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Transcripción:

ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Franqueo pagado, públicación periódica. Permiso núm. 005 1021 características: 114182816. Autorizado por SEPOMEX Tomo III Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. miércoles, 10 de enero de 2018 339 Publicaciones Estatales SEGUNDA SECCIÓN INDICE Página Decreto No. 040 Decreto No. 041 Decreto No. 129 Decreto No. 130 Por el que se nombra al licenciado Jorge Abdel Galán Ramírez, como Magistrado del Tribunal del Trabajo Burocrático del Poder Judicial del Estado de Chiapas, representante de los municipios de la Entidad. Por el que se declara la falta definitiva por el fallecimiento del ciudadano Sergio Antonio Zenteno Albores, al cargo de Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Bochil, Chiapas y, en consecuencia se nombra al Primer Regidor Propietario, Víctor Hernández Hernández, para que asuma el cargo de referencia. Por el que, el Pleno de la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado de Chiapas, clausuró el Primer Periodo Ordinario de Sesiones, correspondiente al Tercer Año de Ejercicio Constitucional, del periodo comprendido del 01 de Octubre al 31 de Diciembre del 2017. Por el que la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado de Chiapas, instala la Comisión Permanente del Congreso local, que fungirá durante el Primer Receso Legislativo, correspondiente al Tercer Año de Ejercicio Constitucional, del periodo comprendido del 31 de Diciembre del 2017 al 01 de Abril del 2018. 1 4 7 8

5119 miércoles 10 de enero de 2018 Secretaría General de Gobierno Subsecretaría de Asuntos Jurídicos Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales Decreto número 040 Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que la Honorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargo el siguiente: Decreto número 040 EL Pleno de la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política Local; y, C o n s i d e r a n d o Que el artículo 75, párrafo segundo, de la Constitución Política Local, dispone, que el Tribunal del Trabajo Burocrático, estará integrado de la siguiente manera: Dos magistrados designados por el Titular del Ejecutivo; un magistrado designado por el Tribunal de Justicia Constitucional; dos magistrados designados por el Congreso del Estado, a propuesta escrita de tres de los Ayuntamientos de mayor población en la Entidad y dos magistrados propuestos de la misma forma por las unidades burocráticas de mayor representatividad en el Estado. Asimismo, el citado artículo 75, en su párrafo tercero y el numeral 255, del Código de Organización del Poder Judicial del Estado, especifican, que en la designación de los magistrados nombrados por el Titular del Ejecutivo será directa. Las propuestas de designación de los magistrados formuladas por los ayuntamientos y las unidades burocráticas a que hace mención el párrafo anterior, deberán ser aprobadas por el Pleno del Congreso del Estado o de la Comisión Permanente, en su caso. Para ser nombrado magistrado, deberá acreditarse experiencia en materia laboral por un periodo no menor de tres años. Así también el cuarto párrafo del mencionado artículo 75 Constitucional, indica, que los magistrados del Tribunal del Trabajo Burocrático durarán en sus funciones seis años con posibilidad de ser reelectos por un periodo más. Para ser magistrado del Poder Judicial del Estado de Chiapas, se requiere de acuerdo a lo previsto por el artículo 76, de la Constitución Política del Estado, los siguientes requisitos: Ser ciudadano chiapaneco, mexicano por nacimiento en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos, así como tener su domicilio en el Estado. Tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos al día de la designación, y hasta setenta y cinco años como edad máxima. Poseer el día del nombramiento con antigüedad mínima de diez años, título universitario y cédula profesional de licenciado en derecho, expedida por autoridad o institución legalmente facultada para ello. Gozar de 1

miércoles 10 de enero de 2018 buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite una pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, peculado, concusión, cohecho, enriquecimiento ilícito, fraude, falsificación, falsedad en declaración ante la autoridad judicial, abuso de confianza, contra la salud, u otro que lastime seriamente su buena fama en el concepto público, habrá inhabilitación para el cargo, cualquiera que haya sido la pena. No ser ministro de culto religioso, salvo que se separe del cargo dos años antes del día de su nombramiento. Que la persona que vaya a designarse no haya sido titular de una Secretaría de Estado, Fiscal General del Estado, Senador, Diputado Federal, Diputado Local, Presidente Municipal, a menos que se haya separado del cargo un año antes del día de su nombramiento. Acreditar conocimientos especializados en la materia de que se trate el referido nombramiento; y Los demás requisitos que señale la ley. Además el artículo 256, del Código en comento indica, que para ser Magistrado del Tribunal del Trabajo Burocrático se requiere: acreditar por lo menos tres años de experiencia en materia laboral y reunir los requisitos establecidos en el aludido artículo 76 Constitucional. Que en uso de las atribuciones señaladas en los párrafos anteriores del presente ordenamiento, los ayuntamientos municipales de San Cristóbal de Las Casas, Comitán de Domínguez y Tapachula, Chiapas, sometieron a consideración de esta Soberanía Popular, propuesta para nombrar al Licenciado Jorge Abdel Galán Ramírez, como Magistrado del Tribunal del Trabajo Burocrático del Poder Judicial del Estado de Chiapas, representante de los municipios de la entidad, a efecto de que dicho órgano jurisdiccional quede debidamente integrado en la forma y términos previstos en la Constitución Política Local. Dicha propuesta fue leída en sesión ordinaria del Pleno de este Congreso del Estado, el 28 de Diciembre del 2017, y fue turnada para su estudio y elaboración del dictamen, a la Comisión de Justicia. En tal virtud y al haber analizado la honorabilidad, competencia y profesionalismo, así como la experiencia en la materia del Licenciado Jorge Abdel Galán Ramírez, la Comisión de Justicia acordó mediante dictamen de fecha 29 de Diciembre del 2017, proponer al Pleno de este Poder Legislativo para que sea nombrado como Magistrado del Tribunal del Trabajo Burocrático del Poder Judicial del Estado, representante de los Municipios de la Entidad, toda vez que cumple plena y satisfactoriamente con los requisitos establecidos en el artículo 76, de la Constitución Política Local y 256, del Código de Organización del Poder Judicial del Estado. Por las consideraciones y fundamentos expuestos, el Pleno de esta Sexagésima Sexta Legislatura de este Honorable Congreso del Estado, expide el siguiente: Decreto Artículo Primero.- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 75, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política Local, se nombra al licenciado Jorge Abdel Galán Ramírez, como Magistrado del Tribunal del Trabajo Burocrático del Poder Judicial del Estado de Chiapas, representante de los municipios de la Entidad. Artículo Segundo.- Se expiden el nombramiento y comunicado correspondientes. 2

miércoles 10 de enero de 2018 T r a n s i t o r i o Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor a partir de la presente fecha. El Ejecutivo del Estado dispondrá se publique, circule y el Tribunal del Trabajo Burocrático del Poder Judicial del Estado de Chiapas, proveerá a su debido cumplimiento. Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, a los 30 días del mes de Diciembre del 2017.- D. P. C. Williams Oswaldo Ochoa Gallegos.- D. S. C. Alejandra Cruz Toledo Zebadúa.- Rúbricas. De conformidad con la fracción I del artículo 59 de la Constitución Política Local y para su observancia, promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los 10 días del mes de enero del año dos mil dieciocho. Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas.- Juan Carlos Gómez Aranda, Secretario General de Gobierno.- Rúbricas 3

5120 miércoles 10 de enero de 2018 Secretaría General de Gobierno Subsecretaría de Asuntos Jurídicos Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales Decreto número 041 Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que la Honorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargo el siguiente: Decreto número 041 El Pleno de la Sexagésima Sexta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política Local; y, C o n s i d e r a n d o Que los Ayuntamientos municipales son órganos de gobierno integrados por un presidente, un síndico, regidores propietarios y suplentes, además de los regidores electos según el principio de representación proporcional, conforme a lo que establecen los artículos 115, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 80, de la Constitución Política Local y 21, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas. Que el Consejo Municipal Electoral del Municipio de Bochil, Chiapas, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y de las establecidas en el Código de Elecciones y Participación Ciudadana, calificó las elecciones que se celebraron el día 19 de Julio del 2015, en dicho municipio, determinando la legalidad de las mismas y en consecuencia las declaró válidas, mismo que otorgó constancia de mayoría y validez de la elección de miembros del Ayuntamiento de Bochil, Chiapas, a favor del ciudadano Sergio Antonio Zenteno Albores, como Presidente Municipal Constitucional en dicho Ayuntamiento. Que mediante oficio número 01079/2017, de fecha 21 de Diciembre del 2017 y recibido en la oficialía de partes de este Poder Legislativo, con la misma fecha, el ciudadano Jorge Alberto Zenteno Urbina, Secretario Municipal del Ayuntamiento de Bochil, Chiapas, envió original del acta de la Sesión Extraordinaria de cabildo número MBC/EXT/052/2017, de fecha 21 de Diciembre del 2017, en la cual el Cuerpo Edilicio, hizo del conocimiento del fallecimiento del ciudadano Sergio Antonio Zenteno Albores, quien se desempeñó como Presidente Municipal Constitucional; y a la vez el cabildo municipal acordó, para que el Primer Regidor Propietario, Víctor Hernández Hernández, asuma el cargo de Presidente Municipal, en sustitución del citado munícipe; así también aprobó, para que el 4

miércoles 10 de enero de 2018 Primer Regidor Suplente, José Martín Gómez Aguilar, asuma el cargo de Primer Regidor Propietario, en dicho Ayuntamiento. Que con fecha 26 de Diciembre del 2017, en sesión ordinaria del Pleno de esta Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado, fue leído el oficio mencionado en la parte inicial del párrafo que antecede y fue turnado con el expediente respectivo para el dictamen correspondiente, a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. El artículo 81, párrafo tercero, de la Constitución Política Local, indica que en caso de renuncia o falta definitiva de algunos de los miembros del ayuntamiento, éste enviará al Congreso del Estado una propuesta de entre sus miembros que quedaren, para hacer las sustituciones correspondientes; el Congreso del Estado designará de la propuesta que envíe el Ayuntamiento. En todos los casos esta designación garantizará que la o el sustituto, sea del mismo género a quien sustituye. En efecto, el párrafo cuarto del artículo 153, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas, dispone que las faltas definitivas de los munícipes, serán suplidas por el miembro del Ayuntamiento que determine el Congreso del Estado, en términos de la Constitución Política del Estado de Chiapas. En uso de las facultades antes mencionadas, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales propuso al Pleno de este Congreso del Estado, para que el Primer Regidor Propietario, Víctor Hernández Hernández, asuma el cargo de Presidente Municipal Sustituto; en consecuencia propuso al Pleno, para que el Primer Regidor Suplente, José Martín Gómez Aguilar, asuma el cargo de Primer Regidor Propietario, ambos en el Ayuntamiento Constitucional de Bochil, Chiapas, a partir de la fecha que fuesen aprobados por el Pleno de este Poder Legislativo. Por las consideraciones y fundamentos expuestos, el Pleno de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado de Chiapas, expide el siguiente: D e c r e t o Artículo Primero.- Se declara la falta definitiva por el fallecimiento del ciudadano Sergio Antonio Zenteno Albores, al cargo de Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Bochil, Chiapas. Artículo Segundo.- En consecuencia y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 81, párrafo tercero, de la Constitución Política local y 153, párrafo cuarto, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas, se nombra al Primer Regidor Propietario, Víctor Hernández Hernández, para que a partir de la presente fecha, asuma el cargo de Presidente Municipal Sustituto, en el Ayuntamiento de Bochil, Chiapas. Artículo Tercero.- Asimismo, se nombra al Primer Regidor Suplente, José Martín Gómez Aguilar, para que a partir de la presente fecha, asuma el cargo de Primer Regidor Propietario, en el Ayuntamiento de Bochil, Chiapas. 5

miércoles 10 de enero de 2018 Artículo Cuarto.- Se expiden los nombramientos y comunicado correspondientes, para que previa protesta de ley que rindan ante el Ayuntamiento de referencia, los munícipes que se nombran, asuman el cargo conferido. T r a n s i t o r i o Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor a partir de la presente fecha. El Ejecutivo del Estado dispondrá se publique, circule y el Honorable Ayuntamiento Municipal de Bochil, Chiapas, proveerá a su debido cumplimiento. Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, a los 30 días del mes de Diciembre del 2017.- D. P. C. Williams Oswaldo Ochoa Gallegos.- D. S. C. Elizabeth Escobedo Morales.- Rúbricas. De conformidad con la fracción I del artículo 59 de la Constitución Política Local y para su observancia, promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los 10 días del mes de enero del año dos mil dieciocho. Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas.- Juan Carlos Gómez Aranda, Secretario General de Gobierno.- Rúbricas 6

5121 miércoles 10 de enero de 2018 Secretaría General de Gobierno Subsecretaría de Asuntos Jurídicos Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales Decreto número 129 Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que la Honorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargo el siguiente: Decreto número 129 El Pleno de la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le confiere la Constitución Política Local, emite el siguiente: D e c r e t o Artículo Único.- El Pleno de la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado de Chiapas, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso del Estado, clausuró el día de hoy el Primer Periodo Ordinario de Sesiones, correspondiente al Tercer Año de Ejercicio Constitucional, del periodo comprendido del 01 de Octubre al 31 de Diciembre del 2017. T r a n s i t o r i o Artículo Único.- El presente decreto comenzará a regir a partir de la presente fecha. El Ejecutivo del Estado dispondrá se publique, circule y el Honorable Congreso del Estado de Chiapas, proveerá a su debido cumplimiento. Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, a los 31 días del mes de Diciembre del 2017.- D.P.C. Williams Oswaldo Ochoa Gallegos.- D. S. C. Alejandra Cruz Toledo Zebadúa.- Rúbricas. De conformidad con la fracción I del artículo 59 de la Constitución Política Local y para su observancia, promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los 10 días del mes de enero del año dos mil dieciocho. Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas.- Juan Carlos Gómez Aranda, Secretario General de Gobierno.- Rúbricas 7

5122 miércoles 10 de enero de 2018 Secretaría General de Gobierno Subsecretaría de Asuntos Jurídicos Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales Decreto número 130 Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que la Honorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargo el siguiente: Decreto número 130 La Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le confiere la Constitución Política Local, emite el siguiente: D e c r e t o Artículo Único.- La Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado de Chiapas, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27, de la Ley Orgánica del Congreso del Estado, instala el día de hoy la Comisión Permanente del Congreso local, que fungirá durante el Primer Receso Legislativo, correspondiente al Tercer Año de Ejercicio Constitucional, del periodo comprendido del 31 de Diciembre del 2017 al 01 de Abril del 2018. T r a n s i t o r i o Artículo Único.- El Presente Decreto comenzará a regir a partir de la presente fecha. El Ejecutivo del Estado dispondrá se publique, circule y el Honorable Congreso del Estado de Chiapas, proveerá a su debido cumplimiento. Dado en el Salón de Usos Múltiples del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, a los 31 días del mes de Diciembre del 2017.- D.P.C. Williams Oswaldo Ochoa Gallegos.- D. S. C. Elizabeth Escobedo Morales.- Rúbricas. De conformidad con la fracción I del artículo 59 de la Constitución Política Local y para su observancia, promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los 10 días del mes de enero del año dos mil dieciocho. Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas.- Juan Carlos Gómez Aranda, Secretario General de Gobierno.- Rúbricas 8

ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS DIRECTORIO JUAN CARLOS GOMEZ ARANDA SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURIDICOS ZOVEK SACRISTAN ESTEBAN CARDENAS DIRECTOR DE LEGALIZACIÓN Y PUBLICACIONES OFICIALES DOMICILIO: PALACIO DE GOBIERNO, 2DO PISO AV. CENTRAL ORIENTE COLONIA CENTRO, C.P. 29000 TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS. TEL.: 961 613 21 56 MAIL: periodicooficial@sgg.chiapas.gob.mx DISEÑADO EN: