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7.5.VARIOS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN PERMANENTE

Transcripción:

DE CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Orn INN/29/2017, 23 juno, por la que se convocan tres becas formacón práctca para Ingeneros/as Industrales en el ámbto la Dreccón General Industra, Comerco y Consumo la Consejería Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco. La Consejería Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco consra nterés el fomento la formacón y la realzacón práctcas orentadas a la nsercón en el mundo profesonal los ttulados unverstaros que puedan aportar especalstas conocedores los problemas y necesdas propas los sectores actvdad que gestona la Dreccón General Industra, Comerco y Consumo. De acuerdo con ello, se estma oportuna la convocatora tres becas formacón práctca para Ingeneros/as Industrales en el ámbto competencas dcho órgano admnstratvo. En su vrtud, y conformdad con las atrbucones conferdas en el artículo 33.f) la Ley 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, DISPONGO Artículo 1. Objeto y bases reguladoras. 1. La presente Orn tene por objeto convocar, en régmen concurrenca compettva, tres becas formacón práctca stnadas a Ingeneros/as Industrales para la realzacón actvdas, trabajos y estudos formacón y especalzacón práctca en temas relaconados con la ndustra, la energía y la mnería. 2. Las bases generales esta convocatora están recogdas en la Orn INN/15/2017, 25 abrl, por la que se establecen las Bases Reguladoras las Becas Formacón Práctca para Ingeneros/as Industrales en el ámbto la Dreccón General Industra, Comerco y Consumo la Consejería Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco (BOC nº 87, 8 mayo 2017). Artículo 2. Fnancacón. La fnancacón l gasto que supone la presente convocatora, por un mporte máxmo 30.170,16 euros, se realzará acuerdo con el expedente crédto pluranual nº 2017/ IN/17 (2017/208) y la sguente dstrbucón anualdas: Año 2017: 7.428,36, con cargo a la aplcacón presupuestara 12.03.422A.483. Año 2018: 22.741,80, con cargo a la aplcacón presupuestara que corresponda los Presupuestos Generales la Comundad Autónoma Cantabra para el año 2018. Artículo 3. Personas benefcaras. Podrán ser benefcaras las becas prevstas en la presente Orn, todas aquellas personas que reúnan los sguentes requstos: a) Ser naconal un Estado membro la Unón Europea y resnte en Cantabra en el momento publcacón la presente convocatora. b) Estar en posesón l título Ingenero/a Industral o Máster Unverstaro en Ingenería Industral y no haber transcurrdo más tres años s su expedcón, o en su caso, s la fecha pago los correspondentes rechos expedcón, hasta la fecha termnacón l plazo presentacón solctus. Pág. 17410 1/9

DE Los títulos presentados por los solctantes berán estar reconocdos y homologados ofcalmente, así como tener plena valz en España. c) No haber sdo benefcaro nnguna otra beca formacón en la Admnstracón la Comundad Autónoma durante dos o más años. Podrán accer a la condcón benefcaro aquellas personas que hayan dsfrutado otra beca formacón en la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra hasta completar el plazo máxmo dos años legalmente establecdo. d) No haber sdo separado l servco nnguna Admnstracón o Insttucón como consecuenca expedente dscplnaro. e) No estar ncurso en alguna las crcunstancas prevstas en el artículo 12.2 la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. Artículo 4. Solctus y documentacón. 1. El plazo presentacón solctus será vente días hábles a partr l día sguente al la publcacón l extracto esta convocatora en el Boletín Ofcal Cantabra. Las solctus, drgdas al Sr. consejero Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco, se realzarán por medo nstanca elaborada conforme al molo contendo como Anexo I esta Orn, y se presentarán en el Regstro Auxlar la Consejería Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco (Edfco l Goberno Cantabra en el Parque Centífco y Tecnológco Cantabra, calle Albert Ensten, 2-39011 Santanr) o en cualquera los lugares prevstos al efecto en los artículos 105.4 la Ley Cantabra 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra y 16.4 la Ley 39/2015, 1 octubre, l Procedmento Admnstratvo Común las Admnstracones Públcas. 2. Las solctus rán acompañadas la sguente documentacón: a) Fotocopa compulsada l ttulo correspondente o, en su fecto, justfcacón l pago los rechos expedcón l msmo. b) Certfcacón académca personal los estudos realzados, con calfcacones. c) Currículum vtae l solctante, con exposcón los mértos académcos o profesonales que se aleguen, justfcados documentalmente. d) Declaracón responsable renunca a otras becas, remuneracones o ayudas, carácter públco o prvado, en el caso ser selecconado, y no haber sdo separado l servco nnguna Admnstracón o Insttucón como consecuenca expedente dscplnaro. (Anexo II). e) Declaracón responsable no haber sdo benefcaro otra beca formacón en la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra durante un perodo dos o más años. (Anexo II). f) Declaracón responsable no estar ncurso en nnguna las crcunstancas prevstas en el artículo 12 la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. (Anexo II). 3. Las becas serán ncompatbles con cualquer otra ayuda para la msma fnaldad que puedan concer otras Admnstracones o entes públcos, naconales o nternaconales. 4. La partcpacón en la convocatora supone la aceptacón expresa sus bases y conllevará la autorzacón a la Dreccón General Industra, Comerco y Consumo para verfcar la ntdad l solctante y sus datos resnca, así como para requerr los certfcados que sea necesaro emtr por la Agenca Estatal Admnstracón Trbutara, la Agenca Cántabra Admnstracón Trbutara y la Tesorería General la Segurdad Socal, a fn acredtar que los benefcaros se encuentran al corrente sus oblgacones trbutaras y frente a la Segurdad Socal. No obstante lo anteror, los nteresados podrán negar expresamente la ctada autorzacón, bendo en tal caso aportar copa l DNI, así como los correspondentes certfcados. Pág. 17411 2/9

DE Artículo 5. Evaluacón y seleccón. La seleccón las personas benefcaras las becas se ajustará a los prncpos gualdad, mérto, objetvdad y capacdad, atendendo a los sguentes crteros: Prmera fase: Valoracón mértos: (hasta un máxmo 10 puntos). a) Por el expedente académco: Hasta un máxmo 6 puntos. Se valorará la nota meda l expedente académco, calculada según lo dspuesto en el R.D. 1125/2003, por el que se establece el sstema europeo crédtos y el sstema calfcacones en las ttulacones unverstaras, aplcando el sguente baremo puntuacón: De 5 a 5,49: 1 punto De 5,5 a 5,99: 1,5 puntos De 6 a 6,49: 2 puntos De 6,5 a 6,99: 2,5 puntos De 7 a 7,49: 3 puntos De 7,5 a 7,99: 3,5 puntos De 8 a 8,49: 4 puntos De 8,5 a 8,99: 4,5 puntos De 9 a 9,49: 5 puntos De 9,5 a 10: 6 puntos b) Formacón académca complementara: Hasta un máxmo 3 puntos. Por haber superado cursos formacón, capactacón o especalzacón organzados por centros formacón reconocdos ofcalmente, por nsttucones públcas o mpartdos por éstas, cuyo contendo se encuentre drectamente relaconado con el ámbto competencal la Dreccón General Industra, Comerco y Consumo. Se puntuará según el sguente baremo: 0,20 puntos por cursos duracón gual o superor a 20 horas. 0,40 puntos por cursos duracón gual o superor a 40 horas. 0,80 puntos por cursos duracón gual o superor a 80 horas. 1,00 puntos por cursos duracón gual o superor a 100 horas. 1,20 puntos por cursos duracón gual o superor a 120 horas. 2,00 puntos por cursos duracón superor a 200 horas. c) Por títulos en lenguas extranjeras (alemán, francés e nglés): Hasta un máxmo 1 punto. Se valorarán los títulos Escuelas Ofcales Idomas u otros con reconocmento y homologacón naconal e nternaconal, computándose úncamente un título por doma, al que se le otorgará la puntuacón más alta que corresponda, según el sguente baremo: Nvel B2: 0,5 puntos. Nvel C1: 1 punto. Segunda fase: Entrevsta personal (hasta un máxmo 5 puntos). La entrevsta versará sobre la formacón y conocmentos l asprante en los campos actvdad objeto las becas, su dsposcón a recbr formacón, capacdad ncatva y aquellos otros extremos consrados nterés por el Comté Valoracón, que permtan comprobar que su preparacón preva le stúa en condcones adqurr una sólda formacón práctca. Se valorará entre 0 y 5 puntos, y el resultado correspondente se sumará a la puntuacón obtenda por el asprante en la prmera fase. No será necesara la entrevsta s el Comté Valoracón así lo estma a la vsta las solctus presentadas. Pág. 17412 3/9

DE Artículo 6. Órgano Instructor. Correspon a la Dreccón General Industra, Comerco y Consumo la ornacón e nstruccón l procedmento concesón las becas reguladas en la presente Orn, con las sguentes atrbucones: a) Verfcar que las solctus cumplen los requstos exgdos. b) En caso que se advertan fectos formales u omsones, requerr a los nteresados para que las subsanen en el plazo dez días hábles, con ndcacón que, s así no lo hceran, se les tendrá por sstdos en su solctud, preva resolucón. Artículo 7. Comté Valoracón. 1. Transcurrdo el plazo presentacón solctus e nstrudo el procedmento, el estudo y valoracón los mértos acredtados por los canddatos corresponrá a un Comté Valoracón ntegrado por el ttular la Dreccón General Industra, Comerco y Consumo, o persona en quén legue, que actuará como Presnte, y tres funconaros/as la ctada Dreccón General, sgnados por el Drector, dos los cuales actuarán como vocales y el otro como secretaro/a, con voz y sn voto. De los acuerdos l Comté se levantará acta, que certfcará el secretaro/a con el vsto bueno l Presnte. 2. Una vez resuelta la valoracón la prmera fase, el Comté Valoracón convocará a los asprantes a la segunda fase para llevar a cabo la realzacón las entrevstas personales. Realzadas las entrevstas, el Comté Valoracón formulará la propuesta concesón las becas a los canddatos que hayan obtendo la mayor puntuacón total, y establecerá una lsta suplentes, ornada según la puntuacón alcanzada, para ser utlzada en el caso renunca o pérdda la condcón becaro. 3. En caso empate entre dos o más canddatos, se segurá el sguente orn prelacón: 1º) mayor puntuacón obtenda en la valoracón l expedente académco. 2º) mayor puntuacón obtenda en la entrevsta. 3º) De persstr el empate entre canddaturas, la seleccón se drmrá por sorteo. Artículo 8. Resolucón. 1. El Comté Valoracón, a través l órgano nstructor, elevará al Consejero Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco la propuesta concesón las becas, para su resolucón, que berá ser adoptada en el plazo máxmo ses meses s la publcacón la presente Orn. Transcurrdo dcho plazo máxmo sn haber recaído resolucón expresa, berán entenrse sestmadas las solctus. 2. La resolucón concesón, amás contener la adjudcacón las becas y, en su caso, la sgnacón suplentes, reflejará las condcones específcas otorgamento, así como, y forma expresa, la sestmacón l resto las solctus. 3. La resolucón concesón se notfcará ndvdualmente a las personas que resulten adjudcataras las becas y se publcará en el tablón anuncos la Dreccón General Industra, Comerco y Consumo (C/ Albert Ensten, 2-4ª planta, Santanr). En la ctada notfcacón, se concretará el día en que los becaros/as berán ncorporarse a su stno, entendéndose que renuncan a la beca s no comparecen en la fecha señalada, salvo causa bdamente justfcada. 4. Contra la resolucón que se adopte, que no pone fn a la vía admnstratva, podrá nterponerse recurso alzada ante el Consejo Goberno en el plazo un mes a contar s el día sguente a su notfcacón, y la resolucón éste, agotará la vía admnstratva, frente a la cual sólo cabrá nterponer recurso contencoso-admnstratvo. 5. La convocatora podrá ser clarada serta, ya sea por no haber concurrenca, o por no alcanzar nngún canddato los mértos necesaros para el sarrollo y realzacón las tareas formacón, consrándose a tal efecto un umbral mínmo 3 puntos entre las dos fases valoracón. Pág. 17413 4/9

DE 6. Toda alteracón las condcones tendas en cuenta para la concesón la beca podrá dar lugar a la modfcacón la resolucón concesón. Artículo 9. Duracón las becas 1. El perodo duracón la beca será un año s que se produzca la ncorporacón l becaro a su stno, o l tempo restante hasta completar el plazo máxmo legalmente establecdo en el supuesto que éste hubera dsfrutado con anterordad alguna otra beca formacón en la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra. 2. Excepconalmente, y por una sola vez, la beca podrá prorrogarse por un perodo máxmo un año, en las msmas condcones en que se concedó la orgnara, o hasta completar el plazo máxmo dos años, quedando supedtada tal posbldad a la exstenca crédto presupuestaro acuado y sufcente. La prórroga será acordada por el consejero Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco, prevo nforme l tutor, y a propuesta la Dreccón General Industra, Comerco y Consumo. 3. A petcón razonada la persona benefcara, el consejero Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco, a propuesta l drector/a general Industra, Comerco y Consumo, y prevo nforme l tutor, podrá concer la nterrupcón temporal l dsfrute la beca, sn recho a percepcón económca. El tempo total nterrupcón durante el perodo completo duracón la beca, ncluda la prórroga, no podrá ser superor a decocho semanas, consttuyendo la superacón dcho plazo causa pérdda la condcón becaro y, consecuentemente, la prvacón la beca por el tempo que quedare pendente dsfrutar, pudendo ser adjudcada la msma a uno los suplentes establecdos según orn puntuacón. Úncamente en aquellos casos en que concurran crcunstancas extraordnaras, o ben por materndad, será posble la recuperacón l perodo nterrumpdo, sempre que las crcunstancas presupuestaras lo permtan. Artículo 10. Cuantía y abono las becas. 1. El mporte la beca será 800 euros brutos mensuales, que se abonarán a mes vencdo, prevo nforme l tutor acredtatvo la asstenca efectva y sempeño satsfactoro los cometdos por parte l becaro. 2. En el caso que el comenzo o fnalzacón l perodo dsfrute la beca no concdera con el prmer o últmo día hábl l mes, la dotacón correspondente a ese mes se verá prorrateada en funcón los días en que el becaro haya sarrollado efectvamente la actvdad formatva. 3. La Consejería Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco berá gualmente ngresar en la Tesorería General la Segurdad Socal las cuotas empresa por contngencas comunes y contngencas profesonales que legalmente correspondan. 4. La beca estará sujeta a la retencón a cuenta l Impuesto sobre la Renta las Personas Físcas, así como a la relatva a la cuota por contngencas comunes a cargo l trabajador, establecdas en la normatva correspondente. 5. No podrá realzarse el pago la beca en tanto la persona benefcara no se halle al corrente en el cumplmento sus oblgacones trbutaras y frente a la Segurdad Socal o cualquer otro ngreso recho públco, o se haya dctado contra ella resolucón procenca rentegro, mentras no se satsfaga o garantce la uda la manera prevsta en la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. Artículo 11. Oblgacones las personas benefcaras las becas. 1. Amás las oblgacones prevstas en la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, y las que puderan establecerse legalmente, son oblgacones específcas las personas benefcaras las becas las sguentes: Pág. 17414 5/9

DE a) Aceptar la beca por escrto e ncorporarse a su stno en la fecha señalada en la notfcacón la resolucón concesón. De no cumplrse esta oblgacón en plazo, se entenrá que renunca a la msma, salvo causa bdamente justfcada, concedéndosele al suplente que fgure en prmer lugar. b) Cumplr con las bases la convocatora y más normas que resulten aplcacón como consecuenca la msma. c) Dedcarse manera plena y responsable al cumplmento las tareas que se les encomenn. d) Cumplr el horaro establecdo y aceptar las normas régmen nterno l Centro don se realce la formacón. e) Velar por la confncaldad los documentos e nformacones a que tengan acceso en el sarrollo su actvdad. f) Facltar toda la nformacón requerda por la Intervencón General la Comundad Autónoma Cantabra, el Trbunal Cuentas u otros órganos competentes, sn perjuco lo establecdo en la normatva sobre proteccón datos carácter personal. g) Hacer constar en todas las actvdas que realce, que se trata un becaro l Goberno Cantabra. 2. El ncumplmento por parte la persona benefcara la beca sus oblgacones, así como la no realzacón los trabajos para su formacón práctca en condcones satsfactoras, la ausenca njustfcada o el bajo nterés y rendmento, serán causas pérdda la condcón becaro y, consecuentemente, prvacón la beca por el tempo que quedare pendente, prevo nforme l tutor y l Drector General Industra, Comerco y Consumo, y sn perjuco las responsabldas que resultaren exgbles. Artículo 12. Actvdas formacón. 1. El benefcaro llevará a cabo las tareas y actvdas que se le encomenn, acuerdo con las nstruccones y bajo la supervsón l tutor o tutores que sgne la Dreccón General Industra, Comerco y Consumo. 2. Dchas actvdas se sarrollarán en las penncas l menconado órgano admnstratvo, ntro l horaro que se establezca por el Drector General Industra, Comerco y Consumo. 3. Los estudos, nformes, documentacón, bases datos y más resultados la actvdad sarrollada por la persona benefcara la beca serán propedad la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra. Artículo 13. Ausenca vínculo contractual. La concesón y dsfrute la beca, dado su carácter formatvo y especalzacón, no supondrá vnculacón laboral, funconaral, admnstratva o contractual alguna entre la persona benefcara y el Goberno Cantabra, n constturá mérto alguno para el acceso a la condcón empleado públco la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra. Artículo 14. Renunca y pérdda la condcón becaro. 1. S durante el período duracón la beca, y preva solctud fundamentada, el becaro/a renuncase a la msma, ésta podrá ser adjudcada a una las personas suplentes sgnadas según el orn puntuacón obtendo conforme a los crteros seleccón, durante el tempo restante hasta la fnalzacón l perodo duracón la msma y en las condcones establecdas en el artículo 9 la presente Orn. 2. Del msmo modo, podrá recurrrse al uso la lsta suplentes en caso que se produzca la pérdda condcón becaro/a por ncumplmento sus oblgacones. 3. La aceptacón otra beca o ayuda naturaleza análoga otorgada por otras Admnstracones o Entes Públcos o prvados, termnará la pérdda la condcón becaro. Pág. 17415 6/9

DE Artículo 15. Rentegro. Procerá el rentegro las cantdas percbdas en los supuestos prevstos en el artículo 38 la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. Artículo 16. Certfcacón las actvdas sarrolladas. 1. Sn perjuco la posbldad prórroga prevsta en el artículo 9 la presente Orn, el becaro/a tendrá la oblgacón presentar al tutor un nforme sobre las actvdas sarrolladas durante el perodo formacón, que berá ser entregado con una antelacón mínma qunce días a la fnalzacón la beca. El ncumplmento este requsto será causa pérdda la últma mensualdad. 2. Al fnal l perodo completo duracón la beca, el Drector General Industra, Comerco y Consumo emtrá certfcacón en relacón con la formacón adqurda por el becaro/a a los efectos su currículum vtae. Dsposcón fnal prmera. Régmen supletoro. En lo no prevsto en la presente Orn, regrá lo dspuesto en la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, así como en la Ley 38/2003, 17 novembre, General Subvencones y el Real Decreto 887/2006, 21 julo, por el que se aprueba su Reglamento. Dsposcón fnal segunda. Entrada en vgor. La presente Orn entrará en vgor al día sguente su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra. Santanr, 23 juno 2017. El consejero Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco, Francsco L. Martín Gallego. Pág. 17416 7/9

DE GOBIERNO CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO SELLO REGISTRO DE ENTRADA Dreccón General Industra, Comerco y Consumo Molo: Solctud Beca Industra ANEXO I SOLICITUD PARTICIPACIÓN CONVOCATORIA BECAS FORMACIÓN PRÁCTICA INGENIEROS/AS INDUSTRIALES EN EL ÁMBITO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y CONSUMO (ORDEN INN/ /2017) 1.- Datos Personales Págna 1 1 NIF/CIF/NIE/N.º Pasaporte: Nombre y Apelldos o Razón Socal : Fecha Nacmento: Lugar nacmento: Naconaldad: 2.- Dreccón a efectos notfcacones Tpo vía: Nombre la vía: N.º: Pso: Puerta: Otros: Códgo postal: Localdad: Muncpo: Provnca: Teléfono: Dreccón correo electrónco: 3.- Documentacón que se acompaña Fotocopa compulsada l título correspondente o, en su fecto, justfcacón l pago los rechos expedcón l msmo Certfcacón académca personal los estudos realzados, con calfcacones Currículum vtae l solctante con exposcón los mértos académcos o profesonales que se aleguen, justfcados documentalmente Declaracón responsable renunca a otras becas, remuneracones o ayudas, carácter públco o prvado, en el caso ser selecconado, y no haber sdo separado l servco nnguna Admnstracón o Insttucón como consecuenca expedente dscplnaro (Anexo II) Declaracón responsable no haber sdo benefcaro nnguna otra beca formacón en la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra durante un período dos o más años (Anexo II) Declaracón responsable no estar ncurso en nnguna las crcunstancas prevstas en el artículo 12 la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra (Anexo II) 4.- Autorzacón El solctante presta su autorzacón para que la Admnstracón recabe los oportunos certfcados la Agenca Estatal Admnstracón Trbutara, la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra y la Tesorería General la Segurdad Socal, al objeto comprobar que se halla al corrente en el cumplmento sus oblgacones trbutaras y frente a la Segurdad Socal, así como los datos acredtatvos su ntdad y domclo. No obstante, pue negar expresamente la ctada autorzacón marcando el recuadro sguente, en cuyo caso berá acompañar a la solctud la sguente documentacón: D.N.I. o documento acredtatvo su ntdad Certfcado empadronamento Certfcados la Agenca Estatal Admnstracón Trbutara, AEAT, y la Tesorería General la Segurdad Socal estar al corrente en el cumplmento sus oblgacones trbutaras y frente a la Segurdad Socal. 5.- Solctud: La persona abajo frmante solcta ser admtda en el procedmento rvado la Orn INN/ /2017,.. 2017 y clara ser certos los datos consgnados en la nstanca, así como reunr los requstos exgdos en la convocatora. En..., a......... Fdo:... (frma l nteresado) SR. CONSEJERO DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO C/ Albert Ensten, 2 (PCTCAN) - 39011 Santanr - Teléf. 942 200 033 www.dgcc.cantabra.es dgndustracomercoconsumo@cantabra.es Los datos personales recogdos serán ncorporados y tratados en el fchero correspondente, cuya fnaldad es recabar la nformacón necesara para la tramtacón l expedente y podrán ser ceddos conformdad con lo prevsto en el artículo 11 la Ley Orgánca 15/1999, 13 dcembre, Proteccón Datos Carácter Personal. Podrá ejercer los rechos acceso, rectfcacón, cancelacón y oposcón, prevstos en la ctada Ley, ante la Dreccón General Industra Comerco y Consumo l Goberno Cantabra. Para cualquer consulta relaconada con el procedmento, pue drgrse al teléfono nformacón admnstratva 012 (902 139 012 s llama s fuera la Comundad Autónoma). Pág. 17417 8/9

DE GOBIERNO CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO SELLO REGISTRO DE ENTRADA Dreccón General Industra, Comerco y Consumo Molo: DR Beca Industra ANEXO II DECLARACIÓN RESPONSABLE BECAS FORMACIÓN PRÁCTICA INGENIEROS/AS INDUSTRIALES EN EL ÁMBITO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y CONSUMO (ORDEN INN/ /2017) Págna 1 1 D./ Dª, con DNI, claro bajo m responsabldad, No estar ncurso/a en nnguna las prohbcones prevstas en el artículo 12 la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. No haber sdo separado/a l servco nnguna Admnstracón o Insttucón como consecuenca expedente dscplnaro, No haber sdo benefcaro/a nnguna otra beca formacón en la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra durante un perodo dos o más años. Que renunco a otras becas, remuneracones o ayudas, carácter públco o prvado, en el caso ser selecconado/a. La presente claracón se otorga exclusvamente a los efectos l reconocmento, segumento y control la subvencón regulada por la Orn INN/ / 2017,.., por la que se convocan tres becas formacón práctca para Ingeneros/as Industrales en el ámbto la Dreccón General Industra, Comerco y Consumo la Consejería Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco. Para que así conste, y srva ante la Consejería Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco, suscrbo la presente en, a... 2017. (Frma) 2017/6159 SR. CONSEJERO DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO C/ Albert Ensten, 2 (PCTCAN) - 39011 Santanr - Teléf. 942 200 033 www.dgcc.cantabra.es dgndustracomercoconsumo@cantabra.es Los datos personales recogdos serán ncorporados y tratados en el fchero correspondente, cuya fnaldad es recabar la nformacón necesara para la tramtacón l expedente y podrán ser ceddos conformdad con lo prevsto en el artículo 11 la Ley Orgánca 15/1999, 13 dcembre, Proteccón Datos Carácter Personal. Podrá ejercer los rechos acceso, rectfcacón, cancelacón y oposcón, prevstos en la ctada Ley, ante la Dreccón General Industra Comerco y Consumo l Goberno Cantabra. Para cualquer consulta relaconada con el procedmento, pue drgrse al teléfono nformacón admnstratva 012 (902 139 012 s llama s fuera la Comundad Autónoma). Pág. 17418 9/9