PLIEGO DE CONDICIONES QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO MENOR DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL BAR DE LAS PISCINAS y PABELLON - TERUEL

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Transcripción:

PLIEGO DE CONDICIONES QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO MENOR DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL BAR DE LAS PISCINAS y PABELLON - TERUEL Se oferta el siguiente servicio, como contrato menor de servicios, conforme a lo dispuesto en los artículos 56 y 201 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se regirá por lo dispuesto en el presente pliego, cuya elaboración no es preceptiva pero sí conveniente a fin de concretar las condiciones, derechos y obligaciones existentes en la prestación del servicio de explotación del bar del pabellón y de las piscinas de Loscos (Teruel). 1.- OBJETO DE CONTRATO Constituirá el objeto del contrato, la prestación del servicio de bar existente en el pabellón de fiestas y que también sirve para dar servicio a las piscinas municipales, cuando éstas estén abiertas al público, todo ello como centro social de reunión de los vecinos de la localidad, con derecho a la utilización de las instalaciones de dominio público correspondientes y referenciadas en este pliego. 2.- PRECIO DE LA CESIÓN Dada la escasa rentabilidad que se pueda obtener por la explotación del bar y/o barra objeto de este pliego, se establece el siguiente canon a pagar por el adjudicatario del servicio: CONCESIÓN Para la Explotación del Bar del Pabellón y de Piscinas: - Mínimo 2.000 por la explotación, con mostrador abierto hacia el Pabellón y con mostrador abierto hacia las piscinas, durante todos los días desde el 1 de julio al 03 de septiembre de 2017. No obstante lo anterior las fechas indicadas podrán variar dependiendo de la climatología anual, pudiendo adelantarse y retrasarse la apertura de piscina, a concertar entre el Ayuntamiento y el Adjudicatario, sin que por ello cambien las condiciones aquí descritas. El adjudicatario del bar de las piscinas, se obliga a que durante las fiestas patronales de Loscos, las cuales se celebran normalmente durante 5 días coincidiendo con la festividad de la Virgen de Agosto y San Roque, según programa de fiestas anual: 1. en todo caso y en todas las horas, a tener cerrado el servicio del mostrador que da hacia el pabellón. 2. a tener cerrado el servicio de bar en las horas que coincida con los conciertos y verbenas de noche, en todos los días de las fiestas. 3.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN La adjudicación del presente contrato menor se realizará con máximo respeto a los principios de libertad de la concurrencia y publicidad, pudiendo adjudicarse el contrato al licitador que presente la oferta más ventajosa. El Ayuntamiento podrá declarar desierta la licitación si considera inadecuadas las ofertas presentadas. 4.-CAPACIDAD DE LOS LICITADORES Podrá contratar con el Ayuntamiento la persona natural o jurídica, española o extranjera, que tenga plena capacidad de obrar y no esté incursa en ninguna de las circunstancias señaladas en el art. 20 del Real

Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. 5.-PROPOSICIÓN DEL INTERESADO 5.1.- La proposición u oferta a presentar, que será secreta, constará de un único sobre por persona, en el que figurará el nombre del ponente y la inscripción Proposición para tomar parte en el contrato menor de servicio de explotación del bar del pabellón y de las piscinas convocado por el Ayuntamiento de Loscos (anexo modelo de proposición). 5.2.- Su presentación presume la aceptación incondicionada del contenido de la totalidad de las cláusulas de este pliego. 5.3.- No podrá presentarse más de una proposición por licitador. 5.4.- El plazo de presentación de proposiciones será hasta el próximo día 31 de mayo, desde la publicación del anuncio en los tablones del Ayuntamiento. 6.- MESA DE CONTRATACIÓN Tratándose de un contrato menor no es precisa su constitución. 7.- DURACIÓN DEL CONTRATO Para el Bar de Piscinas, se establece un período de duración del contrato que coincidirá con la época de apertura y cierre de las piscinas municipales de Loscos en cada año, sin posibilidad de prórroga por acuerdo expreso entre la partes, por expresa prohibición del artículo 56 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. 8.- FIANZAS Tratándose de un contrato menor no es preciso formalizar fianza alguna. 9.- SEGURO DE RESPONSABILIDAD Para el adjudicatario del Bar de Piscinas, este deberá formalizar seguro de responsabilidad por la actividad a desempeñar en el plazo que se le conceda, no procediéndose a la adjudicación del contrato en caso en incumplimiento de esta condición. El importe de daños asegurados por prestación de la actividad será de 5.000.- como mínimo, valorándose como mejora en la oferta un importe mayor. 10.-IMPUESTOS Y GASTOS Serán por cuenta del adjudicatario todos los impuestos, tasas y gastos de toda índole referentes al contrato, incluido el impuesto de valor añadido. 11.- DESTINO DE LA INSTALACIÓN El único y exclusivo objeto del contrato es la explotación del bar del pabellón y de las piscinas, como lugar de reunión de los vecinos, familiares y amigos de éstos, así como a otros visitantes de la localidad y por el plazo en que las piscinas se encuentren abiertas.

12.-OBLIGACIONES MUNICIPALES Tener el local en condiciones de uso para el servicio de bar y permitir el uso de la instalación eléctrica, así como el uso de los servicios sanitarios del pabellón. Además se permitirá el uso del pabellón para la colocación de mesas, sillas y juegos diversos para la población, pudiendo atender al público existente en dichas instalaciones municipales en eventos y reuniones que allí se celebren, excepto en los días de las fiestas patronales tal como se especifica en el punto 2 de este pliego. 13.- DE LAS OBRAS. Las obras que se realicen en las instalaciones serán de propiedad municipal sin que por ella deba abonarse indemnización ni cantidad alguna al adjudicatario. Sólo podrán ser llevadas por el cesionario aquellas instalaciones o maquinaria que puedan ser extraídas sin daño ni menoscabo para los inmuebles. Todo tipo de construcción, instalación u obra deberá disponer de la correspondiente autorización municipal en cuanto propietario del edificio, además de los permisos municipales requeridos por la legislación - apertura, licencias urbanísticas... -. 14.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO. El concesionario se obliga a la prestación del servicio con las siguientes condiciones: Bar de Pabellón y Piscinas: El servicio de bar deberá estar abierto ininterrumpidamente desde las 9 de la mañana hasta la hora de cierre que marque la normativa vigente al respecto que como instalación de Hostelería lo permita y durante todos los días desde la apertura al cierre de las piscinas según lo establecido en el punto 2 de este pliego. Igualmente, es obligación del cesionario ó cesionarios: Además del cumplimiento del objeto principal del contrato: - estar dado de alta en el impuesto de actividades económicas. - cotizar en la seguridad social en el régimen que corresponda legalmente y tener asegurados a los operarios que pueda contratar. - disponer para el correcto servicio de mesas un mínimo de 15, con sus correspondientes sillas. - la limpieza y mantenimiento de los servicios sanitarios existentes en el pabellón. 15.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Son causas de resolución del contrato las generales de la Ley y el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones fijadas en este pliego de condiciones, las cuales se conceptúan a tales efectos como esenciales. 16.- NATURALEZA Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO El presente contrato tiene naturaleza jurídica pública, como contrato menor de servicios al amparo del arto 196.3 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, formalizándose en documento administrativo. 17.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Esta contratación tiene carácter administrativo, quedando sometida a la jurisdicción contencioso

administrativa respecto a los actos jurídicos que se dicten en relación con la preparación y adjudicación, efectos y extinción. Dispondrá el Ayuntamiento para con el contrato de todas las prerrogativas recogidas en el arto 59 del Real Decreto Legislativo 212000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Para lo no previsto en el presente pliego regirá el sistema de fuentes a que se refiere el arto 7 de este mismo texto legal. Loscos, a 20 de abril de 2017.

BAR PISCINAS MODELO DE PROPOSICION-BAR DE PISCINAS Don/Doña., con domicilio en.., y con NIF nº., en su nombre o en representación de la entidad. con CIF. Enterado del expediente de contratación del servicio para la explotación del Bar del pabellón y de las piscinas, propiedad del Ayuntamiento de Loscos, así como de las condiciones y requisitos que se exigen para su adjudicación, se compromete a ser el adjudicatario, por el plazo, derecho y obligaciones indicados en el pliego y con sujeción estricta al mismo. - El importe que se propone, para su consideración por el Ayuntamiento, es:.. - Otras mejoras que se proponen son:., a cargo y cuenta del proponente. - La experiencia en actividad similar es la siguiente y/o motivos por los que está interesado en licitar:... (Lugar, fecha y firma del proponente).