REUNIDOS. El documento consta de un total de 9 página/s. Página 1 de 9. Código de Verificación Electrónica (CVE) acfafuhddajhv7bhi/+9

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CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CIUDAD REAL Y LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE CIUDAD REAL PARA EL DESARROLLO DE LA 2ª EDICION DEL PROGRAMA PROVINCIAL DE APOYO A LA COMERCIALIZACION INTERNACIONAL DE COOPERATIVAS Y PYMES S AGROALIMENTARIAS 2016-2017 El documento consta de un total de 9 página/s. 1 de 9. Código de Verificación Electrónica (CVE) acfafuhddajhv7bhi/+9 REUNIDOS De una parte, el Ilmo. Sr. D. José Manuel Caballero Serrano, con DNI 05.659.622- N, en calidad de Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Ciudad Real, de conformidad con el Decreto dictado en fecha 20 de diciembre de 2016, y asistido de la Sra. Secretaria General de la Excma. Diputación Provincial, Dña. María de los Angeles Horcajada Torrijos. Y de otra parte, D. Mariano León Egido, con D.N.I. número 5.888.801-L, en calidad de Presidente de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Ciudad Real, en su nombre y representación, de acuerdo igualmente con las facultades que tiene conferidas. EXPONEN El artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, atribuye a las Diputaciones Provinciales como competencia propia, entre otras, la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas. Conforme a los artículos 2.1) y 5.1) de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicio y Navegación, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Ciudad Real es una corporación de derecho público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que se configura como órgano consultivo y de colaboración con las Administraciones Públicas, y que ostenta, entre otras funciones, las de desarrollar actividades de apoyo y estímulo al comercio exterior. 1

El documento consta de un total de 9 página/s. 2 de 9. Código de Verificación Electrónica (CVE) acfafuhddajhv7bhi/+9 La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Ciudad Real tiene sometido a consulta de la Dirección General de Empresas, Competitividad e Internacionales, como órgano con competencias en materia de tutela, de las Cámaras de Comercio, Industria y Servicios en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma, el trámite o procedimiento a seguir para la celebración de convenios por las Cámaras, posibilidad prevista en el art. 5.4 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. La colaboración entre ambas entidades se sitúa al margen de la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, tal y como establece el artículo 4.1.c) del Real Decreto Ley 3/2011, de 14 de noviembre, regulador del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se enmarca en lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En virtud de lo expuesto, ambas partes convienen en establecer el presente convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO Es objeto de este convenio la regulación de la subvención económica prevista a favor de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Ciudad Real, para el desarrollo de la 2ª edición del Programa provincial de apoyo a la comercialización internacional de cooperativas y PYME s agroalimentarias 2016-2017. SEGUNDA.- FINANCIACIÓN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA El programa subvencionado tiene un presupuesto de 800.000 euros, que se financiará de la siguiente manera: - 100.000 euros con cargo a la subvención prevista en el convenio para el desarrollo del programa Organización de acciones de promoción comercial durante el año 2016, suscrito entre la Cámara de Comercio y esta Diputación Provincial con fecha 2

13 de octubre de 2016, y conforme al detalle que figura en el anexo al presente convenio. - 550.000 euros con cargo al crédito de la aplicación presupuestaria 79300 43900 489 del Presupuesto del ejercicio económico 2016, y 150.000 euros con cargo al crédito de la aplicación presupuestaria 79300 43900 489 del Presupuesto del ejercicio económico 2017. El documento consta de un total de 9 página/s. 3 de 9. Código de Verificación Electrónica (CVE) acfafuhddajhv7bhi/+9 Esta subvención es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones o entes públicos o privados, si bien, en ningún caso el importe de los fondos recibidos podrá superar el coste de la actividad subvencionada. TERCERA.- ACTUACIÓN SUBVENCIONADA Se subvencionan específicamente las acciones contempladas en el proyecto presentado por la Cámara conforme al siguiente detalle: 1. Diseño programa / metodología..... 8.000 euros 2. Consultoría especializada: diseño y tutorización del plan de actuación... 140.580 euros 3. Selección, formación e incorporación de técnicos en comercio exterior... 308.820,70 euros 4. Acciones individuales por empresas.... 86.000 euros 5. Acciones transversales (foros y jornadas, encuentros, visitas a ferias, misiones inversas y refuerzo comercial bodegas FENAVIN 2017.... 135.379,15 euros 6. Seguimiento y evaluación.... 500 euros 7. Comunicación y otros gastos...... 5.720,15 euros 8. Costes de personal, de administración y generales... 115.000 euros Total........ 800.000 euros 3

En caso de asignación de cantidades específicas a las distintas acciones, y de existir sobrante en alguna de éstas y déficit en otras, podrá aplicarse el presupuesto sobrante a la acción que precisa de mayor dotación, excepto a la de Costes de personal, de administración y generales, que tendrá como límite 115.000 euros. El documento consta de un total de 9 página/s. 4 de 9. Código de Verificación Electrónica (CVE) acfafuhddajhv7bhi/+9 En todo lo que le concierne a la organización y desarrollo de estas actividades, la Cámara de Comercio, Industria y Servicios gozará de plena libertad para cada una de las acciones a desarrollar. En cuantas publicaciones, carteles, programas y anuncios se produzcan como consecuencia de estas actividades, deberá constar en lugar visible el hecho de la financiación de la Excma. Diputación Provincial de Ciudad Real, incluyendo, en consecuencia, el anagrama de la institución en lugar bien visible de cuanto material promocional se edite. CUARTA.- OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO Constituyen obligaciones del beneficiario, cuyo cumplimiento deberá acreditar: a) Ejecutar el proyecto subvencionado y acreditarlo conforme a lo establecido en el presente convenio. b) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones o ayudas que financien las mismas actividades. c) Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la actividad y de control financiero que pudieran realizar los servicios de la Diputación Provincial. QUINTA.- FORMA DE PAGO La aportación de la Diputación Provincial al presente convenio durante los ejercicios presupuestarios 2016 y 2017, 800.000 euros, se efectuará de la siguiente manera: 4

A. Con cargo al presupuesto de 2016, se aportará la cantidad de 550.000 euros, distribuidos del siguiente modo: 1. Hasta el 50%, antes del 30 de noviembre de 2016, previa justificación de gastos por parte de la Cámara de Comercio. El documento consta de un total de 9 página/s. 5 de 9. Código de Verificación Electrónica (CVE) acfafuhddajhv7bhi/+9 2. Hasta el 75%, antes del 28 de febrero de 2017, previa justificación de gastos por parte de la Cámara de Comercio. 3. La cantidad restante, antes del 30 de abril de 2017, previa justificación de gastos por parte de la Cámara de Comercio. B. Con cargo al presupuesto de 2017, se aportará la cantidad de 150.000 euros, que deberán ser justificados por la Cámara de Comercio en un plazo de dos meses desde la fecha de finalización del programa, siendo ésta el 30 de noviembre de 2017. Junto a esta última justificación de gastos, el beneficiario deberá presentar la siguiente documentación: a) Memoria justificativa indicativa de las actividades desarrolladas, del cumplimiento de las condiciones impuestas y de los resultados obtenidos. b) Declaración suscrita por el representante legal relativa a la inexistencia de otras subvenciones o ayudas que hayan sido obtenidas para la misma finalidad o, en su caso, mención expresa de los otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad, con indicación de importe y procedencia. Dada que la cuantía de la subvención está fijada como un porcentaje sobre el presupuesto de la actividad presentado por el beneficiario, si no se justifica la totalidad del presupuesto inicial, se procederá a reducir la subvención proporcionalmente al gasto efectuado. El perceptor de la ayuda deberá declarar previamente estar al corriente de sus 5

obligaciones con la Excma. Diputación Provincial de Ciudad Real, y acreditar ante ésta el estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. SEXTA.- JUSTIFICACIÓN El documento consta de un total de 9 página/s. 6 de 9. Código de Verificación Electrónica (CVE) acfafuhddajhv7bhi/+9 La Cámara deberá justificar suficientemente todo el gasto devengado y los ingresos percibidos con motivo del desarrollo y ejecución de cada una de las acciones, aportando a esta Diputación Provincial las correspondientes facturas, nóminas y seguros sociales y sus justificantes de pago, y poniendo a su disposición los originales de los mismos, que serán devueltos debidamente diligenciados, con la indicación de estar acogidos a este convenio. La relación de gastos se presentará en idéntica estructura y organización que los contenidos en el proyecto. Con anterioridad a 31 de agosto de 2017, la Cámara de Comercio remitirá a la Diputación Provincial la Cuenta de Explotación de 2016, y antes de 31 de agosto de 2018, la Cuenta de Explotación de 2017. Conforme a lo previsto en el artículo 31 de la Ley General de Subvenciones, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Ordenanza General de para la concesión de subvenciones de esta Diputación Provincial, cuando alguno de los gastos subvencionables supere la cuantía de 50.000,00, en el caso de obras, o 18.000,00, en el caso de suministros, prestación de servicios o asistencia técnica, el beneficiario deberá presentar, como mínimo, tres ofertas de distintos proveedores con carácter previo a la contratación, salvo que por las características especiales de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de subvención. La elección entre las ofertas presentadas que deberá aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. Si no se hubieran aportado las ofertas exigidas, o no estuviera suficientemente justificada la elección o valoración, podrá instarse una tasación pericial por cuenta del beneficiario y tomando como referencia para la subvención el que resulte menor de los dos valores, el declarado o el pericial. 6

Será obligación de la Cámara entregar con esta justificación los criterios y proceso de selección de las PYMES, con detalle de las presentadas/seleccionadas y de las elegidas. El documento consta de un total de 9 página/s. 7 de 9. Código de Verificación Electrónica (CVE) acfafuhddajhv7bhi/+9 Igualmente deberá acreditar el cumplimiento de las PYMES de los requisitos para obtener la condición de beneficiario de subvenciones (cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social). Así mismo, la declaración de las ayudas recibidas por las PYMES en los últimos tres años, a los efectos de control de ayudas mínimis. SÉPTIMA.- MODIFICACIONES La alteración o modificación sustancial de las acciones programadas en el presente convenio (altas o inclusión de nuevas acciones, bajas, cambio de fechas, sectores, etc.) deberá ser necesariamente autorizada por el Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Ciudad Real, previa propuesta del órgano gestor de este convenio, el Diputado Delegado del Área de Promoción y Turismo. OCTAVA.- REINTEGRO Procederá el reintegro de la subvención conforme a lo dispuesto en el Título II de la Ley General de Subvenciones. NOVENA.- DURACIÓN DEL CONVENIO La vigencia del presente Convenio será la del pleno desarrollo del programa y se extinguirá de forma automática, sin necesidad de denuncia previa, una vez realizada y justificada la actividad subvencionada. Lo anterior sin perjuicio de los procedimientos de reintegro o sancionadores a que pudiera dar lugar, y de las obligaciones que como cuentadante incumban al beneficiario, así como del deber de conservación de los documentos que le impone la vigente 7

legislación. DÉCIMA.- NATURALEZA Y LEGISLACIÓN APLICABLE Este convenio tiene naturaleza administrativa. El documento consta de un total de 9 página/s. 8 de 9. Código de Verificación Electrónica (CVE) acfafuhddajhv7bhi/+9 En todo lo no previsto en el presente convenio, será de aplicación directa la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ordenanza General reguladora de las bases para la concesión de subvenciones, aprobada por el Pleno de esta Corporación Provincial, en sesión de 29 de noviembre de 2006, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 146, de 6 de diciembre siguiente, y el resto de legislación de Régimen Local reguladora de subvenciones públicas y de procedimiento administrativo. Las cuestiones litigiosas que surjan en aplicación del presente convenio, serán resueltas en vía administrativa por el órgano competente, y en su caso, ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Y en prueba de conformidad se firma el presente convenio. PRESIDENCIA Excma. Diputación Provincial de Ciudad Real El Presidente de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Ciudad Real SECRETARÍA GENERAL Fdo.- Mariano León Egido 8

ANEXO PROYECTO ORGANIZACIÓN DE ACCIONES DE PROMOCIÓN COMERCIAL 2016 El documento consta de un total de 9 página/s. 9 de 9. Código de Verificación Electrónica (CVE) acfafuhddajhv7bhi/+9 Del total de la partida prevista en el punto 3. Consultoría especializada: Diseño y Tutorización del Plan de Actuación, por importe total de 140.580,00 euros, se determina computar con cargo al Convenio Organización de acciones de promoción comercial durante el año 2016 la cantidad de 100.000 euros, correspondientes a facturas de consultores externos especializados en comercialización e internacionalización, que trabajen con las empresas y cooperativas participantes en el Programa, en base a las siguientes líneas: - Sesiones con los equipos directivos (Consejo Rector y Gerentes, en el caso de Cooperativas; Gerentes, en el caso de PYME s) en las que se trabajará la orientación estratégica del negocio, misión, visión y objetivos de la empresa. - Sesiones con la Dirección Comercial y de Exportación, en las que se abordarán las líneas estratégicas de comercialización de la empresa y el Plan de Marketing. - Sesiones de diseño personalizado de necesidades de cada cooperativa para la comercialización e internacionalización. Propuesta de un Plan de mejora de la Comercialización a medida para cada empresa. - Apoyo a la empresa durante la ejecución del citado Plan de mejora de la Comercialización, tutorizando al Técnico de comercio exterior incorporado en el marco del Programa. 9