PROGRAMA ESCALA DOCENTE

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Transcripción:

PROGRAMA ESCALA DOCENTE REGLAMENTO 1 1 Aprobado en la LXIX Reunión del Consejo de Rectores; Universidad Nacional de Itapúa, 10 de mayo de 2016.

OBJETIVOS DEL PROGRAMA El Programa ESCALA Docente promueve la cooperación e integración regional de las Universidades miembro de AUGM, a través de la movilidad e intercambio de docentes e investigadores, con el objetivo de que estas movilidades se transformen en el inicio y/o profundización de una relación académica duradera entre las partes intervinientes, impulsando la presentación de proyectos a desarrollar en forma conjunta. Son objetivos específicos del Programa: - Contribuir al fortalecimiento de la capacidad docente, científica y tecnológica de las Universidades de la Asociación; - Contribuir a la consolidación de masas críticas de investigadores en áreas estratégicas de interés regional; particularmente a los CA y ND. - Promover la cooperación interinstitucional entre las universidades de AUGM, compartiendo los equipos de docencia e investigación de las Instituciones participantes, ASPECTOS GENERALES 1. En este documento se establecen las bases para la convocatoria del Programa ESCALA Docente de AUGM (en adelante PED). 2. En este cuerpo de disposiciones, la universidad de origen será la institución de pertenencia del docente, y la universidad de destino será aquella que recibe al docente en el marco del PED. 3. Podrán participar únicamente los docentes de las Universidades de AUGM que integren la convocatoria. Cada Universidad establecerá las condiciones que deberá cumplir el docente en cada uno de las categorías que comprende el Programa: Docente Novel (DN) y Docente Formado (DF) 4. La movilidad de docentes se podrá realizar con cualquier otra universidad de AUGM con las cuales la Universidad de origen ha acordado plazas, siempre que sea de un país distinto. 5. En lo posible, las plazas de movilidad disponibles se repartirán en partes iguales entre las dos categorías docentes (DN y DF) 6. Se dará prioridad a las postulaciones presentadas o apoyadas por los Núcleos Disciplinarios o Comités académicos activos. 7. Las universidades de AUGM deben determinar el número de plazas que financiarán

como Universidad de origen y como Universidad de destino en acuerdo con las Universidades de destino a las que correspondan estas plazas. BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA 8. Será beneficiario del PED el cuerpo docente de las Universidades de AUGM que participen de la convocatoria con oferta de plazas. 9. Las condiciones para la postulación en las categorías a las que se dirige el programa (DN y DF) serán establecidas por cada Universidad para sus docentes. 10. Para los docentes nóveles (DN) la movilidad está destinada a complementar su formación académica. 11. Para los docentes formados (DF) las movilidades deben enmarcarse en las funciones universitarias de enseñanza, investigación, extensión y gestión académica, promoviendo actividades de posgrado, asistencia técnico-científica para el desarrollo, consolidación de nuevas áreas disciplinarias, apoyo a la formación de docentes y a las actividades de gestión académica y política universitaria. REQUISITOS PARA LA POSTULACIÓN 12. Para la postulación al PED, el docente deberá presentar su candidatura ante su Universidad de origen. 13. Para la postulación el docente deberá presentar su solicitud en el formulario destinado a tal fin: Formulario de postulación al Programa ESCALA Docente, en el plazo y condiciones establecidos por el cronograma de la convocatoria. La Universidad de origen podrá recepcionar una candidatura con más de una Universidad de destino. 14. Al momento de presentar su solicitud deberán contar con la Carta invitación de la Universidad de destino, la cual debe estar firmada por una autoridad de la Universidad de destino y por el Delegado Asesor ante AUGM de esta Universidad. 15. La Universidad de origen será la que seleccione o no al postulante, informando a la Universidad de destino de esta selección, con copia a la Secretaría Ejecutiva.

CARACTERISTICAS DE LA MOVILIDAD 16. La movilidad podrá realizarse entre las Universidades miembro participantes, siempre que sean de países diferentes. 17. El Docente Novel (DN) podrá realizar actividades que se orienten a completar o complementar su formación académica. 18. El Docente Formado (DF) además de las actividades que se establezcan en la Propuesta de movilidad, deberá realizar una actividad abierta a la comunidad académica de la Universidad que visita. Esta actividad abierta (conferencia, seminario, clase pública, etc.) será organizada por la Universidad de destino y desarrollada y difundida como actividad oficial de AUGM. 19. La duración de cada movilidad será de un mínimo de 5 días hábiles y un máximo de 15 días. Excepcionalmente, y con el acuerdo de las Universidades involucradas se podrán considerar movilidades por plazos mayores al establecido. 20. La movilidad podrá realizarse en cualquier momento que se ajuste con los calendarios académicos de las Universidades miembro 21. El período de la movilidad indicado tentativamente en el Formulario de postulación al Programa ESCALA Docente y en la Carta de Invitación, será finalmente acordado entre la Universidad de origen y la Universidad de destino. 22. Cualquier cambio al programa de movilidad, sea éste referido a fechas, dependencias, sedes u otros, deberá contar con la aprobación previa de los Delegados Asesores de la Universidad de origen y de la Universidad de destino. 23. La Universidad de origen deberá conceder, al docente seleccionado, licencia o comisión de servicio con goce de sueldo, por el período correspondiente a la movilidad aprobada. FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA El PED se financia de la siguiente forma: 24. La universidad de destino debe financiar, durante todo el período de su estadía, el alojamiento y alimentación de los docentes que recibe, mediante los sistemas que cada institución disponga para tal fin. 25. La universidad de origen financia los gastos de traslados, y ofrecerá dentro de sus posibilidades un apoyo económico para los gastos que demande el contrato de un

seguro de vida, accidente, salud y repatriación durante el período que dure la movilidad, y la obtención de la visa si correspondiere. FUNCIONAMIENTO DE LA CONVOCATORIA 26. Las Universidades participantes deberán contar con una Coordinación Institucional del PED, comunicando antes del inicio de cada convocatoria los datos de contacto de la misma. 27. La comunicación institucional entre las universidades se realizará a través de los Delegados Asesores y las Coordinaciones Institucionales, sin perjuicio de la comunicación necesaria entre los docentes involucrados. 28. El Delegados Asesor de cada universidad es la persona que debe velar por el cumplimiento de este Reglamento y por la coordinación de todos los aspectos operativos del PED en el ámbito de su Institución. 29. En forma previa a la apertura de la convocatoria cada Universidad informará a la Secretaría Ejecutiva el número de plazas que ofrecerá, definiendo la Universidad de destino para cada plaza ofertada. 30. Las Universidades deben, obligatoriamente ofrecer el mismo número de plazas para enviar docentes y para recibirlos. 31. Definida la oferta de plazas de cada Universidad, se pondrá en conocimiento de la Segunda Reunión de Delegados Asesores de cada año, para su aprobación. 32. La convocatoria será anual y definida en la Segunda Reunión de Delegados Asesores de cada año. 33. Conjuntamente con la oferta de plazas se aprobará el cronograma para la presentación de aspiraciones y selección de los candidatos. 34. La apertura de la convocatoria general del PED se realizará en forma simultánea en todas las Universidades participantes. 35. La Secretaría Ejecutiva apoyará la difusión de la convocatoria en la web de AUGM, así como de los documentos y formularios que son requisitos para la presentación de la postulación. 36. Para hacer efectiva su postulación el docente deberá completar el Formulario de postulación al Programa ESCALA Docente.

37. La Universidad de origen verificará que la postulación cumple los requisitos establecidos. 38. Una vez cerrada la convocatoria, la Universidad de origen evaluará las postulaciones recibidas, comunicando su selección a las Universidades de destino con copia a la Secretaría Ejecutiva. 39. La nómina final de docentes seleccionados será difundida en la web de AUGM. CERTIFICACIÓN DE ACTIVIDADES 40. Al finalizar la convocatoria la AUGM emitirá una certificación oficial de participación en el PED para los docentes participantes, la que incluye la categoría y tipo de actividad realizada. COMPROMISOS DE LAS PARTES COMPROMISOS DEL DOCENTE 41. El Docente que sea seleccionado y admitido para participar del PED se compromete a: a. Cumplir con el programa de actividades propuestas en la Universidad de destino y participar en las instancias de seguimiento, control, evaluación y las de carácter administrativo establecido por dicha universidad. b. Presentarse en la universidad de destino en las fechas acordadas en la Propuesta de actividades aprobada. c. Responder a las consultas que las instituciones vinculadas al PED le dirijan, participar en reuniones relacionadas a los objetivos de aquél o destinadas a difundir información sobre sus resultados, o a socializar su experiencia, d. Gestionar, si corresponde, la visa en tiempo y forma. e. Contar con un seguro de accidente, enfermedad y repatriación que cubra las contingencias que puedan producirse durante su período de permanencia en la Universidad de destino, incluyendo los viajes de ida y regreso. f. Asumir personalmente la responsabilidad de los daños que sufriere y de los perjuicios

que causare durante su participación en el PED y relevar expresamente de esa responsabilidad a las instituciones participantes y al PED. g. Cumplir con las exigencias sanitarias (vacunación, etc.) establecidas por el país de destino. h. Proporcionar a la universidad de origen y a la de destino sus antecedentes de salud para su mejor atención ante cualquier contingencia. i. Una vez finalizada la movilidad, el docente deberá realizar en su universidad de origen una actividad exponiendo la incidencia de su experiencia en la comunidad académica. COMPROMISOS DE LA UNIVERSIDAD DE ORIGEN 42. La universidad de origen se compromete a: a. Verificar el cumplimiento de los requisitos de postulación de los docentes seleccionados. b. Comunicar a las Universidades de destino, con copia a la Secretaría Ejecutiva la nómina de docentes seleccionados. c. Otorgar ayudas económicas a los docentes seleccionados, a fin de solventar total o parcialmente los gastos de traslados, así como los gastos que demande el contrato de un seguro de vida, accidente, salud y repatriación durante el período que dure la movilidad, y la obtención de la visa si correspondiere. d. Supervisar el cumplimiento de la obligación inherente al docente, de contar con un seguro de accidente, enfermedad y repatriación con una cobertura por la totalidad del período de la movilidad. e. Dar amplia difusión al PED entre sus unidades académicas COMPROMISOS DE LA UNIVERSIDAD DE DESTINO 43. La universidad de destino se compromete a: a. Enviar, con la suficiente antelación, los contactos que permitan a los docentes una fluida comunicación con su contraparte, así como facilitar el trámite de la Carta de invitación. b. Proporcionar hospedaje y alimentación a los docentes movilizados hasta la

finalización de las actividades académicas formales en esa institución. c. Mantener una comunicación periódica con la coordinación institucional de las Universidades de origen, informando sobre las condiciones de recepción de los docentes, y de acceso a los beneficios que aseguran la cobertura de la alimentación y el alojamiento. COMPROMISO DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA 44. La Secretaría Ejecutiva de AUGM asume las siguientes obligaciones: a. Informar adecuadamente al Consejo de Rectores sobre la marcha del Programa, y coordinar la ejecución de las Resoluciones que en ese ámbito adopte dicho Consejo. b. Asumir la coordinación general del Programa y facilitar la comunicación entre las Universidades c. Centralizar y elaborar la información del sitio web del Programa y mantenerlo actualizado. d. Determinar y regular el cumplimiento del cronograma de actividades correspondiente a la Convocatoria. e. Diseñar, actualizar y distribuir los formularios necesarios para la ejecución del Programa. f. Realizar actividades de evaluación del Programa y proponer acciones que permitan el mejoramiento continuo del mismo.