MANUALL DE INSTTRUCCI I IONES DE JJUSTTI IFFI ICACIÓN TTÉCNI ICA DE AYUDAS PLAN NACIONAL 2008--2011 CCOONNVVOOCCAATTOORRI IIAA 22000099 PROGRAMA CAMPUS DE EXCELENCIA INTERNACIONAL, SUBPROGRAMA DE I+D+i Y TRANSFERENCIA MANUAL DE INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN TÉCNICA Programa CAMPUS de Excelencia
Internacional, Subprograma de I+D+i y Transferencia. Convocatoria Año 2009. SECRETARIA GENERAL DE INNOVACIÓN Dirección General de Transferencia de Tecnología y Desarrollo Empresarial Subdirección General de Transferencia y Valorización del Conocimiento * Aprobado por Orden PRE/1996/2009, de 20 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas para la implantación del Programa Campus de Excelencia Internacional en el sistema universitario español, se convocan su concesión en el año 2009, y se establecen los procedimientos administrativos para otorgar la calificación de Campus de Excelencia Internacional y para suscribir convenios con las Comunidades Autónomas con el fin de que éstas concedan ayudas a las Universidades para la ejecución de Planes Estratégicos de Viabilidad y Conversión a Campus de Excelencia Internacional. Por favor, lea atentamente este manual de instrucciones. Le ayudará a preparar adecuadamente la memoria técnica justificativa que deben presentar en relación con la ayuda que les corresponde percibir. Para cualquier aclaración pueden dirigirse a las direcciones y contactos que figuran en el punto 7 de este manual. ÍNDICE 1. CUESTIONES GENERALES 2. FECHAS Y PLAZOS 3. CAMBIOS EN LAS CONDICIONES APROBADAS EN LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN 4. DISTRIBUCIÓN DE LA AYUDA CONCEDIDA 5. SEGUIMIENTO CIENTIFÍCO-TÉCNICO DE LOS PROYECTOS 6. INCUMPLIMIENTO 7. TELÉFONOS Y CORREOS ELECTRÓNICOS DE CONSULTA ANEXO En este manual de instrucciones se incluyen además el modelo de informe técnico. Se recomienda una lectura detenida de este texto, que está orientado tanto a los responsables de los proyectos, como al personal del departamento financiero y administrativo, así como a los auditores externos que deben informar la cuenta justificativa. El texto tiene como función ayudar a todos ellos a preparar la documentación que ha de presentarse al finalizar la actuación subvencionada. Para cualquier aclaración relativa a este asunto pueden dirigirse a campus@micinn.es
1.- CUESTIONES GENERALES La ejecución y la aplicación de las subvenciones concedidas dentro del Programa Campus de Excelencia Internacional, Subprograma de I+D+i y Transferencia, se regirán por lo establecido en la correspondientes bases reguladoras y convocatoria de ayudas (BOE del 23/07/2009), en la resolución de concesión y en la demás normativa aplicable. Estas instrucciones son aclaratorias de algunos puntos recogidos tanto en las bases, en la convocatoria o en la resolución de concesión. Con respecto a la obligación de publicidad queda recogida con suficiente amplitud en la resolución de concesión y no necesitan explicaciones adicionales, por lo que nos remitimos al contenido de la misma y recomendamos su relectura. La documentación original justificativa de la ejecución del proyecto deberá conservarse el periodo resultante de la aplicación del art. 39 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El lugar de custodia deberá reflejarse en la información a remitir al MICINN con motivo de la rendición de los correspondientes informes. La comunicación con la Dirección General de Transferencia de Tecnología y Desarrollo Empresarial (DGTTDE) del Ministerio de Ciencia e Innovación (MICINN) para cualquier asunto relacionado con los aspectos técnicos del proyecto se hará a través del responsable o coordinador del proyecto con el visto bueno del representante legal de la entidad beneficiaria. Si el asunto atañe a proyectos en coordinación, se mantendrá informado al coordinador del proyecto. 2.- FECHAS Y PLAZOS Se entiende por plazo para la realización o ejecución del proyecto, el plazo de que dispone el beneficiario para realizar el gasto correspondiente a las diferentes partidas incluidas en el Presupuesto Financiable detallado en la correspondiente resolución de concesión de ayuda. Se entiende por plazo de justificación, el comprendido entre la fecha en que acaba el proyecto y la fecha final en que debe presentarse la documentación justificativa. Las actividades objeto de las ayudas concedidas deberán haber sido desarrolladas durante 2009 y hasta el 31 de Marzo de 2010 de forma que en ese plazo se haya ejecutado un 60% de la ayuda concedida, siendo el restante 40% realizado durante el resto del año 2010. 3.- CAMBIOS EN LAS CONDICIONES APROBADAS EN LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN A estos plazos les serán aplicables aquellas modificaciones o prórrogas que hayan sido solicitadas en los términos en los que se hayan aprobado. Cualquier modificación deberá haber sido solicitada de forma motivada por el representante legal de la entidad beneficiaria. La autorización deberá realizarse de forma expresa y notificarse al interesado con carácter previo al inicio de su efectividad. Los cambios efectuados, que deberán haber sido previamente autorizados, deberán incorporarse al informe final, para facilitar su seguimiento, conforme a lo dispuesto en el punto siguiente.
3. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA TÉCNICA A 4.- DISTRIBUCIÓN DE LA AYUDA CONCEDIDA La ejecución del proyecto y su justificación deberán adecuarse al presupuesto aprobado que figura en la resolución. Los fondos asignados al proyecto se ejecutarán a lo largo de toda su duración teniendo presente la distribución de las partidas de acuerdo con la obligación de ejecutar el 60% de la ayuda entre el 1 de Enero de 2009 y el 31 de Marzo de 2010. 5.- SEGUIMIENTO CIENTÍFICO-TÉCNICO DE LOS PROYECTOS A los efectos de realizar el seguimiento científico-técnico de los proyectos subvencionados, deberán presentarse un informe escrito por parte de los beneficiarios, en el que se debe justificar el grado de cumplimiento de las actividades del proyecto, de acuerdo con el plan de trabajo previsto inicialmente y los resultados producidos en su desarrollo. Dicho informe se presentará dentro de los tres meses siguientes al término del plazo de ejecución aprobado. El tamaño máximo de los archivos que contengan estos informes de seguimiento será de 8mb. Para cumplimentar los informes técnicos se utilizará la aplicación telemática disponible en la página web del MICINN. El informe contendrá la descripción de los logros y el cumplimiento de los objetivos así como la justificación económica correspondiente. En el caso de proyectos coordinados, el coordinador del mismo informará a la DGTTDE sobre el desarrollo conjunto del proyecto y las actividades de coordinación realizadas. Los beneficiarios de las ayudas deberán presentar con carácter general una justificación de la realización del proyecto desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo del año inmediato posterior a la ejecución de la ayuda, salvo que dicho plazo fuera ampliado por parte del órgano concedente. Asimismo, y a los efectos de facilitar la realización de la justificación final y del seguimiento científico-técnico de los proyectos, en la página web del MICINN estarán a disposición del beneficiario un modelo de informe final. No obstante, estos modelos pueden ser susceptibles de modificación y mejora por parte de la DGTTDE. Las eventuales actualizaciones se incorporarán a la página web. 6.- INCUMPLIENTOS 5. INUMPLIMIENTO De acuerdo con lo establecido en la Orden de Bases y Convocatoria el incumplimiento de los requisitos establecidos en dicha Órden, así como de las
condiciones que se hayan establecido en la correspondiente resolución de concesión dará lugar, previo el oportuno procedimiento de reintegro, a la obligación de devolver las ayudas percibidas y los intereses de demora correspondientes, conforme a lo dispuesto en el Título II, Capítulo I de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Asimismo, será de aplicación lo previsto en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, si concurriesen los supuestos de infracciones administrativas en materia de subvenciones y ayudas públicas. 7.- TELEFONOS Y CORREOS ELECTRONICOS DE CONSULTA Para consultas técnicas campus@micinn.es Para consultas informáticas cauidi@micinn.es