Organización de los Estados Americanos OEA. Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas CICAD

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Nicaragua. Informe de Evaluación sobre el Control de las Drogas ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS (OEA)

Antigua y Barbuda. Informe de Evaluación sobre el Control de las Drogas ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS (OEA)

Transcripción:

Organización de los Estados Americanos OEA Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas CICAD Mecanismo de Evaluación Multilateral MEM Venezuela 2009 EVALUACIÓN DEL PROGRESO DE CONTROL DE DROGAS IMPLEMENTACIÓN DE RECOMENDACIONES DE LA CUARTA RONDA DE EVALUACIÓN

RECOMENDACIÓN 1: ADHERIRSE A LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR, 1982. Venezuela reporta que tiene observaciones respecto a los artículos 15, 121 y 298 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 y su relación con los artículos 74 y 83 de la misma. El país fundamenta su posición en la imposibilidad de hacer reservas en dichos artículos, que atentarían potencialmente a sus intereses nacionales en materia de delimitación de áreas marinas y submarinas con Estados con costas adyacentes. La CICAD observa las razones expresadas por Venezuela y alienta al país al cumplimiento de esta recomendación. RECOMENDACIÓN 2: RATIFICAR LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN, 2003. Venezuela informa que en febrero de 2009, se realizó el depósito del instrumento de ratificación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, 2003. La CICAD expresa su satisfacción por el cumplimiento de esta recomendación. RECOMENDACIÓN 3: ADHERIRSE AL PROTOCOLO CONTRA LA FABRICACIÓN Y EL TRÁFICO ILÍCITOS DE ARMAS DE FUEGO, SUS PIEZAS Y COMPONENTES Y MUNICIONES DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL, 2000, RECOMENDACIÓN REITERADA DE LA SEGUNDA RONDA DE EVALUACIÓN, 2001-2002. Venezuela informa que en el mes de diciembre de 2008, el instrumento de adhesión al mencionado Protocolo fue remitido al Despacho del Canciller, para su suscripción y refrendo. La CICAD reconoce los avances alcanzados por el país y lo insta a cumplir con esta recomendación reiterada, considerando que fue asignada en la Segunda Ronda de Evaluación, 2001-2002. RECOMENDACIÓN 4: AMPLIAR LA COBERTURA DE LOS PROGRAMAS DE PREVENCIÓN DEL ABUSO DE DROGAS EN LA POBLACIÓN ESCOLAR. Venezuela reporta que está realizando acciones para ampliar la cobertura de los programas de prevención del abuso de drogas en la población escolar. El país también informa que en el período evaluado se han llevado a cabo cuatro programas de prevención al abuso de drogas dirigidos a 139,324 estudiantes de los diversos niveles educativos. 1

La CICAD toma nota de la información proporcionada y alienta al país a implementar esta recomendación. RECOMENDACIÓN 5: REALIZAR UN ESTUDIO SOBRE LA MAGNITUD DEL CONSUMO INDEBIDO DE DROGAS EN POBLACIÓN GENERAL. Venezuela reporta que el Observatorio Venezolano de Drogas inició el Estudio Nacional sobre la Magnitud del Consumo de Drogas en Población General en abril de 2008. La CICAD alienta al país a desarrollar las acciones necesarias para la realización del mencionado estudio. RECOMENDACIÓN 6: IMPLEMENTAR UN SISTEMA PARA LA DETECCIÓN Y CUANTIFICACIÓN DEL ÁREA DE CULTIVOS ILÍCITOS. Venezuela reporta que está en proceso de consulta interministerial una carta de intención con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, con el objeto de elaborar un informe sobre la extensión del cultivo ilícito de coca en Venezuela. La CICAD alienta al país a cumplir con la recomendación. RECOMENDACIÓN 7: IMPLEMENTAR UN SISTEMA DE REGISTRO SOBRE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS INCAUTADOS. Venezuela manifiesta que el Ministerio del Poder Popular para la Salud cuenta con registros sobre incautaciones de productos farmacéuticos. RECOMENDACIÓN 8: DESARROLLAR UN SISTEMA QUE PERMITA CONOCER EL NÚMERO DE SANCIONES PENALES Y CIVILES APLICADAS CONTRA EL DESVÍO DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Venezuela informa que cuenta con un registro en el cual se consigna el número de sanciones penales y que su legislación no prevé sanciones civiles aplicables al desvío de productos farmacéuticos. 2

RECOMENDACIÓN 9: REALIZAR LAS ACCIONES NECESARIAS PARA PONER EN PLENO FUNCIONAMIENTO EL REGISTRO ÚNICO DE OPERADORES DE SUSTANCIAS QUÍMICAS QUE CUENTE CON UN SISTEMA AUTOMATIZADO DE INFORMACIÓN PARA FACILITAR EL CONTROL DEL DESVÍO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. Venezuela reporta que se han desarrollado acciones para poner en marcha el funcionamiento del registro. El país informa que se han llevado a cabo reuniones técnicas con el sector privado para la elaboración del reglamento del registro y se han redactado los proyectos de reglamento interno y de funcionamiento del registro. La CICAD alienta al país a desarrollar las acciones necesarias para la implementación de la presente recomendación. RECOMENDACIÓN 10: DESARROLLAR UN SISTEMA QUE PERMITA CONOCER EL NÚMERO DE SANCIONES PENALES Y ADMINISTRATIVAS APLICADAS CONTRA EL DESVÍO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS CONTROLADAS. Venezuela reporta que el Ministerio Público cuenta con un sistema de registro del número de sanciones penales en casos de desvío de sustancias químicas controladas. El país informa que el órgano competente para la imposición de sanciones administrativas por el desvío de sustancias químicas controladas es el Ministerio del Poder Popular para las Industrias Ligeras y Comercio. RECOMENDACIÓN 11: DESARROLLAR UN SISTEMA QUE PERMITA CONOCER EL NÚMERO DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS FORMALMENTE ACUSADOS Y CONDENADOS, POR ACTOS DE CORRUPCIÓN RELACIONADOS CON EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS Y POR DELITOS RELACIONADOS CON EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS. Venezuela informa que el Ministerio Público, organismo responsable del registro del número y el tipo de casos vinculados con asuntos relacionados a las drogas, así como sentencias dictadas por los diferentes órganos jurisdiccionales, ha actualizado su sistema de registro. La CICAD expresa su satisfacción por el cumplimiento de esta recomendación. 3

RECOMENDACIÓN 12: IMPLEMENTAR UN SISTEMA ESTADÍSTICO QUE PERMITA CONTAR CON INFORMACIÓN OPORTUNA SOBRE EL NÚMERO DE PERSONAS DETENIDAS, PROCESADAS Y CONDENADAS POR DELITOS RELACIONADOS CON EL TRÁFICO DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES, EXPLOSIVOS Y OTROS MATERIALES RELACIONADOS, RECOMENDACIÓN REITERADA DE LA TERCERA RONDA DE EVALUACIÓN, 2003-2004. Venezuela informa que la Dirección de Delitos Comunes del Ministerio Público, cuenta con los datos correspondientes al número de personas detenidas, procesadas y condenadas por delitos relacionados con el tráfico de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados. RECOMENDACIÓN 13: IMPLEMENTAR UN SISTEMA DE REGISTRO SOBRE LA CANTIDAD DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES, EXPLOSIVOS Y OTROS MATERIALES RELACIONADOS DECOMISADOS EN CASOS DE TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS. Venezuela informa que el Ministerio Público cuenta con un sistema de control de bienes incautados, asegurados y devueltos, a través del cual se registra el número de armas incautadas por delitos relacionados con el tráfico ilícito de drogas. Este registro incluye municiones pero no explosivos. La CICAD reconoce los avances alcanzados por el país y lo alienta al pleno cumplimiento de la recomendación. RECOMENDACIÓN 14: EXTENDER LOS CONTROLES ADMINISTRATIVOS EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE LAVADOS DE ACTIVOS A ABOGADOS, NOTARIOS Y CONTADORES. Venezuela reporta que mediante la Circular No. 0230-201, de fecha 08 de junio de 2007, el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, impuso a los registros y notarías del país la prohibición de protocolizar operaciones vinculadas con la compra-venta de bienes inmuebles si no se consigna al cuaderno de comprobantes una copia del instrumento bancario (cheque) por el que se cierra la operación. Sin embargo, en materia de prevención contra el lavado de activos dirigida a abogados y contadores, el país informa que está en proceso de definición las características de los controles administrativos en esa materia, a los cuales se sujetarán. La CICAD alienta al país a cumplir con la recomendación. 4

RECOMENDACIÓN 15: CREAR REGISTROS QUE PERMITAN LA OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE PERSONAS FORMALMENTE ACUSADAS Y CONDENADAS POR LAVADO DE ACTIVOS. Venezuela reporta que el Ministerio Público es la entidad encargada del sistema de control de personas acusadas y condenadas por la comisión del delito de legitimación de capitales, mediante el cual se registra el número de personas acusadas y condenadas por legitimar capitales provenientes de la comisión del delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas. RECOMENDACIÓN 16: IMPLEMENTAR UN SISTEMA QUE PERMITA REGISTRAR LOS BIENES DECOMISADOS POR LAVADO DE ACTIVOS. Venezuela reporta que el Ministerio Público cuenta con un sistema de control de bienes incautados, asegurados y devueltos, referido al control de armas, inmuebles, aeronaves, embarcaciones, entre otros, involucrados en la comisión de delitos de drogas. RECOMENDACIÓN 17: IMPLEMENTAR UN SISTEMA QUE PERMITA REGISTRAR LAS SOLICITUDES DE EXTRADICIÓN ENVIADAS Y RECIBIDAS EN CASOS DE LAVADO DE ACTIVOS. Venezuela reporta que la Cancillería cuenta con un sistema para el registro y gestión de las solicitudes activas y pasivas de extradición por cualquier delito. CONCLUSIONES Durante la Cuarta Ronda de Evaluación, se asignó a Venezuela un total de 17 recomendaciones. De estas, el país ha cumplido con nueve recomendaciones, y cinco se encuentran en proceso de implementación. Dos recomendaciones han sido reportadas con pocos avances significativos y otra ha sido reportada como no iniciada. En lo referente a la ratificación de instrumentos internacionales, Venezuela ha cumplido con la ratificación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. Sin embargo, continúa pendiente la adhesión del país a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, así como al Protocolo contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes y Municiones; el proceso de adhesión a este último no ha mostrado avances significativos, pese a ser una recomendación reiterada de la Segunda Ronda de Evaluación, 2001-2002. 5

Venezuela ha cumplido con la implementación de los sistemas de registro de incautaciones de productos farmacéuticos; de sanciones penales y civiles por el desvío de productos farmacéuticos y de sustancias químicas controladas; de funcionarios públicos acusados y condenados por corrupción relacionada con el tráfico ilícito de drogas; así como de los registros de personas detenidas, procesadas y acusadas por delitos vinculados con el tráfico de armas de fuego y con el lavado de activos. De igual manera, el país ha cumplido con la implementación de los registros de bienes decomisados por lavado de activos y de las solicitudes de extradición enviadas y remitidas en casos de lavado de activos. Por otra parte, si bien Venezuela ha realizado esfuerzos tendientes a dar cumplimiento a una serie de recomendaciones, aun resulta necesario que el país intensifique sus esfuerzos para su cumplimiento. Estas recomendaciones se refieren a la ampliación de la cobertura de los programas de prevención; la puesta en funcionamiento del registro único de operadores de sustancias químicas; la extensión a los abogados, notarios y contadores de los controles administrativos en materia de lavado de activos; y a la implementación de un sistema para la detección y cuantificación del área de cultivos ilícitos. En cuanto a la determinación de realizar un estudio sobre la magnitud del consumo indebido de drogas en la población general, la CICAD considera necesario que el país desarrolle las acciones pertinentes para su cumplimiento. La CICAD reconoce los avances reportados por Venezuela, así como su participación en el proceso del MEM y lo alienta a continuar intensificando sus esfuerzos para dar cumplimiento a las recomendaciones pendientes. 6