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DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, CON PROYECTO DE DECRETO QUE ESTABLECE LAS CARACTERÍSTICAS DE UNA MONEDA CONMEMORATIVA DEL CENTENARIO DEL EJÉRCITO MEXICANO Honorable Asamblea: A la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se autoriza la emisión de una moneda conmemorativa del Centenario del Ejército Mexicano, por celebrarse el 19 de febrero de 2013, suscrita por el diputado Jorge Mendoza Garza, del Grupo Parlamentario del PRI y por los diputados integrantes de la Comisión de la Defensa Nacional e integrantes de diversos Grupos Parlamentarios de la LXII Legislatura. Esta comisión legislativa que suscribe, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 44, 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 80, 81, 82, 84, 85, 182 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, se abocó al análisis, discusión y valoración del Proyecto de Iniciativa que se menciona. Asimismo, conforme a las consideraciones de orden general y específico, como a la votación que del sentido del Proyecto de Iniciativa de referencia realizaron los integrantes de esta comisión legislativa, se somete a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente: Dictamen Antecedentes 1. En la sesión de fecha 14 de febrero de 2013, el diputado Jorge Mendoza Garza, del Grupo Parlamentario del PRI, a nombre propio y de los diputados integrantes de la Comisión de la Defensa Nacional, así como de diversos Legisladores de los distintos Grupos Parlamentarios de la LXII Legislatura, presentaron la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se autoriza la emisión de una moneda conmemorativa del Centenario del Ejército Mexicano, por celebrarse el 19 de febrero de 2013. 2. En la misma sesión, la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, turnó la referida Iniciativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su estudio y dictamen, mediante oficio DGPL 62-II-7-415. 3. Los ciudadanos diputados integrantes de esta comisión legislativa, realizaron diversos trabajos, a efecto de que contaran con mayores elementos que les permitieran analizar y valorar el contenido de la citada Iniciativa, expresar sus consideraciones de orden general y específico a la misma, e integrar el presente dictamen. Descripción de la iniciativa En la iniciativa en análisis se expresa que el 22 de marzo de 1950, bajo la Presidencia de Miguel Alemán Valdés, se estableció el 19 de febrero de cada año como Día del Ejército Mexicano, en conmemoración de los hechos ocurridos en esa fecha en el año de 1913, fecha en la que el Congreso del Estado de Coahuila decretó el desconocimiento a Victoriano Huerta como jefe del Poder Ejecutivo y le otorgó facultades a Venustiano Carranza, entonces gobernador del estado, de armar fuerzas para restituir el orden constitucional de la república.

Así, el 31 de marzo de 1913, Venustiano Carranza, conjuntamente con los jefes de las fuerzas constitucionalistas, firmaron el Plan de Guadalupe, el cual era un ideario por el que se pretendía derrocar al régimen de Huerta, desconociéndolo como presidente de la república, y desconociendo también a los Poderes Legislativo y Judicial de la Federación, así como a los gobiernos estatales que siguieran reconociendo a la administración huertista. Con el decreto del 19 de febrero y el Plan de Guadalupe en 1913, se inició la segunda fase de la Revolución Mexicana y se creó formalmente el Ejército Constitucionalista, origen de las actuales Fuerzas Armadas Nacionales. Al triunfar la Revolución, después de varios meses de intensas campañas, se celebraron los tratados de Teoloyucan, por medio de los cuales quedó disuelto el Ejército Federal que sostenía la dictadura de Victoriano Huerta. Como consecuencia de ese triunfo, los principios de la Revolución quedaron plasmados en la Constitución de la República promulgada el 5 de febrero de 1917. En ese tenor, se expresa en la iniciativa en dictamen, que el próximo 19 de febrero se cumplen 100 años de estos trascendentes sucesos históricos con los que se da origen al actual Ejército Nacional; 100 años de vida institucional en que nuestras fuerzas armadas han trabajado a favor del Estado mexicano, de sus instituciones y del pueblo de México, por lo que esta fecha es una oportunidad para recordar y enaltecer la historia de nuestro país, así como para refrendar el compromiso de fortalecer a este instituto armado. Asimismo, se expresa en iniciativa, que las Fuerzas Armadas Mexicanas son instituciones fundamentales del Estado mexicano, construidas con base en el honor y la lealtad; garantes de las libertades, la integridad territorial y la soberanía nacional. Adicionalmente, se menciona que las Fuerzas Armadas Mexicanas en el curso de la historia se han distinguido por su patriotismo, su dedicación y su compromiso de servicio a la población; asimismo son un ejemplo de vocación y disciplina y son parte integral del pueblo de México, que ha hecho de nuestros hombres y mujeres militares, una fuerza con profundo compromiso social. Por otra parte, se comenta en la iniciativa que las Fuerzas Armadas de México se han ganado el reconocimiento de nuestra sociedad por su lealtad y por su destacada actuación en el auxilio a la población en casos de emergencia. El Plan DN-III, para la atención de la población civil en casos de desastre, es una de las misiones militares más apreciadas por el pueblo de México, en este plan se aprovecha el entrenamiento, organización y despliegue de las fuerzas armadas para apoyar a la población cuando es afectada por desastres naturales. Este plan fue elaborado y aplicado a partir de 1966 como consecuencia del desbordamiento del río Pánuco. Desde entonces, el Ejército Nacional ha aplicado este programa para atender fenómenos naturales dentro del territorio nacional y aún en el contexto internacional. La capacidad de las Fuerzas Armadas Mexicanas también ha destacado en otros países que han enfrentado situaciones de emergencia extrema por desastres naturales, quienes han recibido la colaboración del ejército como un gesto de solidaridad y de ayuda humanitaria. En cada emergencia y ante cada desastre, han demostrado su disciplina y su compromiso social. Así, nuestros soldados se han ganado el reconocimiento de los mexicanos, apoyando a la sociedad, a la que sirven y defienden. El pueblo de México tiene en sus Fuerzas Armadas una garantía de lealtad con la nación y sus instituciones, por lo que se propone la emisión de una moneda conmemorativa que represente el reconocimiento a la institución, a sus hombres y mujeres que por las acciones que han realizado a lo largo de la historia en beneficio de los mexicanos, merecen el más amplio reconocimiento del pueblo de México.

Consideraciones de la comisión Primera. Esta comisión legislativa estima conveniente la aprobación en sus términos de la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se autoriza la emisión de una moneda conmemorativa del Centenario del Ejército Mexicano, por celebrarse el 19 de febrero de 2013. Lo anterior, en razón de que se estima que ello representa un merecido reconocimiento a la institución, así como a sus hombres y mujeres, por las acciones que han realizado a lo largo de la historia en beneficio de los mexicanos. Segunda. Esta comisión dictaminadora coincide en que la acuñación de la moneda que se propone reconoce los 100 años de los trascendentes sucesos históricos con los que se da origen al actual Ejército Nacional; 100 años de vida institucional en que nuestras fuerzas armadas han trabajado a favor del Estado mexicano, de sus instituciones y del pueblo de México, por lo que esta fecha es una oportunidad para recordar y enaltecer la historia de nuestro país, así como para refrendar el compromiso de fortalecer a este instituto armado. Tercera. La Comisión que suscribe, considera acertado que el diseño principal del anverso de la moneda sea propuesto por la Secretaría de la Defensa Nacional. Dicho motivo deberá relacionarse con los 100 años del Ejercito Mexicano (1913-2013) y el valor de su participación institucional en la vida nacional. Cuarta. La que dictamina, tomando en base lo anteriormente expuesto, y considerando que conforme al artículo 73, fracción XVIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Congreso tiene facultad para fijar las características de la moneda, y el Banco de México, conforme al artículo 3, fracción I, de su Ley, el regular la emisión de la misma, estima conveniente aprobar en sus términos la iniciativa en análisis. Por lo anteriormente expuesto y fundado, los miembros de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, que suscriben, se permiten someter a la consideración de esta Honorable Asamblea, la aprobación del siguiente proyecto de: Decreto que establece las características de una moneda conmemorativa del Centenario del Ejército Mexicano Artículo Único. Se establecen las características de una moneda conmemorativa del Centenario del Ejército Mexicano, de conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, con las características que a continuación se señalan: Valor nominal: Veinte pesos. Forma: Circular. Diámetro: 32.0 mm (treinta y dos milímetros). Composición: La moneda será bimetálica y estará constituida por dos aleaciones, una para su parte central y otra para su anillo perimétrico, que serán como sigue: 1. Parte central de la moneda. Aleación de cuproníquel, que estará compuesta en los siguientes términos: a) Contenido: 75% (setenta y cinco por ciento) de cobre y 25% (veinticinco por ciento) de níquel. b) Tolerancia en contenido: 2% (dos por ciento) por elemento, en más o en menos. c) Peso: 7.355 g. (siete gramos, trescientos cincuenta y cinco milésimos). d) Tolerancia en peso por pieza: 0.294 g. (doscientos noventa y cuatro miligramos) en más o en menos.

2. Anillo perimétrico de la moneda. Aleación de bronce-aluminio, que estará integrado como sigue: a) Contenido: 92% (noventa y dos por ciento) de cobre; 6% (seis por ciento) de aluminio y 2% (dos por ciento) de níquel. b) Tolerancia en contenido: 1.5% (uno, cinco décimos por ciento) por elemento, en más o en menos. c) Peso: 8.590 g. (ocho gramos, quinientos noventa milésimos). d) Tolerancia en peso por pieza: 0.344 g. (trescientos cuarenta y cuatro miligramos) en más o en menos. Peso total: Será la suma de los pesos de la parte central y del anillo perimétrico de la misma, que corresponde a 15.945 g. (quince gramos, novecientos cuarenta y cinco milésimos), y la tolerancia en peso por pieza 0.638 g. (seiscientos treinta y ocho miligramos), en más o en menos. Los cuños serán: Anverso: El Escudo Nacional con la leyenda ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, formando el semicírculo superior. Reverso: El motivo de esta moneda será el que, de conformidad con el Artículo Segundo Transitorio del presente Decreto, apruebe el Banco de México a propuesta de la Secretaría de la Defensa Nacional. Dicho motivo deberá relacionarse con los 100 años del Ejército Mexicano (1913-2013) y el valor de su participación institucional en la vida nacional. Canto: Estriado discontinuo. Transitorios Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo. A más tardar dentro de los 30 días naturales posteriores a la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de la Defensa Nacional enviará al Banco de México la propuesta del diseño del motivo que se contendrá en el reverso de la moneda a que se refiere el presente decreto, la cual deberá incluir la leyenda 1913-2013, en caso de que la Secretaría no presente una propuesta del motivo indicado en este artículo dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, corresponderá al Banco de México realizar el diseño de que se trate, mismo que se contendrá en el reverso de la moneda. Tercero. La moneda a que se refiere el presente Decreto se acuñará a los 90 días naturales posteriores a la fecha límite de entrega del diseño señalado en el párrafo primero del presente artículo. Cuarto. Corresponderá a la Casa de Moneda de México realizar los ajustes técnicos que se requieran para que el motivo que proponga la Secretaría de la Defensa Nacional, en los términos de este Decreto, pueda ser utilizado en el reverso de la moneda conmemorativa. En todo caso, los ajustes técnicos que se realicen en los términos de este artículo deberán ser acordes con las características esenciales del motivo propuesto. Quinto. Corresponderá al Banco de México cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual derivado de la acuñación de las monedas.

La Comisión de Hacienda y Crédito Público Diputados: José Isabel Trejo Reyes (rúbrica), presidente; Humberto Alonso Morelli (rúbrica), Carlos Alberto García González, Ricardo Villarreal García (rúbrica), Sergio Torres Félix, Elsa Patricia Araujo de la Torre (rúbrica), José Sergio Manzur Quiroga (rúbrica), Jorge Herrera Delgado (rúbrica), Salomón Juan Marcos Issa (rúbrica), Paulina Alejandra del Moral Vela (rúbrica), María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica), Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Juan Ignacio Samperio Montaño (rúbrica), Tomás Torres Mercado (rúbrica), Lourdes Eulalia Quiñones Canales (rúbrica), Silvano Blanco Deaquino (rúbrica), Guillermo Sánchez Torres, Rosendo Serrano Toledo (rúbrica), secretarios; Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez, Ricardo Anaya Cortés Escárraga (rúbrica), Arturo de la Rosa Escalante, Víctor Oswaldo Fuentes Solís, Margarita Licea González, Glafiro Salinas Mendiola, Jorge Iván Villalobos Seáñez (rúbrica), Fernando Charleston Hernández (rúbrica), Jorge Mendoza Garza (rúbrica), Javier Treviño Cantú (rúbrica), José Ignacio Duarte Murillo (rúbrica), Nuvia Magdalena Mayorga Delgado, Fernando Jorge Castro Trenti, Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez, Federico José González Luna Bueno (rúbrica), David Pérez Tejada Padilla (rúbrica), Alberto Curi Naime (rúbrica), Jaime Chris López Alvarado, Javier Filiberto Guevara González, Regina Vázquez Saut, Carol Antonio Altamirano, Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Mario Alejandro Cuevas Mena, Jhonatan Jardines Fraire (rúbrica), Karen Quiroga Anguiano (rúbrica), Javier Salinas Narváez.