ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA VECINAL CON FECHA 1 DE FEBRERO DE 2017.

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Transcripción:

ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA VECINAL CON FECHA 1 DE FEBRERO DE 2017. Presidente: D. Juan Cañadas Avivar (PSOE) En Aguas Nuevas, siendo las veinte horas del día uno de febrero de dos mil diecisiete, se reúnen en el Salón de Sesiones de la Entidad Local Menor de Aguas Nuevas los/as señores/as Vocales señalados/as al margen, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde Don Juan Cañadas Avivar, a fin de tratar los asuntos señalados en el Orden del Día para los cuales habían sido citados todos/as ellos/as y que a continuación se detallan. Secretario: D. José Luís Martínez Griñán PRIMERO.- LECTURA Y APROBACION, EN SU CASO, DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.- Se da cuenta del acta de la sesión anterior, celebrada con fecha 21 de diciembre de 2016, siendo aprobada la misma por unanimidad de la Junta Vecinal, dando el visto bueno a la corrección del error observado en el apartado de vocales asistentes y no asistentes que a continuación se detalla: Donde dice: Vocales ausentes con causa justificada: Debe decir: SEGUNDO.- INFORME TRIMESTRAS LEY DE MOROSIDAD ENTIDADES LOCALES 4T/2016.- El Sr. Secretario-Interventor pone en conocimiento de los miembros de la Junta Vecinal que en cumplimiento del artículo cuarto de la Ley 15/2010, de 5 de Julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por las que se establecen las medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, se debe elaborar un informe sobre el cumplimiento de los plazos previstos en dicha Ley para el pago de las obligaciones de la Entidad Local, que incluirá el número y cuantía global de las obligaciones pendientes en las que se esté incumpliendo el plazo, debiendo remitirse dicho informe a los órganos competentes del Ministerio de Economía y Hacienda. En cumplimiento de lo establecido en el artículo quinto de la mencionada Ley el Sr. Secretario-Interventor incorpora al Pleno dicho informe con relación de las facturas o documentos justificativos con respecto a los cuales han transcurrido más de 3 meses desde su anotación en el Registro de Facturas y no se han tramitado los correspondientes expedientes de reconocimiento de la obligación, todo ello según el siguiente resumen: 1

INFORME 4T/2016: Pagos realizados 4T/16 dentro de periodo legal de pago. 132.328,58 Pagos realizados 4T/16 fuera de periodo legal de pago 76.132,45 208.461,03 Pendiente de Pago facturas 4T/16 dentro de periodo legal de pago.. 24.237,51 Pendiente de Pago facturas 4T/16 fuera de periodo legal de pago... 73.311,88 97.549,39 tomando conocimiento de todo ello la Junta Vecinal. TERCERO.- ORDENANZA REGULADORA ARRENDAMIENTO FINCAS RUSTICAS.- La Junta Vecinal, visto el expediente que se tramita referente a la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de los arrendamiento de fincas rústicas, de propiedad municipal, acuerda su modificación, según el borrador elaborado al efecto y propuesto por la Alcaldía. Dicha Ordenanza queda expuesta al público en la Secretaría-Intervención de esta Entidad Local a fin de que los interesados legítimos a que hace referencia el R.D.L. 2/2004, de 5 de Marzo, TR de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, puedan examinarla y presentar las reclamaciones que estimen oportunas contra la misma, con sujeción a las normas que se indican a continuación: a) Plazo de exposición al público y presentación de reclamaciones: 30 días hábiles a partir de la publicación del anuncio de aprobación inicial en el Boletín Oficial de la Provincia. b) Oficina de presentación: Secretaría de la Entidad Local Menor de Aguas Nuevas. c) Órgano ante el que se reclama: Junta Vecinal. Transcurrido el plazo reglamentario, indicado en la letra a) anterior, sin haberse presentado reclamación alguna contra el acuerdo provisional, éste quedará elevado a definitivo de forma automática. CUARTO.- CUENTAS DE GESTION (GESTALBA) EJERCICIO 2016.- Puesto en conocimiento de los miembros de la Junta Vecinal la Cuenta de Gestión del ejercicio 2016 (al 31 de diciembre de 2016) del Servicio de Gestión Tributaria de esta EATIM de Aguas Nuevas (GESTALBA, según el siguiente detalle: Recibos pendientes de cobro al final del ejercicio 2016: 25.369,51 Liquidaciones pendientes de cobro al final del ejercicio 2016: 110,00 Certificaciones pendientes de cobro al final del ejercicio 2016: 1.286,87 Total pendiente de cobro al final del ejercicio 2016: 26.766,38 los miembros de la Junta Vecinal toman conocimiento de la misma, siendo aprobada por todos ellos. QUINTO.- SOLICITUD CAMBIO DE NOMBRE DE LICENCIA DE AUTO-TAXI EN LA LOCALIDAD.- Se da cuenta del escrito presentado por Doña Amparo Cabezuelo Martínez, con D.N.I. 73363766E, por el que solicita de esta EATIM de Aguas Nuevas la transferencia a su nombre de la Licencia Municipal de Auto-Taxi que tenía concedida su marido D. Juan Marcos Jiménez Fernández, fallecido el pasado día 10 de septiembre de 2016. Teniendo en cuenta: 1.- Que en fecha 5 de mayo de 1982 la Junta Vecinal de Aguas Nuevas acordó adjudicar la licencia de auto-turismo de esta localidad de Aguas Nuevas a D. Juan Marcos Jiménez Fernández (DNI: 05098623), todo ello en base al expediente de adjudicación (mediante 2

concurso público) tramitado al respecto y en cumplimiento del Pliego de Condiciones aprobadas al efecto y a las condiciones establecidas en el Reglamento Nacional de los Servicios urbanos e Interurbanos de transporte de Automóviles ligeros. 2.- Que en fecha 16 de septiembre de 2010 la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete acordó autorizar la transformación de la licencia de la clase B de Auto-turismo, concedida a D. Juan Marcos Jiménez Fernández, en una nueva de auto-taxi residenciada en Aguas Nuevas, así como solicitar a la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda informe favorable para 1 licencia de transporte interurbano para Aguas Nuevas, a la que adscribirá la licencia anterior. 3.- Que en virtud de dicha solicitud, en fecha 11 de enero de 2011 la Dirección General de Transportes (Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, acuerda informar favorablemente el otorgamiento de 1 autorización de transporte público discrecional de viajeros para vehículo turismo de antigüedad inferior a dos años, apta para cinco plazas, incluida la del conductor, a domiciliar en el municipio de Albacete. Considerando que el art. 14.a) del Real Decreto 763/79 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros: Las licencias serán intransferibles, salvo en los supuestos siguientes: en el fallecimiento del titular, a favor de su cónyuge viudo o herederos legítimos. esta Junta Vecinal, acuerda por unanimidad: a).- Autorizar la transmisión de la Licencia de Auto-taxi concedida en su día a D. Juan Marcos Jiménez Fernández (05.098.623-Y) a su mujer Dª Amparo Cabezuelo Martínez (73.363.766-E), con sujeción a las condiciones establecidas en su día por esta Junta Vecinal. b).- Enviar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Albacete para que si a bien lo tiene proceda a su ratificación. SEXTO.- ARRENDAMIENTO PARCELA, PROPIEDAD MUNICIPAL.- Puesto en conocimiento de los miembros de la Junta Vecinal el expediente que se tramita referente al arrendamiento de la parcela, propiedad municipal (polígono 83, parcela 1082), con una superficie de 3 hectáreas, a Don Alberto Alfaro Navarro (DNI: 44393040G), por periodo de 1 año, prorrogable hasta 6 años, salvo denuncia de las partes, por el precio de 390,00 /año, en aplicación de la Ordenanza reguladora aprobada, todo ello con efectos retroactivos del día 1 de enero de 2017, y cuyo destino será el vertido de restos vegetales y otros, procedentes de la planta de tratamiento o clasificación de áridos y de residuos de construcción y demolición (RCD S), propiedad del interesado y existente junto a la parcela arrendada. Teniendo en cuenta: 1.- Que en virtud de los informes y documentación obrante en el expediente, que dicho arrendamiento se encuentra entre las circunstancias excepcionales previstas en el art. 107.1 de la Ley 33/2003 de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas para que pueda acudirse a la adjudicación directa del contrato, ya que no existe inconveniente alguno apreciable, su instalación y desarrollo conseguirán numerosos beneficios para la población, ayudando a reciclar y reutilizar la mayor parte de los residuos RCDs no peligrosos del entorno de la localidad, evitando la proliferación de vertederos incontrolados y otros puntos de vertido ilegal y minimizando el impacto ambiental que éstos provocarían en nuestro entorno. 2.- Que el precio del contrato señalado, según los datos obrantes en el expediente, se encuentra dentro de los límites establecidos en el art. 92.2 del Real decreto 1372/1986 de 13 3

de junio (Reglamento de Bienes de las Entidades Locales), es decir mayor al 6% del valor en venta del bien. 3.- Que la duración del contrato es inferior a 20 años, límite establecido por el art. 106.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Entidades Públicas. 4.- Que el uso al que se destina la actividad y uso tiene los correspondientes permisos preceptivos y es compatible con las normas urbanísticas, medioambientales y sectoriales aplicables al caso, todo ello según informes y certificados que así mismo obran en el expediente (Ayuntamiento de Albacete, Servicios Periféricos de Agricultura, Patrimonio Cultural de los Servicios Periféricos de Educación, Cultura y Deportes de Albacete) La Junta Vecinal acuerda por unanimidad adjudicar al interesado D. Alberto Alfaro Navarro (44.393040-G) el arrendamiento de la parcela descrita anteriormente para el uso solicitado, por el precio y periodo así mismo señalados. SEPTIMO.- EXPEDIENTE ADJUDICACION OBRAS CONSTRUCCION NICHOS CEMENTERIO MUNICIPAL.- Visto el expediente iniciado para la contratación de obras de CONSTRUCCION DE NICHOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD. Teniendo en cuenta que el presupuesto de la presente licitación es de 30.605,45 (IVA incluido). Visto así mismo el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que regirá la adjudicación de la obra por el procedimiento negociado sin publicidad. Teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 109 y 110 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la JUNTA Vecinal ACUERDA: PRIMERO: Aprobar el expediente para la contratación de las obras de CONSTRUCCION DE NICHOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE AGUAS NUEVAS (ALBACETE); así como el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que han de regir el contrato. El procedimiento de tramitación será negociado, según el cual la adjudicación habrá de recaer en el licitador que, en su conjunto, haga la proposición económicamente más ventajosa y que se caracteriza por el hecho de que: la adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos. SEGUNDO: Autorizar el gasto correspondiente que comporta el presente contrato, con cargo al vigente presupuesto. TERCERO: Efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos, debiendo a tal fin solicitar ofertas, al menos, a tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. CUARTO.- Aprobar la tramitación del expediente de carácter urgente, debido a la necesidad de llevar a cabo la obra lo antes posible, al carecer en el día de la fecha de nichos para su cesión en caso de necesidad, todo ello de acuerdo con lo establecido en el art. 112 del Real decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. OCTAVO.- FACTURAS Y RECIBOS PENDIENTES DE PAGO.- Vista la relación de recibos y facturas pendientes de pago número 1/2017, por importe de 107.854,10 y teniendo en cuenta, según certificación del Secretario-Interventor de la EATIM de Aguas Nuevas, que existe 4

consignación presupuestaria suficiente en las respectivas partidas del presupuesto vigente, quedan aprobadas las mismas por unanimidad de los miembros de la Junta Vecinal. NOVENO.- RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA.- Dada cuenta por el Secretario a los miembros de la Junta Vecinal de las Resoluciones de la Alcaldía números 1 a 22/2017, toman conocimiento todos los Vocales asistentes al Pleno. DECIMO.- RUEGOS Y PREGUNTAS.- No hay. Y no habiendo más asuntos a tratar, se levanta la sesión a las veinte horas y cuarenta y cinco minutos, firmando todos los miembros asistentes de la Junta Vecinal, de lo que yo, el Secretario, doy fe. 5