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Transcripción:

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 21 DE MAYO DE 2013 No. 1608 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Consejería Jurídica y de Servicios Legales Fe de Erratas relativa al Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal Número 1601, de fecha 10 de mayo de 2013 3 Fe de Erratas relativa al Decreto por el que se reforma el artículo 21 de la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal Número 1601, de fecha 10 de mayo de 2013 4 Calidad de Vida, Progreso y Desarrollo para la Ciudad de México, S.A. de C.V. Acuerdo por el que se crea el Consejo Consultivo de Calidad de Vida, Progreso y Desarrollo para la Ciudad de México, S.A. de C.V. 5 CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS Secretaría de Seguridad Pública.- Aviso de Fallo de la Licitación Pública Nacional Número LPN-01-2013 8 Secretaría de Seguridad Pública.- Aviso de Fallo de la Licitación Pública Nacional Número LPN-02-2013 9 Secretaría de Seguridad Pública.- Licitación Pública de Carácter Nacional Número LPN-03-2013.- Convocatoria 003.- Mejoramiento y ampliación a las instalaciones de la Subsecretaria de Control de Tránsito 10 Secretaría de Seguridad Pública.- Licitación Pública de Carácter Nacional Número LPN-04-2013.- Convocatoria 004.- Segunda Etapa de Mejoramiento y Ampliación de la Unidad de Policía Metropolitana Granaderos Oriente Balbuena 12 Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal.- Licitación Pública Nacional Número PAOT-LPN-08-2013.- Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo al Sistema de Comunicaciones de Voz y Datos marca Cisco 14 Continúa en la Pág. 2

2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21 de Mayo de 2013 Viene de la página 1. Índice SECCIÓN DE AVISOS Metrópolis Polanco, S.A. de C.V. 15 Destilby, S.A. 16 Montacargas Torres, S.A. de C.V. 16 Soluciones Integrales K, S. de R.L. de C.V. 17 Fedex Kinko's de México, S. de R.L. de C.V. 17 II BU de México, S.A. de C.V. 18 Edictos 19 Aviso 22

21 de Mayo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL CONSEJO CONSULTIVO DE CALIDAD DE VIDA, PROGRESO Y DESARROLLO PARA LA CIUDAD DE MÉXICO, S.A. DE C.V. Los miembros del Consejo de Administración de Calidad de Vida, Progreso y Desarrollo para la Ciudad de México, S.A. de C.V.: Lic. Edgar Abraham Amador Zamora Secretario de Finanzas y Presidente Suplente del Consejo de Administración, Lic. Erick Hernán Cárdenas Rodríguez Subsecretario de Planeación Financiera de la Secretaria de Finanzas Consejero Suplente, Lic. Katia E. Arroyo Arriola por la Tesorería del Distrito Federal Tesorero Suplente del Consejo, Ing. Oscar L. Díaz González P. por la Dirección General del Sistema de Transporte Colectivo Consejero Suplente, Arq. Moisés Mercado Méndez por la Dirección General de Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V. Consejero Suplente, Lic. Tony Orozco Cerón Comisario Suplente, Lic. Aidee Rodríguez Ortega Coordinadora Jurídica de la Dirección General de Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V. Invitada, Lic. Patricia Sainz de la Torre Gerente Jurídico de la Dirección General del Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal Invitada, con fundamento en los artículos 70, fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, así como en lo dispuesto en el Estatuto Vigésimo Cuarto, fracción X de los Estatutos Sociales de Calidad de Vida, Progreso y Desarrollo para la Ciudad de México, S.A. de C.V., y CONSIDERANDO Que en los términos del artículo 97 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, las empresas de participación estatal mayoritaria entre otros, integran la Administración Pública Paraestatal, definiéndolas el artículo 98 como aquéllas que se constituyen en los términos y con los requisitos que señale la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, teniendo por objeto principal la realización de actividades determinadas como prioritarias por las leyes aplicables; la generación de bienes y la prestación de servicios públicos o sociales prioritarios para el funcionamiento de la Ciudad y la satisfacción de las necesidades colectivas, y el auxilio operativo en el ejercicio de funciones tecnológicas o técnicas del Jefe de Gobierno, como lo señala el artículo 99 de la referida Ley. Que el artículo 101 del citado ordenamiento faculta al Jefe de Gobierno para aprobar la participación del gobierno de la entidad en empresas, sociedades y asociaciones civiles o mercantiles, ya sea para su creación, para aumentar su capital o patrimonio, y en su caso, adquirir todo o parte de éstos. Que para que el Distrito Federal alcance los objetivos y metas previstos en los programas y planes de gobierno, es necesario instrumentar los esquemas que le permitan alcanzar un desarrollo económico, urbano, vial y financiero que le permita a los habitantes de esta Ciudad contar con los satisfactores sociales, obras y servicios públicos adecuados. Que es de suma importancia crear nuevas herramientas para multiplicar el potencial financiero de la Ciudad y la atracción de inversiones, por lo que es necesario instrumentar mecanismos de colaboración, participación y coinversión con los sectores privado y social, con el fin de que en un marco de corresponsabilidad, gobierno y sociedad aporten recursos para el desarrollo integral de la Ciudad y la solución de sus problemas. Que es necesario aprovechar los esquemas previstos en la legislación vigente que permitan promover la colaboración, participación y coinversión de los sectores privado y social con el gobierno de la Ciudad para el desarrollo de proyectos de interés general, garantizando por una parte, la consecución de los fines sociales del gobierno, y por otro, la recuperación de la inversión privada y social que en su caso se capte, así como su justo y equitativo rendimiento. Que para avanzar en los proyectos relacionados con el desarrollo y modernización de la infraestructura vial, transporte público, desarrollo urbano y servicios públicos, es necesario conjuntar y potenciar los esfuerzos y recursos gubernamentales, así como los disponibles de la sociedad civil, mediante estrategias de coordinación orientadas a la mayor eficiencia y eficacia del sector. Que se considera necesario que a través de Calidad de Vida Progreso y Desarrollo para la Ciudad de México, S.A. de C.V., se responda en forma dinámica a las necesidades de la ejecución de las acciones dirigidas al desarrollo de satisfactores sociales, obras y servicios necesarios que incrementen la calidad de vida de los habitantes de la Ciudad de México, mediante esquemas de coinversión de los sectores privado y social con la Administración Pública del Distrito Federal, conjuntando el conocimiento científico y experiencia profesional de profesionales con reconocida trayectoria, por lo que es fundamental la participación armónica de asociaciones estratégicas, con la iniciativa privada, sector académico y la ciudadanía, para que emitan opiniones y propuestas que sirvan de apoyo a la entidad, y

6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21 de Mayo de 2013 Que los Estatutos Sociales de Calidad de Vida, Progreso y Desarrollo para la Ciudad de México, S.A. de C.V. facultan a este Consejo de Administración para autorizar la creación de un comité de apoyo para la Entidad, por lo que hemos tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL CONSEJO CONSULTIVO DE CALIDAD DE VIDA, PROGRESO Y DESARROLLO PARA LA CIUDAD DE MÉXICO, S.A. DE C.V. PRIMERO.Se crea el Consejo Consultivo de la Empresa de Participación Estatal Mayoritaria denominada Calidad de Vida, Progreso y Desarrollo para la Ciudad de México, S.A. de C.V. como una instancia de participación ciudadana, que tendrá por objeto emitir opiniones basadas en el análisis y revisión de los diferentes asuntos y proyectos que sean sometidos a su consideración, así como potenciar la visión gubernamental mediante su actuar. SEGUNDO. Para efectos del presente Acuerdo, se entiende por: I. Acuerdo: El presente Acuerdo por el que se crea el Consejo Consultivo. II. Consejo: El Consejo Consultivo de la Entidad. III. Consejo de Administración: El Consejo de Administración de la Entidad. IV. Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal: aquellas señaladas en los artículos 2 y 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. V. Ejes de Operación de la Entidad: Infraestructura Temática; Movilidad Inteligente; Tecnología para Desarrollo Sustentable; Industrias Creativas y Turismo; e Inversión Nacional y Extranjera. VI. Entidad: Calidad de Vida, Progreso y Desarrollo para la Ciudad de México, S.A. de C.V. TERCERO. Para cumplir con su objeto el Consejo tendrá las funciones siguientes: I. Emitir opiniones y formular propuestas sobre la aplicación, conducción, orientación, seguimiento y evaluación de los proyectos de la Entidad sometidos a su consideración. II. Impulsar la participación de la sociedad en la instrumentación de las asociaciones estratégicas de la Entidad, a través de iniciativas y propuestas ciudadanas. III. Proponer investigaciones, talleres, foros y seminarios, con el fin de impulsar los proyectos de la Entidad, en términos de sus estatutos. IV. Ser un mecanismo de coordinación interdisciplinaria e intersectorial para coadyuvar al cumplimiento del modelo de consolidación de la Entidad. V. Coordinarse con otros consejos consultivos u organismos del sector público, social y privado, nacional o extranjero en el marco del Programa General de Desarrollo de Distrito Federal, cuyo cometido esté relacionado con los objetivos de la Entidad a fin de coadyuvar en la consecución de sus fines. VI. Emitir, aprobar y modificar sus Lineamientos Operativos, en observancia a lo dispuesto en los estatutos sociales de la Entidad, la normatividad vigente y el presente Acuerdo. VII. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto. CUARTO.- La Entidad colaborará con el Consejo para el ejercicio de sus funciones, para lo cual podrá recibir la colaboración de otras dependencias o entidades de la Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal, de Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal, así como de organizaciones sociales, científicas y profesionales, de fundaciones y particulares. QUINTO.- El Consejo será presidido por el Presidente y estará integrado por: a) El Jefe de Gobierno del Distrito Federal, quien fungirá como Presidente del Consejo. b) El Titular de Calidad de Vida, Progreso y Desarrollo para la Ciudad de México, S.A. de C.V., quien fungirá como Secretario. c) Consejeros, quienes serán ciudadanos con reconocimiento en sus diversos ámbitos, podrán ser entre otros, miembros de la sociedad y/o representantes de organizaciones empresariales, civiles, gremiales, académicas, científicas, profesionales, de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal. d) El Consejo podrá contar con la asistencia de invitados.

21 de Mayo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 SEXTO.La participación de los Consejeros será con carácter honorario y no generaran derecho a retribución alguna, su designación será por acuerdo del Presidente del Consejo. SEPTIMO. La regulación del Consejo, se regirá en términos de sus Lineamientos Operativos. OCTAVO. Las opiniones y propuestas del Consejo sobre las acciones de la Entidad no serán vinculatorias. TRANSITORIOS PRIMERO.Publíquese en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal. SEGUNDO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal. TERCERO. El Consejo sesionará por primera vez dentro de los treinta días naturales siguientes a su integración total. CUARTO.- El Secretario del Consejo deberá elaborar y presentar en la primera sesión del Consejo los Lineamientos Operativos para su aprobación. Se expide en la Ciudad de México, Distrito Federal a los nueve días del mes de mayo de dos mil trece. - El Director General de Calidad de Vida, Progreso y Desarrollo para la Ciudad de México, S.A. de C.V., en cumplimiento con lo acordado por el Consejo de Administración de Calidad de Vida, Progreso y Desarrollo para la Ciudad de México, S.A. de C.V., en su Primera Sesión Ordinaria de fecha ocho de mayo de dos mil trece. Simón Levy Dabbah. Rúbrica

8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21 de Mayo de 2013 CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Secretaria de Seguridad Pública Aviso de Fallo de la Licitación LIC. JOSE BAJOS LINARES, Director General de Mantenimiento y Servicios en la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, en observancia con los artículos 44 fracciones VI y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, 44 fracción VIy VIII del Manual de Organización de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y de conformidad con el artículo 34 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, hace del conocimiento general la identidad del participante ganador, de la Licitación Pública Nacional publicada el 16 de abril del año en curso: Razón social del ganador Número y concepto de la licitación. San Francisco Tecnoeléctrica, S.A. de C.V. Licitación Pública Nacional LPN-01-2013 Objeto del contrato a suscribirse MEJORAMIENTO A LAS INSTALACIONES DE LA SUBCOMANDANCIA PLATEROS Monto del Contrato $2,998,239.29 I.V.A. incluido. Fecha de inicio y conclusión de la obra; 13/05/2013 al 09/09/2013 Lugar donde podrán consultarse las razones de asignación Dirección de Construcción y Mantenimiento y rechazo. Izazaga89, 3er. Piso Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06068. Atentamente Secretaría de Seguridad Pública (Firma) Lic. José Bajos Linares Director General de Mantenimiento y Servicios México, D.F. a 14 de mayo de 2013