La Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia A. C. y la Comisión Nacional de Ética Judicial

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La Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia A. C. y la Comisión Nacional de Ética Judicial CONSIDERANDO Que de acuerdo con la exposición de motivos del Código Modelo de ética Judicial para los impartidores de justicia de los Estados Unidos Mexicanos, los órganos de impartición de justicia del país, conscientes de la necesidad de llevar a cabo acciones tendentes a su propio perfeccionamiento para que se encuentren en condiciones de cumplir cabalmente su encomienda constitucional, se han dado a la tarea de desarrollar los postulados éticos rectores de las tareas a las que cada uno de ellos está llamado a realizar Que para fortalecer el logro de lo anterior, el artículo 16 del propio Código mencionado otorga a los órganos de impartición de justicia la posibilidad de conformar una Comisión Nacional de Ética Judicial Que dicha Comisión empezó su funcionamiento en el mes de enero de 2008, como órgano especializado en materia de Ética judicial dentro del Sistema Nacional de Impartidores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos, ahora Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia A. C. (AMIJ). Que de acuerdo con el artículo 2 del Reglamento de la Comisión Nacional de Ética Judicial, ésta tiene por objeto, con ejercicio autónomo e independiente, estudiar, promover y difundir, así como interpretar las normas del Código citado con el propósito de unificar los criterios a nivel nacional, y aplicar dichas normas a través de consultorías y asesorías.

Que de acuerdo con el artículo 4 del Reglamento referido, la Comisión se encuentra integrada por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien preside a su vez a la Comisión (fracción I); por un miembro de la vida académica (fracción II); por un miembro representante de la Abogacía (fracción III); por un miembro representante de los órganos judiciales y/o jurisdiccionales que no formen parte del Poder Judicial de la Federación (fracción IV); por un representante del Poder Judicial de la Federación (fracción V) y por un Secretario Ejecutivo (fracción VI). Que de acuerdo al artículo 5, en relación con el artículo 4, fracción IV, del mismo Reglamento, el 31 de diciembre de 2010 finalizará el período del señor Magistrado Raúl González Arias, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California, como integrante de la Comisión Nacional de Ética Judicial en representación de los órganos judiciales y jurisdiccionales que no forman parte del Poder Judicial de la Federación. Que en consecuencia, es necesario iniciar el procedimiento reglamentario para elegir, de entre los candidatos que propongan los órganos judiciales y jurisdiccionales no pertenecientes al Poder Judicial de la Federación, al Comisionado que sustituirá al señor Magistrado Raúl González Arias. Que el artículo 12 del Reglamento establece que para la selección y designación de dicho Comisionado, el Secretario de la Comisión formulará una convocatoria nacional a efecto de que cualquiera de los órganos judiciales y jurisdiccionales del Sistema Nacional de Impartidores de Justicia (ahora Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia, A. C. AMIJ-), dentro del plazo señalado en la misma, envíe una propuesta razonada del candidato a miembro de la Comisión y que, cerrada la recepción, los comisionados en funciones votarán a efecto de realizar la elección del nuevo miembro.

Con apoyo en las precedentes consideraciones, se expide la siguiente CONVOCATORIA PARA LA PRESENTACIÓN DE CANDIDATOS PARA OCUPAR EL PUESTO PREVISTO EN LA FRACC.IV, ART. 4. DEL REGLAMENTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ÉTICA JUDICIAL, bajo las siguientes: BASES PRIMERA. Podrán presentar candidatos para suplir al señor Magistrado don Raúl González Arias como miembro de la Comisión Nacional de Ética Judicial, representante de los órganos judiciales y jurisdiccionales que no forman parte del Poder Judicial de la Federación, todos los órganos judiciales y jurisdiccionales que integran la Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia A. C. (poderes judiciales y tribunales electorales de las entidades federativas, tribunales administrativos, laborales y agrarios, federales y locales, etc.), con excepción de los que pertenecen al Poder Judicial de la Federación (Suprema Corte de Justicia, Tribunal Electoral, Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y Juzgados de Distrito), así como de aquellos órganos que designaron a los miembros que conforman la actual integración de la Comisión Nacional de Ética Judicial (Artículo Segundo Transitorio del Reglamento). SEGUNDA. Cada órgano de impartición de justicia podrá presentar una sola propuesta. Ésta deberá contener el nombre completo del candidato, cargo o plaza, órgano de adscripción o si está jubilado o retirado y datos de localización (teléfono, correo electrónico

y dirección física), así como los datos del órgano proponente. Además de lo anterior, junto con la propuesta se deberán anexar las razones y datos que la sustenten. TERCERA. Los requisitos básicos del miembro de la Comisión Nacional de Ética Judicial que corresponde a la presente convocatoria, están previstos en la fracción IV del artículo 4 del Reglamento de dicha Comisión, así como en los artículos 11 y 12 del mismo ordenamiento, que establecen: Artículo 4. Integrantes. La Comisión estará integrada por cinco miembros y un secretario, cargos que serán honoríficos y corresponderán a: IV. Un miembro de intachable conducta moral y profesional escogido de entre los magistrados, jueces, representantes ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje o equivalentes, QUE NO PERTENEZCA AL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN; Artículo 11. De los requisitos para ser miembro de la Comisión. Los miembros de la Comisión deberán gozar de reconocido prestigio y probidad moral, y contar con una amplia trayectoria profesional; deberán reunir, además, las características que para cada uno de ellos establecen las fracciones I a VI del artículo 4 del presente Reglamento.

Artículo 12. De la elección de los miembros de la Comisión. Para la selección y designación de los miembros de la Comisión a que se refieren las fracciones II a IV, el Secretario formulará una convocatoria nacional a efecto de que cualquiera de los órganos jurisdiccionales del Sistema, dentro del plazo señalado en la misma, envíe una propuesta razonada del candidato a miembro de la Comisión. Cerrada la recepción de propuestas, los comisionados en funciones votarán en reunión ordinaria o extraordinaria, a efecto de realizar la elección de los nuevos miembros. CUARTA. Los órganos proponentes deberán verificar que los candidatos reúnan los requisitos y cualidades que el Reglamento establece y enviar su propuesta en formato electrónico, ya sea al correo jsolivares@mail.scjn.gob.mx o bien, físicamente (disco de 3 1/2, CD, USB) al Instituto de Investigaciones Jurisprudenciales y de Promoción y Difusión de la Ética Judicial, ubicado en la Sede Alterna de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Avenida Revolución 1508, 5 piso, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, Código Postal 01020, México, Distrito Federal, Teléfonos: 33304408 y 41131000, extensiones 6124 y 6108 QUINTA. Las propuestas podrán presentarse a partir del próximo 3 de mayo y hasta las 17:00 hrs. del día 7 de mayo de 2010. El período señalado para la presentación de propuestas es improrrogable. SEXTA. Las propuestas que no cumplan con lo establecido en la presente convocatoria, así como los candidatos que no reúnan los requisitos exigidos por el Reglamento de la Comisión Nacional de Ética Judicial, serán descalificados.

SÉPTIMA. El Secretario de la Comisión Nacional de Ética Judicial, una vez seleccionadas las propuestas que no se encuentren en la hipótesis del punto anterior, publicará electrónicamente los nombres de los candidatos y los órganos que los propusieron, en la página de internet del Instituto: www2.scjn.gob.mx/investigacionesjurisprudenciales, a más tardar el 14 de mayo de 2010. OCTAVA. El Secretario de la Comisión, enviará las propuestas (datos del candidato, datos del proponente y razones que sustentan la propuesta) a los cinco miembros que integran actualmente la Comisión, a más tardar el día 31 de mayo de 2010. NOVENA. Los actuales miembros de la Comisión llevarán a cabo la evaluación de las propuestas y el Secretario, a partir del día 7 de junio de 2010, empezará el procedimiento de votación. DÉCIMA. El anuncio de la elección del nuevo comisionado que tomará posesión de su encargo en enero de 2011, se dará vía electrónica a través de la página del Instituto www2.scjn.gob.mx/invetigacionesjurisprudenciales, a más tardar el día 30 de junio de 2010. UNDÉCIMA. Todo lo no previsto por la presente convocatoria estará a la decisión de los miembros de la Comisión Nacional de Ética Judicial. La decisión respecto del nuevo miembro de la Comisión será inapelable. México, D. F., a 27 de abril de 2010