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r Con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 4, 34, 35, 43, 44 y 47 de los Estatutos del Partido Revolucionario Institucional; además de los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 14, 24, 25, 31, 34, 35, 48 bis, 57, 58, 59, 63, 66, 67, 70 fracción I, 71, 72, 73, 84 fracción I y demás relativos y aplicables de los Estatutos del Frente Juvenil Revolucionario, el Comité Directivo Estatal de la Organización expide la siguiente: CONVOCATORIA Para celebrar LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE (A) Y SECRETARIO (A) GENERAL DEL COMITÉ MUNICIPAL DEL DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE JALPAN DE SERRA, ESTADO DE QUERÉTARO, PARA EL PERIODO ESTATUTARIO 2013-2017, al tenor de los siguientes: CONSIDERANDOS 1. Que el Frente Juvenil Revolucionario es la organización de carácter nacional por medio de la cual los jóvenes se incorporan a la acción política del Partido Revolucionario Institucional y cuya acción y desarrollo se rige por sus Documentos Básicos, teniendo plena autonomía para decidir libre y democráticamente la integración de sus órganos directivos y su funcionamiento interno. 2. Que el Frente Juvenil Revolucionario constituye la instancia de apoyo al desarrollo integral de los jóvenes, y que es el espacio de formación y capacitación política de la juventud que comparte los principios revolucionarios, el amor y el respeto a los símbolos patrios y la vocación democrática como pilares fundamentales para el desarrollo de México. 3. Que el Frente Juvenil Revolucionario es una organización de carácter nacional que ideológicamente se identifica con la corriente socialdemócrata, en los términos propuestos y adoptados por el Partido Revolucionario Institucional. 4. Que el Frente Juvenil Revolucionario se integra por: las estructuras del Frente Juvenil Revolucionario en las entidades federativas y en los municipios; las organizaciones juveniles sectoriales y organizaciones juveniles adherentes al Frente Juvenil Revolucionario; las organizaciones juveniles de obreros, campesinos, profesionistas, estudiantes, deportistas y los Jóvenes en general considerados individualmente o agrupados en organizaciones, movimientos y corrientes internas de opinión que se identifiquen con los principios y acciones del Frente Juvenil Revolucionario. 5. Que las Dirigencias de los Comités Municipales del Frente Juvenil Revolucionario, en términos del artículo 72 de los Estatutos de la Organización, durarán en sus funciones cuatro años, sin posibilidad de ser reelectos en ningún caso. 6. Que la Dirigencia del Frente Juvenil Revolucionario en el municipio de Jalpan de Serra, del estado de Querétaro, ha concluido con el periodo estatutario para la que fue designada. 7. Que con fecha 14 de octubre de 2013, el Comité Directivo Estatal del Frente Juvenil Revolucionario, en sesión extraordinaria y en observancia a la facultad que le otorga la fracción I del artículo 70 estatutario, definió como procedimiento de elección, para renovar la Dirigencia del Comité Municipal de nuestra Organización en el municipio de Jalpan de Serra, del estado de Querétaro, el correspondiente a ELECCIÓN DIRECTA. 8. Que la unidad del Frente Juvenil Revolucionario y del Partido Revolucionario Institucional, se garantiza con el establecimiento de reglas claras que generen equidad para la competencia política al interior de nuestra Organización. 9. Que por lo tanto y en observancia a lo señalado por el artículo 71 de nuestros Estatutos del Frente Juvenil Revolucionario, el Comité Directivo Estatal del Frente Juvenil Revolucionario: 1

RO r gil CONVOCA A los jóvenes de hasta 30 años, militantes del Frente Juvenil Revolucionario que deseen participar, en Fórmula, en el proceso de elección del Presidente (a) y Secretario (a) General del Comité Municipal del Frente Juvenil Revolucionario del Partido Revolucionario Institucional en el municipio de Jalpan de Serra, del estado de Querétaro, para el periodo Estatutario 2013-2017, conforme a las siguientes: BASES CAPÍTULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES. PRIMERA: La preparación y celebración de la elección del Presidente (a) y Secretario (a) General del Comité Municipal del Frente Juvenil Revolucionario del Partido Revolucionario Institucional en el municipio de Jalpan de Serra, del estado de Querétaro, para el periodo Estatutario 2013-2017 se regirá por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Querétaro, los Estatutos del Partido Revolucionario Institucional, los Estatutos del Frente Juvenil Revolucionario, así como la presente Convocatoria, y los acuerdos emitidos en el marco de sus facultades por el Comité Directivo Estatal, la Comisión Estatal de Procesos Internos y la Comisión Estatal de Justicia. SEGUNDA: Podrán participar en los trabajos de la elección, los simpatizantes, miembros, militantes, cuadros y dirigentes de nuestra Organización residentes en el municipio de Jalpan de Serra, del Estado de Querétaro. CAPÍTULO SEGUNDO: DE LOS ÓRGANOS ENCARGADOS DE LA PREPARACIÓN Y DESARROLLO DEL PROCESO ELECTIVO. TERCERA: El órgano encargado de preparar, conducir, organizar, realizar y celebrar los actos inherentes a la elección del Presidente (a) y Secretario (a) General del Comité Municipal del Frente Juvenil Revolucionario del Partido Revolucionario Institucional en el municipio de Jalpan de Serra, del estado de Querétaro, lo será la Comisión Estatal de Procesos Internos, con sede del Comité Directivo Estatal del Frente Juvenil Revolucionario, ubicado en Fray Sebastián de Gallegos No. 121, El Pueblito, Corregidora, Querétaro, en días naturales hasta el término del proceso en un horario de las 10:00 a las 18:00 horas. CUARTA: El Comité Municipal del Frente Juvenil Revolucionario brindará los apoyos y facilidades necesarios para llevar a cabo las acciones previstas en esta Convocatoria. QUINTA: La Secretaría de Organización del Comité Directivo Estatal del Frente Juvenil Revolucionario, entregará el 4 de noviembre del 2013, a la Comisión Estatal de Procesos Internos, el nombre y origen de todos y cada uno de los integrantes del Consejo Municipal, conforme a lo estipulado en el artículo 21 fracción III de los Estatutos de la Organización. CAPÍTULO TERCERO: DE LAS ETAPAS DE LA ELECCIÓN SEXTA: El proceso interno para la elección del Presidente (a) y Secretario (a) General del Comité Municipal del Frente Juvenil Revolucionario del Partido Revolucionario Institucional en el municipio de Jalpan de Serra, del estado de Querétaro, inicia con la expedición de la presente Convocatoria y concluye con la declaración de validez y entrega de la Constancia de Mayoría a la fórmula electa. SÉPTIMA: El día 10 de noviembre de 2013, en el horario comprendido de las 10:00 a las 11:30 horas, en las oficinas de la sede de la región ubicadas en el Comité Municipal del Frente Juvenil Revolucionario y del Partido Revolucionario Institucional, del municipio de Jalpan de Serra, estado de Querétaro, ubicadas en el Salto número 5, Colonia Centro, Jalpan de Serra, Querétaro, los aspirantes a Presidente (a) y Secretario (o) General del Comité Municipal del Frente Juvenil Revolucionario, presentarán la fórmula 2

R correspondiente ante la Comisión Estatal de Procesos Internos, solicitud en la que manifiesten su deseo de participar como candidatos, para lo cual deberán acreditar los requisitos establecidos en el artículo 66 de los Estatutos de nuestra Organización: I. Ser de nacionalidad mexicana por nacimiento y tener hasta 30 años de edad al día de la elección; II. Ser cuadro de la Organización, de convicción revolucionaria, de comprobada lealtad y arraigo entre los miembros de la misma; III. Tener amplios conocimientos de los postulados de la Organización y reconocido liderazgo; IV. Acreditar carrera de Partido y militancia en la Organización de un año; V. Estar inscrito en el Registro del Frente Juvenil Revolucionario y al corriente en el pago de sus cuotas al Partido Revolucionario Institucional y a la Organización, lo que se acreditará con los documentos expedidos por las áreas correspondientes; VI. Presentar un programa de trabajo; VII. Haber acreditado los cursos de capacitación y formación política; y, VIII. Contar indistintamente con alguno de los siguientes apoyos: 35 por ciento de la estructura territorial; 35 por ciento de las Dirigencias Municipales de las Organizaciones Juveniles Sectoriales y Adherentes con Registro Estatal o 35 por ciento de los Consejeros Municipales. Los apoyos referidos en la fracción VIII, no podrán otorgarse a más de una fórmula de aspirantes y deberán ser presentados únicamente en el formato que expida la Comisión Estatal de Procesos Internos. La fórmula que se pretenda registrar, en todo momento deberá observar la paridad de género, por lo tanto, en ningún momento podrá estar integrada por militantes del mismo sexo. OCTAVA: Una vez concluido el periodo de registro de fórmulas de aspirantes a ser candidatos a Presidente (a) y Secretario (a) General del Comité Municipal del Frente Juvenil Revolucionario, la Comisión Estatal de Procesos Internos dentro de las próximas 24 horas emitirá el dictamen correspondiente, sobre la procedencia de las solicitudes presentadas. La notificación se realizará a los interesados por Estrados. Cada una de las fórmulas con Dictamen de Procedencia será ordenada alfabéticamente, asignando la letra conforme lo horarios de entrega de los expedientes. Los aspirantes que obtengan el dictamen de procedencia, podrán acreditar un representante ante la Comisión Estatal de Procesos Internos, quien tendrá derecho a voz pero no de voto. NOVENA: Para el caso de que la Comisión Estatal de Procesos Internos, el día del registro de fórmulas, reciba sólo una solicitud de registro o habiendo recibido varias solicitudes, emita un sólo dictamen de procedencia de registro, deberá declarar la Validez del Proceso y entregar la Constancia de Mayoría respectiva, informando al Comité Directivo Estatal del Frente Juvenil Revolucionario para los efectos de la toma de protesta estatutaria. De igual manera procederá cuando en el desarrollo del proceso electivo quede vigente sólo una fórmula. DÉCIMA: Durante el periodo comprendido entre los días 11 y 16 de noviembre de 2013, las fórmulas que hayan obtenido su registro como candidatos a Presidente (a) y Secretario (a) General del Comité Municipal del Frente Juvenil Revolucionario, podrán 3

QR0 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL llevar a cabo reuniones con los militantes y simpatizantes de nuestra Organización a efecto de dar a conocer sus propuestas de trabajo. Los Dirigentes Municipales del Frente Juvenil Revolucionario, así como los dirigentes de las Organizaciones Juveniles Sectoriales y Adherentes, a petición por escrito de los candidatos, podrán celebrar reuniones con sus afiliados convocándose también a los Consejeros Estatales residentes en el municipios. Los Dirigentes Municipales en todo momento deberán respetar el principio de equidad en la contienda. CAPÍTULO CUARTO: DE LA DOCUMENTACIÓN Y MATERIAL ELECTORAL. DÉCIMA PRIMERA: La Comisión Estatal de Procesos Internos, acordará las características de las boletas electorales, urnas, mamparas, actas y demás documentación electoral que se requiera para el desarrollo del proceso. DÉCIMA SEGUNDA: El número de boletas electorales en el municipio, será definido de acuerdo a la participación electoral de los jóvenes en el proceso de elección del Comité Directivo Estatal del Frente Juvenil Revolucionario para el periodo Estatutario 2013-2017. El acuerdo correspondiente será emitido por la Comisión Estatal de Procesos Internos, a más tardar el 11 de noviembre de 2013. CAPÍTULO QUINTO: DE LA IDENTIFICACIÓN OFICIAL CON FOTOGRAFÍA VIGENTE DÉCIMA TERCERA: La Identificación Oficial con Fotografía vigente, podrá ser alguna de las siguientes: 1. Credencial de Elector vigente. 2. Pasaporte vigente. 3. Cartilla del Servicio Militar Nacional. 4. Cartilla Nacional de Salud. 5. Cédula Profesional. 6. Licencia de Manejo vigente. 7. Credencial de Estudiante vigente. CAPÍTULO SEXTO: DE LA JORNADA ELECTORAL DÉCIMA CUARTA: La jornada electiva se realizará el día 17 de noviembre de 2013 en la sede del Comité Municipal del Frente Juvenil Revolucionario, que lo es la del Partido Revolucionario Institucional en el municipio de Jalpan de Serra, en un horario de 10:00 a 14:00 horas. Es necesario que durante la jornada electiva se atiendan los siguientes aspectos: a) La Comisión Estatal de Procesos Internos será responsable del desarrollo de la jornada electiva. b) Podrán votar los jóvenes militantes y simpatizantes que se presenten ese día ante la Mesa Directiva de Casilla correspondiente, con una Identificación Oficial con Fotografía Vigente. c) No existirán Casillas Extraordinarias para Electores que se encuentren en tránsito fuera de su Municipio. 4

R hits d) Cada uno de los electores asistentes recibirán su boleta, se dirigirán a la mampara, votarán por la fórmula de su preferencia y depositarán su voto en la urna que se instale a la vista de los representantes de cada una de las fórmulas. e) Al término de la votación, la Mesa Directiva de Casilla realizará el escrutinio y cómputo público respectivo. f) Una vez concluido el escrutinio y cómputo que realice la Mesa Directiva de Casilla, se elaborará el paquete electoral correspondiente, dejando por fuera el original del acta de escrutinio y cómputo, los cuales deberán ser resguardados por la Comisión Estatal de Procesos Internos. g) Cada representante de fórmula recibirá una copia del acta de escrutinio y cómputo. h) Consumado el cómputo Municipal, se declarará valida la elección y se procederá a la entrega de la Constancia de Mayoría a la fórmula que haya obtenido el triunfo. CAPÍTULO SÉPTIMO. DE LAS CONTROVERSIAS Y CASOS NO PREVISTOS. DECIMA QUINTA: Los medios de impugnación durante el proceso de elección del Presidente (a) y Secretario (o) General del Comité Municipal del Frente Juvenil Revolucionario, serán los previstos en el Reglamento de Medios de Impugnación del Frente Juvenil Revolucionario. DECIMA SEXTA: Para los casos no previstos sobre los aspectos generales en la presente Convocatoria, se estará a lo dispuesto en las normas estatutarias que sean aplicables, así como a los acuerdos emitidos en el ámbito de su competencia por el Comité Directivo Estatal y la Comisión Estatal de Procesos Internos. TRANSITORIOS PRIMERO.- Esta Convocatoria entrará en vigor el día de su expedición y se dará la mayor difusión y cobertura posible. Se colocará en Estrados del Comité Directivo Estatal del Frente Juvenil Revolucionario y en el Comité Municipal del Partido Revolucionario Institucional del municipio de Jalpan de Serra, del Estado de Querétaro. Además estará disponible en la página de Internet oficial del Partido Revolucionario Institucional en la entidad: www.priqueretaro.org.mx SEGUNDO.- La Comisión Estatal de Procesos Internos podrá modificar las fechas, plazos y sedes previstos en la presente Convocatoria, sin menoscabo de los Estatutos del Frente Juvenil Revolucionario, debiendo informar tal circunstancia a la militancia y a los interesados. TERCERO.- Entratándose de la fracción VIII de la Base séptima de la presente convocatoria, en el supuesto de que las Organizaciones Juveniles Sectoriales y/o Adherentes y/o el Consejo Municipal y/o la estructura territorial no estuvieren acreditados ante el Comité Directivo Estatal del Frente Juvenil Revolucionario, se tendrá por omitido dicho requisito. Dada en Corregidora, Querétaro, el día 1 de Noviembre de 2013. Atentamente En Defensa de la Nación. Paul Ospital Carrera Presidente 5