CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA /\SOCIACION DEL PERSONAL PROFESIONAL JUDICIAL Y LA FUNDACIÓN GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA

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Transcripción:

1\.~0CI,\CJO~ 'Ot:L t mt..~onal l'ltlli'c!h10frlr0at.}u\)ic1,u. CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA /\SOCIACION DEL PERSONAL PROFESIONAL JUDICIAL Y LA FUNDACIÓN GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA Salamanca (España), a2z ded e 2017 REUNIDOS: De una parte, D. ROGEH DANIEL GALES, DNl 24.994.193, actuando como Secretario General de la Asociación del Personal Profesional Judicial y representante de la misma, en virtud del articulo 38 inc. A del Estatuto de AP.P.J. --------- ------ ------- -------- - --------- De otra parte, D. ÓSCAR GONZÁLEZ 13ENITO, en su calidad de Director-Gerente de. la Fundación General de la Universidad de Salamanca, con D.N.I. n.!! 07.871.935-R y con poderes suficientes para la celebración de este acto en virtud del acuerdo adoptado en la Junta Ordinaria del Patronato de la Fundación General de la Universidad de Salamanca celebrado el 17 de diciembre de 2013, poderes que no le han sido derogados ni modificad os. ------------------------ ------- --- ---- -. ------- ------ ------------------------------- Ambas partes se reconocen mutuamente plen capacidad para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto, ----------------------------------------- ----------------------------------------- EXPONEN: Que La Fundación General de la Universidad de Salamanca (en lo sucesivo, FG/USAL) es una institución sin ánimo de lucro que tiene como objetivo primordial cooperar al cumplimiento de los fines de la Universidad de Salamanca, previstos en el artículo segundo de sus Estatutos (Acuerdo 19/2003 de la Junta de Castilla y León, publicados en JJOCYJ. n.l! 22, de 3 de febrero de 2003, modíficados por Acuerdo 38/2011 de la )unta de Castilla y León, BOCYL n." 90, de 11 de n1ayo). --------------------------- - -------- -------------------------- Que la Asociación del Personal Profesional Judicial es un sindicato que dentro de sus funciones principales posee la de realizar actividades culturales, sociales, incentivar la educación, crear espacios de estudio y capacitación para todos los trabajadores del sector- Que la FG/USAL, en desarrollo de sus competencias, participa de los mismos objetivos que persigue la A.P.P.J., en especial el fomento de actividades académicas, formativas y educativas, que redunden en beneficio de la sociedad.---------------------------------------------- Que ambas Instituciones están interesadas en establecer una mutua colaboración mediante el inicio de acciones comunes en materia formativa y educativa, a cuyo fin vienen a suscribir el presente Convenio de Colaboración de conformidad a las siguientes- - Págma 1 de 6

~ ~~~~M~ 31J~l&i!h"':~ ~ A.o;(ICIACIÓN PI!L Pl!ltJON.U. l'rorp.sion.u.judici.u. CLÁUSULAS PRIMERA.- Del objeto del Convenio. ------------------------------------------------------------ Mediante el presente Convenio se pretende establecer una relación de colaboración entre la fg/usi\1. y la 1\PPJ para el desélrrollo de la actividad periódica "Cursos de Especiali?.ación en Derecho" (en lo sucesivo, CED) que sea beneficioso para ambas Partes. SEGUNDA.- De los CED y de los beneficiarios del Convenio. ------------------------ ---------- Mediante esta actividad, la fg/usi\1. ofrecer formación continuada de alto nivel en condiciones especialmente ventajosas a los titulados superiores en ciencias juddicas u otras disciplinéis afines vinculados a APPJ, procurando su perfeccionamiento profesional. Los CED se Imparten en dos ediciones anuales, ofreciendo en cada una de ellas una colección de programas académicos relacionados con las diferentes ramas del ordenamiento jurfdico y que, actualizados, se pueden consultar en la web http:/ jfundacion.usal.csfced. Cada programa se compone de 120 horas nominales, de las cuales 60 tienen carácter presencial y se cursan en Salamanca, correspondiendo las 60 horas restantes a la realización y superación de un trabajo de investigación relacionado con alguna de las materias desarrolladas en la parte presencial. TERCERA.- De los compromisos de las Partes. -------------------------------------------------- La FG/USI\1. se compromete ante APPJ a realizar las siguientes acciones: a) facilitar información de ct~da nueva edición de los Cursos de Especialización en Derecho con carácter prioritario, facilitando tanto las direcciones URL que sean precisas para acceder a ella como el material de difusión en papel que edite la FG/USI\L (carteles, dfplicos, etc.). b) Garantizar un descuento variable en el precio de la inscripción en los Cursos de Especialización en Derecho a los grupos de personas adscritas yfo dependientes de 1\PPJ, que se practicará del siguiente modo: Grupo de tres (3) o más personas: 15 por 100. Página 2 de6

~O<.IM.II)N lll.l. l'r.iis<)...,\1 \ 1 HCU'I ::JlUNAt: JUniCU.L Grupo de cinco (5) o más personas: 20 por 100. e) Incorporar el lago o signos distintivos de APPJ bajo el concepto de "institución colaboradora", en condiciones de igualdad con otras entidades con las que la FG/USAL llegue a acuerdos similares al documentado en el presente Convenio. La APPJ se compromete ante la FG/USAL a realizar las siguientes <Jccioncs: a) Respecto del proceso de inscripción de los beneliciarios de los descuentos <trriba indicados, eljla Coordin<tdorfa indic:1do en la Cláusula Cuarta del presente Convenio gestionará on-/ine ante la FG/USAL los trámites que sean precisos aportando, de una sola vez, la documcnt<jción que sea exigible con carácter gencr<ji, a través del procedimiento habilit<jdo por la FG/USAL. A tal erecto, una de l<ts c<trtas de recomendación de cada uno de los beneficiarios deberá proceder del responsable del departamento o servicio <~l que pertenezca en APPJ (firmada por el Secretario General o Secret<Jrio General Adjunto). b) El pago correspondiente a la malrícula de los beneficiarios quedará a c<jrgo de los funcion<trios afiliados de APPJ que deseen participar de Jos cursos. l.a APPJ enviará a través de su Coordinador la lista final de p<~rticip<mtes. Los pagos correspondientes serán tramitados directamente por los funcionarios participantes con la Fundación, conforme a las modalidades acept<jdas por la última. e) Ofrecerá difusión de los Cursos de Especialización en Derecho a través de los medios corporativos que a tal erecto disponga, con inclusión de la convocatori<j general en las redes sociales de Internet en que participe. tomando como referencia ) información gcncríll que ofrezca la FG/USJ\L. J\1 comienzo de cada convocatoria, J\PPJ informará a la FG/USAL de l<~s acciones emprendidas en tal sentido. CUARTA.- Coordinación y notificaciones. ------ ----------------------------- ------ -- - - La dependencia responsable dentro de J\PPJ de velar del buen fin del presente Convenio es la la Secretaria de Organización, quedando su ejecución inicialmente encomendada a D. Gabriel Franco, que actuará como Coordinador. L<Js notificaciones y comunicaciones deberán dirigirse a dicho Coordin<Jdor a las siguientes dirección postal, fax o correo electrónico: de la localidad y Partido de General S<tn Martín, Provincia de Uucnos Aires, Argentina, Código Postal1650. Págw a 3 de 6

A~OCII\CI<'IN DI!L Pllii.SONAI. I'A<'ll'lliiONI\LJUDICII\L ASOCIACION DEl. PERSONAL PROFESIONAL JUDICIAL (APPJ) Av. Ricardo Balbfn 1753, Planta Baja Localidad de General San Martfn Código Postal 1650 Provincia de Buenos Aires, Argentina Teléfono: 011-4724-5981/4724-6110 Mail: afjudiciales@yahoo.com. La dependencia responsable dentro de la f'g/usai. de coordinar las actividades de la FG/USAJ. según este Convenio es su Departamento de Formación y Congresos. quedando a cargo del Sr. D. Óscar Gon7.álcz Benito, Director Gerente de la FG/USAL. Las notificaciones y comunicaciones deberán dirigirse a la siguiente dirección. telófono, fax y correo electrónico: Fundación General de la Universidad de Salamanca Departamento de Formación y Congresos Hospedería de Fonseca Calle Fonscca, 2 37002 Salamanca (España) Teléfono: (+34) 923 294 679 Fax: (+34) 923 294 702 Correo electrónico: fundacion.postgrado@usal.es Todas las comunicaciones y notificaciones que deriven de este Convenio sólo tendrán validc7. cuando sean remitidas por correo postal, vía fax o por correo electrónico y estén dirigidas a los Coordinadores respectivos en las direcciones indicadas en los Página 4 de 6

,\SOCI ~CIOS DEL Plii<S<>,..AI. I'ROI'llSIO:<"Al.JlllliC IAI párrafos anteriores. Cualquiera de las Partes podrá cambiar la dependencia responsable, el/la Coordinador/a designado/a. la dirección, teléfono, fax o correo electrónico indicados, notificándolo así a la otra Parte por escrito. QUINTA.- Disposición financiera. - - - - - - - Sin perjuicio de lo que las Partes dispongan en los acuerdos suplementarios suscritos en virtud de este Convenio, este Convenio por si solo no implica obligaciones de carácter financiero para las Partes. SEXTA.- De la colaboración entre los firmantes.--------- - - - --- Las Partes firmantes del presente Convenio colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de buena fe y eficiencia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado. SÉPTIMA.- Protección de datos de carácter personal. - --- - -- - - --- Las partes se comprometen a tratar los datos de carácter personal exclusivamente de acuerdo con las finalidades previstas en el presente Convenio y dentro de sus límites, de conformidad en todo momento con las disposiciones legales vigentes sobre la materia y, en especial, con lo establecido en la Ley Orgoínica 15/1999, del 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y su normativa de desarrollo. OCTAVA.- Uso de signos distintivos.-~-.. ---- ---------------- - El uso del logotipo, marca y demás signos distintivos de la FUNDACIÓN GENERAL y de los CED quedará limitado exclusivamente a la difusión y desarrollo de la actividad objeto del presente acuerdo. Salvo autorización expresa y por escrito, no se autoriza a terceras empresas o entidades relacionadas con J\PPJ a hacer uso de los signos distintivos de la FUNDACIÓN GENERAL y de los CEO.......... --- ------------ -- ----... ------ -... -.-... ~... -... ------- - ----.... ---------.. NOVENA.- De la duración del Convenio. - ------- - - --~- - ----- ------ -- El presente Convenio entrará en vigor en el momento de la firma y tendrá una vigencia de tres (3) años. Podrá ser modificado por las partes mediante declaración Página S de 6

concorde. Transcurrido este plazo, las partes valorarán la conveniencia de prorrogar el convenio a través del correspondiente acuerdo. Este Convenio podrá terminarse de mutuo consentimiento o podrá darse por tcrminado por cuéllquiera de las Partes mediante notificación escrita a la otra con una antelación no menor a Jos treinta días. Los acuerdos quc, en desarrollo del presente Convenio, no hubiesen concluido al término del mismo, permanecerán en vigor hasta su finalización, salvo acuerdo previo de las partes. Y para que asf conste a Jos efectos oportunos, en prueba de conformidad de las Partes, firman el presente Convenio, por duplicado ejemplar de todas sus hojas y a un solo efecto y tenor, en el lugar y fecha indic:1dos en el encabezamiento.--------------------------------------- POR A.P.P.J. Página 6 dc6