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Transcripción:

BOLETÍN LEGAL N 03-2015 Primera Quincena Febrero 2015 {0100725.DOCX:1} 1

ÍNDICE Declaraciones en Medios Publicaciones. Pág. 4 Banca, Finanzas y Mercado de Valores Normas Legales Nuevo TUPA SMV. Pág. 5 Competencia y Protección al Consumidor Directivas Aprueban Directiva sobre Adhesión al Sistema de Arbitraje de Consumo. Pág. 5 Normas Técnicas Azúcar, Alcachofas, y Frutas: Aprueban Normas Técnicas. Pág. 5 Proyectos de Ley Sector Inmobiliario: Proponen Proyecto de Ley sobre Implementación de Aviso. Pág. 6 Recursos Naturales y Medio Ambiente Normas Legales Petróleo del Perú Petroperú S.A. Aprueban Modificación al Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú Petroperú S.A. Pág. 6 Medio Ambiente Aprueban Guía General para Identificación, Formulación y Evaluación Social del Proyectos de Inversión Pública, a Nivel de Perfil, y Lineamientos para la Elaboración de Proyectos de Inversión Pública de Remediación de Pasivos Ambientales Mineros. Pág. 7 Modifican el Manual de Procedimientos MAPRO del Ministerio del Ambiente. Pág. 7 {0100725.DOCX:1} 2

Organismos de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA. Reglas para la Abstención y Recusación de las Autoridades Administrativas del OEFA. Pág. 7 Proyectos de Normas Aprobación de los Lineamientos para: (I) Evaluación de Compromisos Contingentes Cuantificables y del Flujo de Ingresos Derivados de la Explotación de los Proyectos Materia de los Contratos de Asociación Público Privada; (II) Determinar la Probabilidad que una Garantía No Financiera Demande el Uso de Recursos Públicos en el Marco de una Asociación Públicoprivada Autosostenible; y (III) Regular el Registro y la actualización de los Compromisos Firmes y Contingentes Cuantificables, Netos de Ingresos, Derivados de Contratos de Asociación Público Privada así como la Implementación del Registro Nacional de Contratos de Asociación Público Privada. Pág. 8 Insumos Químicos Modifican la Resolución de Superintendencia N 285-2014/SUNAT por medio de la cual se Dictan las Normas que Regulan la Disposición de los Bienes Fiscalizados y los Medios de Transporte Incautados al Amparo del Decreto Legislativo N 1126. Pág.8 Sunass Aprueban Proyecto de Resolución Mediante la cual se Aprobaría Propuesta de Modificación a la Directiva sobre valores Máximos Admisibles de las Descargas de Aguas Residuales No Domésticas en el Sistema de Alcantarillado Sanitario Aprobado por el Artículo 1 de la Resolución de Consejo Directivo N 044-2012-SUNASS-CD y su Exposición de Motivos. Pág.9 Tributaria Normas Legales Prorrogan el Inicio de la Presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta de Personas Naturales del Ejercicio 2014, Así como la Utilización del Formulario No. 1649 Solicitud de Devolución. Pág. 9 {0100725.DOCX:1} 3

DECLARACIONE EN MEDIOS Aparición Fecha Título Medio de Difusión Página Lazo, De Romaña & Gagliuffi Abogados 3 / Feb Participación del Estudio en el Ranking del año 2014 de las Operaciones de Fusiones y Adquisiciones en el Perú. Gestión Destaque 02 Percy Alache 10 / Feb Análisis y Debate sobre la situación de los jóvenes y el empleo desde las verdaderas necesidades del mercado peruano. Aptitus (El Comercio) 26 Percy Alache 15 / Feb Debe subir el sueldo mínimo? El Comercio - Portafolio 10 Pueden revisar estas y otras declaraciones en medios en el siguiente enlace: http://www.lazoabogados.com.pe/categoria/prensa/ {0100725.DOCX:1} 4

BANCA, FINANZAS Y MERCADO DE VALORES NORMAS LEGALES NUEVO TUPA DE LA SMV. Mediante Resolución de Superintendente Nº 023-2015-SMV/02, publicada el 14 de febrero, la Superintendencia del Mercado de Valores SMV aprobó su nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, el cual se encuentra disponible en su portal web. Contacto del Área de Banca, Finanzas y Mercado de Valores: Fátima de Romaña fderomana@lazoabogados.com.pe COMPETENCIA Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DIRECTIVAS APRUEBAN DIRECTIVA SOBRE ADHESIÓN AL SISTEMA DE ARBITRAJE DE CONSUMO. El 11 de febrero, se publicó la Directiva N 006-2014/DIR-COD-INDECOPI, que aprueba el procedimiento de adhesión de proveedores y creación del registro de proveedores adheridos al sistema de arbitraje de consumo, la misma que consigna la información que deben acompañar los proveedores en su solicitud para formar parte del Sistema Arbitral de Consumo, así como los derechos y obligaciones que ello implica. NORMAS TÉCNICAS AZÚCAR, ALCACHOFAS, Y FRUTAS: APRUEBAN NORMAS TÉCNICAS. El 14 de febrero, se publicaron las Resoluciones N 09-2015/CNB-INDECOPI y 14-2015/CNB- INDECOPI, que fueron emitidas por la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales no Arancelarias, que aprobaron y dejaron sin efecto las siguientes normas: Norma Aprobada - NTP 207.055:2015 AZÚCAR. Envases polipropileno laminado con y sin liner de polietileno, papel kraft y bolsas de polietileno para envasar azúcar. Especificaciones y métodos de prueba. 3ª Edición. - NTP 209.451:2015 ALCACHOFAS. Conservas. 2ª Edición Reemplaza a la NTP 209.451:2005. Norma Reemplazada - NTP 207.055:2014 - NTP 209.451:2005 - NTP 011.705:2010 - NTP 011.702:2010 - NTP 011.705:2010 (revisada el 2015) PLÁTANO. Producción controlada. 1ª Edición. {0100725.DOCX:1} 5

- NTP 011.702:2010 (revisada el 2015) FRUTAS AMAZÓNICAS Y DERIVADOS. Harina de pijuayo (Bactris gasipaes). Requisitos. 1ª Edición. PROYECTOS DE LEY SECTOR INMOBILIARIO: PROPONEN PROYECTO DE LEY SOBRE IMPLEMENTACIÓN DE AVISO. Proyecto de Ley N 4170-2014/CR Resumen La propuesta legal plantea modificar el Artículo 77 de la Ley N 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, obligándolos a exhibir en un lugar visible y fácilmente accesible al público, en los proyectos en construcción o terminados a la venta, casetas de venta o promoción y, en general, oficinas de atención al público un aviso que contenga información respecto a datos de contacto del INDECOPI y de su programa de información Mira a quien le Compras. Contactos del Área de Competencia y Protección al Consumidor: Ivo Gagliuffi Luis Miguel León Gianfranco Iparraguirre Rosalina Susano Carlos Rojas María Isabel Alvarado igagliuffi@lazoabogados.com.pe lmleon@lazoabogados.com.pe giparraguirre@lazoabogados.com.pe rsusano@lazoabogados.com.pe crojas@lazoabogados.com.pe malvarado@lazoabogados.com.pe RECURSOS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE NORMAS LEGALES PETRÓLEOS DEL PERÚ PETROPERÚ S.A. APRUEBAN MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO DE CONTRATACIONES DE PETRÓLEOS DEL PERÚ PETROPERÚ S.A. Con fecha 3 de febrero del año en curso, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, por medio de la Resolución N 033-2015-OSCE/PRE aprobó la modificación al Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú PETROPERÚ S.A. Dicho reglamento fue aprobado mediante Resolución N 523-2009-OSCE-PE, la misma que fue aprobada por medio de Acuerdo de Directorio N 100-2014-PP de fecha 13 de noviembre de 2014. La modificación contemplada en la resolución, objeto del presente punto consiste en la incorporación de un nuevo supuesto de Contratación Directa, contemplando de esa forma agregar dentro de la regulación citada el numeral 9.3.13del Artículo 9, a fin de que de manera excepcional, cuando por norma con rango de ley se declare de necesidad pública y de interés nacional de ejecución de un Proyecto de PETROPERÚ, a fin de cumplir con los objetivos de la norma que así lo declare, se podrá contratar los bienes, servicios y obras estrictamente necesarios para el cumplimiento de los acuerdos y compromisos que se hubieran asumido para la implementación del referido proyecto, contándose {0100725.DOCX:1} 6

previamente, bajo responsabilidad con la aprobación por parte del Directorio de PETROPERÚ del listado de bienes, servicios y obras que se requiera contratar. MEDIO AMBIENTE APRUEBAN GUÍA GENERAL PARA IDENTIFICACIÓN, FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN SOCIAL DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA, A NIVEL DE PERFIL, Y LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA DE REMEDIACIÓN DE PASIVOS AMBIENTALES MINEROS. Con el objeto de fomentar que el sector minero ambiental vaya de la mano junto con la inversión se aprueba, mediante Resolución Directoral N 001-2015-EF/63.01 publicada con fecha 5 de febrero del año en curso la guía general para identificación, formulación y evaluación social de proyectos de inversión pública, a nivel de perfil, y lineamientos para la elaboración de proyectos de inversión pública de remediación de pasivos ambientales mineros. MODIFICAN EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS MAPRO DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE. Mediante Resolución Ministerial N 024-2015-MINAM, de fecha 12 de febrero de 2015, la misma que fue publicada el 14 de febrero de 2015, se aprobó la modificación del Manual de Procedimientos MAPRO del Ministerio del Ambiente. Dicho Manual contiene las acciones que deben seguir durante la ejecución de los procesos que conducen a la obtención de un procedimiento. La modificación objeto del presente punto consisten en específico sobre los procedimientos que corresponden a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración, a la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental DGPNIGA, y la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos DGCCDRH, incrementándose el número total de procedimientos a ciento cuarenta (140). ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL OEFA REGLAS PARA LA ABSTENCIÓN Y RECUSACIÓN DE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS DEL OEFA. Con fecha 6 de febrero, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA, publicó en el diario El Peruano la Resolución N 005-2015OEFA/CD por medio de la cual se aprueban las Reglas para la abstención y Recusación de las autoridades administrativas del OEFA. La resolución antes mencionada tiene por objeto regular el deber de abstención y el derecho de recusación de las autoridades administrativas, cuyas funciones estén relacionadas con la tramitación de procedimientos administrativos sancionadores en el OEFA. Los lineamientos establecidos mediante la norma bajo comentario son aplicables para la Autoridad Acusadora, la Autoridad Instructora, la Autoridad Decisora, el Secretario Técnico y los Vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental - OEFA. Asimismo es aplicable para los administrados bajo el ámbito de competencia del OEFA que sean sujetos de una supervisión o parte de un procedimiento de un proceso administrativo sancionador. {0100725.DOCX:1} 7

PROYECTOS DE NORMAS APROBACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS PARA: (I) EVALUACIÓN DE COMPROMISOS CONTINGENTES CUANTIFICABLES Y DEL FLUJO DE INGRESOS DERIVADOS DE LA EXPLOTACIÓN DE LOS PROYECTOS MATERIA DE LOS CONTRATOS DE ASOCIACIÓN PÚBLICO PRIVADA; (II) DETERMINAR LA PROBABILIDAD QUE UNA GARANTÍA NO FINANCIERA DEMANDE EL USO DE RECURSOS PÚBLICOS EN EL MARCO DE UNA ASOCIACIÓN PÚBLICOPRIVADA AUTOSOSTENIBLE; Y (III) REGULAR EL REGISTRO Y LA ACTUALIZACIÓN DE LOS COMPROMISOS FIRMES Y CONTINGENTES CUANTIFICABLES, NETOS DE INGRESOS, DERIVADOS DE CONTRATOS DE ASOCIACIÓN PÚBLICO PRIVADA ASÍ COMO LA IMPLEMENTACIÓN DEL REGISTRO NACIONAL DE CONTRATOS DE ASOCIACIÓN PÚBLICO PRIVADA. Con fecha 7 de febrero, mediante Resolución Ministerial N 048-2015-EF/52, se publicaron los tres lineamiento indicados en los párrafos anteriores a gen de incentivar la inversión de las asociaciones Público Privadas. INSUMOS QUÍMICOS MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 285-2014/SUNAT POR MEDIO DE LA CUAL SE DICTAN LAS NORMAS QUE REGULAN LA DISPOSICIÓN DE LOS BIENES FISCALIZADOS Y LOS MEDIOS DE TRANSPORTE INCAUTADOS AL AMPARO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1126. Con fecha 8 de febrero de 2014, se publica la Resolución de Superintendencia N 041-2015/SUNAT, mediante la cual se modifica la Resolución de Superintendencia N 285-2014/SUNAT por medio de la cual se dictan las normas que regulan la disposición de los bienes fiscalizados y los medios de transporte incautados al amparo del Decreto Legislativo Nº 1126, el mismo que establece medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas. Por medio de la resolución bajo comentario se modifica el Artículo 8 de la Resolución de Superintendencia N 285-2014/SUNAT con respecto a la Destrucción o Neutralización Inmediata de los insumos químicos, productos y sus subproductos o derivados que hubieran sido incautados, cuyo traslado resulte imposible o haga presumir que pondrá en grave riesgo la integridad de las personas. Los elementos antes mencionados serán destruidos o neutralizados en el lugar de la incautación, debiendo para ello, tener en cuenta los siguientes requisitos: a. Requerir la participación del Ministerio Público a efectos que se encuentre presente en el acto, caso contrario no podrá realizarse. b. Debida aplicación de medidas de prevención y control para evitar posibles afectaciones al ambiente y a la salud de la población. {0100725.DOCX:1} 8

SUNASS APRUEBAN PROYECTO DE RESOLUCIÓN MEDIANTE LA CUAL SE APROBARÍA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN A LA DIRECTIVA SOBRE VALORES MÁXIMOS ADMISIBLES DE LAS DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES NO DOMÉSTICAS EN EL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO APROBADO POR EL ARTÍCULO 1 DE LA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 044-2012-SUNASS-CD Y SU EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. Por medio de la Resolución De Consejo Nº 006-2015-SUNASS-CD publicada con fecha 15 de febrero de 2015, se aprobó el proyecto de resolución, el mismo que modificaría la Directiva sobre Valores Máximos Admisibles de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario, que fue aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2012- SUNASS-CD de fecha 26 de diciembre de 2012. A fin de contar con los interesados presenten sus comentarios sobre el proyecto mencionado en el párrafo anterior, se otorga un plazo de quince (15) días calendarios contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la presente la resolución bajo comentario, es decir contados desde el 16 de febrero del año en curso. NOTA: los comentarios antes indicados pueden presentarse en: a. La sede institucional de la SUNASS ubicada en Av. Bernardo Monteagudo Nº 210-216, Magdalena del Mar o, b. Vía electrónica a gpn@sunass.gob.pe Contactos del Área de Recursos Naturales y Medio Ambiente: Masiel Arrieta Luis Lazo marrieta@lazoabogados.com.pe llazo@lazoabogados.com.pe TRIBUTARIO NORMAS LEGALES PRORROGAN EL INICIO DE LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA DE PERSONAS NATURALES DEL EJERCICIO 2014, ASÍ COMO LA UTILIZACIÓN DEL FORMULARIO NO.1649 SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN. Mediante la Resolución de Superintendencia N 050-2015/SUNAT, publicada el día 14 de febrero de 2015, se aprobó prorrogar el inicio de la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta de personas naturales del ejercicio 2014, así como la utilización del Formulario No.1649 Solicitud de devolución. En ese sentido, a partir 24 de febrero los contribuyentes podrán presentar la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta (IR) de personas naturales del ejercicio gravable 2014 utilizando Sunat Virtual. De igual modo, a partir de la referida fecha el Formulario No. 1649 podrá ser utilizado por el {0100725.DOCX:1} 9

declarante para pedir el retorno del saldo a favor por rentas de capital y/o rentas de trabajo del ejercicio gravable 2014 La presente resolución entró en vigencia el 16 de febrero de 2015. Contacto del Área Tributaria: George López glopez@lazoabogados.com.pe Comité de Redacción del Boletín Quincenal de Normas Legales Lazo, De Romaña & Gagliuffi Abogados Dirección: Maurice Saux. Colaboración: Masiel Arrieta, Ángelo Garofolin, George López, Rocío Saux, Carlos Rojas, Enrique Varsi y Francisco Montoya. Para cualquier información que desee, por favor comuníquese con nosotros: D Av. Pardo y Aliaga 699, Piso 7, San Isidro, Lima-Perú T 511 6121700 F 511 6121701 W www.lazoabogados.com.pe {0100725.DOCX:1} 10