II. INFORMES DE LAS FISCALÍAS FEDERALES CON ASIENTO EN LAS REGIONES DEL INTERIOR DEL PAÍS

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Transcripción:

II. INFORMES DE LAS FISCALÍAS FEDERALES CON ASIENTO EN LAS REGIONES DEL INTERIOR DEL PAÍS REGIÓN PATAGONIA 15. Jurisdicción General Roca INFORME ANUAL 2013 MINISTERIO PÚBLICO FISCAL Procuración General de la Nación

II.REGIÓN PATAGONIA Jurisdicción General Roca FISCALÍA GENERAL ANTE EL TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN.A CARGO DEL DR. MARCELO WALTER GROSSO (FISCAL GENERAL SUBROGANTE). INFORME ANUAL 2013 MINISTERIO PÚBLICO FISCAL Procuración General de la Nación

II. INFORMES DE LAS FISCALÍAS FEDERALES CON ASIENTO EN LAS REGIONES DEL INTERIOR DEL PAÍS REGIÓN PATAGONIA Jurisdicción General Roca FISCALÍA GENERAL ANTE EL TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PROVINCIA DEL NEU- QUÉN.A CARGO DEL DR. MARCELO WALTER GROSSO (FISCAL GENERAL SUBROGANTE). Corresponde en primer lugar mencionar que me encuentro subrogando esta Fiscalía General, desde el 1º de octubre del año 2012, y continúo a la fecha de presentación del presente informe. Ello así, y contrariamente a lo sucedido con la elaboración del Informe elevado el año pasado, en esta oportunidad, me encuentro en condiciones de informar con mayor amplitud, ya que he subrogado durante todo el período por el que estoy informando. En primer lugar, y en lo que respecta al trámite de causas por violaciones a los Derechos Humanos, es de hacer notar que mediante Resolución MP Nº 75/13 del 8 de febrero de 2013 de la Procuración General de la Nación, se dispuso la creación de la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los derechos humanos cometidas durante el terrorismo de Estado de la jurisdicción de Neuquén, designando al Suscripto, como así también al Sr. Fiscal a cargo de la Fiscalía Federal Nº 1 de Neuquén, Dr. José María Darquier y al fiscal subrogante a cargo de la Fiscalía Federal Nº 2 de Lomas de Zamora, Dr. Adrián J. García Lois, como integrantes de la citada Unidad, disponiendo que los tres intervengamos en forma conjunta o alternada en la totalidad de las actuaciones por crímenes de lesa humanidad en trámite en la jurisdicción, sin distinción de instancias. Apenas creada la Unidad, el Dr. Darquier se excusó de intervenir en una de las causas que todavía tramita en instrucción y fue recusado por la parte querellante APDH en otra de las causas que tramita también en instrucción. Aceptadas ambas, en la actualidad de las cuatro causas que tramitan ante la instrucción, en dos de ellas no puede actuar el Fiscal a cargo de la Fiscalía de Primera Instancia, por lo que dicha actividad debió desarrollarla el suscripto, desde que el restante integrante se encuentra desempeñando funciones propias en la provincia de Buenos Aires, lo que hace imposible que pueda participar en la instrucción de estas causas. Que esta situación ha generado algún que otro inconveniente ya que en algunas oportunidades, se superponían audiencias de indagatorias o testimoniales en las causas de instrucción, en las que debía intervenir el suscripto, con audiencias designadas por el Tribunal Oral ante el cual actúo. A ello debe sumársele, que la persona que actuaba como Secretaria de DDHH de la Fiscalía de Primera Instancia, y que contaba con facultades delegadas para asistir a las audiencias, Dra. Jorgelina D Alessandro, pasó a desempeñarse como Secretaria ante el Juzgado Federal, no contando la Unidad, ya al momento de su creación, con un Secretario afectado exclusivamente a esta temática. Que esta situación, obviamente mejoró sustancialmente, con la designación como Secretaria, en reemplazo de la Dra. D Alessandro, de la Dra. María Florencia Albarracín, quien desde el primer día de trabajo, se compenetró no sólo en la temática sino también en el trámite de las causas, realizando una tarea digna de admiración, ya que autorizada que fue a realizar algunas actividades delegadas, las cumplió con total eficiencia y responsabilidad. Que en el mes de octubre del corriente año, además, ha dado inició el debate oral y público en la causa caratulada DI PASQUALE, debate en el cual actuamos en representación de la Fiscalía, el Dr. Adrián García Lois (integrante de la Unidad) y el suscripto, ambos en forma alternada o conjunta. Es de destacar la predisposición del Dr. García Lois, quien se traslada hasta Neuquén a los fines del debate, que se desarrolla durante dos días a la semana, cada quince días. INFORME ANUAL 2013 MINISTERIO PÚBLICO FISCAL Procuración General de la Nación Informes Fiscalías 3

Es de hacer notar que la razón por la que las audiencias son establecidas con tan amplia diferencia de días, se debe a que el Tribunal Oral está integrado por jueces de distintas jurisdicciones, ya que se juzgan a cinco imputados por los hechos ya ventilados por el Tribunal natural, en los dos tramos en los cuales ya se ha dictado sentencia (Causas Reinhold con sentencia firme- y Luera con sentencia no firme), en los cuales el Tribunal, con su originaria conformación, no puede actuar. Así, el Presidente de este Tribunal, reside y cumple funciones en la ciudad de San Carlos de Bariloche (distante a más de 400 km. de esta ciudad), mientras que los restantes, y si bien uno de ellos pertenece a la Cámara Federal de General Roca (50 km.) el otro juez es de la ciudad de Buenos Aires, al igual que el designado cuarto Juez. En esta causa se juzga la responsabilidad de cinco imputados, como dije, respecto a los hechos ya juzgados en los dos primeros tramos. Dos de esos imputados, son juzgados en esta oportunidad, por haber permanecido prófugos durante mucho tiempo, razón por la que no pudieron ser imputados en la oportunidad en que comenzaron las investigaciones. Uno de ellos, se desempeñaba como Oficial del Destacamento de Inteligencia 182 de Neuquén, y se encuentra imputado por la totalidad de los hechos de los dos tramos ya debatidos, mientras que el restante, se desempeñaba al momento de los hechos, como Segundo Jefe de la Delegación Neuquén de la Policía Federal Argentina. Los tres restantes, ya fueron juzgados y condenados en el primer tramo juzgado en esta región (causa Reinhold), encontrándose con sentencia firme. Sin embargo, por razones de salud, se suspendió el trámite del juicio respecto a ellos, en el denominado segundo tramo (causa Luera). Se trata del Jefe del Destacamento de Inteligencia 182 de Neuquén (quien está acusado por todos los hechos); el Jefe de Personal de la VI Brigada de Neuquén y del Médico del Comando, quienes responden por algunos de los hechos, también del segundo tramo. En el ámbito de ésta Fiscalía, además, quedan aún pendiente de debate, tres tramos más, los cuales comprenden varios damnificados y donde resultan imputadas más de 27 personas. En esos tramos, (causas caratuladas CASTELLI, SOMMER y MENDOZA), ya esta Fiscalía General ha ofrecido prueba en el transcurso de los años 2012 y 2013, encontrándose pendiente la resolución de las recusaciones y excusaciones planteadas contra y por los integrantes del TOF Neuquén.- A mediados del mes de octubre pasado, hemos recibido el Informe de Riesgo, referido al debate de la causa Di Pasquale, confeccionado por el Programa Verdad y Justicia del Ministerio de Justicia de la Nación, informe que es confeccionado en todos los debates, y asimismo, personal de este Programa, ha concurrido a la ciudad de Neuquén con anterioridad al debate, manteniendo reuniones con el suscripto y con el personal del Centro de Atención a la Víctima del Delito (CAVD) de esta provincia, a los fines de coordinar lo referido al soporte psicológico de las víctimas cuyos casos se ventilarán durante el desarrollo del debate, que vale destacarlo, como ya fuera destacado en los informes anteriores, el resultado de ese soporte, ha resultado más que satisfactorio. En lo atinente a los recursos humanos de esta oficina, amén de destacar que la conformación de su planta no ha tenido incremento alguno desde su fecha de creación (Año 1994), la circunstancia dada en la intervención de esta Fiscalía General en las actuaciones por violaciones a los derechos humanos a las que antes se aludió, sumado a las otras tareas propias de esta dependencia, indica la conveniencia de su ampliación de modo tal de asegurar que se mantenga una adecuada prestación de servicios como ocurre hasta el presente. Nótese que en los considerandos de la Resolución MP Nº 75/13, ya citada, de creación de la Unidad de Asistencia de esta jurisdicción, se expresa textualmente que el personal de la Unidad se integrará con los empleados y funcionarios que ya vienen desempeñándose en la jurisdicción especialmente en esta materia, INFORME ANUAL 2013 MINISTERIO PÚBLICO FISCAL Procuración General de la Nación Informes Fiscalías 4

así como por el personal de la planta de las tres fiscalía mencionadas que, eventualmente, sus titulares consideren pertinente asignar a la tarea. En la Fiscalía de Primera Instancia se cuenta con una Secretaria y un empleado, único personal este asignado exclusivamente a las causas por DDHH, lo que en mi opinión, ameritaría que se considerase ampliar la planta de personal afectado a DDHH, no solamente por la actuación específica del Ministerio Público Fiscal en la instrucción, sino también en la instancia de debate o, para ser más preciso, concretamente en la preparación de las causas para debate (ofrecimientos de prueba, por ejemplo), como así también las cuestiones relativas a las incidencias planteadas en esta instancia (excarcelaciones, prisiones domiciliarias, salidas, y pedidos de los detenidos procesados y/o condenados esto último desde que los tribunales orales del interior del país, también actúan en la etapa de ejecución, lo que no ocurre en la ciudad de Buenos Aires-). Es de hacer notar que, en el ámbito de esta Fiscalía General, la Sra. Secretaria, Dra. Claudia E. Ferreyra se encuentra asignada a la tramitación de las causas por violaciones a los Derechos Humanos, pero sucede que la nombrada, además, cumple con la función de Habilitada de las tres Fiscalías de la jurisdicción, como así también, junto con la Dra. Andrea Dadone, Jefe de Despacho, se encuentra abocada al trámite del resto de las causas que aquí se tramitan. En función de ello, entiendo que resultaría por demás necesario se contemple la posibilidad de la ampliación de la planta de personal de esta Fiscalía General, incorporando un cargo de Prosecretario Administrativo. Téngase presente que, con la transformación del cargo de Prosecretario en Secretario, la planta con la que cuenta esta dependencia ha quedado conformada con los cargos de Secretario y Jefe de Despacho.- En este orden, la Procuración General de la Nación ha solicitado el incremento de la planta permanente de las Fiscalía Generales ante los Tribunales Orales, pedido que viene siendo incluido sistemáticamente en los anteproyectos de los presupuestos anuales del Ministerio Público Fiscal de la Nación.- En relación con el resto de las tareas que se realizan en esta Fiscalía General, se informa que: Se siguió implementando el trámite de Juicio Abreviado, así como, la aplicación del Instituto de la Suspensión del Juicio a Prueba. En relación con este instituto, a pesar de tener una mayor cantidad de solicitudes a partir del Fallo ACOSTA dictado por la C.S.J.N., esta Fiscalía General analiza la procedencia de mismo en cada caso en particular, adoptando todas las instrucciones dictadas en la materia por la Procuración General de la Nación. Que las suspensiones de juicio a prueba acordadas en el transcurso de este período, obedecieron, en gran medida, a las calificaciones legales contenidas en las requisitorias de elevación a juicio, las cuales permitían la aplicación del criterio amplio receptado con exclusividad. Las ejecuciones penales, las libertades condicionales, así como el cumplimiento de las condiciones de la Probation, se han supervisado en forma permanente, continuándose también, con la atención de internos, procesados y condenados, a efectos de resolver las distintas cuestiones y problemas planteados.- En cuanto a los recursos materiales ya se ha mencionado en informes anteriores, que han mejorado notablemente, sobre todo por la informatización, pudiendo contar con herramientas de trabajo que facilitan sobremanera la comunicación, el estudio y la consulta de doctrina y jurisprudencia, así como, la posibilidad de tener un registro amplio de las causas que tramitan ante las diferentes Fiscalías de todo el país y la comunicación permanente con organismos tales como Registro Nacional de Reincidencias y Estadística Criminal, Migraciones, entre otras, gracias a la implementación de FISCALNET.- Entiendo necesario destacar, en materia de infracciones a la ley 23.737, que en una investigación mencionada en el informe anterior, que permitió desbaratar una organización de personas que protagonizaron, con INFORME ANUAL 2013 MINISTERIO PÚBLICO FISCAL Procuración General de la Nación Informes Fiscalías 5

distintos grados de participación, diferentes modalidades de tráfico de drogas, en cuyo transcurso se practicaron 17 allanamientos que arrojaron la incautación de, aproximadamente, 170 kgs de marihuana, 20 kgs. de cocaína y $1.000.000 en dinero en efectivo, se llevó a cabo durante los meses de agosto y septiembre, la correspondiente audiencia de debate, habiéndose obtenido importantes condenas mediante sentencia que aún no ha adquirido firmeza por haber sido recurrida y elevada a la Excma. Cámara Federal de Casación Penal. Asimismo, recientemente ha sido elevada a juicio una nueva causa por Infracción a la Ley 23.737, en la que también se ha permitido desbaratar una importante organización de personas que comercializaban estupefacientes, mediante diferentes modalidades, practicándose 9 allanamientos que arrojaron la incautación de grandes cantidades de sustancia estupefaciente (cocaína y marihuana), como así también, importantes sumas de dinero en efectivo (pesos y dólares). En dicha causa esta Fiscalía se encuentra ofreciendo prueba en los términos del art. 355 del CPPN. Se consigna, además, que en el informe anterior, se hizo mención a que con relación al delito de trata de personas, en los registros de esta Fiscalía General, constaba que dos de ellas han sido elevadas a juicio. En la actualidad, en una de ellas se ha declarado a instancias de esta Fiscalía- la incompetencia territorial del Tribunal Oral de esta ciudad, mientras que la restante se encuentra en condiciones de fijar la correspondiente audiencia de debate. Finalmente, en lo que atañe a la creación de la segunda Fiscalía Federal en esta ciudad, que se materializó en el mes de abril de 2012, en el informe anterior se hizo notar que la puesta en funcionamiento de la misma, representó una medida más que importante, desde que fue notorio el aumento de causas elevadas a juicio. Ahora bien, la merma de realización de audiencias de debate durante el 2012, debido a que el TOF se encontró abocado desde marzo a diciembre de ese año al debate en la causa Luera por violaciones a los DDHH, motivó que durante el 2013, se intensificara la designación de esas audiencias postergadas, que en gran cantidad fueron elevadas con motivo de la puesta en funcionamiento de esta segunda Fiscalía, que estuvo a cargo del Dr. Adrián García Lois. Nótese que más de sesenta causas habían sido elevadas al momento de confeccionar el informe anterior, solamente por la Fiscalía 2, frente a las 25 que se habían elevado en el año 2011, antes de su creación. Así, en el transcurso del período que se informa (y sin ánimo de formular estadísticas), se ha obtenido el dictado de sentencia en 58 causas penales en el ámbito del TOF neuquino, distribuidas entre suspensiones de juicio a prueba (24), juicios abreviados (19) y debates realizados (15). Por último aparece interesante para destacar que la casi totalidad de las causas elevadas a juicio, provienen del Juzgado Federal Nro. 2 (Penal) de la ciudad de Neuquén, en las cuales intervienen ambas Fiscalías Nros. 1 y 2 de esta ciudad, mientras que son escasísimas las que arriban del Juzgado Federal de Zapala, con intervención de la Fiscalía de aquella ciudad. INFORME ANUAL 2013 MINISTERIO PÚBLICO FISCAL Procuración General de la Nación Informes Fiscalías 6

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