La empresa deberá realizar un vídeo de 15 minutos y una adaptación (resumen) de 5 minutos.

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1.- OBJETO DEL CONTRATO

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El presente contrato está cofinanciado al 50% por el FEDER dentro del eje de Asistencia Técnica de la Iniciativa URBANA, Villaverde.

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1.- JUSTIFICACIÓN DE LA CONTRATACION

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1.- ANTECEDENTES Y MOTIVACIÓN DEL CONTRATO.

1. OBJETO DEL CONTRATO.

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A los efectos de la nomenclatura del Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea la codificación correspondiente es:

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Sección I - Administración Local Ayuntamientos

El documento ha sido firmado por : 1.- Alcalde de AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE.Firmado 14/07/ :14

INDICE 1.- OBJETO 2.- CARACTERÍSTICAS DE LA CAMPAÑA 2.1 OBJETIVOS DE LA CAMPAÑA 2.2 PUBLICO OBJETIVO 3.- DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS

1. OBJETO DEL CONTRATO: Explotación del bar y servicio de limpieza del centro de la tercera edad de Gernika-Lumo. 2. TRAMITACIÓN: Ordinaria


Transcripción:

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE REALIZACIÓN DE UN REPORTAJE DE VIDEO DE LOS PROGRAMAS Y ACTIVIDADES DEL DEL ÁREA DE COORDINACIÓN GENERAL DE DISTRITOS, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, EDUCACIÓN, Y EDIFICIOS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA. 1. OBJETO DEL CONTRATO Producción, grabación, realización, edición y copias de dos vídeos, uno de cinco minutos y otro de 15 minutos de duración, de las actividades y programas que realiza el del Área de Coordinación General de Distritos, Participación Ciudadana, Educación, y Edificios Municipales del Ayuntamiento de Sevilla. 2. CARACTERISTICAS TÉCNICAS La empresa adjudicataria deberá realizar el video, tipo institucional, para transmitir la amplia oferta educativa que realiza el del Ayuntamiento de Sevilla. La empresa tendrá que realizar la grabación de imágenes de video de los programas y actividades que realiza el Servicio de Educación. Deberá proceder a su edición, para su difusión por distintas vías (webs, redes sociales, medios de comunicación, entre otros). Será por cuenta de la empresa adjudicataria la realización de imágenes, los audios, el montaje, rotulación, música y locución. El podrá realizar los cambios que considere, debiendo la empresa adjudicataria realizar dichos cambios a la mayor brevedad posible, y tantas veces como sea necesario, hasta la total y completa satisfacción del. La empresa deberá realizar un vídeo de 15 minutos y una adaptación (resumen) de 5 minutos. La empresa adjudicataria deberá: 1. Realizar la pre-producción, que incluye la idea, el guion y la escaleta. 2. Disponer, en caso de que sea requiera, de dos operadores de cámara 3. Disponer de los recursos fungibles y no fungibles necesarios y suficientes (equipos de grabación y profesionales) 4. Realizar el transporte y desplazamientos que se precisen para la grabación (centros educativos, espacios municipales, y todos aquellos que designe el en un radio máximo de 15 km). 5. El período de grabación previsto se adaptará a la temporalización de los distintos programas, principalmente en horario de mañana de 9 a 14 horas. Podrá realizarse alguna grabación en horario de tarde y en algún sábado. 6. Realizar la edición del video, incluyendo la grabación de voz en off, que deberá realizar un profesional de la locución y el alquiler de estudio. 7. Realizar la producción de 200 copias en DVD, que deberá incluir el diseño de la caja y la galleta. 8. Todos los materiales y fuentes que se utilicen deberán estar libres de derechos de autor, y si los hubiera, será por cuenta de la empresa adjudicataria. En cualquier caso, el uso de los materiales, fuentes e imágenes que incumplan la legislación vigente será responsabilidad del adjudicatario y en ningún caso del. Observaciones Página 1/6

9. La grabación final deberá entregarse en una resolución de 1920x1080 px y codificados tanto en H.264 como en Apple ProRes 422HQ. 10. La fecha límite para la entrega de la grabación final y las copias de DVD es el 29 de noviembre de 2018. 3. ESPACIOS Y LUGARES DONDE SE REALIZARÁN LAS GRABACIONES Las grabaciones se realizarán tanto en interiores como en exteriores. La relación de espacios donde grabar las actividades será facilitada por el, así como los correspondientes permisos y autorizaciones que se requieran. Estos son los programas de los que se deberán tomar imágenes: Visitas Escolares a Las Casas Consistoriales Escuela Abierta, Espacios De Encuentro (Sábados) Alcázar Virtual La Memoria va a las Aulas: El Deber de Recordar Memoria Histórica Arboleda Digital Sensibilización en el Ámbito Educativo sobre las dificultades de Integración de los escolares con capacidades diferentes Música Especialmente Para Ti Actividades Acuáticas Adaptadas (Hidroterapia) Feria del Libro de Sevilla 2018 La Sevilla Romana: El Antiquarium Europa Junior. Festival de Cine Europeo de Sevilla Cine Para el Alumnado de los Centros de Adultos 25ª Muestra de Teatro Escolar Programa Encuentros En Familia. 2017-18. - Sesión De Evaluación del Programa Escuelas De Familias - Acto De Clausura del Programa de Escuelas De Familias Prevención, Control y Seguimiento del Absentismo Escolar en la Ciudad. Subcomisiones Técnicas Municipales de Absentismo Escolar. Plan Municipal de Prevención y Control del Absentismo Escolar XVII Convocatoria De Premios A La Trayectoria Académica y Personal del Alumnado de 4º Curso de E.S.O. Curso Escolar 2017-2018 Representantes Municipales en los Consejos Escolares de Centros Públicos. Periodo 2015 / 2019 Ciudades Educadoras Camino Escolar Camino Seguro Campaña de La Bicicleta Alguna otra actuación que el realice fuera de la programación prevista, y que será comunicada en tiempo y forma a la empresa adjudicataria. Observaciones Página 2/6

El calendario de ejecución de estos programas abarca desde el mes de mayo hasta el mes de noviembre, ambos incluidos. El facilitará el calendario de cada una de las actividades. 4. PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS AL HONOR, INTIMIDAD Y PROPIA IMAGEN DE LOS MENORES El derecho a la propia imagen está reconocido al artículo 18 de la Constitución y regulado por la Ley 1/1982, de 5 de mayo, sobre el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y la Ley 15/1999, de 13 de Diciembre, sobre la Protección de Datos de Carácter Personal. La empresa adjudicataria deberá gestionar para el del Ayuntamiento de Sevilla la solicitud y recogida del consentimiento expreso de los padres o tutores legales para poder publicar las imágenes en las cuales aparezcan individualmente o en grupo durante su participación en los programas y actividades municipales realizadas en el colegio y fuera del mismo, y que serán grabadas con motivo del presente contrato. Se adjunta Anexo con el modelo de consentimiento, que deberá ser fotocopiado por la empresa adjudicataria y entregado al profesorado que participa con su grupo clase en las actividades, para que este a su vez lo entregue a las familias de los escolares. En especial se deberá cuidar la imagen del alumnado con otras capacidades y necesidades educativas especiales, debiendo ofrecer una imagen ajustada, normalizada, respetuosa e inclusiva, en tanto que manifestación enriquecedora de la diversidad humana. Se deberá evitar difundir percepciones estereotipadas, sesgadas o producto de los prejuicios sociales que pudieran subsistir, procurar que su aparición en el video sea proporcional al peso y a la participación de estas personas en el conjunto de la población escolar. PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN Base Imponible: 7.500,00 IVA 21%: 1.575,00 Total:... 9.075,00 Para el cálculo del importe máximo de licitación se ha tenido en cuenta el importe de adjudicación de un contrato de las mismas características de este (Número de expediente: 2017/001654 - Referencia de publicación: 2017-0000004390) actualizado al número de grabaciones que se exigen en la presente licitación. 5. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN La adjudicación del presente contrato se realizará a la oferta más económica. Se otorgará la puntuación máxima, de 100 puntos, a la más baja de las proposiciones económicas presentadas y admitidas. Las ofertas que superen el máximo de licitación quedarán excluidas. Las ofertas que igualen el precio máximo obtendrán 0 puntos. El resto de las proposiciones obtendrán puntuación inferior, calculada según la fórmula: Observaciones Página 3/6

P = 100(B/X) En donde: B: oferta económicamente más baja de las admitidas X: oferta que se valora P: puntuación obtenida por la oferta que se valora Se considerarán, en principio, anormales o desproporcionadas, las ofertas que se encuentren en los supuestos relacionados en el artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Si apreciaran valores anormales en las proposiciones se procederá conforme al procedimiento previsto en LCSP. Para la consideración, en su caso, de los valores de la oferta económica como anormales o desproporcionados, se deberá acreditar entre otras, la posibilidad de cumplimiento de la oferta con el Convenio Colectivo de aplicación, así como la reducción de los costes de la empresa en cualesquiera de los aspectos objeto de la contratación: recursos materiales, recursos humanos, medios técnicos, de comunicación, logísticos, organizativos, de servicios y otros derivados de su objeto, para cuya justificación deberán acreditarse de modo fehaciente las circunstancias que lo motivan. 6. FUNCIONAMIENTO, COORDINACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN La empresa adjudicataria deberá coordinar con el todos los aspectos relacionados con la producción y edición del video, para lo cual deberá designar a una persona que será su interlocutor válido. A los cinco días naturales de la adjudicación del contrato, la empresa deberá presentar la escaleta del video, entendida como resumen de mayor extensión que la sinopsis en el que el argumento aparezca ya detallado y dividido en bloques de información que conformen las escenas del video. El Servicio de Educación podrá realizar cuantos cambios considere oportunos y la empresa deberá modificar la escaleta y presentar una nueva con la mayor diligencia posible. Una vez aprobada la escaleta, deberá entregarse el guion definitivo del video al Equipo Técnico del para su revisión y aprobación definitiva. El diseño gráfico de la carátula del DVD y de la galleta deberá contar con la aprobación del Servicio de Educación, que facilitará a la empresa adjudicataria los logos y textos que deberán incluirse. Antes de la edición final, el video será visionado por el, pudiendo sugerir los cambios que considere y que no impliquen nueva grabación de imágenes. La grabación final deberá entregarse en el antes del 29 de noviembre. Observaciones Página 4/6

7. OBLIGACIONES GENERALES DEL ADJUDICATARIO Desde el Área de Coordinación General de Distritos, Participación Ciudadana, Educación, y Edificios Municipales se podrá pedir en cualquier momento al adjudicatario, la presentación de certificados actualizados de encontrarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Así mismo, podrá pedir en cualquier momento, la presentación de los documentos correspondientes de la Seguridad Social (modelo TC2) sobre los empleados que realicen el objeto del contrato. El adjudicatario deberá realizar directamente la explotación del servicio no pudiendo subrogar, subarrendar, ceder o traspasar, directa o indirectamente la explotación, ni hacer uso en sus relaciones comerciales, laborales, o cualquier otra, de los datos relativos a los participantes ni del Ayuntamiento, sin autorización expresa. Será de exclusiva cuenta del adjudicatario el pago del personal propio que emplee para la realización de los trabajos objeto de este contrato. Todos los gastos de carácter social y los relativos a tributos del referido personal, serán por cuenta del adjudicatario. El personal que por su cuenta aporte el adjudicatario, no podrá tener vinculación alguna con el Ayuntamiento, por lo que no tendrá relación alguna con el mismo. El adjudicatario, de quien depende única y exclusivamente todo el personal tendrá todos los derechos y obligaciones sobre dicho personal, con arreglo a la legislación vigente y aquella que en lo sucesivo pueda promulgarse. En ningún caso, la parte contratante resultará responsable de las obligaciones del contratista con sus trabajadores, aun cuando los despidos y medidas que adopte sean consecuencia directa o indirecta del incumplimiento o interpretación del contrato establecido. El adjudicatario dotará a su personal de todos los medios de seguridad necesarios, obligándose a cumplir con el mismo toda la legislación vigente de Seguridad e Higiene en el trabajo. Igualmente es competencia del adjudicatario, la formación de su personal. La empresa propuesta como adjudicataria estará obligada a suscribir una póliza de responsabilidad civil por un importe mínimo de 300.000 euros. Una copia de la póliza y de los resguardos de los seguros deberá entregarse en el previo al comienzo del programa. El contratista responderá de todos los daños y perjuicios causados al Ayuntamiento de Sevilla dentro del proceso contractual y a él imputables. El contratista será responsable de las prestaciones realizadas, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores y métodos inadecuados utilizados en la ejecución de las mismas, debiendo indemnizar en este caso al Ayuntamiento y/o terceros perjudicados. El objeto del contrato se desarrollará bajo la supervisión e instrucciones de los técnicos del Servicio de Educación responsable de la ejecución, de forma que en aquello que no esté expresamente descrito en los presentes pliegos, se cumplimentarán las instrucciones y se realizarán las actuaciones que el Ayuntamiento de Sevilla, a través del, dicte al respecto. Observaciones Página 5/6

8. FACTURACIÓN La factura se presentará a la finalización del servicio y antes del día 5 de diciembre de 2018. Sevilla, en la fecha indicada al pie de firma La Técnica de Educación Carmen Yáñez Moreno Observaciones Página 6/6