NORMAS DE USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS CONDICIONES DE INSCRIPCIÓN (MUSCULACIÓN-CARDIO Y ACTIVIDADES DIRIGIDAS)

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Transcripción:

NORMAS DE USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS CONDICIONES DE INSCRIPCIÓN (MUSCULACIÓN-CARDIO Y ACTIVIDADES DIRIGIDAS) 1.- La instalación puede ser utilizada por todos los socios del Club que cumplan con los criterios de inscripción, así como por los miembros abonados mayores de 16 años, o menores de esta edad, por prescripción médica justificada. 2.- Para acceder a la instalación, se debe estar debidamente inscrito como usuario o Abonado Deportivo, habiéndose abonado la cuota de inscripción establecida para la actividad elegida. Para mantener la condición de usuario se deberá estar al corriente en el pago de las cuotas mensuales. La inscripción como Abonado Deportivo posibilita al usuario a disfrutar de todas las actividades dirigidas deportivas en función de la oferta y horarios establecidos por la Junta Directiva del Club Santa Clara (excepto aquellas modalidades deportivas que se caracterizan por un proceso de mejora técnica continua, establecidas por la Dirección del Área Deportiva del Club). La oferta deportiva en actividades dirigidas, así como sus horarios podrá ser modificada en función de la rentabilidad social y económica de cada momento, en función de la participación y demanda de los usuarios. El usuario podrá acceder a cuantas actividades deportivas de la oferta que desee en función de la capacidad máxima de cada espacio y actividad, publicadas en la entrada de cada sala. La inscripción en las actividades deportivas dirigidas (ABONADO DEPORTIVO) será por curso completo (periodo comprendido entre los meses de septiembre y junio de cada año). En caso de causar baja de manera voluntaria antes de que acabe el curso, el usuario abonará, en concepto de penalización, mediante domiciliación bancaria el importe correspondiente a la cuota de un mes, autorizando al Club Santa Clara a efectuar el citado cargo en la domiciliación bancaria aportada por el socio para el pago de sus cuotas en concepto de actividades deportivas dirigidas. 1

El incumplimiento de la norma anterior impedirá el acceso a estas instalaciones, teniendo que abonar los importes pendientes o en su defecto, realizar una nueva inscripción. Tramitada el alta en Secretaría se procederá a cobrar los servicios deportivos ofertados según la cuota que corresponda al usuario. Este cargo se practicará con recibos independientes de emisión a la facturación de las cuotas ordinarias y mediante obligatoria domiciliación bancaria que se hubiese establecido para éstas. 3.- Para causar baja voluntaria, es indispensable rellenar el impreso que para tal efecto se le facilitará en Conserjería o en las oficinas del Club y realizar su entrega con 15 días de antelación al comienzo del mes en el que se quiera que tenga efecto. De no realizarlo de esta manera, se le seguirán pasando al cobro las mensualidades, corriendo por parte del usuario los gastos que ocasionen las devoluciones bancarias. Una vez formalizada la baja voluntaria, se deberá realizar una nueva solicitud de inscripción para acceder a la instalación. 4.- La participación en una actividad así como en su lista de espera se realizará por riguroso orden de inscripción. 5.- El acceso a la instalación está limitado a los usuarios, técnicos y a cualquier otra persona debidamente autorizada. El empleo de las máquinas en la sala de musculación-cardio, el orden para ello y el tiempo de ejercicio de las mismas estará condicionado a lo que indiquen los monitores o, en su caso, el personal autorizado por el Club. La Junta Directiva podrá reservar la instalación, para la organización de cualquier actividad social o deportiva. El acceso a las salas multiusos y de musculación debe realizarse con el calzado adecuado, debe ser flexible y anatómico, apropiado a la actividad que se realice. Está prohibido acceder con calzado de calle, En cualquier caso, prevalecerá el criterio del personal los monitores o, en su caso, el personal autorizado por el Club, sobre la idoneidad del calzado. 2

6.- No se permite el acceso a las salas a aquellos usuarios que no se encuentren debidamente equipados. El uso de la toalla, como medida higiénica, es obligatorio para cualquier actividad. Las prendas deben ser de tejidos transpirables y que permitan la máxima libertad de movimientos. Se deben evitar las prendas sintéticas y de plástico, contraindicadas por su alto riesgo para la salud. No se permite el acceso, ni la estancia en las salas a toda persona no inscrita a las actividades. 7.- No se permite la introducción en la instalación de equipamiento o material no autorizados. Queda expresamente prohibido en todo el recinto, fumar, consumir bebidas alcohólicas e introducir recipientes de cristal y otros objetos peligrosos. Tampoco está permitido el consumo de alimentos, así como abandonar desperdicios y basuras. Igualmente no está permitido sacar material propio del Gimnasio fuera del mismo o del recinto destinado a tal efecto sin la previa autorización del monitor o personal autorizado del Club. 8.- Se recomienda el uso de las taquillas para sus efectos personales. Quedando esta libre al final de su utilización. Se recuerda que por seguridad, al final del día todas las taquillas se dejarán abiertas, pudiéndose recoger los efectos personales que se hayan dejado, en la Conserjería. No se permitirá la permanencia en las salas de bolsas o mochilas fuera de las taquillas. Esto se hace extensivo a paraguas y cuantos elementos puedan provocar suciedad o humedad. 9.- La regulación de las condiciones específicas en las salas con actividad deportiva dirigida (temperatura ambiente, música, etc.) será realizada exclusivamente por el personal del mismo. 10.- DURACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DIRIGIDAS: Se habilitaran grupos en sesiones con una duración de 50 minutos, excepto spinning que será de 45 minutos y Kárate de 50 minutos, pudiendo variarse esta duración por criterios técnicos y deportivos para alguna actividad concreta, aunque de cualquier forma conforme al cuadrante de control horario vigente que estará expuesto públicamente. 3

La puntualidad deberá ser objeto de máximo respeto y por ello cuando el monitor responsable señale que va a comenzar la actividad, no estará permitida la entrada posteriormente a la sala, ni interrumpir la misma. Las sesiones comenzarán cinco minutos después de la hora en punto. 11.- El horario de utilización será en función del horario de apertura del Club y conforme al cuadro de control horario vigente en el momento, tanto para la sala de musculación, como para las actividades dirigidas. 12.- El empleo de las máquinas de la sala de musculación-cardio, el orden para ello y el tiempo de ejercicio en las mismas estará condicionado a lo que indiquen los monitores o, en su caso, el personal autorizado por el Club, en función de la disponibilidad y del número de usuarios, así como de las características y condiciones de cada usuario. Los usuarios deben dejar colocadas las pesas y accesorios en su zona específica una vez haya terminado el entrenamiento. 13.- No está permitido realizar acciones que conlleven un deterioro de las superficies de los espacios deportivos, maquinarias, y del recinto en general. Los desperfectos ocasionados por el uso inadecuado de dichas instalaciones, serán responsabilidad del usuario. Se deberá poner en conocimiento del responsable de la instalación, cualquier desperfecto o rotura que se detecte en la instalación o maquinaria. 14.- Ni el Club, ni la empresa gestora, en su caso, se hacen responsables de la pérdida por cualquiera de sus participantes de objetos y efectos personales, ya sean fruto de sustracciones o simples pérdidas por descuido. 15.- El Club declina toda responsabilidad por accidentes que puedan sobrevenir por una mala praxis. Si un usuario padeciera algún tipo de enfermedad, patología o circunstancias de riesgo, será obligatoria la comunicación de la misma en el momento de la inscripción, debiendo presentar la autorización médica para la realización de la actividad a la que se inscriba. 4

Igualmente, si después de la inscripción sufre alguna enfermedad o lesión que pueda repercutir en la práctica deportiva, deberá notificarlo. 16.- La inscripción y el uso de la instalación, supone la aceptación de sus Normativas. Los usuarios deberán en todo momento, cumplir las directrices señaladas por el personales del Club y monitores, normas de funcionamiento y utilización de estas instalaciones, así como las contenidas en los reglamentos y Estatutos del Club. Cualquier incumplimiento de las mismas por parte de los usuarios, podrá conllevar si fuera necesario, su pase a la Comisión Disciplinaria del Club. APROBACIÓN Y ENTRADA EN VIGOR. Aprobada en sesión ordinaria de la Junta Directiva de 24 de octubre de 2012. 5