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Transcripción:

DE LA ENTIDAD CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE Y FEDERACIÓN DE DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL DE CASTILLA-LA MANCHA (FECAM), PARA LA REALIZACIÓN LOS EVENTOS SIGUIENTES: 21º CAMPEONATO REGIONAL DE NATACIÓN, 8º CAMPEONATO REGIONAL DE PRUEBAS MOTRICES, 7º CAMPEONATO NACIONAL DE FÚTBOL 7 INCLUSIVO. En Albacete, a 23 de junio de 2017 REUNIDOS De una parte el ILMO. SR. D., Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Albacete, cuyas demás circunstancias personales no se reseñan al estar excluido de dicho requisito, en cuyo nombre y representación actúa. Y de otra, D., en calidad de Presidente de la FEDERACIÓN DE DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL DE CASTILLA- LA MANCHA (en adelante FECAM), con domicilio social en la calle Concepción, 13-5º, C.P.02002, con CIF Nº G45351236, en cuyo nombre y representación actúa. Se reconocen mutuamente los comparecientes, en la calidad en que lo hacen, capacidad legal suficiente para suscribir el presente convenio de colaboración, en cuya virtud, EXPONEN I.- Que los convenios entre las administraciones públicas y las entidades sin ánimo de lucro constituyen el instrumento adecuado para desarrollar su colaboración en cuestiones de interés común, tal y como establecen los arts. 47 y siguientes de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local; y 4.c) del R.D.L. 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. II.- Que la Ley del Deporte de Castilla - La Mancha, de 2 de marzo de 1.995, reconoce la importancia del deporte como fenómeno social, cultural y económico en auge y como herramienta educativa y elemento importante en el desarrollo armonioso de las personas, proclamando el deber de los poderes públicos de proteger y fomentar el derecho de todos a la práctica del deporte. III.- Que la Excma. Diputación Provincial de Albacete, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Deporte, entiende que para hacer realidad el deber de los poderes públicos de proteger y fomentar el derecho de todos los ciudadanos a la práctica del deporte es necesario hacer un esfuerzo importante para que el mismo llegue a todos los lugares de nuestra Provincia y para ello viene Puede verificar su autenticidad en la dirección https://eadmin.dipualba.es/csv/ Código seguro de verificación: P4DEQW-MNGVNR9W Pág. 1 de 7

DE LA ENTIDAD convocando y desarrollando programas deportivos orientados a la promoción del deporte base en la Provincia así como a la formación de técnicos que puedan desarrollar dichos programas, para lo cual considera necesaria la colaboración de las más importantes entidades deportivas de la Provincia a través de subvenciones y convenios con los mismos. IV.- Que FECAM es una entidad sin ánimo de lucro, cuyo objetivo pasa por la promoción y colaboración para el deporte de las personas con discapacidad intelectual de Castilla-La Mancha, destacando principalmente la organización de eventos deportivos y la participación en ellos de sus asociados y asociadas 1.- Que la citada Federación estaba interesada en que Albacete fuera la sede del 21º CAMPEONATO REGIONAL DE NATACIÓN, y así lo organizó pues era la única de estas caracteristicas que podía llevarlo a cabo celebrándolo en las fechas del 17 al 19 de febrero de 2017 2.- Que incorpora en su seno deportistas que pueden representar a la provincia y a la región en los otros dos eventos en los que figura como participante: el 8º CAMPEONATO REGIONAL DE PRUEBAS MOTRICES, celebrado el 20 de Mayo en Villarrobledo y EL 7º CAMPEONATO NACIONAL DE FÚTBOL 7 INCLUSIVO, a celebrar del 20 al 24 de septiembre de 2017 (lugar pendiente de definir a la fecha de este Convenio) 3.- Que para la organización, celebración y participación de los citados eventos, han contado con el apoyo logístico del Instituto Municipal de Deportes de Albacete así como de las respectivas instituciones organizadoras. V.- Que la Excma. Diputación Provincial de Albacete, conoce la actuación que el beneficiario ha venido desarrollando de acuerdo con las actividades descritas anteriormente. Con fundamento en cuanto queda expuesto, siendo patente la voluntad de colaboración de los comparecientes y estando fundamentada la actuación de la Excma. Diputación Provincial de Albacete en su competencia de promoción del deporte, ambas partes acuerdan la suscripción del presente convenio de colaboración de mutuo acuerdo y con arreglo a las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- El objeto del presente Convenio consiste en regular la cooperación entre la Excma Diputación Provincial de Albacete y FECAM, y específicamente, la concesión de una subvención nominativa para los gastos ocasionados por la celebración 21º Campeonato Regional de Natación, 8º Campeonato Regional de Pruebas Motrices y 7º Campeonato Nacional de Fútbol 7 inclusivo. La citada Federación colaborará con esta Institución de la siguiente manera: La FECAM adquiere el compromiso de llevar a cabo la celebración de los siguientes eventos ya sea como organizadora (en el primer evento) o como participante (segundo y tercer evento): 21º CAMPEONATO REGIONAL DE NATACIÓN 8º CAMPEONATO REGIONAL DE PRUEBAS MOTRICES 7º CAMPEONATO NACIONAL DE FÚTBOL 7 INCLUSIVO Puede verificar su autenticidad en la dirección https://eadmin.dipualba.es/csv/ Código seguro de verificación: P4DEQW-MNGVNR9W Pág. 2 de 7

DE LA ENTIDAD SEGUNDA.- La Excma. Diputación Provincial de Albacete, en el marco y para los fines deportivos descritos en el presente documento, aportará a FECAM la cantidad de VEINTICINCO MIL EUROS (25.000,00 ), y ello con cargo a la partida presupuestaria 830.341.480.30 CONVENIO FECAM, del vigente presupuesto. Código TESEO Nº 710975. TERCERA.- El abono de la aportación a realizar por la Excma. Diputación Provincial Albacete se realizará de la siguiente forma: Una vez aprobado y firmado el convenio, el órgano gestor comunicará al interesado la contraseña de concesión de la subvención, y el beneficiario (a través de la Sede Electrónica de web de Diputación www.dipualba.es Subvenciones y Ayudas en su Fase de Justificación) deberá presentar una justificación inicial y posteriormente el resto de la justificación por la totalidad de la cantidad concedida, mediante la cumplimentación del formulario justificación cuenta justificativa, a la que se acompañará los justificantes originales, de las facturas o documentos sustitutivos, así como la documentación acreditativa del pago de los mismos: ordenes de transferencias, adeudos de las mismas, extractos bancarios, talones nominativos, pagos en efectivo por bancos, etc.), todo ello en formato PDF, que han de subir en la Plataforma de Subvenciones en su fase de justificación. CUARTA.- FORMA DE PAGO: Servirán como justificación, todos los originales de las facturas o documentos sustitutivos de los gastos corrientes como consecuencia de las actividades contempladas en el presente Convenio, y los documentación acreditativa del pago, por importe como mínimo de la ayuda económica a recibir. La Excma. Diputación Provincial de Albacete una vez aprobado y firmado el Convenio así como presentada la justificación correspondiente, conforme a las indicaciones recogidas en la cláusula 3ª de este convenio, se procederá al abono del importe de la subvención en dos fases, según a continuación se indica: 1. Procedimiento de justificación para abono inicial: Un primer abono de hasta un máximo del 50%, del importe concedido, una vez firmado el presente convenio. Previamente al pago inicial deberá haber sido presentada y fiscalizada de conformidad la justificación de la subvención recibida en el correspondiente convenio del ejercicio anterior (si lo hubiere). La Sección de Juventud y Deportes registrará la justificación, aceptará la misma una vez comprobados los justificantes, y elaborará la correspondiente propuesta de fiscalización, para el abono de la subvención. 2. Procedimiento de justificación para abono final: EL PORCENTAJE RESTANTE, una vez se haya justificado el gasto y pago de la totalidad de la subvención, en la forma indicada en el apartado superior abono Puede verificar su autenticidad en la dirección https://eadmin.dipualba.es/csv/ Código seguro de verificación: P4DEQW-MNGVNR9W Pág. 3 de 7

DE LA ENTIDAD inicial y conforme al procedimiento indicado en la clausula tercera del presente documento y como máximo hasta el 30 de Octubre de 2017. Una vez celebrados todos los eventos el beneficiario deberá presentar una justificación final, mediante la cumplimentación del formulario de justificación detallando todos los gastos que justifiquen la aportación final al que adjuntará los correspondientes justificantes de gasto y de pago, así como los siguientes documentos, todo ello en formato PDF, anteriormente indicado: Memoria económica (liquidación) de la totalidad de gastos e ingresos de los Campeonatos. Memoria de las actividades de los Campeonatos. Memoria de la publicidad expresamente en la que aparezca la colaboración de la Diputación. La Sección de Juventud y Deportes registrará la justificación, aceptará la misma una vez comprobados los justificantes, y elaborará la correspondiente propuesta de fiscalización, para el abono de la subvención. La justificación y el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones del Convenio deberá ser informada favorablemente por un Monitor-Coordinador de Juventud y Deportes o Técnico Auxiliar de Promoción Sociocultural, con el visto bueno del Técnico Coordinador de la Sección de Juventud y Deportes. QUINTA.- El centro gestor registrará la justificación, aceptará la misma una vez comprobados los justificantes y elaborará Informe propuesta de justificación del pago. Dicha propuesta con la documentación correspondiente se remitirá a Intervención para su fiscalización. Si constara la fiscalización favorable procederá la aprobación de la misma y el reconocimiento de la obligación mediante resolución del órgano competente. SEXTA.- Documentos justificativos: Los documentos justificativos de gastos estarán constituidos por nóminas, documentos de ingreso de cuotas de Seguridad Social, facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente y ajustado a la legislación fiscal. La forma de acreditación del pago del gasto subvencionado se expresará en la factura o en documento equivalente y se justificará de la manera que a continuación se indica: - Facturas y forma de pago del gasto realizado. La forma de acreditación del pago del gasto subvencionado se expresará en la factura o en documento equivalente y se justificará de la manera que a continuación se indica: a) Pago en efectivo: Sólo se admite el pago en efectivo para aquellas facturas de importe inferior a mil euros Puede verificar su autenticidad en la dirección https://eadmin.dipualba.es/csv/ Código seguro de verificación: P4DEQW-MNGVNR9W Pág. 4 de 7

DE LA ENTIDAD (1.000,00 euros). Si el pago fuese en efectivo, éste se acredita mediante recibí firmado sobre la factura, con indicación del nombre y apellidos de quien recibe los fondos y su DNI. b) Pago bancario: - Por cheque nominativo (nunca al portador), se incorporará la fotocopia del cheque nominativo, así como el cargo bancario para su cotejo. - Por transferencia, se incorporará el justificante de la transferencia (deberá constar preferentemente el número de factura pagada o concepto que identifique la misma) así como el cargo bancario para su cotejo. - Por domiciliación bancaria, se incorporará justificante de la misma, así como el cargo bancario para su cotejo. c) Pago mediante tarjeta de crédito: el titular de la tarjeta de crédito corresponderá a la entidad subvencionada o estará autorizado por ésta. Se acreditará mediante justificante de pago con tarjeta y cargo bancario de la misma. - Otros documentos justificativos de gastos estarán constituidos por nóminas, documentos de ingreso de cuotas de Seguridad Social (RLC -recibo de liquidación de cotizaciones- y RNT - relación nominal de trabajadores-), facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente y ajustados a la legislación fiscal. En el caso de imputarse en las nóminas el total devengado, se deberán justificar las retenciones practicadas por IRPF mediante los modelos 111, los resúmenes anuales mediante el modelo 190 y los correspondientes documentos de ingreso de cuotas de Seguridad Social No se aceptarán justificantes de gastos de material inventariable. SÉPTIMA.- FECAM como beneficiaria de la subvención, deberá conservar durante cuatro años, los originales de los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos en virtud de este convenio, incluidos los documentos electrónicos. Dichos documentos pueden ser objeto de las actuaciones de comprobación y control por parte de la Diputación Provincial de Albacete. OCTAVA.- FECAM a los efectos previstos en la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre, declara reunir los requisitos exigidos en el artº. 13 de la misma Ley General de Subvenciones, y en particular lo relativo a hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y en definitiva estar al corriente en el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en general. La entidad firmante autoriza a la Diputación Provincial de Albacete para la obtención de los certificados correspondientes que acrediten el citado extremo. NOVENA.- FECAM quedará obligada a la realización y/o participación en los eventos consignados, y reflejar expresamente la colaboración económica de la Excma. Diputación Provincial de Albacete, incorporando en lugar visible el logotipo de la misma, en todos los espacios publicitarios que se generen desde la entidad, publicidad estática en pancartas y soportes publicitarios, revistas, carteles, folletos, así como en aquellos soportes digitales oficiales (página web, ). DÉCIMA.- Para la aclaración de cualquier duda que surja sobre el desarrollo del presente Puede verificar su autenticidad en la dirección https://eadmin.dipualba.es/csv/ Código seguro de verificación: P4DEQW-MNGVNR9W Pág. 5 de 7

DE LA ENTIDAD convenio se constituye una comisión paritaria de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del mismo y de los compromisos asumidos por los firmantes, integrada, en representación de la Institución Provincial, por el/la Diputado/a responsable de la Sección de Juventud y Deportes y por el Técnico Coordinador de la misma, y en representación del beneficiario, por el Presidente de dicha entidad, y el Director Técnico de FECAM DÉCIMO PRIMERA.- En cuanto a posibles infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones en que pudiera incurrir el beneficiario, se estará a lo dispuesto en el Título IV de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. El reintegro de la subvención, caso de que concurran los supuestos contemplados en el artº. 37 de la Ley General Subvenciones, se realizará conforme al procedimiento establecido en el Capítulo II del Título II de la misma y en los preceptos de su Reglamento que la desarrollan. Para valorar la posible indemnización por el incumplimiento de cualquiera de las partes, en su caso, se tendrán en cuenta, entre otros, los criterios indemnizatorios siguientes: quebranto económico padecido, pérdida de otras subvenciones, encarecimiento de costes, etc. Corresponderá a la comisión mixta de seguimiento, vigilancia y control la determinación de la posible indemnización. DÉCIMO SEGUNDA.- Ambas partes pueden solicitar por escrito la modificación del convenio. Si lo hiciera el beneficiario, el servicio tramitador -de Diputación- del convenio podrá proponer la modificación del mismo que, previa fiscalización de Intervención, será resuelta por el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Albacete, o por el Pleno, dependiendo del órgano que aprobara la suscripción del mismo. DÉCIMO TERCERA.- La subvención concedida en este convenio es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. La suma de todas las ayudas recibidas no podrá ser superior a los gastos de la actividad subvencionada. Asimismo, en caso de obtener alguna subvención, además de la recogida en este Convenio, el beneficiario deberá ponerlo en conocimiento de la Excma. Diputación Provincial de Albacete, facilitando cuanta información le sea requerida por ésta, sobre el empleo de la misma. DÉCIMO CUARTA.- DURACIÓN DEL CONVENIO.- El presente convenio de colaboración pretende sufragar, con carácter exclusivo, los gastos ocasionados con motivo de la celebración de los eventos citados en la clausula primera del presente convenio, y llevados a cabo durante el presente año. DÉCIMO QUINTA.- Serán causa de resolución del presente convenio: el mutuo acuerdo entre las partes; la denuncia de éste por cualquiera de las partes, manifestada por escrito, con un mínimo de dos meses de antelación; no dar a la aportación el destino fijado; la imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin para el que fue suscrito y en general, el incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes. DÉCIMO SEXTA.- En lo no previsto en el presente convenio se estará a lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Albacete, en la Ley General de Subvenciones y en el R.D 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Y en prueba de conformidad, se suscribe el presente convenio de colaboración por duplicado Puede verificar su autenticidad en la dirección https://eadmin.dipualba.es/csv/ Código seguro de verificación: P4DEQW-MNGVNR9W Pág. 6 de 7

DE LA ENTIDAD y a un solo efecto en el lugar y fecha al principio expresados. POR LA EXCMA. DIPUTACIÓN, FEDERACIÓN DE DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL (FECAM), Fdo.: Santiago Cabañero Masip Fdo.: Eloy Molina Guerrero Puede verificar su autenticidad en la dirección https://eadmin.dipualba.es/csv/ Código seguro de verificación: P4DEQW-MNGVNR9W Pág. 7 de 7