INGURUMEN ETA LURRALDE ANTOLAMENDU SAILA Ingurumen Sailburuordetza Biodibertsitaterako eta Ingurumen Partaidetza Zuzendaritza DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO Viceconsejería de Medio Ambiente Dirección de Biodiversidad y Participación Ambiental INFORME SOBRE EXCEPCIONES AL RÉGIMEN DE PROTECCIÓN ESTABLECIDO POR LA DIRECTIVA AVES (79/409/CEE) EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO, EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 9 AÑO 2007 Datos facilitados por el Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava, el Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia y el Departamento de Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa Donostia San Sebastián, 1 Tef. 945 01 95 42 Fax 945 01 95 40 01010 Vitoria-Gasteiz
TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA Excepción número 1 CÓDIGO DE LA 26 Captura para retención (captura en vivo de aves fringílidas) Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava Álava 62 Para permitir, en condiciones estrictamente controladas y de modo selectivo, la retención de determinadas aves en pequeñas cantidades Jilguero (Carduelis carduelis), pardillo (Carduelis cannabina), verdecillo (Serinus serinus) y verderón (Carduelis chloris) 6 De 1 de octubre al 15 de noviembre de 2007 Red horizontal o de suelo, precintada, con el auxilio de reclamo vivo Jilgueros 40, pardillos 3, verderones 3 y verdecillos 4 Autorizaciones personales a miembros de sociedades pajariles registradas. Cupo máximo por cada autorización de 20 ejemplares de jilguero y 10 de pardillo, verdecillo y verderón. Cupo máximo diario por autorización de 10 ejemplares de jilguero y 5 del resto de especies. Cupos totales máximos de 600 jilgueros (500 machos y 100 hembras), 100 pardillos (75 machos y 25 hembras), 100 verdecillos (75 machos y 25 hembras) y 2
100 verderones (75 machos y 25 hembras). Se prohíbe la comercialización de ejemplares capturados. Regulación mediante la Orden Foral 166/2001. Control efectuado por la guardería de los departamentos de Medio Ambiente y de Agricultura de la Diputación Foral de Álava, y guardería particular de asociaciones de cotos de caza. Las personas autorizadas deberán llevar un registro de jornadas, incidencias y capturas, que entregarán al finalizar la campaña. Excepción número 2 CÓDIGO DE LA 22 Captura (anillado) Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava Álava 51 Para fines de investigación o de enseñanza 150 (se autoriza la captura de cualquier especie, salvo en el caso de pollos en nidos cuya estructura pueda deteriorarse por la manipulación). 19 Todo el año Red vertical o japonesa y manipulación de pollos en nido 7.159 ejemplares 3
Sólo se concede autorización a personas poseedoras del certificado de aptitud expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, o avaladas por la Sociedad de Ciencias Aranzadi. Control por la guardería de los departamentos de Medio Ambiente y Agricultura de la Diputación Foral de Álava. Obligación de comunicar los resultados al finalizar la campaña. Excepción número 3 CÓDIGO DE LA 51 Retención y asistencia de aves heridas Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava Álava 53 Para fines de repoblación 66 1 (centro oficial de recuperación de fauna silvestre) Todo el año Entrega por particulares, autoridades o por el personal del Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava. 326 ejemplares (137 rapaces y 189 de otros grupos) 4
Centro de recuperación de fauna silvestre dependiente del Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava, gestionado mediante servicio contratado a una empresa privada. Los individuos son recogidos heridos en el medio natural, y asistidos en el centro hasta que causan baja o son liberados. Aquellos irrecuperables se mantienen en el centro o son cedidos a núcleos zoológicos autorizados con fines de educación o investigación. Elaboración de memoria anual sobre la actividad. Excepción número 4 CÓDIGO DE LA 41 Cetrería (tenencia de aves rapaces de especies autóctonas de Europa) Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava Álava 62 Para permitir, en condiciones estrictamente controladas y de modo selectivo, la retención de determinadas aves en pequeñas cantidades Halcón peregrino (Falco peregrinus) y cernícalo vulgar (Falco tinnunculus) 2 Todo el año Sólo se autoriza la tenencia y vuelo de ejemplares procedentes de compra o intercambio con criadores autorizados 3 (1 halcón peregrino y 2 cernícalos vulgares) 5
Registro y seguimiento periódico de las instalaciones donde se mantiene a los ejemplares, por parte de la guardería del Departamento de Medio Ambiente de la Diputación foral de Álava Excepción número 5 CÓDIGO DE LA 20 Captura (para control de especies que provoquen daños) Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava Álava 42 Para la protección de la fauna silvestre Urraca (Pica pica) y corneja negra (Corvus corone) 18 Enero hasta agosto Jaulas-trampa 161 urracas y 1 corneja negra 6
Previsión de la Orden Foral 575/2006 y 602/2007 (Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de 9 de julio de 2007). Se autoriza a cotos de caza, con el fin de prevenir o reducir la predación sobre otras especies de aves. Guardería de los departamentos de Medio Ambiente y Agricultura de la Diputación Foral de Álava, y guardería particular de asociaciones de cotos de caza. Excepción número 6 CÓDIGO DE LA 22 y 50 Captura y retención (manipulación de pollos en nido de aguilucho cenizo y aguilucho pálido y, en su caso, retirada del medio natural y traslado al Centro de Recuperación de Fauna Silvestre) Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava Álava 52 Para fines de repoblación Aguilucho cenizo (Circus pygargus) y aguilucho pálido (Circus cyaneus) 1 Del 1 de junio al 31 de agosto Captura en nido y retirada manual de los pollos 70 (52 aguiluchos cenizos y 18 aguiluchos pálidos) 7
Se autoriza a un grupo ornitológico. Los pollos son retirados para salvar su vida durante el cosechado del cereal, y mantenidos en el Centro de Recuperación de Fauna Silvestre de la Diputación Foral de Álava. Posteriormente son liberados en el medio natural una vez han completado su desarrollo. Guardería del Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava. Elaboración de memorias anuales por parte del grupo ornitológico autorizado y del Centro de Recuperación de Fauna Silvestre de la Diputación Foral de Álava. 8
TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA Excepción número 1 CÓDIGO DE LA 26 Captura para retención (captura en vivo de aves fringílidas) Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia Bizkaia 62 Para permitir, en condiciones estrictamente controladas y de modo selectivo, la retención de determinadas aves en pequeñas cantidades Jilguero (Carduelis carduelis), pardillo (Carduelis cannabina), verdecillo (Serinus serinus) y verderón (Carduelis chloris) 229 De 22 de julio al 14 de octubre de 2007 (sólo sábados, domingos y festivos). Red horizontal o de suelo, precintada. 5.655 Autorizaciones personales a miembros de sociedades pajariles registradas. No se permite la retención de hembras. Cupo de 40 ejemplares por cada autorización. Se prohíbe la comercialización de los ejemplares capturados. Regulación mediante la Orden Foral 3.870/2007 (BOB de 9 de julio de 2007). 9
Control efectuado por la guardería del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia. Las personas autorizadas deberán llevar un registro de jornadas, incidencias y capturas, que entregarán al finalizar la campaña. Excepción número 2 CÓDIGO DE LA 22 Captura (anillado) Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia Bizkaia 51 Para fines de investigación o de enseñanza 90 39 Todo el año Red vertical o japonesa y manipulación de pollos en nido. 3.682 Sólo se concede autorización a personas poseedoras del certificado de aptitud expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, o avaladas por la Sociedad de Ciencias Aranzadi. 10
Control por la guardería del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia. Obligación de comunicar los resultados al finalizar la campaña. Excepción número 3 CÓDIGO DE LA 51 Retención y asistencia de aves heridas Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia Bizkaia 53 Para fines de repoblación 83 1 (centro oficial de recuperación de fauna silvestre) Todo el año Entrega por particulares, autoridades o por el personal del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia. 344 Centro de recuperación de fauna silvestre dependiente del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia. Los individuos son recogidos heridos en el medio natural, y asistidos en el centro hasta que causan baja o son liberados. Aquellos irrecuperables se mantienen en el centro o son cedidos a núcleos zoológicos autorizados con fines de educación o investigación. 11
Elaboración de memorias anuales sobre la actividad. Excepción número 4 CÓDIGO DE LA 41 Cetrería (tenencia de aves rapaces de especies autóctonas de Europa) Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia Bizkaia 62 Para permitir, en condiciones estrictamente controladas y de modo selectivo, la retención de determinadas aves en pequeñas cantidades Azor (Accipiter gentilis), gavilán (Accipiter nisus), búho real (Bubo bubo), halcón peregrino (Falco peregrinus) y cernícalo vulgar (Falco tinnunculus) 18 Todo el año Cría en cautividad en centros legalmente constituidos o importación acreditando precedencia. 18 Autorizaciones de tenencia individuales y referidas a ejemplares documentados e identificados, que no procedan de poblaciones naturales. Regulación mediante la Orden foral 4.931/1998. 12
Control por la guardería del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia. Excepción número 5 CÓDIGO DE LA 20 Captura (para control de especies que provoquen daños) Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia Bizkaia 42 Para la protección de la fauna silvestre Cormorán grande (Phalacrocorax carbo) 1 Septiembre a diciembre Caza utilizando escopeta o carabina 65 Regulación mediante Orden Foral 5.438/2007 (BOB de 24 de septiembre de 2007). Guardería del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia. 13
TERRITORIO HISTÓRICO DE GIPUZKOA Excepción número 1 CÓDIGO DE LA 26 Captura para retención (captura en vivo de aves fringílidas) Departamento de Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa Gipuzkoa 62 Para permitir, en condiciones estrictamente controladas y de modo selectivo, la retención de determinadas aves en pequeñas cantidades Jilguero (Carduelis carduelis), pardillo (Carduelis cannabina), verdecillo (Serinus serinus) y verderón (Carduelis chloris) 105 De 12 de septiembre al 12 de noviembre (sólo sábados, domingos y festivos) Red horizontal o de suelo, precintada 1.636 jilgueros, 251 verdecillos, 178 verderones y 424 pardillos Autorizaciones personales a miembros de sociedades pajariles registradas o de la Federación Guipuzcoana de Caza. Cupo de 20 ejemplares por especie y autorización. Se prohíbe la comercialización de los ejemplares capturados. Regulación mediante la Orden Foral de 6 de junio de 2007 (Boletín del Territorio Histórico de Gipuzkoa de 22 de junio de 2007). 14
Control efectuado por la guardería del Departamento de Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa. Las personas autorizadas deberán llevar un registro de jornadas, incidencias y capturas, que entregarán al finalizar la campaña. Excepción número 2 CÓDIGO DE LA 22 Captura (anillado) Departamento de Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa Gipuzkoa 51 Para fines de investigación o de enseñanza 86 (se autoriza la captura de cualquier especie, salvo en el caso de pollos en nidos cuya estructura pueda deteriorarse por la manipulación) 14 Todo el año Red vertical o japonesa y manipulación de pollos en nido 6.549 Sólo se concede autorización a personas poseedoras del certificado de aptitud expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, o por la Sociedad de Ciencias Aranzadi. 15
Control por la guardería del Departamento de Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa. Obligación de comunicar los resultados al finalizar la campaña. Excepción número 3 CÓDIGO DE LA 51 Retención y asistencia de aves heridas Departamento de Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa Gipuzkoa 53 Para fines de repoblación 66 1 Todo el año Entrega por particulares, autoridades o por el personal del Departamento de Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa 360 Centro de recuperación de fauna silvestre de titularidad privada, que funciona bajo convenio con el Departamento de Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa. Los individuos son recogidos heridos en el medio natural, y asistidos en el 16
centro hasta que causan baja o son liberados. Aquellos irrecuperables se mantienen en el centro o son cedidos a núcleos zoológicos autorizados con fines de educación o investigación. Elaboración de memorias anuales sobre la actividad. Excepción número 4 CÓDIGO DE LA 20 Captura (para control de especies que provoquen daños) Departamento de Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa Gipuzkoa 42 Para la protección de la fauna silvestre Cormorán grande (Phalacrocorax carbo) 2 Diciembre Escopeta 13 Capturas realizadas por la guardería del Departamento de Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa. 17
Guardería del Departamento de Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa. 18