NORMAS REGULADORAS DEL PRECIO PÚBLICO POR EL USO DE LOS DESPACHOS Y ZONAS COMUNES DEL CENTRO DE EMPRESAS DEL AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES



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Transcripción:

NORMAS REGULADORAS DEL PRECIO PÚBLICO POR EL USO DE LOS DESPACHOS Y ZONAS COMUNES DEL CENTRO DE EMPRESAS DEL AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES AZUQUECA EMPRENDE 1

NORMAS REGULADORAS DEL PRECIO PÚBLICO POR EL USO DE LOS DESPACHOS Y ZONAS COMUNES DEL CENTRO DE EMPRESAS DEL AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES AZUQUECA EMPRENDE. 1ª.- OBJETO Las presentes rmas tiene por objeto regular el precio público por el uso de los distintos espacios del Centro de del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares Azuqueca Emprende. Constituye el objeto de este precio público la utilización de los espacios comunes, así como la ocupación de los despachos del Centro de del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares. Entre los espacios comunes se encuentran el uso de la sala de reuniones, sala de juntas, sala de formación y sala de conferencias. Su funcionamiento se regirá por el Reglamento de Funcionamiento y Régimen Inter del Centro de. 2ª.- OBLIGADOS AL PAGO Estarán obligados al pago las personas físicas y jurídicas que disfruten, utilicen o aprovechen los servicios e instalaciones del Centro de del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares. La obligación de pago surge en el momento en que se inicie la prestación de los servicios a los que se refieren las presentes rmas. 3ª.- TARIFA La cuantía del precio público será conforme a las tarifas que se establecen en la siguiente tabla: 2

1º AÑO Precio/m2 11 sin IVA 2º AÑO Precio/m2 12 sin IVA PRÓRROGA 3º AÑO Y SIGUIENTES Precio/m2 13 sin IVA DEPENDENCIA M 2 IMPORTE MENSUAL Despacho 1 13,42 147,62 Despacho 2 12,99 142,89 Despacho 3 13,42 147,62 Despacho 4 13,08 143,88 Despacho 5 13,30 146,30 Despacho 6 13,35 146,85 Despacho 7 13,06 143,66 Despacho 8 13,42 147,62 Despacho 9 15,08 165,88 Precios calculados para el primer año de estancia. Estos precios incluyen IVA. El importe de las tarifas arriba indicadas implica la puesta a disposición de los usuarios de los despachos del Centro de, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Funcionamiento y Régimen Inter del mismo. Dicho precio incluye también el coste de iluminación de cada despacho, climatización, preinstalación de línea de ADSL y limpieza. Adicionalmente, se establece el precio por el uso de elementos variables, como la fotocopiadora e impresora, que se satisfará de conformidad a los siguientes importes por unidad de copia. 3

A4 A3 B / N COLOR B / N COLOR 0.05 0.15 0.10 0.30 Estos precios incluyen IVA. Los precios por el alquiler de los espacios comunes son los siguientes: Precio / hora Medio día De 9.00 a 14.00 h. Día completo De 9.00 a Incremento uso de pizarra electrónica/proyector 21.00 h. Reuniones (capacidad 6 personas) 3 10 18 8 15 22 Juntas (capacidad 10 6 18 23 Incremento 20% ) 4

personas) 10 24 28 Incremento 25% Formación (capacidad 20 12 22 30 Incremento 20% alums) 15 30 50 Incremento 25% Conferencias (capacidad 60 15 30 50 Incremento 20% personas) 20 40 65 Incremento 25% En estos precios está incluido el I.V.A. (18%) Las empresas instaladas en el Centro de disponen, sin cargo algu, de 4 horas al mes de uso de alguna de las salas. No será de aplicación el precio público por utilización de las salas de formación y/o de conferencias en los siguientes supuestos: - Actividades de iniciativa municipal. - Actividades propuestas por entidades e instituciones públicas o privadas que por su interés formativo en el ámbito empresarial o de 5

emprendimiento, sean objeto de convenio o acuerdo con el Ayuntamiento. 4ª.- NORMAS DE GESTIÓN DE COBRO 1.- Las cuotas por el uso de los despachos y el coste de los elementos variables se liquidarán mensualmente. 2.- Para conseguir un eficaz funcionamiento de la gestión de este precio público, los obligados al pago, deberán ingresar la cuantía del precio público mediante autoliquidación en las entidades bancarias colaboradoras, durante los cinco primeros días del mes. 3.- El pago se hará efectivo por anticipado dentro de los cinco primeros días de cada mes para la parte fija de la tarifa, y a mes vencido para la parte variable, que se incluirá en documento de pago del periodo correspondiente. 4.- Se fija una fianza equivalente a dos mensualidades. 5ª.- INFRACCIONES Y SANCIONES En todo lo relativo a la situación de impago y sanciones por parte de los usuarios, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente y lo establecido en el Reglamento de Funcionamiento y Régimen Inter del Centro de. ENTRADA EN VIGOR Las presentes rmas entrarán en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y continuará en vigor mientras se acuerde su derogación o modificación. 6