COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA TALLER GASOLINERO 2ª VUELTA

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Anexo Único. Ahora bien, con pleno ejercicio de nuestro derecho, les hacemos llegar respetuosamente los siguientes comentarios:

PREGUNTAS FRECUENTES MICROSITIO. Dudas en relación con el pre-registro en la Oficialía de Partes Electrónica (OPE).

MEMORIAS T A L L E R G A S L P T E M A S D E R E G U L A C I Ó N Y C O M P E T E N C I A.

ASEA No aplica

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QUINTA SECCION COMISION REGULADORA DE ENERGIA

PERMISO DE ALMACENAMIENTO DE PETROLÍFEROS OTORGADO A PEMEX LOGÍSTICA

Transcripción:

MEMORIAS COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA TALLER GASOLINERO 2ª VUELTA TEMAS DE OPERACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LAS ESTACIONES DE SERVICIO EN EL MERCADO ABIERTO DE GASOLINAS Y DIÉSEL. NUEVO LEÓN, MÉXICO MAYO 2018 CONVOCATORIA DE 150 ASISTENTES

OBLIGACIONES PERIÓDICAS DE EXPENDIO DE GASOLINAS Y DIESEL. Formularios (reportes) obligatorios para todos los Permisionarios de expendio de gasolinas y diésel. Cristina Victoria Juárez López Dirección de Modificaciones de Permisos de Expendio al Público de Petrolíferos Comisión Reguladora de Energía. REPORTE DE PRECIOS DE EXPENDIO AL PÚBLICO DE GASOLINAS Y DIÉSEL. Reporte obligatorio de los titulares de permisos de expendio al público Debe enviarse electrónicamente,vía Oficialía de Partes Electrónica (OPE). Enviar la Captura de información en el formulario y la Carga masiva XML. El envío deberá hacerse cada vez que se modifiquen los precios de algún producto. La fecha y hora de aplicación debe ser posterior a la fecha y hora local por 60 min.. El tiempo esa partir de la firma y envío. REPORTE DE ESTRUCTURA CORPORATIVA Y DE CAPITAL El Reporte de estructura corporativa y de capital, es para identificar la participación de cada socio o accionista, y de las personas que tienen el control de la sociedad y permisos otorgados por el Gobierno Federal. Los titulares de permisos de expendio al público y distribución de gasolinas y diésel, llenaran el formulario, indicando algún permiso asociado. El envío será anualmente, a más tardar el 31 de enero de cada año. Si no haya cambios respecto al último informe presentado, presentar un escrito libre manifestando tal situación y acuse del informe anterior. REPORTE ESTADÍSTICO DE INFORMACIÓN DE EXPENDIO DE GASOLINAS Y DIÉSEL. Reporte estadístico de información de ventas, compras e inventarios ; obligatorio para los titulares de permisos de expendio. El reporte es a fecha vencida al día a reportar y deberá enviarse de manera electrónica vía OPE. o Captura de información en el formulario o Carga masiva XML. El envío es diariamente en días hábiles, encaso de días inhábiles se reportará al día siguiente hábil. Se tendrá como hora límite las 18:00 hrs. del día posterior a la fecha a reportar. Mesa de ayuda: (0155)52-83-15-90 mesaayuda@cre.gob.mx

PERMISOS PARA LA OPERACIÓN DE ESTACIONES DE SERVICIO. Solicitud, obtención y modificación. SOLICITUD DE PERMISO INICIO DEL TRÁMITE Pre-registro de la persona moral o física para el acceso al portal de la (OPE). Recepción de usuario y contraseña para el uso de OPE. Generación de hoja de ayuda en la plataforma e5cinco. Realizar con el pago de aprovechamientos por concepto de Solicitud de permiso. Llenado del formato de solicitud de permiso y envío a través de la OPE. REPORTE TRIMESTRAL DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA El permisionario capturara el nombre del titular contenido en el Título de Permiso, así como el periodo trimestral a reportar. El permisionario capturara los datos de georreferenciación de donde se ubica la estación de servicio. El permisionario proporcionara la razón social y número de permiso del proveedor de los combustibles que expende la estación de servicio. El permisionario capturará el precio promedio al cual se vendió los combustibles, para cada uno de los meses que comprende el trimestre a reportar. El permisionario proporcionara los ingresos totales mensuales que obtuvo la estación de servicio por la venta de los combustibles. DOCUMENTOS ANUALES Póliza anual vigente de seguros./ Reporte de Quejas./Procedencia del producto / Reporte de incidentes./comprobante de pago de aprovechamientos./ Cumplimiento de las especificaciones de la NOM-005-ASEA-2016. MODIFICACIÓN Modificación por Cesión del permiso: Cuando el propietario y/o titular del permiso, vende el activo o decide ceder los derechos del permiso Modificación por Cambios en la estructura accionaria: Cuando el titular hace un cambio en la estructura accionaria, cambio en la sociedad titular del permiso de expendio. Modificación técnica: Cuando se modifica la infraestructura asociada a la prestación del servicio de expendio. ACTUALIZACIÓN a. Cambio en la estructura corporativa o de capital social del permisionario. b. Cambio de nombre, denominación o razón social del permisionario o accionistas. c. Cambio de domicilio y del personal autorizado para recibir y oír notificaciones. d. Cambio en los datos del domicilio de las instalaciones permisionadas. e. Las correcciones o errores menores en la captura de las solicitudes de permiso. f. Reemplazo de instalaciones y equipos por otros, identificadas en el permiso. g. El cambio en el monto de inversión de los proyectos; h. El alta o baja de los petrolíferos o petroquímicos a expender; i. El cambio de nomenclatura en los permisos de expendio al público en estaciones de servicio. Enrique Ramírez Mendoza Dirección de Mercados, Unidad Petrolíferos. Comisión Reguladora de Energía. Mesa de ayuda: (0155)52-83-15-90 mesaayuda@cre.gob.mx

LINEAMIENTOS DE MÁXIMA VISIBILIDAD Y SIRETRAC. SIRETRAC= SISTEMA DE REGISTRO DE TRANSACCIONES COMERCIALES. Los permisionarios tienen hasta el 8 de Mayo del presente año para dar cumplimiento a los Lineamientos. LINEAMIENTO DE LOS TABLEROS DE PRECIOS. a) Los precios deben estar en pesos por litro. b) Los tableros de precios deberán indicar marca y tipo de combustible. c) El tamaño mínimo de las letras mayúsculas deberá ser de 15 centímetros de alto. d) El tamaño de los números en los precios deberá ser de 20 centímetros de alto por 10 centímetros de ancho. e) El número de permiso deberá estar situado, en la parte superior o inferior de los tableros de precios. f) Cada pistola de los dispensadores, así como la tapa de los tanques de almacenamiento, deberán ser identificados de acuerdo al código de color. No es necesario que el tablero sea electrónico. El objetivo es que la información de precios y el número de permiso ante la CRE sean claros y visibles al público. En este sentido, podría recurrirse a una lona con velcros, siempre y cuando se cumplan con las especificaciones de los Lineamientos. LINEAMIENTO DE LAS ETIQUETAS DE LOS DISPENSADORES. El etiquetado deberá ubicarse en la mitad superior del panel frontal del dispensador, en una posición clara y visible desde la posición del conductor. La etiqueta deberá de tener un alto mínimo de 8.13cm (3.2 ) La letra deberá ser mayúscula claramente legible, de al menos 12 mm de alto y al menos 1.2 mm de grosor del trazo. El color de la letra deberá estar en contraste definido con el color de fondo sobre el que se aplique Debe indicar: el tipo de petrolífero Índice de octano Nivel de oxigenación* Número de cetano** Nivel de azufre** SIRETRAC. Se tiene previsto que el SIRETRAC comience a operar a finales de 2018. Los objetivos del SIRETRAC son: Recopilar información del mercado, Inhibir el suministro ilícito de petrolíferos, Sistematizar y prevenir actividades ilegales. Georgina Gomez Rubio Dirección de Mercados, Unidad Petrolíferos. Comisión Reguladora de Energía. Mesa de ayuda: (0155)52-83-15-90 mesaayuda@cre.gob.mx petrolíferos@cre.gob.mx

VERIFICACIÓN DE COMBUSTIBLES. ESTACIONES DE SERVICIO. PROFECO. LEY DE HIDROCARBUROS NOM-016-CRE-2016 Establece la calidad de los petrolíferos. NOM-005-SCFI-2011 (En proceso de revisión) Establece especificaciones, métodos de prueba, verificación que se aplican a los sistemas de medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos NOM-185-SCFI-2012 (En proceso de revisión) Establece las especificaciones, métodos de prueba, verificación, y procedimiento de evaluación de la conformidad aplicables a la seguridad, protección e idoneidad de los programas informáticos (software), de los sistemas para medición y despacho de gasolina que cuentan con la aprobación del modelo o prototipo. La evaluación de esta norma, se efectúa principalmente en laboratorio, previo a la utilización de los programas informáticos. Procedimiento de Verificación en Estaciones de Servicio Las brigadas de verificación acuden a la estación de servicio asignada, uniformados, con credencial e informes de calibración vigentes del equipo metrológico. Se informa el motivo de la visita y se muestra la orden de verificación y se recaba acuse de recepción. Se solicita la presencia de 2 testigos al visitado, en caso de negarse a proporcionarlos, el jefe de brigada puede designarlos. Solicitud de documentación al visitado. Verificación visual-documental Verificación volumétrica, (jarreo) se realiza de forma aleatoria. Verificación electrónica **En caso de Incumplimiento En caso de incumplir con la normatividad vigente, se procede a colocar sellos de Inmovilizado como medida precautoria. Los sellos de inmovilizado son aplicados al Display del instrumento, a la válvula de descarga y al acceso de la parte hidráulica. En cada sello de inmovilizado se coloca el numeral correspondiente a la causal de inmovilización.. **Causales de inmovilización. Acreditación Documental. Calidad del Combustible. Cualidades metrológicas. Electrónicas. Fallas hidráulicas. Falta o deficiencias en servicio de calibración. Fuera de Servicio. Precio. Seguridad. Cierre de la Visita: Después de la revisión documental y de las pruebas electrónicas y metrológicas, se asientan los resultados obtenidos de la verificación en la herramienta informática INNOVA para elaborar el acta de verificación. Carlos Aaron Rodríguez Dirección de Supervisión e Innovación Tecnológica PROFECO. Teléfono: 01800-4688-722 denunciaprofeco@profeco.gob.mx www.gob.mx/profeco

UNIDAD DE CONTENIDO NACIONAL Y FOMENTO DE CADENAS PRODUCTIVAS E INVERSIÓN EN EL SECTOR ENERGÉTICO. SECRETARÍA DE ECONOMÍA Qué permisionarios deben presentar información de contenido nacional? Asignatarios. Contratistas. Permisionarios Para el Tratamiento y refinación de Petróleo, el procesamiento de Gas Natural, y la exportación e importación de Hidrocarburos, y Petrolíferos, que serán expedidos por la Secretaría de Energía. Para el Transporte, Almacenamiento, Distribución, compresión, licuefacción, descompresión, regasificación, comercialización y Expendio al Público de Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos, según corresponda, así como la gestión de Sistemas Integrados, que serán expedidos por la Comisión Reguladora de Energía. METODOLOGÍA La metodología para la medición del contenido nacional en Asignaciones y Contratos para la Exploración y Extracción de Hidrocarburos y para los Permisos en la Industria de Hidrocarburos. La metodología aplica en todas las actividades comprendidas en cada asignación, contrato o permiso. Medio FORMATO DE INFORME DE CONTENIDO NACIONAL Plazos Formato de Informe de Contenido Nacional a los 30 días de que se obtenga la Asignación, el Contrato o se expida el Permiso. ANEXOS DEL 1 AL 17 **La información que no cumpla con los plazos, los medios y/o forma no se considerará para la medición del contenido nacional. Cuauhtémoc Díaz Mazadiego Dirección General de Procesos y Programas de Apoyo Secretaría de Economía. Teléfono: 0155-5229-6100 extensiones 44715 cuauhtemoc.diaz@economia.gob.mx

PROYECTO DE INSTAURACIÓN DEL LABORATORIO DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE HIDROCARBUROS EN LA UANL FIME. UANL La Norma Oficial Mexicana NOM-016-CRE-2016. Establece, entre otros objetivos, las especificaciones de calidad que deben cumplir los petrolíferos en cada etapa de la cadena de producción y suministro. - Realizar un estudio de laboratorio en sus pruebas más críticas, establecidas por la NOM. En el caso de los permisionarios de expendio al público, almacenamiento y distribución, el estudio es semestral (por año calendario). - Contar con un dictamen emitido por una Unidad de Verificación que avale las pruebas de laboratorio antes mencionadas. La NOM-016-CRE-2016 establece que: en tanto existen laboratorios acreditados y aprobados para efectuar alguna prueba conforme a las especificaciones establecidas en la presente Norma Oficial Mexicana, se aceptarán informes de resultados de laboratorios acreditados para otras normas en el área de calidad de petrolíferos o, en su defecto, de laboratorios no acreditados, siempre que cuenten con la infraestructura necesaria. La UANL está interesada en prestar sus servicios como Unidad de Verificación, para auxiliar a la Comisión en la evaluación de la conformidad de las NOM que expida la Comisión Reguladora de Energía. Fortalecimiento Institucional para el Subsector Hidrocarburos CONVOCATORIA CONACYT-SENER-HIDROCARBUROS 2015-02 IMPACTO a) Social - Recursos especializados para la Competitividad del Sector a través Capital Humano para el análisis y operación del mercado nacional e internacional de contratos futuros de hidrocarburos, gasolina, diésel, petróleo y otros energéticos. b) Tecnológico - Creación del Laboratorio de Simulación de Mercado de la Energía mediante el incremento de actividades de vinculación con el sector Trading & Mercados de la energía a través de la CRE y materias primas en la Industria de Tecnología Financiera en México, específicamente en el mercado de la energía. - Establecimiento de un Laboratorio Acreditado por la Comisión Reguladora de Energía CRE para la Calidad de Petrolíferos c) Económico - Servicios tecnológicos de Certificación de Calidad de Petrolíferos a distribuidores, almacenes y transporte de gasolinas con rentabilidad de las actividades y los recursos de la FIME. - Atención a Compañías distribuidoras y comercializadoras de Petrolíferos para la competencia justa en el mercado Dr. Fausto Sánchez Cruz Facultad de Ingeniería Mecánica y Eléctrica. UANL. Teléfono: 8329-4020 Extensión 1636 fausto.sanchezcr@uanl.edu.mx

CONTACTO: energia@nuevoleon.gob.mx Tel. 2033-3158 y 2033-3258 https://www.facebook.com/sedecnl/