REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE SIMULACIÓN

Documentos relacionados
REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE QUÍMICA

REGLAMENTO DE CÓMPUTO

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO

Instituto Tecnológico Superior de la Región Sierra

ARTÍCULO 2. El taller de redes se utilizará únicamente con fines académicos.

REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE IDIOMAS

REGLAMENTO DE LABORATORIOS Y TALLERES

REGLAMENTO QUE RIGE EL USO DE LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO Y REDES DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA METROPOLITANA DE PUEBLA

ÍNDICE. Lineamientos para el Uso del Laboratorio de Optimización y Redes de la UPALT. CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales

Normas del Buen Uso del Laboratorio de Cómputo

REGLAMENTO DE CENTRO DE CÓMPUTO

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA ESCUELA DE ECONOMÍA REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO DE LA ESCUELA DE ECONOMÍA

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE HUICHAPAN REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE HUICHAPAN

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DEPARTAMENTO DE AGROECOLOGÍA

REGLAMENTO DE LABORATOTIOS DE CÓMPUTO

REGLAMENTO INTERNO DEL LABORATORIO DE COMPUTO

REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO EN LOS PLANTELES DEL COBAEV

Centro de Computo El Centro de Cómputo cuenta con cuatro Laboratorios: Laboratorios 1, 2 y 3 utilizados para las practicas solicitadas por los

REGLAMENTO DE LABORATORIOS DE CÓMPUTO DI-UTP-DCA-05

REGLAMENTO GENERAL PARA EL USO DE LABORATORIOS DE CÓMPUTO

Reglamento de la Sala de Cómputo 1. SALA DE CÓMPUTO

CAPITULO 1 GENERALES. Articulo2 El horario del servicio del centro de cómputo será de lunes a viernes de 7:00 a las 21 Horas.

Reglamento del laboratorio de Redes y Seguridad

REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO

INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DF

LINEAMIENTO INTERIOR DEL LABORATORIO DE CÓMPUTO INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE GUASAVE

INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ESCÁRCEGA REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO

REGLAMENTO QUE RIGE El USO DEL LABORATORIO DEL PROGRAMA EDUCATIVO DE INGENIERÍA MECATRÓNICA.

REGLAMENTO DE LABORATORIO DE FOTOGRAMETRÍA Y CARTOGRAFÍA

INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ESCÁRCEGA REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE REDES Y ELECTRÓNICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE ATITALAQUIA

Lineamientos de uso de los Centros de Cómputo del Centro Universitario UAEM Temascaltepec y Extensión Tejupilco.

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE USULUTÁN ADMINISTRACIÓN FUNDAITI. Reglamento de Centro de Cómputo

CONSIDERANDO REGLAMENTO DEL SERVICIO DE USO DE INTERNET DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DEL ORIENTE DEL ESTADO DE MÉXICO.

REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE CÓMPUTO UNIVERSIDAD ALVA EDISON INCORPORACIÓN SEP: 21MSU1022U, 21PBT0202W

Reglamento de los Laboratorios de Cómputo del Instituto Tecnológico Superior de Arandas

REGLAMENTO DE LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO

Capítulo I Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE CÓMPUTO CAPÍTULO I GENERALIDADES

Reglamento del Laboratorio de Ciencias Básicas

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TULANCINGO, HGO.

REGLAMENTO DE LABORATORIOS Y TALLERES

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CAMPECHE FACULTAD DE HUMANIDADES REGLAMENTO DE LA SALA DE CÓMPUTO

UNIVERSIDAD VERACRUZANA UNIDAD ACADÉMICA DE CIENCIAS DE LA SALUD XALAPA

Reglamento general de uso de talleres y laboratorios de la Universidad.

PROYECTO DE REGLAMENTO PARA EL CENTRO DE CÓMPUTO DE SISTEMAS COMPUTACIONALES ADMINISTRATIVOS

LINEAMIENTOS PARA EL USO DE EQUIPOS AUDIOVISUALES Y AUDITORIOS*

Reglamento y Normas para el uso del Oficentro.

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN DE TÉCNOLOGIAS PARA EL APRENDIZAJE DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE LOS LAGOS

Reglamento de la Sala de Juicios Orales

Reglamento de los Laboratorios de Comunicaciones Digitales del Instituto Tecnológico Superior de Arandas

REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO.

Reglamento del Laboratorio de Computo Especializado

REGLAMENTO. Talleres de Cómputo Centros Educativos. Fecha: Julio 2009 DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA

Reglamento de Sala de Cómputo REGLAMENTO DE SALA DE CÓMPUTO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE COMPUTACIÓN

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO PARA EL USO DEL TRANSPORTE UNIVERSITARIO

Lineamientos para el uso del laboratorio de ciencias básicas

Reglamento de laboratorio de cómputo

MISION DEL CECyTEG. VISION DEL CECyTEG

INSTRUCTIVO DEL FUNCIONAMIENTO INTERNO Y OPERATIVO PARA REGULAR EL USO DE LOS SERVICIOS E INSTALACIONES DE LA COORDINACION DE ENSEÑANZA DE LENGUAS

Laboratorio de Nanotecnología del ITESO. Políticas del Laboratorio de Nanotecnología (versión 2, marzo de 2017)

DISPOSICIONES GENERALES

TALLER DE CÓMPUTO DE LA EPO 28

Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE USO DE CENTROS DE COMPUTO

POLÍTICA INTERNA DE SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA

CÓDIGO CIA. Horario de atención: Lunes a viernes de 7:00 a 18:00

ÍNDICE. CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales. CAPÍTULO SEGUNDO De la naturaleza de las prácticas y del trabajo en el CAII

DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA EDUCATIVA DIyTE Reglamento de Aulas de Informática

Reglamento Sobre el Uso de las Salas de Informática

REGLAMENTO DE LABORATORIOS DE FÍSICA Y TERMOFLUIDOS Facultad de Ingeniería, Universidad Anáhuac.

REGLAMENTO. Centro de Cómputo de la EESuX 2015

Biblioteca "Adrián Mora Duhart" MISIÓN

Subdirección de Informática. Lineamientos para la Operación de Laboratorios de Cómputo e Internet

REGLAMENTO DE LABORATORIOS DE APRENDIZAJE DIGITAL

ACUERDO No. 03 (20 de Febrero de 2006) Por medio del cual se aprueba el reglamento del área de audiovisuales

Sala de Cómputo del Posgrado-CIE

REGLAMENTO DE LABORATORIOS DE SIMULACIÓN: DINÁMICA Y DE PROCESOS DE MANUFACTURA

Introducción. Objetivos

REGLAMENTO DE USO DE CENTROS DE CÓMPUTO CARRERA DE INGENIERÍA DE SISTEMAS

CONSEJO DIRECTIVO ACUERDO (Bucaramanga, Diciembre 15 de 2009) EL CONSEJO DIRECTIVO DE LAS UNIDADES TECNOLOGICAS DE SANTANDER ACUERDA

PROTOCOLO DE USO LABORATORIO DE RADIO

REGLAMENTO GENERAL DE USO DE LABORATORIOS Y TALLERES 1

REGLAMENTO PARA EL SERVICIO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN INTERACTIVA DE LA ESCUELA LIBRE DE DERECHO DE SINALOA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

FACULTAD DE MEDICINA HUMANA. REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE Informática y cómputo UNIVERSIDAD RICARDO PALMA

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA ESCUELA DE ECONOMÍA

Universidad Autónoma De Nayarit INDICE

COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO TALLER DE ELECTRÓNICA TALLER DE ELECTRICIDAD TALLER DE MANTENIMIENTO

CAPÍTULO I. DE SU FINALIDAD, ALCANCES y FUNCIONES

Reglamento de la Sala de Cómputo del Posgrado

Reglamento del Laboratorio de Redes

REGLAMENTO DEL LABORATORIO Y TALLER DE FOTOGRAFÍA

REGLAMENTO GENERAL DEL LABORATORIO DE IDIOMAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TLAXCALA.

Transcripción:

REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE SIMULACIÓN ELABORÓ M.C. JULIO CESAR CAMARGO SANTOS AUTORIZÓ M.C. JOSÉ LUIS SESEÑA OSORIO

CONSIDERANDO 1.- Que la creación del laboratorio de simulación para las carreras que ofrece el I.T.S.T. es producto del desarrollo que experimenta el mismo, para poder reafirmar los conocimientos adquiridos en el salón de clase y de esta forma hacerlo parte integral de las actividades de la comunidad tecnológica. 2.- Que corresponde al Departamento de Talleres y Laboratorios proporcionar los servicios del laboratorio que se prestan a estudiantes, profesores, investigadores y personal administrativo, cubriendo así las necesidades en esta materia como apoyo a las funciones sustantivas y adjetivas del Instituto. 3.- Que es fundamental la realización de actividades de extensión con el propósito de difundir y promover los servicios en el laboratorio de simulación, y fomentar su aplicación en la investigación. El I.T.S.T. establece la siguiente reglamentación, a efecto de que se organice adecuadamente la prestación de los servicios que conciernen a la actividad de la enseñanza en dicho laboratorio. CAPÍTULO I. Disposiciones generales. Art. 1.- El presente reglamento de observancia general es para normar la prestación de los servicios y el funcionamiento del laboratorio de simulación del I.T.S.T., de acuerdo a las necesidades de la comunidad tecnológica. Art. 2.- Las funciones del laboratorio de simulación serán determinados por el Responsable del Departamento de Talleres y Laboratorios en coordinación con el comité académico. CAPÍTULO II. De la autoridad. Art. 3.- Para efectos del presente reglamento, la autoridad inmediata en el laboratorio de simulación es el responsable del mismo, en coordinación con la Dirección y Subdirección Académica del Instituto. Art. 4.- Corresponde al jefe del Departamento de Talleres y Laboratorios coordinar y vigilar la realización de programas y proyectos de investigación vinculados con la docencia, que requieran apoyo, procurando contar con los recursos humanos, y demás equipos necesarios. CAPÍTULO III. De los usuarios. Art. 5.- Se llama usuario a todo alumno, profesor, investigador o empleado administrativo del I.T.S.T., dado de alta en cada uno de los servicios que el laboratorio de simulación ofrece, en base a los requisitos que en el mismo

se establecen; además de cumplir los lineamientos manifestados en el presente documento. Art. 6.- Al ingresar al laboratorio de simulación todo usuario, alumno, profesor, investigador o empleado administrativo, deberá registrarse en la lista correspondiente anotando los datos requeridos. Art. 7.- Solo se permitirá el acceso a un usuario por computadora. Art. 8.- El usuario no podrá instalar ningún tipo de software de juegos y programas no autorizados. Art. 9.- El usuario tendrá derecho al uso del laboratorio dependiendo de la disponibilidad del mismo. Art. 10.- Se dispondrá del laboratorio de simulación como aula de clase o laboratorio, realizando la solicitud previamente. Art. 11.- El laboratorio de simulación podrá ser utilizado para la impartición de cursos varios para empleados, maestros, investigadores y alumnos, así como cursos dirigidos a personas externas, a los cuales se les asignará un costo de recuperación, siempre y cuando no interfiera las actividades normales de servicio. Art. 12.- Todos los usuarios alumnos que vayan a hacer uso por primera vez del laboratorio de simulación, dentro del periodo escolar deben tomar una plática de introducción, la cual tiene como finalidad capacitar al usuario en el funcionamiento del laboratorio (registro, manejo de los equipos, verificación de discos, etc.) y dar a conocer el reglamento y a los responsables del mismo. Art. 13.- El usuario alumno debe acatar la designación de tiempo de uso de máquinas que el laboratorio de simulación defina, según la disponibilidad de equipo y cargas de trabajo. Si el usuario desea más tiempo de máquina, éste se autoriza de acuerdo a la oferta de las instalaciones en ese momento. Art.14.- El usuario maestro deberá hacer una solicitud previa para utilizar el laboratorio de simulación como sala de clases. Art.15.- El personal que labora en el laboratorio de simulación no se hace responsable del material olvidado en el mismo. Art. 16.- El software disponible en el área de cómputo es propiedad del I.T.S.T., quedando estrictamente prohibida su reproducción. Salvo las condiciones y especificaciones en el contrato de licenciamiento.

Art. 17.- Se deja de ser usuario del laboratorio de simulación automáticamente en los siguientes casos: Alumnos que causen baja temporal o definitiva. Alumnos egresados. Profesores, investigadores y administrativos que causen baja en nómina. Alumnos amonestados o que no hayan actualizado su credencial. Art. 18.- No se permitirá la entrada a usuarios a las áreas restringidas del laboratorio de simulación, sin previa autorización de las personas encargadas del mismo. Art. 19.- Por ningún motivo el usuario podrá alterar el funcionamiento normal del equipo, así como intentar repararlo en caso de falla. En este último caso se deberá reportar la situación al Responsable del laboratorio de Simulación. CAPÍTULO IV. Del servicio. Art. 20.- El horario de servicio del laboratorio de simulación queda establecido por el comité académico del I.T.S.T. Art. 21.- El servicio se suspende en caso de días no laborables oficialmente, mantenimiento de equipo o interrupción de energía eléctrica. Art. 22.- Todo material que sea requerido por el usuario debe ser financiado por él mismo o por el proyecto de investigación correspondiente, a excepción de servicios de índole administrativos. CAPÍTULO V. De las obligaciones. Son obligaciones de los usuarios: Art. 23.- Todo usuario deberá presentar su credencial expedida por el I.T.S.T. a la hora de la sesión para el registro y control de asistencia, además de entregar a revisión los discos de trabajo a utilizar. Art. 24.- Hacer uso de las instalaciones con una credencial vigente que lo acredite como alumno o personal académico en su caso. Art. 25.- Guardar la compostura debida dentro de las instalaciones. Art. 26.- Abstenerse de: Fumar.

Presentarse después de haber practicado un deporte o esfuerzo físico sin haberse cambiado. Hacer ruido. Maltratar el equipo. Agredir a otra persona. Introducir animales o alimentos y bebidas. Presentarse en estado de ebriedad. Art. 27.- Ingresar al laboratorio de simulación, únicamente con el material indispensable de trabajo. Art. 28.- Reportar inmediatamente sobre algún desperfecto observado en el equipo, de lo contrario se hará responsable del mismo. Art. 29.- Dejar el área de trabajo limpia, el equipo apagado y la silla acomodada en su lugar. Art. 30.- Utilizar discos en buenas condiciones y evitar introducir objetos ajenos al equipo en las unidades manejadoras de disco (drive). Art. 31.- Tener respaldo de la información contenida en equipos con disco duro, ya que el personal que labora en el laboratorio de simulación no se responsabiliza de la información de usuarios contenida en alguno de estos dispositivos. Art. 32.- Prohibido cambiar la configuración de los equipos y desactivar las vacunas antivirus de las máquinas, excepto previa solicitud escrita del usuario y aceptación por parte del responsable del laboratorio de simulación. Art. 33.- Prohibido modificar cualquier aspecto del panel de control. Art. 34.- Prohibido poner contraseñas en los protectores de pantalla. Art. 35.- Prohibido hacer cualquier modificación sobre configuración de red. Art. 36.- El manejo del equipo de control numérico solo podrá realizarse bajo la supervisión del personal responsable de dicho laboratorio. CAPÍTULO VI. De las sanciones. Art. 37.- La persona que por negligencia dañe algún equipo, deberá pagar el costo de la reparación, además de que será suspendida temporalmente, y en caso de reincidir la suspensión será definitiva. Art. 38.- Se suspenderá temporalmente al usuario que:

Viole cualquier punto del reglamento. Altere el funcionamiento normal del equipo. Utilice una clave de acceso que no le corresponda. Haga mal uso de las instalaciones. Art. 39.- La suspensión temporal será dictada por el encargado con anuencia del Subdirector Académico.