DOC. Nº 1 DOCUMENTO DE COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD DEL GESTOR ADMINISTRATIVO CON LA SOCIEDAD SIGA98, PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS INFORMÁTICOS AUTORIZADOS POR EL COLEGIO PROFESIONAL DE GESTORES ADMINISTRATIVOS DE CASTILLA Y LEON, PARA LA GESTIÓN TELEMÁTICA DE VEHÍCULOS En Valladolid, a de de 201. REUNIDOS De una parte, D. Fernando Santiago Ollero, en nombre y representación como Consejero Delegado de la sociedad SIGA98 con C.I.F A82270414, y domicilio en Pontevedra, C/ Pedro Sarmiento de Gamboa 12, bajo De la otra, D., en su propio nombre y derecho o en nombre de la sociedad, 1
Gestor Administrativo colegiado ejerciente en el Colegio de Castilla y León con el nº.. de colegiado, y domicilio profesional en la provincia de EXPONEN I.- Que la sociedad SIGA98 está en condiciones de prestar al Gestor los servicios informáticos necesarios para poder realizar los servicios de Gestión Telemática autorizados por la Dirección General de Tráfico (DGT), con los requerimientos exigidos a este efecto por la DGT. II.- Que el Gestor está dispuesto a satisfacer íntegramente los requerimientos y obligaciones necesarios para la adecuada prestación de estos servicios en la forma requerida por la DGT y con pleno cumplimento de las normas vigentes. III.- Que igualmente el Gestor declara conocer y aceptar las características de los servicios informáticos prestados por la sociedad SIGA98, así como los requerimientos exigidos a este efecto por la DGT, y por el Colegio de Gestores Administrativos de Castilla y León, aceptando las dos partes la autoridad de ambos entes públicos como Autoridad de Supervisión de este contrato. IV.- Que para garantizar el adecuado cumplimiento de los requerimientos y obligaciones indicados, las partes suscriben el presente DOCUMENTO DE COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD, como anejo inseparable del contrato de prestación de servicios informáticos suscrito en su día entre la 2
sociedad y el Gestor y parte de su contenido contractual, estableciendo ambas partes las siguientes reglas de compromiso y responsabilidad: PRIMERA.- El Gestor utilizará los servicios informáticos contratados con la sociedad SIGA98, cumpliendo en su totalidad y con la debida diligencia los requerimientos exigidos para el Servicio de Gestión Telemática por la DGT. En especial, deberá asegurar que la introducción de datos no tenga deficiencia alguna, y sean completos, exactos y ciertos y conformes a la normativa vigente, bajo su exclusiva responsabilidad. SEGUNDA.- EL Gestor y la Sociedad SIGA98 aceptan como Autoridad de Supervisión del cumplimiento de este compromiso a la DGT y al Colegio de Gestores Administrativos de Castilla y León, como autoridad competente para determinar las obligaciones anteriores, exigir su cumplimiento, interpretar su contenido y establecer las responsabilidades procedentes en caso de incumplimiento negligente o deliberado del mismo. A este efecto, el contenido de las obligaciones indicadas podrá ser modificado en cualquier momento por la Autoridad de Supervisión por razón de las exigencias del servicio público, mediante acuerdo debidamente notificado al Gestor. TERCERA.- En el caso de errores o deficiencias en que el Gestor pueda incurrir, éste se obliga a su inmediata comunicación a la 3
Autoridad de Supervisión, así como a la inmediata subsanación de las mismas, en la forma en que ésta le requiera. CUARTA.- El incumplimiento de estas obligaciones determinará la responsabilidad del Gestor por incumplimiento de este compromiso y del contrato de prestación de servicios suscrito con la sociedad; este incumplimiento se declarará en su caso por la Autoridad de Supervisión, previa audiencia del Gestor. QUINTA.- La autoridad de supervisión podrá establecer las siguientes responsabilidades en caso de incumplimiento: 1.- Apercibimiento al Gestor, con indicación de las obligaciones de subsanación a las que sea requerido, así como de la implementación de los medios que se requieran para ello, que correrán por cuenta exclusiva del Gestor. 2.- Suspensión temporal de la prestación de los servicios informáticos. 3.- Resolución del contrato de prestación de servicios informáticos. Para la determinación de estas responsabilidades, la Autoridad de Supervisión apreciará en todo caso las circunstancias concurrentes, tanto de intencionalidad como de diligencia, cuidado, previsión o posibles incidencias tecnológicas de fuerza mayor. En todo caso podrá adoptar las medidas cautelares que estime oportunas, a los efectos de garantizar en lo posible la continuidad de los servicios 4
profesionales del Gestor, evitar perjuicios a los usuarios y prevenir y subsanar cualquier perturbación en el servicio público. SEXTA.- En caso de disconformidad con la interpretación o aplicación de este Documento, ambas partes se someten al arbitraje de equidad de un árbitro designado al efecto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos. Lo que suscriben las partes por triplicado, quedando uno de los ejemplares en poder del Colegio y a un efecto, en el lugar y fecha antes indicados. GESTOR SIGA Nota: deben consignar junto con su firma el nombre y dos apellidos, así como estampar el sello profesional 5