CONCURSO DE PRECIOS Nº 27/2014



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Todos los gastos y tributos que, en su caso, se deriven del contrato que se otorgue serán a cargo de La Empresa.

Las siguientes definiciones se aplican a estos términos y condiciones generales:

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRA EL LLAMADO A LICITACION PUBLICA N º001 / (Expediente Nº02859/2013)

LICITACIÓN PÚBLICA N 05/2013

NO APTO PARA COTIZAR MUNICIPALIDAD DE ROSARIO LICITACION PUBLICA

FALLO CORRESPONDIENTE AL PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ALDFIIIL/LPN/013/2005

GARANTIA UNICA DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES CÓDIGO SUPERFINANCIERA 01/01/ P-05-CUESTAT-D1510/13

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES 4. INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO Y EL LLAMADO

PODER JUDICIAL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES LICITACION ABREVIADA N 5/2012. Inciso 16

Transcripción:

CONCURSO DE PRECIOS Nº 27/2014 1) Objeto Contratación de un de Seguros Contra Incendios y todo riesgo de daño material, súbito y accidental de Edificios y de Contenidos para los Edificios de TV Pública Canal 7 y de Canal 12 de Trenque Lauquen y Contenido de Planta Transmisora. 2) Fecha y lugar de apertura Fecha de apertura: 20/10/2014 HORA: 11:30 hs Fecha límite para la presentación de las ofertas: 20/10/2014 a las 11:00 hs. Lugar de Apertura: Canal 7, Avda. F. Alcorta 2977, CABA. 3) Forma, contenido y Presentación de las Propuestas Las propuestas serán presentadas en 1 (UN) sobre cerrado, en original y se admitirán hasta el día y hora fijados en el presente. En el mencionado sobre, se especificará: 1. Índice de contenido. 2. Identificación del proponente: en el caso de ser una persona física, mediante la Inscripción en la AFIP e Ingresos Brutos; en el caso de ser una persona jurídica, además de lo anterior, copia simple del estatuto y del acta de directorio o poder que faculta a quien firma la oferta. Si se hubiera presentado en oportunidades anteriores en el transcurso del año o en el año anterior y permanecer vigente, queda exceptuado de realizarlo. 3. Domicilio real y legal de los proponentes: en el caso que el domicilio real fuera en otra jurisdicción, los oferentes deberán constituir domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en donde serán válidas todas las notificaciones que se realicen en el domicilio especial constituido en su presentación por el oferente, aunque de hecho no se encuentre allí presente, bastando como constancia de la notificación la constitución del notificador del Canal en dicho domicilio. 4. La modificación del domicilio especial constituido por cada oferente, sólo tendrá validez 5 (cinco) días después de haber sido notificado a RTA S.E.; por carta documento o telegrama colacionado, y siempre, inexcusablemente, dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 5. Número de Concurso de Precios, fecha y hora de apertura. 6. Copia del presente pliego firmado. 7. Oferta ajustada a las especificaciones indicadas en el Pedido de Cotización. Se deberá indicar el neto gravado, la alícuota del IVA y su importe, y el valor final de la oferta. En caso de que el IVA no esté discriminado, se considerará incluido en el precio total. 8. Garantía de mantenimiento de oferta. Las propuestas deberán ser escritas a máquina y toda la documentación incluida en la oferta deberá presentarse debidamente firmada y foliada en cada hoja por el proponente. En caso de no estarlo, se aplicará una multa de $ 10.- (pesos diez) por cada hoja no foliada. La multa deberá hacerse efectiva durante el período de vista, ya que si el oferente no la efectivizara, perderá tal derecho y se podrá rechazar su oferta. En caso de existir enmiendas, éstas deberán encontrarse salvadas por el Apoderado o Representante Legal que firme la oferta. 9. Certificado de Visita: -Para tramitar el mismo, deberán contactarse al tel. 4808-2500 int. 367 con el Sr. Fernando Williams, contacto en Canal12 de Trenque Lauquen Aldo Perez perezaldo@yahoo.es 1

4) Garantías de Mantenimiento de Oferta y de Cumplimiento de contrato Las ofertas presentadas serán afianzadas por el proponente por un importe mínimo del cinco (5%) por ciento de la misma, como Garantía de Mantenimiento de Oferta, exigibles para las ofertas que superen los $ 50.000 (cincuenta mil pesos). El plazo de vigencia de la misma es de 30 días prorrogables tácitamente en tanto el oferente no retire la oferta. El importe de la Garantía de oferta se podrá constituir en cualquiera de las siguientes formas: 1. Póliza de Seguro de Caución. 2. Fianza o Aval Bancario. Los oferentes deberán acompañar a sus respectivas propuestas, los comprobantes de constitución de garantía. Resuelta la adjudicación, se devolverán las garantías que correspondan a las propuestas no aceptadas. Para el caso de la garantía de cumplimiento de contrato, esta garantía se deberá integrar por un valor igual o superior al anticipo financiero, si lo hubiera, ó el 20% del monto de contrato, el valor que resulte mayor; esta garantía deberá constituirse indefectiblemente con un seguro de caución. El incumplimiento total o parcial de la obligación que impone este artículo, causará el rechazo de la propuesta. Penalidades El incumplimiento de las obligaciones contraídas por los proponentes o adjudicatarios dará lugar a la aplicación de las penalidades que a continuación se indican para cada caso a criterio de Radio y Televisión Argentina S.E. A los proponentes: Por desistimiento parcial o total de la oferta dentro del plazo de su mantenimiento o prórroga, pérdida proporcional o total de la garantía, siendo además a su cargo las diferencias de precios entre su propuesta y la que se adjudique posteriormente. A los adjudicatarios: 1. Por entrega de los elementos objeto del Concurso fuera del término contractual o deficiencias en la prestación de un servicio o la realización de una obra, multa por mora de hasta un 1 % diario del valor total de la adjudicación. 2. Por falta de constitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, incumplimiento parcial o total del contrato: rescisión del contrato con pérdida proporcional o total de la garantía vigente y diferencia de precios a su cargo por la ejecución del contrato por un tercero. 3. Cuando el contrato consista en la provisión periódica de elementos: multa del 5% sobre el importe de los elementos que dejare de proveer, rescisión del contrato con pérdida de la garantía y diferencia de precios a su cargo por la provisión por un tercero. 4. El adjudicatario no podrá transferir total o parcialmente la adjudicación ni el contrato a terceros, sin la autorización previa escrita de Radio y Televisión Argentina S.E. La violación de ésta prohibición dará derecho a Radio y Televisión Argentina S.E para declararlo rescindido de pleno derecho y a reclamar los daños y perjuicios, multas y sanciones administrativas que correspondieren o hubiere lugar, así como la pérdida de la garantía si la hubiere. En todos los casos el adjudicatario será responsable por la ejecución parcial o total del contrato por un tercero y será a su cargo la diferencia de precios que pudiera resultar. Si el nuevo precio fuera menor, la diferencia quedará a favor de Radio y Televisión Argentina S.E. Las penalidades antes establecidas no serán de aplicación cuando el incumplimiento de la obligación obedezca a causa de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados y aceptados por las autoridades de Radio y Televisión Argentina S.E: Las razones de fuerza mayor o caso fortuito deberán ser puestas en conocimiento de R.T.A. S.E inmediatamente al momento de producirse, acompañándose la documentación probatoria de los hechos que se aleguen. Si el vencimiento fijado para el cumplimiento de la obligación fuere inferior a dicho plazo, la comunicación referida deberá efectuarse antes de las veinticuatro (24) horas de dicho vencimiento. 2

Transcurridos esos términos caducará, automáticamente, todo derecho que asista al contratista al respecto. La mora se considerará producida por el simple vencimiento del plazo contractual sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna. Las multas o cargos que deban efectuarse a los proponentes o adjudicatarios podrán ser descontados de las facturas emergentes del contrato, de cualquier otra factura que esté al cobro o en trámite, ó de la Garantía del contrato, a elección de RTA. S.E. Los oferentes deberán acompañar a sus respectivas propuestas, los comprobantes de constitución de garantía. Resuelta la adjudicación, se devolverán las garantías que correspondan a las propuestas no aceptadas. 5) Vistas y observaciones Durante 1 (un) día hábil posterior al acto de apertura, serán exhibidas las ofertas a los fines de que dentro del mismo plazo común todos los oferentes puedan examinarlas y formular eventuales observaciones que estimen pertinentes. Cumplido el mismo, se considerará concluido el período de vista y las actuaciones quedarán reservadas para su adjudicación. Las observaciones serán resueltas en el acto de adjudicación por la autoridad competente para ello. 6) Criterios de evaluación de las ofertas RTA SE conformará una Comisión de Preadjudicación, que estudiará las propuestas presentadas. Asimismo, la misma se reserva el derecho de solicitar a los oferentes cualquier aclaración y/o documentación adicional, necesaria para el análisis de las ofertas a efectos de su precalificación, siempre que con ello, no se altere la igualdad de todos los oferentes. La falta de respuesta a la eventual requisitoria dentro del plazo estipulado en la misma, significará el rechazo de la oferta. La Comisión elaborará el Dictamen de Preadjudicación a partir de la consideración de las características técnicas, precio, sobre la base de la mejor ecuación de costo-beneficio (oferta más conveniente). Dentro del plazo de 1 (UN) día hábil posterior a la notificación del dictamen de preadjudicación, se podrán efectuar impugnaciones al mismo, previa integración de una garantía independiente de la garantía de mantenimiento de oferta - por un monto equivalente al 3% del valor de la oferta económica presentada, con cualquiera de los instrumentos establecidos en el punto 4) del presente pliego. Las impugnaciones serán resueltas en el acto de adjudicación y no dará derecho a reclamos ni se procederá al reintegro de la garantía del 3%, salvo que se hiciere lugar a la impugnación presentada. Sin perjuicio de ello, en el supuesto de que la oferta más ventajosa, realizada de acuerdo a pliego, supere el precio calculado en la nota de pedido y/o los valores de mercado al momento de la preadjudicación, lo que fuere menor, podrá requerirse al oferente preadjudicado que mejore su propuesta en precio a los fines de proceder a una adjudicación más conveniente al interés de Radio y Televisión Argentina S.E., sin que ello genere derecho alguno al resto de los participantes. A los fines del procedimiento precedentemente descrito, el oferente deberá exteriorizar su voluntad al respecto en un plazo que no excederá de cuarenta y ocho (48) horas a contar de la recepción de la comunicación pertinente. De no hacerlo, se considerará únicamente vigente la propuesta original, que en definitiva resultará objeto de consideración. Se evaluará la oferta económica y el monto ofrecido para cancelar mediante la modalidad de CANJE PUBLICITARIO. Se establece para la publicidad por canje una tarifa de $ 55 (pesos cuarenta y cinco.-) más IVA por segundo rotativo (Pantalla de Canal 7). Los segundos a otorgar serán de carácter rotativo, de uso mensual, no acumulativo ni transferible y con una carga mensual no superior al 20% del total de segundos adquiridos. A los efectos del cómputo del valor a considerar en canje, se tomará la siguiente fórmula: O = P + 0.5 x C donde O= Oferta Económica Total P= Monto a cancelar en $ C= Monto a cancelar en canje publicitario RTA SE otorgará preferencia a la adquisición de bienes y servicios de origen nacional en los términos de lo dispuesto por la ley 25.551 Compre Trabajo Argentino. 3

En caso de similitud de ofertas en cuanto a precios (5% de diferencia), calidad y condiciones entre dos o más oferentes, se llamará a los proponentes a mejorarlas en sobre cerrado en un plazo que se les fijará al efecto. De subsistir la igualdad se deberá adjudicar por sorteo. Los actos descriptos precedentemente se llevarán a cabo con citación a los interesados, labrándose la correspondiente acta, la que podrá ser rubricada por los interesados convocados al efecto que así lo requieran. Si la adjudicación no se hubiera resuelto dentro del plazo de mantenimiento de las ofertas, el mismo se prorrogará automáticamente por un plazo idéntico, salvo que el oferente manifieste por escrito, durante el transcurso del plazo de la oferta inicial, que al vencimiento de éste, no prorrogará el mismo, circunstancia que lo excluirá automáticamente del procedimiento licitatorio, procediéndose a la devolución de la garantía de mantenimiento de oferta, previo cumplimiento de los procedimientos de rigor en estos casos. En cambio, si antes de resolverse la adjudicación y dentro del plazo de mantenimiento de la oferta o su prórroga, ésta fuese retirada, el proponente perderá la garantía en beneficio de RTA S.E., sin perjuicio de la aplicación de las penalidades e inicio de las acciones a que hubiere lugar. La adjudicación recaerá en la propuesta más conveniente en cuanto a la calidad, el precio y las demás condiciones solicitadas en el respectivo Pliego. A calidad igual, se preferirá la de más bajo precio. Sin perjuicio de ello, podrá adjudicarse por razones de mejor calidad, dentro de las características o condiciones mínimas que deba reunir el objeto de la contratación, siempre que se determine con fundamento que la mejor calidad compensa la diferencia de precio, en procura de la ejecución más eficiente del contrato. Si en el presente Concurso, se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia a los intereses de RTA S.E, se podrá resolver su aceptación. RTA S.E. se reserva el derecho, en cualquier estado del trámite previo a la adjudicación, a dejar sin efecto este Concurso de precios no pudiendo los oferentes, en este caso, pretender derecho alguno de adjudicación ni reclamar indemnización o el reintegro de gastos en que hubieren incurrido para la preparación y presentación de sus propuestas. 7) De las Obligaciones del Contratista - Respecto del Personal: Sin perjuicio de observarse las restantes obligaciones que resultan de la legislación aplicable, la totalidad del personal destacado por la firma adjudicataria para la prestación del servicio deberá tener cobertura de los seguros de Ley debiendo la prestadora poner a disposición de RTA S.E. las pólizas correspondientes (deberán poseer cobertura de ART, médica integral fehacientemente comprobada, portando carnets para casos de emergencia). - Cumplimiento de Leyes Laborales, Impositivas y Previsionales: El contratista deberá dar estricto cumplimiento a las Leyes y Reglamentaciones que rigen los contratos de trabajo, aportes previsionales, cargas sociales e impositivas y estará bajo su exclusiva cuenta y cargo el correcto y puntual cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones emergentes de las mismas, lo que deberá ser acreditado ante RTA S.E. en las oportunidades y formas que ésta lo solicite. Entre ellas se encuentran comprendidas dentro de este párrafo la ley 19.587/72 y todas aquellas normas que complementan o modifican a esta ley. En especial deberá observar lo establecido por el artículo 30 de la ley de contrato de trabajo. - Responsabilidades por daños y perjuicios: El contratista deberá tomar los seguros y medidas necesarias para evitar daños a las personas y/o cosas relacionadas con RTA S.E., quien podrá requerir en cualquier momento las pólizas o comprobantes pertinentes. - Confidencialidad: El contratista y su personal deberán mantener estricta confidencialidad y reserva sobre datos o información que pudieran obtener sobre operaciones de RTA S.E. y/o sus sistemas de seguridad. - Transferencia del Contrato: El adjudicatario no podrá transferir total o parcialmente la adjudicación ni el contrato a terceros, sin la autorización previa y escrita de RTA S.E. La violación de esta prohibición dará derecho a RTA S.E. para declararlo rescindido de pleno derecho y a reclamar los daños y perjuicios, multas y sanciones administrativas que correspondieren o hubiere lugar. 4

Sin perjuicio de las restantes obligaciones establecidas en el presente pliego, el adjudicatario se compromete a mantener indemne a RADIO Y TELEVISION ARGENTINA S.E..; por cualquier acción judicial entablada por terceros con motivo y/o como consecuencia de la ejecución de la presente contratación, o en la que el hecho litigioso y/o sus consecuencias pretendieran ser vinculados a la misma por su personal. 8) Condiciones de pago, Vigencia de la póliza: Forma de pago: Mensual Vencido Vigencia de la Póliza: 12 meses a partir de la fecha que se indique en la orden de compra Edificio TV Pública Canal 7 Av. Figueroa Alcorta 2977 CABA Incendio Edificio Incendio Contenido $ 72.835.000.- Pesos Setenta y dos millones ochocientos treinta y cinco mil.- $155.400.000.- Pesos Ciento y cinco millones cuatrocientos mil.- Edificio Canal 12 Trenque Lauquen Belgrano 1300 Trenque Lauquen Incendio Edificio Incendio Contenido Planta transmisora Av. 9 de Julio y Av. Belgrano Edificio MOP piso 23 CABA Incendio Contenido $ 70.000.000.- Pesos setenta millones.- $ 3.400.000.- Pesos Tres millones cuatrocientos mil.- $ 2.941.000.- Pesos dos millones novecientos cuarenta y un mil.- 5