REGLAMENTO DEL REGIMEN DE GRADUALIDAD APLICABLE A INFRACCIONES DEL CÓDIGO TRIBUTARIO RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

Documentos relacionados
Que mediante Decreto Supremo N EF se aprobó la Tabla de Sanciones Aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas.

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCION MINISTERIAL Nº MTC-03

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios;

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

N /SUNAT APRUEBAN DISPOSICIONES REFERIDAS A LA CALIFICACIÓN DE LAS ENTIDADES PERCEPTORAS DE DONACIONES

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nro /SUNAT Lima, 18 de junio de 2008 CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Sistema Peruano de Información Jurídica

Que además, debe aprobarse el cronograma para los pagos del Impuesto a las Transacciones Financieras para el año 2013;

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCION DESUPERINTENDENCIA N.

DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

SUNAT RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.º /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

Que de igual manera, resulta conveniente señalar que la baja de documentos determina que éstos dejen de existir como tales;

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nro /SUNAT Lima, 23 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado (TUO) del Decreto

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

MARÍA YSABEL FRASSINETTI YBARGÜEN Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e)

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

Lima, 26 de octubre de 2012 CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT Publicado : 04/08/2012 Vigencia : 05/08/2012. Lima, 3 de agosto de 2012

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nro /SUNAT Lima, 30 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado (TUO) del Decreto

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nro /SUNAT Lima, 29 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado (TUO) del Decreto

NORMAS TRIBUTARIAS SUPLEMENTO ELECTRÓNICO DE ANÁLISIS TRIBUTARIO

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

N /SUNAT. Lima, 20 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO:

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

Artículo 2.- La presente Resolución entrará en vigencia el 19 de junio de EXPORTACIÓN CON FINES COMERCIALES A TRAVÉS DEL SERVICIO POSTAL

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

648 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA:

N /SUNAT. Que con fecha 23 de mayo de 2017, por decisión de la ONP, el mencionado convenio ha concluido;

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N SUNAT

2. Si no se cumple con lo solicitado en la carta inductiva, se estaría cometiendo alguna infracción?

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.º /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N SUNAT

INTENDENCIA LIMA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

I. OBJETIVO Establecer las pautas para la importación y transferencia de vehículos con franquicia aduanera diplomática al amparo de la Ley N

INFORME N SUNAT/4B0000 MATERIA:

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT APRUEBAN NUEVO SISTEMA PARA EMBARGOS EN FORMA DE RETENCIÓN POR MEDIOS TELEMÁTICOS

Callao, 27 de enero de 2012 CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Nuevo Panorama de Infracciones. D. Leg. N 1110, 1113 y 1117 RS N /SUNAT y /SUNAT

Resolución S.B.S. N El Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

Resolución S.B.S. N El Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT aprobado por el Decreto Supremo N EF

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

XLVI SEMINARIO DE DERECHO ADUANERO

Dictan normas sobre las condiciones de no hallado y de no habido para efectos tributarios respecto de la SUNAT DECRETO SUPREMO Nº EF

Modifican el Reglamento para la presentación de la DAOT y aprueban el Cronograma de vencimiento para la presentación - Ejercicio 2013

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

Resolución S.B.S. N El Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

Dictan normas sobre los Certificados de Rentas y Retenciones a que se refiere el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta

INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Resolución S.B.S. Nº

Transcripción:

REGLAMENTO DEL REGIMEN DE GRADUALIDAD APLICABLE A INFRACCIONES DEL CÓDIGO TRIBUTARIO RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 063-2007/SUNAT APRUEBAN REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DE GRADUALIDAD APLICABLE A INFRACCIONES DEL CÓDIGO TRIBUTARIO Lima, 30 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que el Artículo 166 del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N 135-99-EF y modificatorias, establece que en base a la facultad discrecional de determinar y sancionar administrativamente las infracciones tributarias, la Administración Tributaría puede aplicar gradualmente las sanciones, en la forma y condiciones que ella establezca, mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, añadiendo para tal efecto que la Administración Tributaria se encuentra facultada para fijar los parámetros o criterios objetivos qué correspondan, así como para determinar tramos menores al monto de la sanción establecida en las normas respectivas; Que en virtud a la referida facultad de graduar las sanciones, se emitió la Resolución de Superintendencia N 141-2004/SUNAT que aprobó el Reglamento del Régimen de Gradualidad para las infracciones relacionadas a la emisión y/u otorgamiento de comprobantes de pago y la Resolución de Superintendencia N 159-2004/ SUNAT que aprobó el reglamento del Régimen de Gradualidad de las infracciones no vinculadas a la emisión y/u otorgamiento de comprobantes de pago y criterio para aplicar la sanción de comiso o multa; Que en base a la delegación de facultades legislativas en materia tributaria otorgada por la Ley N 28932, se ha emitido el Decreto Legislativo N 981, estableciéndose diversas modificaciones al Código Tributario, incluyendo las relacionadas con el Libro IV referido a Infracciones, Sanciones y Delitos, así como de las Tablas de Infracciones y Sanciones; Que en tal sentido es necesario adecuar las normas del Régimen de Gradualidad relativas a las infracciones y sanciones del Código Tributario, respecto a las modificaciones introducidas mediante el Decreto Legislativo N 981; Que de otro lado, el inciso 12.1 del artículo 12 del Texto Único Ordenado del Decretó Legislativo N 940 aprobado por el Decreto Supremo N 155-2Ó04-EF y normas modificatorias, señala que el incumplimiento de las obligaciones fijadas en el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con: el Gobierno Central será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el Código Tributario; Que teniendo en cuenta lo señalado en el considerando anterior, mediante la Resolución de Superintendencia N 254-2004/SUNAT se aprobó el Reglamento del Régimen de Gradualidad vinculado al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central, el mismo que se ha visto por conveniente modificar a fin de perfeccionarlo; En uso de las facultades conferidas en el artículo 166 del TUO del Código Tributario, y el artículo 11 del Decreto Legislativo N 501 y normas modificatorias, y el inciso q) del artículo 19 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Apruébase el Reglamento del Régimen de Gradualidad para las infracciones establecidas en el Código Tributario, conformado por diecisiete (17) artículos, una (1) disposición complementaria transitoria, tres (3) disposiciones complementarias finales y siete (7) anexos, los que forman parte de la presente resolución.

El referido reglamento entrará en vigencia a partir del 1 de abril del 2007. Artículo 2.- A partir de la vigencia del reglamento a que se refiere el artículo anterior: a) Derógase la Resolución de Superintendencia N 141-2004/SUNAT, con excepción de su Segunda Disposición Final manteniéndose la vigencia del Formulario 0880 Acta de Reconocimiento, para efecto del artículo 7 del reglamento antes mencionado. b) Derógase la Resolución de Superintendencia N 159-2004/SUNAT, con excepción del anexo VI que mantendrá su vigencia únicamente respecto de las infracciones cometidas hasta el 31 de marzo de 2007. c) Manténgase vigente el Anexo B de la Resolución de Superintendencia N 111-2001/SUNAT, para efecto del artículo 16.1 del citado reglamento. Regístrese, comuníquese y publíquese. LAURA CALDERÓN REOJO Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administración Tributaria