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Transcripción:

CERTIFICACIÓN DE SECRETARÍA GENERAL DOÑA CARLOTA POLO SÁNCHEZ, SECRETARIA GENERAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VEJER DE LA FRONTERA (CÁDIZ), CERTIFICO: Que el Pleno municipal, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el veintidós de julio de dos mil dieciséis, adoptó el siguiente ACUERDO: 4. RETRIBUCIONES MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN EN RÉGIMEN DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA Y PARCIAL. A continuación toma la palabra el Sr. Alcalde-Presidente quien procede a exponer la propuesta que se trae al Pleno y cuyo tenor literal es el siguiente: "D. JOSÉ ORTIZ GALVÁN, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vejer de la Frontera (Cádiz), al Pleno Municipal tiene el honor de elevar la siguiente PROPUESTA: Constituido el pasado día 13 de junio de 2015 el nuevo Ayuntamiento en sesión pública celebrada a tal efecto, esta Alcaldía tras varias modificaciones a la inicialmente adoptada procedió al establecimiento de las ÁREAS DE ORGANIZACIÓN de este Ayuntamiento mediante Resolución de la Alcaldía número 329-2015 (SG) de fecha de nueve de noviembre de dos mil quince, a efectuar a favor de los Sres. Concejales DELEGACIONES GENÉRICAS, otorgar atribuciones específicas y conferir DELEGACIONES ESPECIALES, tanto para la dirección y gestión de los servicios y asuntos incluidos en las áreas, como para los ámbitos territoriales y concretos. A día de la fecha, y tras la renuncia presentada por los Concejales del Grupo Municipal Popular Don Antonio Carlos Sánchez Melero y Don Miguel Ángel Peña García y tomada en conocimiento en el Pleno en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 6 de julio de 2016 y tras la toma de posesión de los nuevos Concejales se hace necesario adaptar el régimen de asignaciones a miembros de la corporación para el ejercicio de sus cargos que son desempeñados con dedicación exclusiva y parcial. CONSIDERANDO lo dispuesto en los artículos 75, 75 bis y 75 ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el régimen de asignaciones a miembros de la corporación por el ejercicio de sus cargos cuando los desempeñen con dedicación exclusiva y parcial, según los cuales: 1. Los miembros de las Corporaciones locales percibirán retribuciones por el ejercicio de sus cargos cuando los desempeñen con dedicación exclusiva, en cuyo caso serán dados de alta en el Régimen general de la Seguridad Social, asumiendo las Corporaciones el pago de las cuotas empresariales que corresponda, salvo lo dispuesto en el artículo anterior. En el supuesto de tales retribuciones, su percepción será incompatible con la de otras retribuciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones públicas y de los entes, organismos o empresas de ellas dependientes, así como para el desarrollo de otras actividades, todo ello en los términos de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. 2. Los miembros de las Corporaciones locales que desempeñen sus cargos con dedicación parcial por realizar funciones de presidencia, vicepresidencia u ostentar delegaciones, o desarrollar responsabilidades que así lo requieran, percibirán retribuciones por el tiempo de dedicación efectiva a las mismas, en cuyo caso serán igualmente dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en tal concepto, asumiendo las Corporaciones las cuotas empresariales que corresponda, salvo lo dispuesto en el artículo anterior. Dichas retribuciones no podrán superar en ningún caso los límites que se fijen, en su caso, en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado. En los acuerdos plenarios de determinación de los 1

cargos que lleven aparejada esta dedicación parcial y de las retribuciones de los mismos, se deberá contener el régimen de la dedicación mínima necesaria para la percepción de dichas retribuciones. ( ) 5. Las Corporaciones locales consignarán en sus presupuestos las retribuciones, indemnizaciones y asistencias a que se hace referencia en los cuatro números anteriores, dentro de los límites que con carácter general se establezcan, en su caso. Deberán publicarse íntegramente en el "Boletín Oficial" de la Provincia y fijarse en el tablón de anuncios de la Corporación los acuerdos plenarios referentes a retribuciones de los cargos con dedicación exclusiva y parcial y régimen de dedicación de estos últimos, indemnizaciones y asistencias, así como los acuerdos del Presidente de la Corporación determinando los miembros de la misma que realizarán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial. RESULTANDO igualmente de aplicación lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y en el artículo 18 del Reglamento Orgánico Municipal publicado en el BOP de Cádiz núm. 115, de fecha 19 de junio de 2013. CONSIDERANDO que de conformidad con el referido artículo 18 del Reglamento Orgánico Municipal, en su apartado segundo, el reconocimiento de la dedicación exclusiva a un miembro de La Corporación exigirá la dedicación preferente del mismo a las tareas propias de su cargo, sin perjuicio de otras ocupaciones particulares que, en cualquier caso, no podrán causar detrimento a su dedicación a la Corporación. En el caso de que tales ocupaciones sean remuneradas, se requerirá una declaración formal de compatibilidad por parte del Pleno del Ayuntamiento. El nombramiento de cualquier Concejal para un cargo con dedicación exclusiva, ha de ser aceptado expresamente por éste, y será comunicada esta circunstancia al Pleno Municipal en la siguiente sesión ordinaria que se celebre. CONSIDERANDO el régimen de asignaciones por el ejercicio de sus cargos cuando los desempeñen con dedicación exclusiva y parcial, que a continuación se propone, según lo ordenado en virtud de la Providencia de la Alcaldía de fecha 20 de julio de 2016. VISTO el preceptivo informe núm 2016/577, de fecha 20 de julio de 2016 emitido por la Sra. Interventora de Fondos de este Excmo. Ayuntamiento, donde se acredita, entre otros extremos, la existencia de consignación presupuestaria en las aplicaciones 912.100.00 Retribuciones básicas órganos de gobierno y 912.160.00 Seguridad Social órganos de gobierno del Presupuesto. RESULTANDO que corresponde al Pleno corporativo, a propuesta de la Alcaldía, determina, dentro de la consignación global contenida a tal fin en el Presupuesto, las cuantías que correspondan a cada uno de ellos en atención a su grado de responsabilidad. Esta Alcaldía eleva al Pleno de la Corporación el siguiente ACUERDO PRIMERO.- DEJAR SIN EFECTO el acuerdo adoptado por el Pleno Municipal en sesión ordinaria celebrada el día 11 de noviembre de 2015, mediante el cual se aprobó el régimen de dedicación de cargos con dedicación exclusiva y parcial y se fijó el régimen de retribuciones (en términos brutos) para estos cargos de la Corporación. SEGUNDO.- APROBAR el siguiente régimen de cargos con dedicación exclusiva: - Sr./a Concejal-Delegado/a de Presidencia, Comunicación, Relaciones Institucionales, Economía, Ordenación del Territorio, Fomento del Empleo, Industria y Energía. - Sr./a Concejal-Delegado de Deportes, Transporte, Fiestas, Playas, Tráfico, Seguridad Ciudadana, Protección Civil y Juventud. 2

- Sr./a Concejal-Delegado/a de Policía del uso del suelo y de la edificación, mediante la intervención preventiva de los actos de construcción y uso del suelo, subsuelo y vuelo (licencias urbanísticas, ejecución y conservación de obras y construcciones). Inspección de la ejecución de actos sujetos a intervención preventiva, protección de la legalidad urbanística y restablecimiento del orden urbanístico perturbado. Sanción de las infracciones urbanísticas. Vivienda y Agua. - Sr./a Concejal-Delegado/a de Servicios Sociales y Discapacidad. - Sr./a Concejal-Delegado/a de Mantenimiento Urbano, Obras Públicas, Alumbrado Público, Limpieza Viaria y Recogida de Residuos. El reconocimiento de la dedicación exclusiva a un miembro de la Corporación exigirá la dedicación preferente del mismo a las tareas propias de su cargo, sin perjuicio de otras ocupaciones particulares que, en cualquier caso, no podrán causar detrimento a su dedicación a la Corporación. En el caso de que tales ocupaciones sean remuneradas, se requerirá una declaración formal de compatibilidad por parte del Pleno del Ayuntamiento. TERCERO.- APROBAR el siguiente régimen de cargos con dedicación parcial: - Sr./a Concejal-Delegado/a de Hacienda, Innovación, Recursos Humanos, Patrimonio, Cultura y Universidad. - Sr./a Concejal-Delegado/a de Administración Electrónica, Núcleos Rurales, Participación Ciudadana, Atención a la Ciudadanía, Sanidad y Consumo y Nuevas Tecnologías. - Sr./a Concejal-Delegado/a de Igualdad, Mujer, Mayor, Infancia y Parques Infantiles. - Sr./a Concejal-Delegado/a de Educación, Parques y Jardines, Comercio y Medio Ambiente. Los Sres. Concejales que desempeñen sus cargos con dedicación parcial y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, atenderán al siguiente régimen de dedicación: 1.- Para el/la Sr/Sra. Concejal-Delegado/a de Hacienda, Innovación, Recursos Humanos, Patrimonio, Cultura y Universidad: 6 horas diarias de dedicación en funciones municipales, que podrán ser distribuidas conforme lo considere oportuno la persona afectada atendiendo a sus circunstancias profesionales y personales de la siguiente forma: - Distribuyendo las horas en jornada de mañana y/o tarde, hasta el cómputo total de 6 horas diarias. -Acumulando las horas en menor número de días, respetando el cómputo total de 30 horas semanales. 2.- Para el resto de concejales con dedicación parcial: 5 horas diarias de dedicación en funciones municipales, que podrán ser distribuidas conforme lo considere oportuno la persona afectada atendiendo a sus circunstancias profesionales y personales de la siguiente forma: - Distribuyendo las horas en jornada de mañana y/o tarde, hasta el cómputo total de 5 horas diarias. -Acumulando las horas en menor número de días, respetando el cómputo total de 25 horas semanales. CUARTO.- Fijar el siguiente régimen de retribuciones (en términos brutos) para estos cargos de la Corporación: 1. Sr./a Concejal-Delegado/a de Presidencia, Comunicación, Relaciones Institucionales, Economía, Ordenación del Territorio, Fomento del Empleo e Industria y Energía: 40.600,00 anuales, distribuidos en catorce pagas al año. 3

2. Para el resto de miembros que desempeñen sus cargos con dedicación exclusiva: 30.800,00 anuales, distribuidos en catorce pagas al año. 3. Para los miembros que desempeñen sus cargos con dedicación parcial: 17.500,00 anuales, distribuidos en catorce pagas al año; a excepción del/la Sr./a Concejal-Delegado/a de Hacienda, Innovación, Recursos Humanos, Patrimonio, Cultura y Universidad cuya retribución será de 24.500,00 anuales, distribuidos en catorce pagas al año. QUINTO.- SOLICITAR ante la Tesorería General de la Seguridad Social el ALTA de los miembros de la Corporación con dedicación exclusiva y parcial, asumiendo el Ayuntamiento las obligaciones que las normas del Régimen General de la Seguridad Social imponen a la empresa en relación con los trabajadores a su servicio. SEXTO.- La Corporación asumirá el pago de la cuota empresarial que corresponda. SEPTIMO.- PUBLICAR el régimen de retribuciones establecido en virtud de los dispositivos primero y segundo anteriores en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en la Web Municipal, de conformidad con lo recogido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 18 del Reglamento Orgánico Municipal en sus apartados 8 y 9. No obstante, el Pleno municipal, con superior criterio, decidirá. En Vejer de la Frontera, a 20 de julio de 2016" Seguidamente inicia el turno de intervenciones por parte del GMS el Concejal Don Antonio González Mellado, quien comienza su intervención dando la bienvenida a los nuevos Concejales, si bien re cuerda al equipo de gobierno la dificultad de los concejales de la oposición de asistir a los plenos por las mañanas entre otros, por motivos laborales y familiares. Continúa su intervención criticando que los nuevos Concejales hayan ejercido ya como tales sin que previamente hayan tomado posesión. Concluye su intervención criticando que todos los Concejales del equipo de gobierno cobren ya que eso supone unos 400.000 euros al año y le piden a todos ellos que reflexione sobre ello, porque considera que si bien es legítimo no es moral, anunciando el voto en contra de la presente propuesta. A continuación toma la palabra por parte del GMP el Concejal Don Daniel Sánchez Román, quien comienza su intervención dando la felicitación y enhorabuena a los nuevos Concejales que han tomado posesión de sus cargos, asimismo tiene una mención especial para los Concejales que renunciaron por motivos laborales. Reprocha al GMS que haya dicho que existan personas que trabajan por Vejer sin estar liberados. Con respecto a las rencillas que dice el GMS que hay en el GMP, Daniel Sánchez Román, alude a las famosas rencillas que existía en el anterior equipo de gobierno cuando gobernaba el Partido Socialista en Vejer, así cita a algunos concejales que con motivo de las disputas que tenía con el anterior Alcalde no venían ni siquiera a trabajar, añadiendo que en el actual Ayuntamiento la oposición es inexistente, finaliza su intervención dando la enhorabuena a los nuevos Concejales y los anima a que sigan trabajando. Seguidamente toma la palabra por parte del GMS el Concejal Don Antonio González Mellado, quien resalta el nerviosismo de Don Daniel Sánchez Román pura y simplemente por haber hablado del sueldo que cobran los Concejales del equipo de gobierno. Afirma igualmente que el Partido Socialista no está en decadencia y que si lo estuviera él nunca se irá del partido como sí hizo Daniel Sánchez Román cuando se marchó del Partido Andalucista. Pide al Sr. Sánchez que no recuerde a Concejales que ya no están y que no vendan humo por el simple hecho de ponerse nervioso cuando habla de las retribuciones de los Concejales, reiterando de nuevo que se replanteen los sueldos que cobran. Añade con respecto a la deuda del Ayuntamiento que le pregunte a la Sra. Interventora que tiene a su derecha y que no hable de deuda viva, sino que dé los datos reales de la deuda del Ayuntamiento. Concluye su intervención diciendo que mientras que en las filas del PSOE se produce la regeneración en las filas del PP no es sabia nueva lo que está entrando precisamente. Se termina el turno de intervenciones con la toma de la palabra por parte del GMP del Concejal Don Daniel Sánchez Román, quien afirma que tiene que seguir recordando el pasado para no volver a vivirlo, 4

pues aún se están pagando préstamos que se pidieron a largo plazo, finalizando su intervención dando la enhorabuena a los nuevos Concejales que han tomado posesión de sus cargos. Finaliza las intervenciones de este punto el Sr. Alcalde-Presidente quien señala que este punto ha ido por unos derroteros no deseados por la Presidencia, pues el protagonismo de este Pleno considera que lo deben tener los Concejales que han tomado posesión de sus cargos. Afirma que le hubiera gustado más que se hubiera hablado del orgullo que supone ser Concejal del Ayuntamiento de Vejer de la Frontera, dando la enhorabuena a los nuevos Concejales. Finaliza su intervención diciendo que, en lo que respecta a las liberaciones, quizás en el pasado algunos cometieron errores, pero que lo que se está haciendo en Vejer no es muy distinto a lo que se está haciendo en otros pueblos, señala que los Concejales del equipo de gobierno tienen que cobrar porque, entre otras razones, tienen que firmar y están a disposición del pueblo de Vejer 24 horas al día. El Pleno Municipal, en votación ordinaria y por diez votos a favor del GMP y siete votos en contra de los cuales seis son del GMS y uno del GMIULV-CA ACUERDA: APROBAR EL RÉGIMEN DE RETRIBUCIONES MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN EN RÉGIMEN DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA Y PARCIAL en los términos anteriormente transcritos. Y para que conste y surta efectos, expido el presente, de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde, en Vejer de la Frontera a veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis. VºBº EL ALCALDE LA SECRETARIA GENERAL Fdo.: José Ortiz Galván Fdo.: Carlota Polo Sánchez. 5