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Transcripción:

Anexo Solicitud de registro, actualización, modificación y/o cancelación de la información de los trámites en el Catálogo Nacional de Trámites y Servicios Sección Campo Homoclave *mbre oficial del trámite o servicio ASEA-00-031 Solicitud de Autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales para actividades del Sector Hidrocarburos Datos Generales del trámite *mbre ciudadano del trámite mbre de la modalidad (si existe) Solicitud de cambio de uso de suelo en terrenos forestales para actividades del Sector Hidrocarburos Descripción del trámite Fundamento Jurídico que da origen al trámite: Tipo de trámite o servicio * En qué casos se debe presentar el trámite? * Quién puede solicitar el trámite? * Descripción Ciudadana 1) Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, artículos 58 fracción I y 117. Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2003-02-25. Fecha de entrada en vigor de la última reforma: 2017-01-25. Autorización Cuando se pretenda realizar la remoción total o parcial de la vegetación de los terrenos forestales para destinarlos a actividades no forestales o cuando dicha remoción se realice en terrenos forestales incendiados acreditando fehacientemente que el ecosistema forestal se ha regenerado totalmente. Interesado- Representante legal Si realizas actividades del Sector Hidrocarburos y quieres construir dentro de zonas forestales del país y eso implica una remoción total o parcial de la vegetación forestal para actividades no forestales, debes solicitar el cambio de uso de suelo ante la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA). Qué efectos tendría la eliminación de este trámite? La ASEA no tendría conocimiento sobre los cambios de uso de suelo en terrenos forestales por lo que se daría una perdida acelerada de los bosques, selvas y vegetación de zonas áridas del país Sinónimos Personas relacionadas con el trámite (funcionario * Sinónimos (palabras clave de búsqueda): * mbre(s) David * Apellido paterno Rivera * Apellido materno Bello Cambio de uso de suelo forestal para actividades del Sector Hidrocarburos. Estudio técnico justificativo para el CUSTF para actividades del Sector Hidrocarburos. 1

público responsable) Director General de Gestión de Procesos Industriales - Atribuciones en materia de refinación de petróleo y procesamiento, licuefacción y regasificación de gas natural y actividades conexas. Se añaden atribuciones conforme ACUERDO por el que se delega en la Dirección General de Gestión de Procesos Industriales, las facultades que se indican. Fecha de publicación el DOF: 2017-11-30. Fecha de entrada en vigor: 2017-12-01 * Cargo Atribuciones en materia de transporte y almacenamiento del petróleo; el procesamiento, transporte, almacenamiento, compresión y descompresión de gas natural; el transporte y almacenamiento de gas licuado de petróleo; el transporte y almacenamiento de petrolíferos, y el transporte por ducto y el almacenamiento, que se encuentre vinculado a ductos de petroquímicos producto del procesamiento del gas natural y de la refinación del petróleo; enajenación, comercialización y actividades conexas. * Correo electrónico david.rivera@asea.gob.mx * Teléfono (55) 9126-0100 * mbre(s) José * Apellido paterno Álvarez * Apellido materno Rosas * Cargo Director General de Gestión Comercial Atribuciones en materia de distribución y expendio al público de gas natural, gas licuado de petróleo o petrolíferos. * Correo electrónico jose.alvarez@asea.gob.mx * Teléfono (55) 9126-0100 * mbre(s) Juan Raúl * Apellido paterno Gómez * Apellido materno Obele 2

* Cargo Director General de Gestión de Exploración y Extracción de Recursos Convencionales - Atribuciones en materia de Reconocimiento y exploración superficial de hidrocarburos, y exploración y extracción de hidrocarburos; el tratamiento de petróleo y actividades conexas * Correo electrónico juanraul.gomez@asea.gob.mx * Teléfono (55) 9126-0100. * mbre(s) Mario Miguel * Apellido paterno Candelario * Apellido materno Pérez * Cargo Director General de Gestión de Exploración y Extracción de Recursos Convencionales Terrestres- Atribuciones en materia de reconocimiento y exploración superficial de hidrocarburos, y exploración y extracción de hidrocarburos; el tratamiento de petróleo y actividades conexas. * Correo electrónico mario.candelario@asea.gob.mx * Teléfono (55) 9126-0100 *Nivel de digitalización 100% Digitalizado * Canales de atención (medios de presentación del trámite) Presencial Canales de atención 1) Ley Federal de Procedimiento Administrativo artículo 69-C Párrafo segundo. Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 1994-08-04. Fecha de entrada en vigor de la última reforma: 2017-05-03. de canales de atención: 2) AVISO por el que se comunica al público en general que los días 31 de enero, 1o. y 2 de febrero de 2018 el Área de Atención al Regulado, Oficialía de Partes y la Unidad de Transparencia de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos suspenderán actividades y se da a conocer el nuevo domicilio de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos. Artículos cuarto y quinto. 3

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2018-01-31. Fecha de entrada en vigor: 2018-01-31. Plazo máximo Plazo de prevención * Enlace o link al sitio en línea Enumera las acciones que el usuario tiene que hacer para realizar el trámite: Plazo máximo: del plazo de respuesta: *Plazo de prevención: del plazo de prevención: 1) Reúne los requisitos y documentos. 2) Realiza el pago de derechos 3) Preséntate para entrega de documentos en Área de Atención al Regulado la ASEA el Área de Atención al Regulado, ubicada en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, C.P. 14210, Ciudad de México, en los siguientes horarios: a) La recepción de trámites o solicitudes de los Regulados será de lunes a viernes de las 9:30 a las 15:00 horas. b) La entrega de notificaciones relacionadas con sus trámites o solicitudes, tendrá un horario de atención de lunes a viernes de 9:30 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas. 60 días hábiles 1) Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, artículos 120, 121, 122 y 123. Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 2005-02-21. Fecha de entrada en vigor de la última reforma: 2015-03-02. 2) Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, artículo 118. Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2003-02- 25. Fecha de entrada en vigor de la última reforma: 2017-01-25. 15 días hábiles 1) Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, artículos 122 fracciones I y II. Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 2005-02-21. Fecha de entrada en vigor de la última reforma: 2015-03-02. Plazo real *Plazo real 60 días hábiles Tipo de resolución Criterios de resolución *Tipo de resolución Criterio de resolución del trámite Autorización 1) Es indispensable que con base en el estudio técnico justificativo se demuestre que no se compromete la biodiversidad, ni se provocará la erosión de los suelos, el deterioro de la calidad del agua o la disminución en su captación; y que los usos alternativos del suelo que se propongan sean más productivos a largo plazo. 2) Es necesario que las autorizaciones que se emitan atiendan lo que, en su caso, disponga el Ordenamiento Ecológico correspondiente, las rmas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables. 3) Es necesario contar con la opinión técnica del Consejo Estatal Forestal o que haya transcurrido 10 días hábiles sin que este lo haya emitido. 4) Es necesario que para el caso de solicitar una autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales incendiados se acredite fehacientemente que han pasado 20 años y que el ecosistema se haya regenerado totalmente. 4

5) Es obligatorio que el solicitante deposite dentro de los 30 días hábiles siguientes al requerimiento ante el Fondo Forestal Mexicano el monto establecido por la ASEA para compensación ambiental por el cambio de uso de suelo a realizar. El monto antes señalado es calculado con base a los niveles y costos de referencia de la Comisión Nacional Forestal. 6) Es indispensable que se presente la propuesta del programa de rescate y reubicación de especies de hora de conformidad con el artículo 123 bis del RLGDFS. I. Hasta 1 hectárea $1,150 M.N. II.- De más de 1 hectárea hasta 10 hectáreas. $1,592 M.N. Monto de los derechos, productos y aprovechamientos aplicables III.- De más de 10 hectáreas hasta 50 hectáreas. $3,361 M.N. IV.- De más de 50 hectáreas hasta 200 hectáreas. $6,722 M.N. Montos Comentarios generales de montos: * Consultas frecuentes del ciudadano * Volumen de consultas anuales (frecuencia) * Quejas frecuentes del ciudadano * Volumen de molestias o quejas anuales * Comentarios respecto al trámite V.- De más de 200 hectáreas. $ 10,260 M.N. -Cuando la solicitud se refiera a terrenos incendiados que requieran de un dictamen especial, se pagará adicionalmente el 20% de las cuotas establecidas en las fracciones anteriores. Ley Federal de Derechos, artículo 194-M, fracciones I, II, III, IV y V, último párrafo. Fecha de entrada en vigor de la última reforma: 2017-01-01. Actualización: Resolución Miscelánea Fiscal 2018 y su anexo 19 publicado en el Diario Oficial de la Federación 22 diciembre 2017. En qué casos se requiere solicitar la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, Qué requisitos se requieren para realizar el trámite de autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, Dónde puedo realizar el trámite de cambio de uso de suelo en terrenos forestales 5

* tas adicionales del trámite * Más información Procesos económicos * Subsector económico Hidrocarburos * Proceso económico Hidrocarburos * El trámite cuenta con un sistema de gestión del trámite? * mbre descriptivo del sistema * Tecnología del sistema * Grado de adaptación del sistema para envío/recepción de solicitudes electrónicas Si Sistema Nacional de Gestión Forestal TIC * Esfuerzo y complejidad de realizar modificaciones al sistema para recibir y enviar solicitudes electrónicas * Criticidad del sistema * Disponibilidad de servicio mediante Webservice * Latitud * Longitud * Peticiones diarias * Es posible iniciar el trámite por Internet? * Es posible cargar o subir documentos en línea? 6

* Se puede dar seguimiento al trámite por Internet? * La resolución o respuesta es por Internet? * Utiliza firma electrónica avanzada? * Utiliza Clave RUPA? Hechos vitales Hechos vitales Categorías Categorías agregadas Empresa o Persona Física con Actividad Empresarial (PFAE) Medio Ambiente Cambio de uso de suelo sector hidrocarburos Procesos / Requisitos de entrada al trámite Selecciona el tipo de trámite o servicio al que corresponda * Autorizaciones, certificados, concesiones, informes, registros y avisos * El trámite es de resolución inmediata? * En qué momento se realiza el pago? agregados (Datos y documentos solicitados) Autorizaciones administrativas Previo al inicio del trámite 1) Escrito libre, en el que solicites el cambio de uso de suelo en terrenos forestales, firmado en original por la persona física (dueño) o el Representante Legal en caso de personas morales. Original y copia para su acuse. 2) Formato FF-SEMARNAT-030 y sus anexos. 3) Estudio Técnico (sólo para cuando se vaya a realizar un cambio de uso de suelo en terreno forestal incendiado), así como en formato electrónico (deberá presentarse en electrónico editable). Original 4) Comprobante de pago de derechos. Original o Copia certificada Observaciones respecto a los documentos Los estudios técnicos justificativos deberán contener la información siguiente: a) Usos que se pretendan dar al terreno; b) Ubicación y superficie del predio o conjunto de predios, así como la delimitación de la porción en que se pretenda realizar 7

el cambio de uso del suelo en los terrenos forestales, a través de planos georreferenciados; c) Descripción de los elementos físicos y biológicos de la cuenca hidrológico-forestal en donde se ubique el predio d) Descripción de las condiciones del predio que incluya los fines a que esté destinado, clima, tipos de suelo, pendiente media, relieve, hidrografía y tipos de vegetación y de fauna; e) Estimación del volumen por Especie de las materias primas forestales derivadas del cambio de uso del suelo f) Plazo y forma de ejecución del cambio de uso del suelo; g) Vegetación que deba respetarse o establecerse para proteger las tierras frágiles; h) Medidas de prevención y mitigación de impactos sobre los recursos forestales, la flora y fauna silvestres, aplicables durante las distintas etapas de desarrollo del cambio de uso del suelo; i) Servicios ambientales que pudieran ponerse en riesgo por el cambio de uso del suelo propuesto; j) Justificación técnica, económica y social que motive la autorización excepcional del cambio de uso del suelo; k) Datos de inscripción en el Registro de la persona que haya formulado el estudio y, en su caso, del responsable de dirigir la ejecución; l) Aplicación de los criterios establecidos en los programas de ordenamiento ecológico del territorio en sus diferentes categorías; m) Estimación económica de los recursos biológicos forestales del área sujeta al cambio de uso de suelo; n) Estimación del costo de las actividades de restauración con motivo del cambio de uso del suelo, y o) En su caso, los demás requisitos que especifiquen las disposiciones aplicables (rmas Oficiales Mexicanas, Programas de Ordenamiento Ecológico, Decretos de creación o Programas de Manejo de Áreas Naturales Protegidas, según sea el caso) (Artículo 121 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable). de datos y documentos solicitados: 1) Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, artículos 3 párrafo segundo, 119 párrafo segundo, 120, 121 párrafos primero y segundo. Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 2005-02-21. Fecha de entrada en vigor de la última reforma: 2015-03-02. 2) Ley Federal de Procedimiento Administrativo, artículo 15. Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 1994-08-04. Fecha de entrada en vigor de la última reforma: 2017-05-03. Formato: 3) Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos. Transitorio quinto. Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 2014-08-11. Fecha de entrada en vigor: 2014-08-12. Solicitud de Autorización de Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales Liga para descarga http://dsiappsdev.semarnat.gob.mx/formatos/dggfs/ffdel formato aplicable: SEMARNAT-030-SEMARNAT-02-001.pdf 8

Fecha de publicación del formato en el DOF: 03-09-2015 agregados: (documento emitido por la dependencia): * Observaciones respecto a los documentos agregados: de salida al trámite Cadenas Interacciones dependencia o entidad- Ciudadano agregados: Cadenas agregadas: * Cantidad de pasos fuera de la dependencia o entidad Resolutivo en el que se autoriza el cambio de uso suelo forestal La ASEA realiza: 1) Opinión técnica de Consejo Estatal Forestal. 2) Opiniones técnicas a diversas instancias. El sujeto Regulado del Sector Hidrocarburos realiza una vez que ASEA lo requiere: 1) Depósito del Fondo Forestal Mexicano (FFM) Oficinas agregadas Oficinas Tipo de Ficta de Ficta Vigencia de vigencia Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos. Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, C.P. 14210, Ciudad de México. Negativa Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, artículo 122 fracción V. Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 2005-02-21. Fecha de entrada en vigor de la última reforma: 2015-03-02 La vigencia depende del plazo de ejecución del proyecto propuesto por el solicitante. 9