Aviso oficial 30 de octubre 2012: Criterios para registro en el Sisap de farmacias independientes

Documentos relacionados
Providencia Nº 006, mediante la cual se establecen los lineamientos generales que regirán el Registro Nacional de Precios de Bienes y Servicios

Caracas, a los 16 días del mes de Octubre de , 155, 15 PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N 054/2014

Caracas, a los 18 días del mes de septiembre de , 155, 15 PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 048/2014

204', 1550, 15" Caracas, a los 0l días del mes de abrilde El Superintendente Nacional para la Defensa de los Derechos designado

én'el acceso de las personas a los bienes y servicios satisfaciendo sus necesidades, y provrdencra ADMINISTRATM N" c 5 c/ lz}1rs

(Gaceta Oficial Nº del 26 de junio de 2013)

REPÚBLICA BOL VARIANA DE VENEZUELA VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA SUPERINTENDENCIA NACIONAL PARALA DEFENSA DE LOS DERECHOS socroeconomlcos

la usura y la especulación, a los fines de garantizar la estabilidad de los 204',155', 15o

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE COMERCIO NACIONAL

(Gaceta Oficial Nº del 26 de junio de 2013) REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Oiil. ..,._. cornbáiiendo la usura y la especulación, a los fines de garantizar la estabilidad de los

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Gaceta Oficial No de fecha 8 de noviembre de 2016

SUNDDE Providencia N 053 y 054/2016

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD SERVICIO AUTÓNOMO DE CONTRALORÍA SANITARIA

Gaceta Oficial Número Providencia Administrativa 057/2014. Mileo Consultores & Asociados, S.C. J

(GACETA OFICIAL Nº DEL 22 DE OCTUBRE DE 2008)

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA

(Gaceta Oficial Nº del 31 de julio de 2008) REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA ECONOMÍA Y FINANZAS

CONVENIO CAMBIARIO N 34

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA QUE REGULA EL REGISTRO ÚNICO DE INFORMACIÓN FISCAL (RIF) (GACETA OFICIAL Nº DEL 25 DE JULIO DE 2013)

Resolución S.B.S. N El Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA SERVICIO AUTONOMO DE CONTRALORÍA SANITARIA CARACAS, 11 DE SEPTIEMBRE DE º Y 156º

SUMARIO VICEPRESIDENCIA SECTORIAL DE PLANIFICACIÓN

SUMARIO VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. AÑO CXLIV - MES IV Caracas, miércoles 11 de enero de 2017 MINISTERIO DEL PODER POPULAR

(Gaceta Oficial N del 09 de febrero de 2006)

SUMARIO. AÑO CXLV - MES X Caracas, viernes 13 de julio de 2018

(Gaceta Oficial Nº del 1 de agosto de 2006)

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA TRANSPORTE ACUÁTICO Y AÉREO INSTITUTO NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL (INAC)

SUMARIO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. AÑO CXLV - MES IX Caracas, lunes 11 de junio de 2018

PROVIDENCIA QUE DISPONE LA CREACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO ÚNICO DE INFORMACIÓN FISCAL (RIF)

Ley de Costos y Precios Justos

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

Anótese, notifíquese y publíquese.- Luis Ávila Bravo, Superintendente de Electricidad y Combustibles.

Artículo 1. Designar al ciudadano JOSE JOAQUIN CONTRERAS GARCIA, titular. Ministerio. Ministerio. Ministerio.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE FINANZAS. 193 y 145

PROVIDENCIA MEDIANTE LA CUAL SE DICTAN LAS NORMAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TELEFONÍA DE LARGA DISTANCIA INTERNACIONAL Y CARGOS DE TRÁNSITO

SUMARIO VICEPRESIDENCIA SECTORIAL DE ECONOMÍA

Gaceta Oficial Nº del 5 de enero de 2017 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA HÁBITAT Y VIVIENDA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE DECRETA LEY CONSTITUCIONAL DE PRECIOS ACORDADOS

N Extraordinario GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 1 SUMARIO

Lima, 26 de octubre de 2012 CONSIDERANDO:

SUPERINTENDENCIA DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA. Providencia Nº FSAA Caracas, 30 DIC y 154

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA

N Extraordinario GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 1 SUMARIO ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE

GACETA OFICIAL SUMARIO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. AÑO CXLV - MES III Caracas, jueves 4 de enero de 2018

Modifican Normas para la Contratación y Gestión de Reaseguros RESOLUCIÓN SBS N

DEBERES DE LAS OPERADORAS DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES: Publicación y Notificación: Precios y Promociones. Normativa Vigente:

,,,,' ,i,'... las trabajadoras y trabajadores. Y corresponde al Estado defender, protegery salvaguardar. ;,.1 L_'t'[os

DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº

A continuación los aspectos más resaltantes:

(Gaceta Oficial Nº del 20 de diciembre de 2010) REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA ECONOMÍA Y FINANZAS

206º, 156º y 17 RESOLUCIÓN

Resolución S.B.S. N

RESOLUCION Paralización de actividades Económicas.

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

PROVIDENCIA N SNAT/2002/1.305, SOBRE EL RÉGIMEN TRANSITORIO DE FACTURACIÓN PARA CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL

N /SUNAT APRUEBAN DISPOSICIONES REFERIDAS A LA CALIFICACIÓN DE LAS ENTIDADES PERCEPTORAS DE DONACIONES

206º, 156º y 17 RESOLUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS

MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN. AÑO CXLV - MES VI Caracas, lunes 12 de marzo de 2018 SUMARIO

(GACETA OFICIAL Nº DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2010)

INFORMACION TRIBUTARIA

Presidencia de la República. Decreto N 548. Caracas, 1 de diciembre de Hugo Chávez Frías. Presidente de la República

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

MOTIVA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL. NUMERO 109 DE 22 de marzo DE y 145

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA ECONOMÍA Y FINANZAS

Comisión Nacional de Bancos y Seguros Tegucigalpa, M.D.C. Honduras

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA RESOLUCIÓN N

SUMARIO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. AÑO CXLV - MES IX Caracas, jueves 21 de junio de 2018 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

DESPACHO DEL MINISTRO-DIRECCIÓN GENERAL DE LA OFICINA DE CONSULTORIA JURIDICA NUMERO: 085 CARACAS, 04 DE AGOSTO DE y 150 RESOLUCIÓN

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA B OLI VARI ANA DE VENEZUELA SUMARIO MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA ECOSOCIALISMO Y AGUAS

RESOLUCIÓN Nº 904, MEDIANTE LA CUAL SE ESTABLECEN MODALIDADES Y CONDICIONES DE PAGO DE LA DECLARACIÓN DEFINITIVA Y ESTIMADA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA

(Gaceta Oficial Nº del 15 de octubre de 2013)

PROVIDENCIA MEDIANTE LA CUAL SE DICTA LA NORMA TÉCNICA PARA EL REGISTRO Y BLOQUEO DE EQUIPOS TERMINALES DE TELEFONÍA MÓVIL REPORTADOS COMO

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Legislación Específica

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

PRESENTACIÓN 3 I. ASPECTOS GENERALES 4. Objeto y ámbito de aplicación 4. Base legal 4 II. EJEMPLOS DIDÁCTICOS 5. Cambios en las Políticas Contables 5

MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE FINANZAS

Que de igual manera, resulta conveniente señalar que la baja de documentos determina que éstos dejen de existir como tales;

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N PRE-CJU-xxxx-18 CARACAS, xx DE xxxxx DE , 159 y 19

Apruébase el Protocolo para la Medición del nivel de Ruido en el Ambiente Laboral.

Resolución del 12 de junio de 2013 Diario Oficial 48925

SUMARIO. AÑO CXLVI - MES I Caracas, miércoles 17 de octubre de 2018

Comisión NacionaCde (BancosySeguros TegucigaCpa, M<D.C Honduras

NORMA GENERAL SOBRE IMPOSICIÓN DE MULTAS

Transcripción:

Caracas, 30 de octubre de 2.012 La Superintendencia Nacional de Costos y Precios en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Costos y Precios Justos informa a los sujetos de aplicación de dicho texto legal, y a la población en general, que con el objetivo de facilitar la interpretación y aplicación de la Providencia Administrativa N 187 de fecha 14 de agosto de 2012, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 39.986 del 15 de agosto de 2012, mediante la cual se establece la obligación de notificar los Costos y Precios de los Medicamentos que en ella se señalan, establece los criterios señalados a continuación, que deberán cumplir las farmacias independientes: a) A los efectos de la aplicación del módulo relativo a la Información Contable, deberá seleccionar en el campo Tipo de Establecimiento la opción Farmacias Independientes. b) A los efectos de la aplicación del artículo 1 de la Providencia Administrativa N 187, la carga de los costos y precios a nivel de comercializador (farmacias independientes), sólo deberá notificar el período correspondiente al primer semestre del año 2012. c) A los efectos de la aplicación del módulo de Costos Generales de la Empresa, sólo será obligatorio la información de Mano de Obra, al menos en una de las categorías siguientes: - Mano de obra directa; - Mano de obra indirecta, - Personal administrativo; - Personal de venta, y; - Otro tipo de mano de obra. d) En la notificación relativa al módulo Costos por Producto, a través de un catalogo 1 / 6

predeterminado, se agregará sólo la siguiente información: - Costos de compra del producto terminado; - Precio de Venta al Público del Producto; - Unidades almacenadas; - Unidades vendidas; - Costo total de unidades vendidas; - Proveedores; - No es obligatorio el registro CPE, del MPPS y el Código de Barra. Sólo deberá llenar cada uno de estos campos, indicando la expresión No aplica ; KARLÍN JOHANNA GRANADILLO RAMÍREZ SUPERINTENDENTE NACIONAL DE PRECIOS Y COSTOS JUSTOS Decreto Nº 8.449, de fecha 07 de septiembre de 2011 Gaceta Oficial Nº 39.756, de fecha 13 de septiembre de 2011 Normal 0 false false false MicrosoftInternetExplorer4 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 2 / 6

VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE COSTOS Y PRECIOS FECHA: 14/10/2012 AVISO OFICIAL La Superintendente Nacional de Precios y Costos Justos, designada mediante Decreto N 8.449, de fecha 07 de septiembre de 2011, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 39.756, de fecha 13 de septiembre de 2011, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 16, 31, numerales 3 y 6, y 36, numeral 4, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Costos y Precios Justos, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 39.715, de fecha 18 de julio de 2011; y conforme a lo dispuesto en los artículos 27 y 28 del Reglamento Parcial sobre la Superintendencia Nacional de Costos y Precios y el Sistema Nacional Integrado de Costos y Precios, publicado en la Gaceta Oficial N 39.802 de fecha 17 de noviembre de 2011. 3 / 6

Considerando: Que existe un porcentaje de empresas, especialmente de pequeños establecimientos comerciales, que aun no han culminado el proceso de carácter obligatorio de registrar y notificar las estructuras de costos y precios en el Sistema Automatizado de Precios (SISAP). Considerando: Que el proceso de registro de bienes y servicios tiene carácter permanente, del cual se derivan los procesos de análisis y revisión para el establecimiento de los precios justos en los diferentes eslabones productivos y comerciales de los rubros en revisión. Resuelve: PRIMERO: Extender por TREINTA (30) DÍAS HABILES, computados desde el día 20 DE OCTUBRE DE 2012, el lapso a que se refiere el párrafo PRIMERO de la Providencia Administrativa N 190 de fecha 29 de agosto de 2012, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 39.998 de fecha 31 de agosto de 2012, para que los sujetos de aplicación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Costos y Precios Justos que produzcan, importen, distribuyan y/o comercialicen cualquiera de los productos regulados mediante Providencia Administrativa N 059 de fecha 28 de marzo de 2012, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 39.894 de fecha 29 de marzo de 2012, notifiquen a la Superintendencia Nacional de Costos y Precios la información contable referida a los costos de producción, 4 / 6

importación, distribución y/o comercialización, correspondientes al cierre del último periodo fiscal del año 2011 y del primer semestre del periodo fiscal del año 2012. SEGUNDO: Los sujetos de aplicación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Costos y Precios Justos que produzcan, importen, distribuyan y/o comercialicen los productos a los que refiere la Providencia Administrativa N 059 de fecha 28 de marzo de 2012, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 39.894 de fecha 29 de marzo de 2012, que incumplan la obligación de inscripción y notificación de los respectivos costos de producción, importación, distribución y/o comercialización, a través del Sistema Automatizado de Administración de Precios (SISAP), serán sancionados de conformidad a las previsiones del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Costos y Precios Justos. TERCERO: La presente Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Publíquese, 5 / 6

KARLÍN JOHANNA GRANADILLO RAMÍREZ SUPERINTENDENTE NACIONAL DE PRECIOS Y COSTOS JUSTOS Decreto Nº 8.449, de fecha 07 de septiembre de 2011 Gaceta Oficial Nº 39.756, de fecha 13 de septiembre de 2011 Descargue aquí... 6 / 6