, de acuerdo a lo que se indica en los apartados 3.3 y 3.4 del Anexo GIN. Cálculo y declaración del Grado de Integración Nacional en Obras Públicas que se realicen con el uso de Embarcaciones utilizando órdenes de trabajo. (9) Descripción de la obra programada en cuyo alcance se incluye el suministro de los Bienes referidos. (10) Nombre y firma del representante legal del Fabricante del Bien. 26 Versión 2.0

Formato 2A. Modelo de Carta Compromiso del Fabricante de Bienes [En papel membretado del Fabricante del Bien] [INCLUIR ESTE FORMATO SÓLO CUANDO EL MONTO A CONTRATAR DE LA OBRA OPTATIVA U ADICIONAL SEA MAYOR A 200 (DOSCIENTOS) MILLONES DE PESOS] de de (1) Por medio de la presente me comprometo a que la compañía (2) suministrará a la compañía (3) el(los) bien(es) (4) con un Grado de integración Nacional igual o superior al (5) %. Este(os) bien(es) se instalará(n) como parte del alcance de la obra (6) que se realizará al amparo del contrato (7). Atentamente (8) (1) Lugar y fecha de suscripción del documento. (2) Nombre o razón social del Fabricante del Bien. (3) Nombre o razón social de la Compañía Contratista. (4) Identificador (tag) y descripción del Bien. (5) Grado de Integración Nacional requerido para acreditar Bienes Nacionales, de acuerdo a lo que se indica en los apartados 3.3 y 3.4 del Anexo GIN. Cálculo y declaración del Grado de Integración Nacional en Obras Públicas que se realicen con el uso de Embarcaciones utilizando órdenes de trabajo. (6) Descripción de la obra optativa o adicional en cuyo alcance se incluye el suministro de los Bienes referidos. (7) Número de contrato. (8) Nombre y firma del representante legal del Fabricante del Bien. 27 Versión 2.0

Formato 4. Declaración del Grado de Integración Nacional de las Embarcaciones o Artefactos Navales [En papel membretado del Contratista] de de (1) Contrato: (2) Estimación: (3) Del de de 20 al de de 20 (4) El que suscribe manifiesta BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que el Grado de Integración Nacional (GIN) proporcionado es el que se indica a continuación: Nombre de la Embarcación País de fabricación Moneda nacional Tarifa diaria Moneda extranjera GIN (5) (6) (7) (7) (8) Por otra parte, manifiesto mi consentimiento de que la información anterior podrá utilizarse con fines para el cálculo del contenido nacional, sin que esto implique que la misma se utilice con el propósito de obtener precios de referencia diversos a los pactados en el contrato, de acuerdo con el esquema de remuneración estipulado. De igual forma me comprometo a aceptar una verificación del Grado de Integración Nacional manifestado, a través de la exhibición de la información documental correspondiente, conservando dicha información durante la vigencia del contrato. Atentamente (9) (1) Fecha de suscripción del documento. (2) Número de Contrato. (3) Número de Estimación. (4) Periodo de la Estimación. (5) Nombres de las Embarcaciones o Artefactos Navales principales y de apoyo, indicando si es principal o de apoyo. (6) País de fabricación de las Embarcaciones o Artefactos Navales. (7) Tarifa diaria de las Embarcaciones o Artefactos Navales. (8) Grado de Integración Nacional de las Embarcaciones o Artefactos Navales determinado de acuerdo a lo establecido en el apartado 2.1 de este documento. (9) Nombre y firma del Gerente de Proyecto del Contratista. 28 Versión 2.0

Formato 6. Declaración del Grado de Integración Nacional en Bienes [En papel membretado del Fabricante] de de (1) Me refiero al contrato No. (2) que fue adjudicado a la empresa (3). Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el apartado 2.3 del Anexo GIN. Cálculo y declaración del Grado de Integración Nacional en Obras Públicas que se realicen con el uso de Embarcaciones utilizando órdenes de trabajo, el que suscribe (4), RFC (5), manifiesta BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los Bienes que hemos fabricado y suministrado a la empresa (3) y que se instalarán como parte de la obra (6), orden de trabajo (7), cuentan con el Grado de Integración Nacional indicado en la siguiente tabla: Cantidad Unidad Tag Descripción del Bien GIN Marca País de origen (8) (9) (10) (11) (12) (13) (14) De igual forma manifiesto que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una verificación del Grado de Integración Nacional de los Bienes suministrados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física en la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información durante seis meses a partir de la entrega de los bienes. Atentamente (15) (1) Fecha de suscripción del documento. (2) Número de contrato. (3) Nombre o razón social de la compañía Contratista. (4) Nombre o razón social del Fabricante del Bien. (5) Registro Federal de Contribuyentes del Fabricante del Bien (6) Descripción de la obra en cuyo alcance se incluye el suministro del Bien. (7) Número de la orden de trabajo. (8) Cantidad suministrada del Bien. (9) Unidad de medida del Bien suministrado. (10) Identificador (tag) del Bien suministrado, cuando aplique. (11) Descripción del Bien suministrado. (12) Grado de Integración Nacional del Bien suministrado calculado de acuerdo al punto 2.3.1 de este documento. 29 Versión 2.0