BOLETÍN Nº de febrero de 2013

Documentos relacionados
2º Notificar la presente Resolución y sus Anexos al Boletín Oficial de Navarra, para su publicación.

BOLETÍN Nº de febrero de 2014

BOLETÍN Nº 49-9 de marzo de 2012

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2015

Pruebas de Acceso a Ciclos / Admisión FP y APyD Información sobre:

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2013.

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2017

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2017

como de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2018

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2018

INSTRUCCIONES CONVOCATORIA PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2012

A N E X O II a) Datos personales del/de la solicitante: 1º Apellido: 2º Apellido: Nombre: DNI/Tarjeta Extranjero: (vigente)

INSTRUCCIONES CONVOCATORIA PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2012

que se incorporan a la presente Resolución como Anexo y Anexos I y II, respectivamente. 2.º Publicar la presente Resolución y sus Anexos en el

PRUEBAS ACCESO A CICLOS FORMATIVOS. I.E.S. ANTONIO MACHADO Departamento de Orientación

III OTRAS RESOLUCIONES

11278 Boletín Oficial de Canarias núm. 117, jueves 12 de junio de Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes


CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

PRUEBA DE ACCESO A FP Grado Superior en Castilla-La Mancha

Teléfono de Información 012

Las presentes instrucciones serán de aplicación en las escuelas de arte de la Comunidad de Madrid.

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Formación Profesional Pruebas Libres 2016

DISPONGO. Primero.- Objeto y ámbito de aplicación

PRUEBAS DE ACCESO A FORMACIÓN PROFESIONAL

Servicio Provincial de Zaragoza. Avda. Juan Pablo II, Zaragoza. Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte

ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO.

AUTORIDADES Y PERSONAL

Boletín Oficial de Canarias núm. 64, jueves 2 de abril de

PLAZO DE INSCRIPCIÓN A LAS PRUEBAS DEL 19 AL 23 DE MARZO QUIENES PUEDEN PRESENTARSE Destinatarios de las pruebas libres en el IES VEGA DEL TURIA

Servicio Provincial de Zaragoza. Avda. Juan Pablo II, Zaragoza. Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte

DISPONGO: 1. Los requisitos de participación en dicha prueba son los siguientes:

GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

Ref: 09/ /17. La autenticidad de este documento se puede comprobar en

Convocatoria de acceso a la Universidad de Navarra para los mayores de 25 y 45 años. Edición de 2019 Servicio de Admisión

NOTA INFORMATIVA SOBRE LA CONVOCATORIA DE LAS PRUEBAS DE ACCESO A ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES PARA EL CURSO

FAMILIA PROFESIONAL DE ARTES DEL LIBRO Grado medio o Serigrafía Artística

INSCRIPCIÓN PARA HACER LA PRUEBA DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL

1 de 8 23/05/ :05

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN.

Consejería de Educación. Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa

ACCESO A LOS ESTUDIOS OFICIALES DE GRADO

GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

RESUELVO: Primero.- Objeto y ámbito de aplicación.

Siguiendo el modelo anteriormente existente en Navarra, se establece un reconocimiento dirigido tanto al alumnado de

Evaluación, Promoción y Titulación en Ciclos Formativos

I. Comunidad Autónoma

Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos de grado medio y grado superior de Artes Plásticas y Diseño Navegación de Usuarios

Procedimiento para el acceso y la admisión a estudios de grado en la UPV/EHU Curso académico 2018/19

Normativa para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado para personas mayores de 25 años

I. Comunidad Autónoma

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE ANEXO I

Consejería de Educación y Cultura. Anexo I

Anexo I. 1. Quienes deseen inscribirse en la prueba deberán acompañar a su solicitud de inscripción los siguientes documentos:

Consejería de Educación

BOJA de 08/02/2004. CAPITULO I Disposiciones Generales

Decreto 138/2017, de 5 de septiembre, y previo informe del Consejo Escolar de Aragón, dispongo:

NORMATIVA TÉCNICO SUPERIOR EN INTEGRACIÓN SOCIAL (a distancia)

INDICACIONES SOBRE EL PROCESO DE ADMISIÓN (Orden EDU/347/2016, de 21de abril) 1. OFERTA DE PLAZAS VACANTES (RESERVAS Y PLAZAS ORDINARIAS)

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

transferencia de créditos en las enseñanzas superiores de música en la Comunidad Foral de Navarra. 3.º Publicar la presente Resolución y sus anexos

Calendario de admisión y matrícula 2018, junio-julio

PRUEBAS LIBRES PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA

Por ello, y en virtud de lo previsto en la Orden 2221/2011, de 1 de junio, esta Dirección General dicta la siguiente RESOLUCIÓN

H/M. Orden Código del centro Centro educativo de la primera opción Denominación del ciclo formativo Código 1

DISPOSICIONES GENERALES

PRUEBA DE ACCESO A GRADO MEDIO

CONVOCATORIA NIVEL I

Admisión a Enseñanzas Universitarias Oficiales de Grado Real Decreto 412/2014. Jornada de Orientadores. UBU, 26 de febrero de 2015

ANEXO I. Artículo 1. Objeto

MODALIDADES DE ACCESO REGULADAS

DISPOSICIONES GENERALES

Este requisito habrá de cumplirse en la fecha de comienzo del plazo de presentación de

PRUEBA DE EVALUACIÓN DEL BACHILLERATO PARA EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS DE GRADO SUPERIOR 2018

Por ello DISPONGO: Artículo 1.- Objeto

Anexo I. 1. Quienes deseen inscribirse en la prueba deberán acompañar a su solicitud de inscripción los siguientes documentos:

Procedimiento para el acceso y la admisión a estudios de grado en la UPV/EHU el curso 2017/18

DISPOSICIONES GENERALES

CICLO FORMATIVO SUPERIOR GRÁFICA PUBLICITARIA. a) MODOS DE ACCESO AL CICLO. Acceso, preinscripción y admisión

Sección I. Disposiciones generales ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Dirección: Móvil: Teléfono

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

ORIENTACIONES PARA LA PREPARACIÓN DE LA PRUEBA LIBRE PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE BACHILLERATO PARA PERSONAS MAYORES DE 20 AÑOS

DISPOSICIONES GENERALES

2.º Ordenar la publicación de esta Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

Artículo 1. Objeto Artículo 2. Finalidad y efectos de la prueba. Artículo 3. Requisitos de inscripción. Artículo 4. Inscripción en la prueba.

Anexo I. Centro Código Dirección Localidad C.P. Calificaciones obtenidas por los participantes en las distintas materias

PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DE TÍTULOS DE TÉCNICO Y TÉCNICO SUPERIOR DE FP CURSO 2015/2016

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Transcripción:

BOLETÍN Nº 29-12 de febrero de 2013 RESOLUCIÓN 22/2013, de 22 de enero, del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convoca la celebración en el año 2013 de las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional y de artes plásticas y diseño, a las enseñanzas deportivas, así como de la prueba de madurez para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en sus artículos 41, 52 y 64, prevé el acceso a la formación profesional, a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y a las enseñanzas deportivas, respectivamente, de aquellos aspirantes que, careciendo de los requisitos académicos, superen una prueba de acceso regulada por las administraciones educativas. Asimismo, los Reales Decretos: 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, y 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, regulan el acceso a los ciclos de grado medio y superior, y determinan que será posible acceder a los mismos tras la superación de una prueba de acceso que será regulada por las administraciones educativas. El artículo 69.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que los mayores de diecinueve años de edad que no cumplan los requisitos académicos establecidos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores, podrán acceder mediante la superación de una prueba que acredite que el aspirante posee la madurez en relación con los objetivos del bachillerato, regulada y organizada por las Administraciones educativas. Mediante la presente Resolución se aprueban las bases y se convocan las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional y de artes plásticas y diseño, a las enseñanzas deportivas, asimismo la prueba de madurez para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores, así como sus dieciocho anexos. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal, los datos que todas las personas participantes en alguna parte del proceso faciliten en los diversos formularios empleados en el mismo, serán incorporados a los ficheros del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra para su tratamiento estadístico y para la gestión de los documentos de reconocimiento que pudieran resultar de este procedimiento. Se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos dirigiéndose al Servicio de Formación Profesional del Departamento de Educación, sito en la calle Santo Domingo, número 8, de Pamplona. Aquellas personas que lo hagan constar de forma expresa, podrán oponerse al tratamiento de sus datos cuando existan motivos fundados y legítimos. Visto el informe favorable del Servicio de Formación Profesional para la convocatoria de la celebración de las pruebas de acceso y a los efectos de fijar plazos de convocatoria, inscripciones, constitución de los tribunales y, en general, las normas sobre el desarrollo de las pruebas de acceso, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, RESUELVO: 1.º Convocar la celebración de las pruebas de acceso a ciclos de grado medio y grado superior del año 2013, correspondientes a la formación profesional del sistema educativo, a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y a las enseñanzas deportivas de régimen especial, así como la prueba de madurez sustitutiva de los requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores, según las bases que se incorporan como anexos a la presente resolución. 2.º Notificar la presente resolución y sus anexos al Boletín Oficial de Navarra, para su publicación. 3.º Trasladar la presente resolución y sus anexos al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de www.navarra.es/home_es/actualidad/bon/boletines/2013/29/anuncio-3/ 1/37

Ordenación e Igualdad de Oportunidades, y al Servicio de Formación Profesional; a la Sección de Enseñanzas Artísticas y de Gestión de la Ciudad de la Música, a la Sección de Ordenación Académica, a la Sección de Régimen Administrativo, y a la Sección de Planificación, Ordenación y Desarrollo de Formación Profesional; al Negociado de Escolarización y al Negociado de Información y Documentación, a los efectos oportunos. Pamplona, 22 de enero de 2013.-El Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, David Herreros Sota. ANEXO 1 BASES Aspectos generales 1. Tipos y modalidades de prueba: a) Prueba de acceso a ciclos de grado medio: existe una única modalidad de prueba. b) Prueba de acceso a ciclos de grado superior: existen cuatro modalidades de prueba:. -Ciencias de la salud. -Ciencias sociales. -Artes. c) Prueba de acceso a ciclos de grado superior de enseñanzas deportivas de régimen especial. d) Prueba de madurez sustitutiva de los requisitos académicos establecidos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores. Las pruebas mencionadas podrán ser realizadas en castellano o en euskera, opción que deberá señalarse en el momento de la inscripción. 2. Enseñanzas a las que se accede tras la superación de la prueba de acceso a ciclos de grado medio y a ciclos de grado superior: a) La superación de la prueba de acceso a ciclos de grado medio realizada en cualquiera de las convocatorias celebradas en Navarra permite el acceso a: -Todos los ciclos formativos de grado medio de formación profesional del sistema educativo. -Todos los ciclos formativos de grado medio de artes plásticas y diseño, para lo que será necesario, además, superar la prueba de aptitud artística. -Todos los ciclos de grado medio de las enseñanzas deportivas de régimen especial, para lo que será necesario, además, reunir los requisitos de acceso de carácter específico. b) La superación de la prueba de acceso a ciclos de grado superior permite el acceso a: -Todos los ciclos formativos de grado medio de formación profesional del sistema educativo. -Todos los ciclos formativos de grado superior de formación profesional del sistema educativo. Según la modalidad de prueba superada, existirá una preferencia en el acceso a los ciclos formativos de grado superior pertenecientes a las familias profesionales que se determinan en el anexo 5. Esta medida será de aplicación a las pruebas superadas en Navarra a partir de 2008, inclusive. En el caso de pruebas superadas en Navarra en convocatorias anteriores a 2008, el acceso a los ciclos formativos de grado superior estará determinado por lo señalado en el certificado de superación de la prueba correspondiente. -Los ciclos de grado medio y grado superior de todas las familias profesionales de artes plásticas y diseño, desde cualquier modalidad de prueba. Será necesario, además, superar la prueba de aptitud artística, excepto si se accede a ellos tras superar la modalidad de artes de la prueba de acceso a ciclos de grado superior. c) La superación de la parte común de la prueba de acceso a ciclos de grado superior, en cualquiera de las modalidades, dará acceso a todos los ciclos de grado superior de las enseñanzas deportivas de régimen especial, para lo que será necesario, además, poseer el título de técnico deportivo en la modalidad correspondiente y reunir los requisitos de acceso de carácter específico. d) La superación de la prueba de madurez sustitutiva de los requisitos académicos establecidos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores, permite el acceso a dichas enseñanzas, para lo cual será www.navarra.es/home_es/actualidad/bon/boletines/2013/29/anuncio-3/ 2/37

necesario, además, superar la prueba específica mediante la que se acredite poseer los conocimientos, habilidades y aptitudes necesarios para cursar con aprovechamiento dichas enseñanzas. 3. Tal y como establece el artículo 21.5 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, en un mismo curso escolar no se podrá concurrir a las pruebas de acceso en más de una comunidad autónoma. La superación de la prueba de acceso a ciclos tiene validez en todo el territorio nacional. 4. Reserva de plazas establecida en el procedimiento de admisión en los ciclos formativos de formación profesional del sistema educativo y de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño: -Grado medio: 4 plazas por grupo. -Grado superior: 6 plazas por grupo. Cuatro de ellas se reservarán, a su vez, para el alumnado que haya cursado el curso preparatorio en la Comunidad Foral de Navarra en los cursos académicos 2011-2012 y 2012-2013. Las dos plazas restantes se reservarán exclusivamente para el resto de alumnado que accede por prueba, incluidos los procedentes de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años. 5. Las personas que tengan superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, están exentas de realizar la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior, por lo que no deberán inscribirse a las mismas. La superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años permite el acceso a: -Todos los ciclos formativos de grado medio de formación profesional del sistema educativo. -Todos los ciclos formativos de grado superior de formación profesional del sistema educativo. Según la opción de prueba superada, existirá una preferencia en el acceso a los ciclos formativos de grado superior pertenecientes a las familias profesionales que se determinan en el anexo 6. -Los ciclos de grado medio y de grado superior de todas las familias profesionales de artes plásticas y diseño, desde cualquier opción de prueba. Será necesario, además, superar la prueba de aptitud artística, excepto si se accede a ellos tras superar la opción de artes y humanidades de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años. 6. Las tasas de inscripción a las pruebas, conforme a lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos, modificada por la Ley Foral 20/2011, de 28 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, en relación con lo dispuesto en el Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, son: -Inscripción a las pruebas de acceso: 18 euros. -Miembros de familia numerosa general o de 1.ª categoría: 9 euros. -Miembros de familia numerosa especial o de 2.ª categoría: gratuita. ANEXO 2 PRUEBA DE ACCESO A CICLOS DE GRADO MEDIO BASES Requisitos de inscripción 1. Para inscribirse en la prueba de acceso a ciclos de grado medio se deberán cumplir los siguientes requisitos: no estar en posesión de la titulación académica que permite el acceso a los ciclos y tener como mínimo diecisiete años o cumplirlos en el año de realización de la prueba. 2. Los requisitos necesarios para la inscripción en la prueba de acceso a ciclos de grado medio se acreditarán en el momento de la inscripción. Inscripción 3. Plazo ordinario: se realizará: entre los días 11 y 15 de marzo de 2013, ambos inclusive. La inscripción se podrá realizar: -En cualquiera de los centros públicos y concertados de la Comunidad Foral de Navarra donde se imparten ciclos formativos de formación profesional y de artes plásticas y diseño, según lo detallado en el anexo 10. www.navarra.es/home_es/actualidad/bon/boletines/2013/29/anuncio-3/ 3/37

-De manera telemática, on line, desde la página web www.educacion.navarra.es, bajo los epígrafes "Sistema educativo", "Formación Profesional-Pruebas de Acceso", para lo que será necesario disponer de un certificado digital válido. -Las personas que se inscriban exclusivamente en la prueba de acceso a ciclos de grado medio de enseñanzas deportivas, presentarán la solicitud en el registro del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, calle Santo Domingo, 8 de Pamplona. 4. Plazo extraordinario: los días 18 y 19 de abril de 2013. La inscripción se podrá realizar mediante los mismos procedimientos y en los mismos lugares establecidos en la base anterior para el plazo ordinario. 5. Cada aspirante deberá cumplimentar una única solicitud de inscripción, según el modelo que figure en la ficha "Pruebas de acceso" del catálogo de servicios a la que se accede a través de la página web del Departamento de Educación www.educacion.navarra.es. El contenido de la solicitud de inscripción es el que se establece en el anexo 8 de la presente Orden Foral. La duplicidad en la inscripción en la prueba de acceso a grado medio supondrá la no admisión en el proceso. No obstante, en aquellos casos en los que se cumplan los requisitos necesarios para inscribirse a varios tipos de prueba, se podrá realizar la inscripción para cada una de ellas. 6. Los centros donde se realice la inscripción entregarán un justificante acreditativo de la solicitud de inscripción. Documentación 7. A la solicitud de inscripción los aspirantes deberán acompañar la siguiente documentación: a) Documentación obligatoria: -Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte, documento de viaje que acredite la identidad, visado o tarjeta de identidad de extranjero. -Resguardo, en su caso, de haber ingresado en la Cuenta de Recaudación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la cantidad estipulada en concepto de tasa de inscripción a las pruebas de acceso. -Fotocopia, en su caso, del título de familia numerosa. b) Documentación para las adaptaciones: -Las personas que soliciten adaptación por discapacidad o por necesidades específicas de apoyo educativo, por presentar trastornos de aprendizaje y trastorno por déficit de atención e hiperactividad, deberán aportar fotocopia de la documentación acreditativa correspondiente, así como indicar el tipo de adaptación necesaria para la realización de la prueba. c) Documentación para las exenciones: -En caso de solicitar exención de algún área de la prueba de acceso a ciclos de grado medio, se acompañará de la documentación acreditativa que se detalla en la base 14 del presente anexo. 8. Los centros receptores de las inscripciones enviarán al tribunal coordinador, antes del 26 de abril, las solicitudes de adaptación de la prueba por discapacidad o por necesidades específicas de apoyo educativo, por presentar trastornos de aprendizaje y trastorno por déficit de atención e hiperactividad, así como la documentación acreditativa correspondiente. Relación de admitidos y excluidos 9. Las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, con indicación de los motivos de exclusión, se publicarán el día 6 de mayo de 2013, en los centros de inscripción y en la ficha "Pruebas de acceso" a la que se accede a través de la página web del Departamento de Educación www.educacion.navarra.es. Asimismo, en dichas listas se indicará la resolución de las exenciones, las calificaciones de las áreas superadas en convocatorias anteriores en Navarra y las adaptaciones de la prueba solicitadas por los aspirantes. Se podrán interponer reclamaciones entre los días 7 y 9 de mayo, ambos inclusive, en: -El centro educativo donde se ha realizado la inscripción, para el caso de la admisión y de las exenciones, según modelo del anexo 15-A. -El registro del Departamento de Educación, sito en la calle Santo Domingo, 8 de Pamplona, dirigidas al presidente del tribunal coordinador de las pruebas de acceso, según modelo del anexo 15-B, para el caso de las adaptaciones y de las exenciones y calificaciones de áreas superadas en convocatorias anteriores 10. Una vez resueltas las reclamaciones, las listas definitivas de personas admitidas se publicarán el día 31 de www.navarra.es/home_es/actualidad/bon/boletines/2013/29/anuncio-3/ 4/37

mayo de 2013 en los centros de inscripción y en la ficha "Pruebas de acceso" a la que se accede a través de la página Web del Departamento de Educación www.educacion.navarra.es. En dichas listas figurará la distribución de los aspirantes por tribunales y los centros de realización de la prueba de acceso a ciclos de grado medio. Estructura y contenido de la prueba 11. La prueba de acceso a ciclos de grado medio será una prueba común adecuada a los objetivos generales de la educación secundaria obligatoria, debiendo medir la madurez del aspirante para cursar con aprovechamiento estas enseñanzas. La prueba se estructura en las tres áreas siguientes: -Sociolingüística: constará de dos ejercicios, con cuestiones referidas a las materias de Lengua Castellana o Lengua Vasca, y de Ciencias Sociales, Geografía e Historia. -Matemática: constará de un ejercicio con cuestiones referidas a la materia de Matemáticas. -Científico-tecnológica: constará de un ejercicio con 14 cuestiones, 7 de Ciencias de la Naturaleza y 7 de Tecnología, de las cuales se elegirán 10 cuestiones. Los contenidos, características y criterios de evaluación de la prueba de acceso a ciclos de grado medio se indican en el anexo 11. 12. El ejercicio de Lengua Castellana y el ejercicio de Lengua Vasca se deberán responder, respectivamente, en castellano y en euskera, con independencia de la lengua elegida para realizar la prueba. Exenciones 13. Para solicitar la exención de algún área de la prueba de acceso a ciclos de grado medio se deberá acreditar el cumplimiento, para cada área, de alguno de los siguientes requisitos: a) Exención del área sociolingüística: -Haber superado los ámbitos de la comunicación y social de los módulos voluntarios, además de los módulos obligatorios, de un programa de cualificación profesional inicial. -Haber superado los módulos 4 de los ámbitos de comunicación y social de la educación secundaria para las personas adultas. -Haber superado el área sociolingüística en alguna de las cinco convocatorias anteriores celebradas en la Comunidad Foral de Navarra. b) Exención del área matemática: -Haber superado el ámbito científico-tecnológico de los módulos voluntarios, además de los módulos obligatorios, de un programa de cualificación profesional inicial. -Haber superado los módulos 4 del ámbito científico-tecnológico de la educación secundaria para las personas adultas. -Haber superado el área matemática en alguna de las cinco convocatorias anteriores celebradas en la Comunidad Foral de Navarra. c) Exención del área científico-tecnológica: -Haber superado un programa de cualificación profesional inicial, modalidad taller profesional, o haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial, modalidad básica. -Haber superado un programa de iniciación profesional. -Haber superado los módulos 4 del ámbito científico-tecnológico de la educación secundaria para las personas adultas. -Haber superado el área científico-tecnológica en alguna de las cinco convocatorias anteriores celebradas en la Comunidad Foral de Navarra. -Acreditar una experiencia laboral de, al menos, 1 año, con jornada completa. -Acreditar un certificado de profesionalidad de, al menos, nivel 1. 14. Los aspirantes interesados en las exenciones referidas en el punto anterior deberán hacerlo constar en la solicitud de inscripción. La documentación a presentar, junto con la solicitud de inscripción, en cada uno de los supuestos de exención anteriores, será la siguiente: -Fotocopia de la certificación académica que acredite haber superado los módulos obligatorios y, en su caso, los ámbitos de los módulos voluntarios de un programa de cualificación profesional inicial. www.navarra.es/home_es/actualidad/bon/boletines/2013/29/anuncio-3/ 5/37

-Fotocopia de la certificación académica que acredite haber superado los módulos de los ámbitos correspondientes de la educación secundaria para las personas adultas. -Fotocopia del certificado de profesionalidad emitido por la Administración laboral. -Fotocopia de la certificación académica que acredite haber superado un programa de iniciación profesional. -Para acreditar la experiencia laboral se deberá aportar, en caso de trabajadores por cuenta ajena: certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Mutualidad Laboral (informe de vida laboral), donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de contratación. En caso de trabajadores autónomos: certificación del período de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (informe de vida laboral). 15. Las solicitudes de exención serán resueltas por las secretarías de los centros donde se hayan presentado las inscripciones, excepto las relativas a: -La exención del área científico-tecnológica por parte de los aspirantes que se encuentren matriculados en el último curso de un programa de cualificación profesional inicial, modalidad taller profesional, en la Comunidad Foral de Navarra. -La exención por superación en convocatorias anteriores de alguna de las áreas de la prueba. En ambos casos, dichas solicitudes de exención serán resueltas por el tribunal coordinador. Se hará constar en los listados provisionales y definitivos de admitidos, mediante la aplicación EDUCA, la indicación "exenta". En caso contrario, constará el motivo de la denegación. 16. A tal efecto, los centros donde están cursando el programa enviarán al tribunal coordinador, mediante el sistema que se establezca a tal efecto y antes de las 14 horas del 30 de mayo, el listado de aspirantes que estén exentos de realizar el área científico-tecnológica, de manera provisional, condicionada a la posterior superación del programa. Para que la exención sea definitiva y surta efecto, deberá constar en el EDUCA, antes de las 14 horas del 21 de junio de 2013, que los aspirantes han superado el programa de cualificación profesional inicial. Calificación y valoración de la prueba 17. Cada una de las tres áreas se calificará entre 0 y 10. -La nota del área sociolingüística será la media aritmética de los dos ejercicios de las materias que la componen. -La nota del área matemática será la obtenida en el ejercicio de Matemáticas. -La nota del área científico-tecnológica será la suma de la calificación obtenida en las diez cuestiones del ejercicio resueltas. La calificación final de la prueba se expresará de 0 a 10, con dos decimales. Se obtendrá realizando la media aritmética de las tres áreas, siendo positiva la calificación de cinco puntos o superior. Será necesario obtener un mínimo de 4 puntos en cada una de las áreas para realizar la media y obtener la calificación final. En el caso de la calificación final de la prueba para el acceso a grado medio de enseñanzas deportivas, se expresará de 1 a 10, con dos decimales. Se obtendrá realizando la media aritmética de las tres áreas, siempre que éstas sean superiores o iguales a cuatro. Será positiva la calificación final de cinco puntos o superior. Cuando existan exenciones de algún área de la prueba, en el cálculo de la calificación final se tendrán en cuenta sólo las calificaciones de las áreas no exentas. Cuando la exención sea debida a la superación de un área en convocatorias anteriores en Navarra, la calificación del área correspondiente será tenida en cuenta para el cálculo de la calificación final de la prueba. Se considerará que la prueba ha sido superada cuando se obtenga una calificación final de 5 o más puntos. Fecha, lugar y llamamiento para la realización de la prueba 18. La prueba de acceso a ciclos de grado medio se realizará el día 4 de junio de 2013 en los centros indicados en el anexo 14. 19. Al llamamiento para la realización de la prueba se deberá acudir con el documento nacional de identidad, el pasaporte, un documento de viaje que acredite la identidad, el visado o la tarjeta de identidad de extranjero, así como con el material necesario para realizar los ejercicios. Esta información se hará pública, junto con la distribución de los aspirantes por aulas, en los centros de inscripción, el 31 de mayo de 2013. 20. Los aspirantes acudirán únicamente al llamamiento de los ejercicios del área o áreas que deban realizar según se detalla a continuación: www.navarra.es/home_es/actualidad/bon/boletines/2013/29/anuncio-3/ 6/37

-Área sociolingüística: a las 15:30 horas; duración: 2 horas. -Área matemática: a las 18:00 horas; duración: 1 hora. -Área científico-tecnológica: a las 19:20 horas; duración: 1 hora. Resultados de las pruebas y reclamaciones 21. Los resultados se publicarán en los centros de inscripción, en los centros de realización de la prueba y en la ficha "Pruebas de acceso" a la que se accede a través de la página web www.educacion.navarra.es, en las fechas que se indican a continuación: -Resultados provisionales: 11 de junio de 2013. -Reclamaciones: del 12 al 14 de junio de 2013, ambos inclusive. -Resultados definitivos: 24 de junio de 2013. 22. Las reclamaciones se presentarán, mediante escrito dirigido al presidente del tribunal coordinador, en el registro general del Departamento de Educación, calle Santo Domingo, 8, según modelo que figura en el anexo 15-B, que dará traslado de las mismas al tribunal evaluador que corresponda. Terminado el plazo de presentación de reclamaciones, los tribunales evaluadores correspondientes se reunirán para su examen y resolución. 23. La exposición de las actas definitivas de resultados constituye el procedimiento de comunicación de la resolución adoptada por los tribunales evaluadores y el tribunal coordinador de las pruebas respecto a las reclamaciones presentadas contra las resoluciones y los actos emanados de los mismos. Acreditaciones 24. Quien supere la prueba de acceso a ciclos de grado medio tendrá derecho a que se le expida un certificado, según el modelo correspondiente que figura en el anexo 16 en el que se hará constar, junto con la indicación de "apto" o "apta", la calificación obtenida, expresada de forma numérica con precisión de dos decimales. 25. Los certificados de superación de la prueba de acceso a ciclos de grado medio podrán ser retirados por las personas interesadas, en el mismo lugar donde se realizó la inscripción a la prueba, a partir del 26 de junio de 2013. 26. Quien supere algún área o áreas de la prueba de acceso a ciclos de grado medio, tendrá derecho a que se le expida un documento de acreditación parcial, conforme al modelo del anexo 18, en el que se hará constar el área o áreas superadas, con indicación de la calificación, expresada de forma numérica de 5 a 10 con expresión de dos decimales. La superación del área o áreas aprobadas se mantendrá en convocatorias siguientes en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra. 27. Los documentos acreditativos de la superación del área o áreas de la prueba se retirarán, a partir del 15 de octubre de 2013, en el Servicio de Formación Profesional del Departamento de Educación, sito en la calle Santo Domingo, de Pamplona. ANEXO 3 PRUEBA DE ACCESO A CICLOS DE GRADO SUPERIOR PRUEBA DE MADUREZ SUSTITUTIVA DE LOS REQUISITOS ACADÉMICOS PARA EL ACCESO A LAS ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES BASES Requisitos de inscripción 1. Para inscribirse en la prueba de acceso a ciclos de grado superior se deberán cumplir los siguientes requisitos: -No estar en posesión de la titulación académica que permite el acceso directo a los ciclos. -Tener como mínimo 19 años o cumplirlos en el año de realización de la prueba. -Tener 18 años o cumplirlos en el año de realización de la prueba y estar en posesión de un título de técnico relacionado con aquél al que se quiere acceder. Estas personas deberán inscribirse en la modalidad de prueba www.navarra.es/home_es/actualidad/bon/boletines/2013/29/anuncio-3/ 7/37

que se detalla en el anexo 7 de esta resolución, según la familia profesional a la que pertenezca el título de técnico que se posea. -Las personas que se inscriban a la prueba de acceso a ciclos de grado superior de enseñanzas deportivas, además del requisito de la edad de 19 años, deberán estar en posesión del título de técnico deportivo en la correspondiente modalidad o especialidad deportiva, o 18 años cuando se posea, además del título de técnico deportivo en la correspondiente modalidad o especialidad deportiva, un título de técnico de la familia profesional de actividades físicas y deportivas. 2. Para inscribirse en la prueba de madurez sustitutiva de los requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores se deberán cumplir los siguientes requisitos: -No estar en posesión de la titulación académica que permite el acceso directo a las enseñanzas artísticas superiores. -Tener 19 años o cumplirlos en el año de la realización de la prueba. 3. Los requisitos necesarios para la inscripción en la prueba de acceso a ciclos de grado superior se acreditarán en el momento de la inscripción. Inscripción 4. Plazo ordinario de inscripción a la prueba de acceso a ciclos de grado superior y a la prueba de madurez sustitutiva de los requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores: entre los días 11 y 15 de marzo de 2013, ambos inclusive. La inscripción se podrá realizar: -En cualquiera de los centros públicos y concertados de la Comunidad Foral de Navarra donde se imparten ciclos formativos de formación profesional y de artes plásticas y diseño, según lo detallado en el anexo 10. -De manera telemática, on line, desde la página web www.educacion.navarra.es, bajo los epígrafes "Sistema educativo", "Formación Profesional-Pruebas de Acceso", para lo que será necesario disponer de un certificado digital válido. -Las personas que se inscriban en la prueba de acceso a ciclos de grado superior de enseñanzas deportivas, o en la prueba de madurez sustitutiva de los requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores, presentarán la solicitud, dirigida al tribunal coordinador de las pruebas de acceso, en el registro del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, calle Santo Domingo, 8 de Pamplona. 5. Plazo extraordinario: los días 18 y 19 de abril de 2013. La inscripción se podrá realizar mediante los mismos procedimientos y en los mismos lugares establecidos en la base anterior para el plazo ordinario. 6. Cada aspirante deberá cumplimentar una única solicitud de inscripción, según los modelos que figuren en la ficha "Pruebas de acceso" del catálogo de servicios a la que se accede a través de la página web del Departamento de Educación www.educacion.navarra.es. El contenido de las solicitudes de inscripción es el que se establece en el anexo 9 de la presente Orden Foral. La duplicidad en la inscripción en la prueba de acceso a grado superior supondrá la no admisión en el proceso. No obstante, en aquellos casos en los que se cumplan los requisitos necesarios para inscribirse a varios tipos de prueba, se podrá realizar la inscripción para cada una de ellas. 7. Los centros donde se realice la inscripción entregarán un justificante acreditativo de la solicitud de inscripción. Documentación 8. A la solicitud de inscripción los aspirantes deberán acompañar la siguiente documentación: a) En la prueba de acceso a ciclos de grado superior de formación profesional y de artes plásticas y diseño: -Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte, documento de viaje que acredite la identidad, visado o tarjeta de identidad de extranjero. -Resguardo, en su caso, de haber ingresado en la Cuenta de Recaudación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la cantidad estipulada en concepto de tasa de inscripción a las pruebas de acceso. -Fotocopia, en su caso, del título de familia numerosa. -En caso de solicitar exención de alguna parte de la prueba de acceso a ciclos de grado superior, se acompañará de fotocopia de la documentación acreditativa que se detalla en la base 20 del presente anexo. -Las personas que soliciten adaptación por discapacidad y por necesidades específicas de apoyo educativo por presentar trastornos de aprendizaje y trastorno por déficit de atención e hiperactividad, deberán aportar fotocopia de la documentación acreditativa correspondiente, así como indicar el tipo de adaptación necesaria www.navarra.es/home_es/actualidad/bon/boletines/2013/29/anuncio-3/ 8/37

para la realización de la prueba. -En su caso, fotocopia de la certificación académica personal en la que consten las calificaciones de las materias del curso preparatorio y la nota media del mismo. En el caso de los aspirantes matriculados en el curso 2012-2013 en el curso preparatorio de las pruebas de acceso a grado superior en la Comunidad Foral de Navarra, los centros donde se encuentren realizando dicho curso introducirán en la aplicación EDUCA las calificaciones de cada una de las materias y la calificación final del curso, antes de las 14 horas del 27 de mayo. En el caso de los aspirantes matriculados en el curso académico 2012-2013 en el curso preparatorio en una comunidad autónoma diferente de la Comunidad Foral de Navarra, deberán aportar al centro de inscripción antes de las 14 horas del 27 de mayo la documentación relativa a las calificaciones y nota media de dicho curso. b) En la prueba de acceso a ciclos de grado superior de enseñanzas deportivas de régimen especial, además de la documentación señalada en el anterior apartado: -Fotocopia del título de técnico deportivo. -Fotocopia de la certificación académica del ciclo de grado medio de enseñanzas deportivas en la que conste la nota media final del ciclo. c) En la prueba de madurez sustitutiva de los requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores: -Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte, documento de viaje que acredite la identidad, visado o tarjeta de identidad de extranjero. -Resguardo, en su caso, de haber ingresado en la Cuenta de Recaudación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la cantidad estipulada en concepto de tasa de inscripción a las pruebas de acceso. -Fotocopia, en su caso, del título de familia numerosa. -Las personas que soliciten adaptación por discapacidad y por necesidades específicas de apoyo educativo por presentar trastornos de aprendizaje y trastorno por déficit de atención e hiperactividad, deberán aportar fotocopia de la documentación acreditativa correspondiente, así como indicar el tipo de adaptación necesaria para la realización de la prueba. 9. Los centros receptores de las inscripciones enviarán al tribunal coordinador, antes del 26 de abril, las solicitudes de adaptación de la prueba por discapacidad y por necesidades específicas de apoyo educativo por presentar trastornos de aprendizaje y trastorno por déficit de atención e hiperactividad, así como la documentación acreditativa correspondiente. Relación de admitidos y excluidos 10. Las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, con indicación de los motivos de exclusión, se publicarán el día 6 de mayo de 2013 en los centros de inscripción y en la ficha "Pruebas de acceso" a la que se accede a través de la página web del Departamento de Educación www.educacion.navarra.es. En dichas listas se indicará la resolución de las exenciones, las calificaciones de la parte superada en convocatorias anteriores en Navarra, y las adaptaciones de la prueba solicitadas por los aspirantes, así como la bonificación que corresponda. Se podrán interponer reclamaciones entre los días 7 y 9 de mayo, ambos inclusive, en: -El centro educativo donde se ha realizado la inscripción, para el caso de la admisión y de las exenciones, según modelo del anexo 15-A. -El registro del Departamento de Educación, sito en la calle Santo Domingo, 8 de Pamplona, dirigidas al presidente del tribunal coordinador de las pruebas de acceso, según modelo del anexo 15-B, para el caso de las adaptaciones, de la bonificación, de las exenciones y calificaciones de la parte superada en convocatorias anteriores y de las exenciones por experiencia laboral. 11. Una vez resueltas las reclamaciones, las listas definitivas de personas admitidas se publicarán el día 28 de mayo de 2013 en los centros de inscripción y en la ficha "Pruebas de acceso" a la que se accede a través de la página web del Departamento de Educación www.educacion.navarra.es. En dichas listas figurará la distribución de los aspirantes por tribunales y los centros de realización de la prueba de acceso a ciclos de grado superior y de la prueba de madurez sustitutiva de los requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores. www.navarra.es/home_es/actualidad/bon/boletines/2013/29/anuncio-3/ 9/37

Estructura y contenido de las pruebas 12. La prueba de acceso a ciclos de grado superior deberá acreditar, por una parte, la madurez del aspirante en relación con los objetivos del bachillerato y, por otra, sus capacidades referentes al campo profesional de que se trate. Esta prueba se compone de dos partes: a) Parte común. b) Parte específica. La organización, contenidos, estructura y referentes curriculares de ambas partes, quedan recogidos en los anexos 12 y 13. 13. La parte común de las modalidades de prueba de ciencias e ingeniería, ciencias sociales y ciencias de la salud estará compuesta por las siguientes materias: -Lengua Castellana o Lengua Vasca. -Historia de España. -Lengua extranjera: Inglés o Francés -Matemáticas o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales. Las personas inscritas en las modalidades de ciencias sociales y ciencias de la salud realizarán el ejercicio de Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales y las inscritas en la modalidad ciencias e ingeniería realizarán el ejercicio de Matemáticas. 14. La parte común de la modalidad de artes estará compuesta por las siguientes materias: -Lengua Castellana o Lengua Vasca -Historia del Arte. -Lengua extranjera: Inglés o Francés. 15. La parte específica se organiza en materias diferenciadas para cada una de las modalidades de prueba según se detalla a continuación: a) Ciencias e ingeniería: -Física y Química. -Dibujo Técnico. -Tecnología Industrial. b) Ciencias de la salud: -Biología. -Química y Física. -Ciencias de la Tierra y Medioambientales. c) Ciencias sociales: -Economía de la Empresa. -Tecnologías de la Información y la Comunicación. -Geografía. d) Artes: -Dibujo Artístico. -Volumen. -Dibujo Técnico. Las personas que deban realizar la parte específica de la prueba, elegirán dos de las tres materias relacionadas para cada modalidad, haciéndolo constar en el formulario de inscripción. 16. La prueba de acceso a ciclos de grado superior de enseñanzas deportivas de régimen especial está constituida por la parte común de cualquiera de las modalidades de prueba de acceso a ciclos de grado superior. 17. La prueba de madurez para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores está compuesta por las siguientes materias: www.navarra.es/home_es/actualidad/bon/boletines/2013/29/anuncio-3/ 10/37

-Lengua Castellana o Lengua Vasca -Historia del Arte o Historia de España. -Lengua extranjera: Inglés o Francés. Los contenidos y referentes curriculares se encuentran recogidos en el anexo 13. 18. El ejercicio de Lengua Castellana y el ejercicio de Lengua Vasca se deberán responder, respectivamente, en castellano y en euskera, con independencia de la lengua elegida para realizar la prueba. El ejercicio de Lengua Extranjera se deberá responder en la lengua extranjera correspondiente. Exenciones 19. Para solicitar la exención de alguna parte de la prueba de acceso a ciclos de grado superior se deberá acreditar el cumplimiento, para cada parte, de alguno de los siguientes requisitos: a) Exención de la parte común de la prueba de acceso a ciclos de grado superior de las modalidades de ciencias e ingeniería, ciencias de la salud o ciencias sociales: -Haber superado la parte común de la prueba, de cualquiera de las tres modalidades de prueba mencionadas, en las cinco convocatorias anteriores de la Comunidad Foral de Navarra. b) Exención de la parte común de la prueba de acceso a ciclos de grado superior de la modalidad de artes: -Haber superado la parte común de la prueba de esta modalidad de artes en las cinco convocatorias anteriores de la Comunidad Foral de Navarra. c) Exención de la parte específica de la prueba de acceso a ciclos de grado superior: -Estar en posesión de un título de técnico o de técnico auxiliar relacionado con la modalidad de prueba. Para ello, estas personas se deberán inscribir en la modalidad de prueba que, para cada familia profesional, se detalla en el anexo 7 de esta resolución. -Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel 2 o superior, perteneciente a alguna de las familias profesionales que se indican para cada modalidad de prueba en el anexo 5. -Acreditar una experiencia laboral de al menos dos años, con jornada completa, perteneciente a alguna de las familias profesionales que se indican para cada modalidad de prueba en el anexo 5. d) Exención de la parte específica de la prueba de acceso a ciclos de grado superior de las modalidades de ciencias e ingeniería, ciencias de la salud, ciencias sociales: -Haber superado la parte específica en la misma modalidad de prueba, en alguna de las cinco convocatorias anteriores de la Comunidad Foral de Navarra. e) Exención de la parte específica de la prueba de acceso a ciclos de grado superior de la modalidad de artes: -Haber superado la parte específica de la prueba de artes en alguna de las cinco convocatorias anteriores de la Comunidad Foral de Navarra, siempre que estén inscritas en dicha modalidad de prueba. f) Exención de la parte específica de las modalidades de prueba de ciencias de la salud y ciencias sociales para los deportistas de alto nivel o de alto rendimiento que vayan a realizar un ciclo formativo superior de la familia profesional de actividades físicas y deportivas: -Acreditar la condición de deportistas de alto nivel o de alto rendimiento de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre Deportistas de Alto Nivel y Alto Rendimiento o en el Decreto Foral 9/2012, de 22 de febrero, por el que se regula el deporte de rendimiento y la relación de deportistas de alto nivel de la Comunidad Foral de Navarra. 20. Los aspirantes interesados en las exenciones referidas en el punto anterior deberán hacerlo constar en la solicitud de inscripción. La documentación a presentar, junto con la solicitud de inscripción, en cada uno de los supuestos de exención anteriores será la siguiente: a) Fotocopia del título de técnico o técnico auxiliar. b) Fotocopia del certificado de profesionalidad emitido por la Administración laboral, con indicación expresa del nivel de cualificación. c) Fotocopia de la documentación que acredite la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento. d) Para acreditar la experiencia laboral se deberán aportar los siguientes documentos: -En el caso de trabajadores por cuenta ajena: certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Mutualidad Laboral (informe de vida laboral), donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de contratación, y certificación de la empresa donde haya adquirido experiencia www.navarra.es/home_es/actualidad/bon/boletines/2013/29/anuncio-3/ 11/37

laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. -En el caso de trabajadores autónomos: certificación del periodo de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (informe de vida laboral) y certificación en la que conste el período de alta en el impuesto de actividades económicas. 21. Las solicitudes de exención serán resueltas por las secretarías de los centros donde se hayan presentado las inscripciones, excepto las relativas a: -La exención por superación en convocatorias anteriores de alguna de las partes de la prueba. -La exención de la parte específica por experiencia laboral. En ambos casos dichas solicitudes de exención serán resueltas por el tribunal coordinador y, para ello, los centros receptores de las inscripciones enviarán al tribunal coordinador, antes del 26 de abril, las solicitudes de exención de la parte específica por experiencia laboral, así como la documentación acreditativa correspondiente. Se hará constar en los listados provisionales y definitivos de admitidos la indicación "exenta", en caso contrario constará el motivo de la denegación. 22. Los aspirantes que hayan realizado o estén realizando el curso preparatorio en la Comunidad Foral de Navarra y hayan superado todas las materias que lo integran, no se presentarán a la parte común de la prueba de acceso a ciclos de grado superior. Se computará como calificación de la parte común de la prueba de acceso la media aritmética de las calificaciones que haya obtenido en el curso preparatorio en las materias de Lengua Castellana, Historia de España, Lengua Extranjera y Matemáticas o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales. Los aspirantes que hayan realizado o estén realizando el curso preparatorio en la Comunidad Foral de Navarra y no hayan superado todas las materias que lo integran, deberán presentarse a la parte común de la prueba de acceso a ciclos de grado superior. La verificación de quién debe presentarse a la parte común de la prueba se realizará por el tribunal coordinador de las pruebas de acceso. A tal efecto, los centros que imparten el curso preparatorio introducirán, mediante la aplicación EDUCA y antes de las 14 horas del día 27 de mayo de 2013, las calificaciones obtenidas en cada una de las materias, así como la calificación final del curso. Asimismo, los centros donde se hayan presentado inscripciones acompañadas de certificados de notas del curso preparatorio realizado en alguna de las cinco convocatorias anteriores en Navarra, remitirán al tribunal coordinador en el mismo plazo señalado anteriormente dicha documentación. El resultado de esta verificación, así como la bonificación a aplicar a las personas que hayan realizado o estén realizando el curso preparatorio en la Comunidad Foral de Navarra, se hará público en los centros de inscripción el día 28 de mayo de 2013. Calificación y valoración de las pruebas 23. Cada una de las dos partes de la prueba se calificará entre 0 y 10. -Parte común: cada materia se calificará sobre 10, siendo la nota final de esta parte la media aritmética de la nota obtenida en los ejercicios que deban realizarse en la modalidad de prueba elegida. Para los aspirantes del curso preparatorio, referidos en la base anterior, que no deban realizar la parte común de la prueba, la calificación de la misma será la media aritmética de las calificaciones que haya obtenido en el curso preparatorio en las materias de Lengua Castellana, Historia de España, Lengua Extranjera y Matemáticas o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales. -Parte específica: el ejercicio de cada materia se calificará sobre 10, siendo la nota final de esta parte la media aritmética de las notas obtenidas en los dos ejercicios realizados. 24. La calificación final de la prueba de acceso a ciclos de grado superior se expresará de 0 a 10, con dos decimales. Se obtendrá realizando la media aritmética de las partes, siendo positiva la calificación de cinco puntos o superior. Será necesario obtener un mínimo de 4 puntos en cada una de las partes para realizar la media. 25. Para las personas que hayan realizado el curso preparatorio, en el cálculo de la calificación final, se añadirá a la media aritmética referida en el punto anterior, la puntuación resultante de multiplicar 0,15 por la calificación obtenida en el curso preparatorio. En ningún caso la calificación final de la prueba de acceso podrá ser superior a 10. Se considerará que la prueba ha sido superada cuando se obtenga una calificación final de 5 o más puntos. www.navarra.es/home_es/actualidad/bon/boletines/2013/29/anuncio-3/ 12/37

26. Cuando existan exenciones de alguna de las partes de la prueba, en el cálculo de la calificación final se tendrán en cuenta sólo la calificación de la parte no exenta. Cuando la exención sea debida a la superación de una de las partes en convocatorias anteriores en Navarra, la calificación de la parte correspondiente será tenida en cuenta para el cálculo de la calificación final de la prueba. 27. En el caso de la calificación final de la prueba para el acceso a grado superior de enseñanzas deportivas, se expresará de 1 a 10, con dos decimales. Se obtendrá realizando la media aritmética de la calificación de la prueba de acceso y la calificación final de las enseñanzas de técnico deportivo, siempre que ambas sean superiores o iguales a cuatro. Será positiva la calificación final de cinco puntos o superior. 28. La calificación final de la prueba de madurez para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores será la media aritmética de la nota obtenida en los ejercicios realizados, expresada de 0 a 10 con dos decimales, siendo necesario obtener 5 o más puntos para superarla. Lugar, fecha y llamamiento para la realización de la prueba 29. La prueba de acceso a ciclos de grado superior de formación profesional y de artes plásticas y diseño se realizará en los centros indicados en el anexo 14: -Parte específica: el día 30 de mayo de 2013. -Parte común: el día 6 de junio de 2013. La prueba de acceso a ciclos de grado superior de enseñanzas deportivas de régimen especial se realizará el día 6 de junio de 2013 en los centros indicados en el anexo 14. La prueba de madurez para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores se realizará el día 6 de junio de 2013 en los centros indicados en el anexo 14. 30. Al llamamiento para la realización de la prueba se deberá acudir con el documento nacional de identidad, el pasaporte, un documento de viaje que acredite la identidad, el visado o la tarjeta de identidad de extranjero, así como con el material necesario para realizar los ejercicios. Esta información se hará pública, junto con la distribución de los aspirantes por aulas, en los centros de inscripción, en las siguientes fechas: -28 de mayo de 2013: parte específica de la prueba de acceso a ciclos de grado superior de formación profesional del sistema educativo y de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño. -6 de junio de 2013: parte común de la prueba de acceso a ciclos de grado superior de formación profesional del sistema educativo y de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño; prueba de acceso a ciclos de grado superior de enseñanzas deportivas; prueba de madurez de las enseñanzas artísticas superiores. 31. Los aspirantes acudirán únicamente al llamamiento de los ejercicios de la parte o partes que deben realizar según se detalla a continuación: a) Parte específica: 30 de mayo a las 15:30 horas llamamiento y comprobación de la documentación para la realización de los ejercicios de la parte específica. El tiempo para la realización de los dos ejercicios es de 2 horas 30 minutos, excepto para la modalidad de artes que será de 3 horas y 30 minutos. b) Parte común, prueba de acceso a enseñanzas deportivas y prueba de madurez: 6 de junio. Los aspirantes acudirán únicamente al llamamiento de los ejercicios de las materias que deben realizar según se detalla a continuación: -Lengua Castellana o Lengua Vasca: 15:30 horas, duración: 1 hora. -Historia de España o Historia del Arte: 17:10 horas, duración 1 hora. -Lengua Extranjera (Inglés o Francés): 18:25 horas, duración 1 hora. -Matemáticas o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales: 19:30 horas, duración 1 hora. Resultados de las pruebas y reclamaciones 32. Los resultados se publicarán en los centros de inscripción, en los centros de realización de la prueba y en la ficha "Pruebas de acceso" a la que se accede a través de la página web www.educacion.navarra.es en las fechas que se indican a continuación: -Resultados provisionales: 14 de junio de 2013. -Reclamaciones: del 17 al 19 de junio de 2013 ambos inclusive. -Resultados definitivos: 25 de junio de 2013. 33. Las reclamaciones relativas a los resultados se presentarán, mediante escrito dirigido al presidente del www.navarra.es/home_es/actualidad/bon/boletines/2013/29/anuncio-3/ 13/37