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Área de Gobierno de Presidencia, Cultura, Educación y Seguridad Ciudadana SECRETARIA GENERAL TÉCNICA DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD JUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Acta número 36/2018 Sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 13 de agosto de 2018. En la Sala de Juntas, sita en la sexta planta de las Oficinas Municipales de la calle León y Castillo núm. 270 de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, siendo las nueve horas y diez minutos del día 13 de agosto de 2018, se reúne la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, para celebrar sesión extraordinaria y urgente, bajo la presidencia del ilustrísimo señor primer teniente de alcalde, don Javier Erasmo Doreste Zamora. Asisten los miembros de la misma, doña Magdalena Inmaculada Medina Montenegro, don Sergio Millares Cantero y don Jacinto Ortega del Rosario. Da fe del acto la concejala secretaria de la Junta de Gobierno, doña Encarnación Galván González. Excusan su asistencia, don Augusto Hidalgo Macario, don Pedro Quevedo Iturbe, don Aridany Romero Vega y doña María del Pilar Álvarez León. Previa constatación del quórum exigido por el artículo 20 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, la Presidencia abre la sesión, que se desarrolla con arreglo al siguiente A) ORDEN DEL DÍA: 01.- Ratificación de la urgencia de la sesión. I.- ÁREA DE GOBIERNO DE PRESIDENCIA, CULTURA, EDUCACIÓN Y SEGURIDAD CIUDADANA SERVICIO DE CULTURA 02.-Autorizar el gasto de un UN MILLÓN DE EUROS (1.000.000,00,- ), con cargo a la partida 08.01C/334.00/489.01 para la Fundación Canaria Auditorio y Teatro de las Palmas de Gran Canaria. Conceder la subvención nominada en el presupuesto 2018 y la disposición del gasto. Aprobar el convenio de colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y la Fundación Canaria Auditorio y Teatro de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2018. ID. FIRMA afirma.redsara.es PÁGINA 1/11

B) DESARROLLO DEL ORDEN DEL DÍA: 01.- Ratificación de la urgencia de la sesión. Por razones de urgencia y a tenor de lo establecido en el artículo 20.3 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, por la presidencia se interesa la previa declaración de urgencia del asunto reseñado en el punto segundo, motivada por la justificación expresada por el Servicio proponente, y que a continuación se describe: Motivos de urgencia: Desde el Servicio de Cultura se ha tramitado el expediente de subvención nominativa cuyo destinatario es la Fundación Canaria Auditorio y Teatro de Las Palmas de Gran Canaria, por importe de un millón de euros (1.000.000,- ), previsto en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, anualidad 2018 (Boletín Oficial de la Provincia, núm. 27 de fecha 2 de marzo de 2018). Dado que los gastos corrientes de la Fundación Canaria Auditorio y Teatro de Las Palmas de Gran Canaria, de la que este Ayuntamiento es Patrono, no pueden demorarse hasta el mes de septiembre, es por lo que se considera necesaria la celebración con carácter de urgencia de la Junta de Gobierno de la Ciudad. La Junta de Gobierno, previa deliberación, acuerda la ratificación del asunto que seguidamente se detalla: I.- ÁREA DE GOBIERNO DE PRESIDENCIA, CULTURA, EDUCACIÓN Y SEGURIDAD CIUDADANA SERVICIO DE CULTURA 02.-Autorizar el gasto de un UN MILLÓN DE EUROS (1.000.000,00,- ), con cargo a la partida 08.01C/334.00/489.01 para la Fundación Canaria Auditorio y Teatro de las Palmas de Gran Canaria. Conceder la subvención nominada en el presupuesto 2018 y la disposición del gasto. Aprobar el convenio de colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y la Fundación Canaria Auditorio y Teatro de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2018. Examinada la siguiente propuesta de acuerdo, ANTECEDENTES Vistos los documentos obrantes en el expediente de referencia, fundamentalmente los siguientes: ID. FIRMA afirma.redsara.es PÁGINA 2/11

- Propuesta de gasto, de fecha 06 de marzo de 2018, de la aportación municipal con cargo al Presupuesto Municipal 2018, para atender los gastos que se generen dentro de las actividades de la Fundación Canaria Auditorio y Teatro de Las Palmas de Gran Canaria. - Retención de crédito, de fecha 9 de marzo de 2018, con número de operación 220180005034. - Resolución nº 2018/6666 de fecha 12 de marzo de 2018, de la Concejala del Área de Gobierno de Presidencia, Cultura, Educación y Seguridad Ciudadana de incoación del expediente de subvención nominativa a la Fundación Canaria Auditorio y Teatro de Las Palmas de Gran Canaria. - Informe del Jefe del Servicio de Cultura y Presidencia, de fecha 9 de marzo de 2018. - Informe de la Asesoría Jurídica Municipal, de fecha 10 de julio de 2018 - Informe del Órgano de Gestión Presupuestaria, de fecha 17 de julio de 2018 - Informe de la Intervención General de fecha 27 de julio de 2018, n.º de registro de salida 1608, de devolución del expediente a los efectos de subsanación/justificación de los extremos señalados en el mismo. - Memoria justificativa en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 50.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. - Informe de la técnica municipal con el visto bueno del Jefe de la Sección de Cultura (por sustitución), de 2 de agosto de 2018, subsanando las deficiencias expresadas en el precitado informe de Intervención - Informe del Jefe de la Sección de Cultura, por sustitución, relativo a la conformidad con la normativa vigente de la propuesta de acuerdo a adoptar, de fecha 8 de agosto de 2018. - Informe de conformidad de la Intervención General de fecha 9 de agosto de 2018. LEGISLACIÓN DE APLICACIÓN - Base 35 de ejecución del presupuesto municipal correspondiente al ejercicio 2018. - Artículo 40.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. En concreto el artículo 22.2 a) y el art. 28 ID. FIRMA afirma.redsara.es PÁGINA 3/11

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en concreto el artículo 22.2 a) y el art. 28 y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba su Reglamento. - Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (R.O.F.) - Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. - Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, art.50.1 Considerando lo expuesto, y lo establecido en los artículos 40.d de la Ley 7/2015, de 1 de abril de los municipios de Canarias y 41.d del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (ROGA), la Concejala del Área de Presidencia, Cultura, Educación y Seguridad Ciudadana, según decreto 19.957 de 22 de junio de 2015, está facultada para formular la siguiente propuesta de acuerdo para su aprobación por la Junta de Gobierno de la Ciudad. PROPUESTA DE ACUERDO: Primero.- Autorizar el gasto de UN MILLÓN DE EUROS (1.000.000,00,- ), con cargo a la partida 08.01C/334.00/489.01 del presupuesto 2018, para la FUNDACIÓN CANARIA AUDITORIO Y TEATRO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, con N.I.F. G 35461177, beneficiario de la subvención nominativa prevista en los estados de gastos del citado presupuesto. Segundo.- Conceder la subvención nominada en el presupuesto 2018, por importe de UN MILLÓN DE EUROS (1.000.000,00,- ) a la FUNDACIÓN CANARIA AUDITORIO Y TEATRO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, con N.I.F. G 35461177, entidad beneficiaria de la misma, en adelante la FAT, con sujeción a los términos del Convenio que en esta sesión se aprueba. Tercero.- Disponer el gasto de UN MILLÓN DE EUROS (1.000.000,- ), con cargo a la partida 08.01C/334.00/489.01 del presupuesto 2018, para la FUNDACIÓN AUDITORIO Y TEATRO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, con N.I.F. G 35461177, beneficiario de la subvención nominativa prevista en los estados de gastos del citado presupuesto. Cuarto.- La aprobación del texto del convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y la Fundación Canaria Auditorio y Teatro de Las Palmas de Gran Canaria y facultar expresamente a la Concejal del Área de Gobierno de Presidencia, Cultura, Educación y Seguridad Ciudadana para la firma del mismo. "CONVENIO DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Y FUNDACIÓN CANARIA AUDITORIO Y TEATRO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA DESTINADO A SUFRAGAR GASTOS CORRIENTES DE SU FUNCIONAMIENTO. En Las Palmas de Gran Canaria, a de de 2018 ID. FIRMA afirma.redsara.es PÁGINA 4/11

REUNIDOS De una parte, doña Encarnación Galván González, Concejala de Gobierno del Área de Presidencia, Cultura, Educación y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, la cual actúa en virtud del Decreto del Alcalde nº 21.615/2015 de 10 de julio de delegación de competencias en los Concejales de Gobierno, y expresamente facultada para este acto en virtud de acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de fecha de de 2018, que aprueba el presente Convenio. Asistida por el Secretario General Técnico de la misma, don Felipe Mba Ebebele, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional octava, letra d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a estos efectos en la calle León y Castillo nº 322, 4ª, 35007 Las Palmas de Gran Canaria y CIF: P-351700-C, en adelante Ayuntamiento. Y de otra parte, don Tillmann Kuttenkeuler, con N.I.E Y0784690-J, actuando en calidad de Director General de la Fundación Canaria Auditorio y Teatro de Las Palmas de Gran Canaria, con CIF G35461177, y domicilio social en Las Palmas de Gran Canaria, Avenida Príncipe de Asturias, s/n, CP 35010, en virtud de escritura de poder otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Las Islas Canarias, don Guillermo Croissier Naranjo, de fecha 7 de abril de 2016, al número 516 de orden, debidamente inscrita en el Registro de Fundaciones Canarias, en adelante FAT. Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para celebrar el presente Convenio de Colaboración, y EXPONEN 1.- Que el Ayuntamiento contempla decididamente, en el ámbito de sus competencias, el objetivo de apoyar a las entidades cuya actividad constituye parte fundamental del tejido cultural de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria. Que la FAT es una de las manifestaciones que enriquecen dicho entramado. 2.- La FAT es la responsable de la gestión y mantenimiento del Teatro Pérez Galdós y el Auditorio Alfredo Kraus, inmuebles propiedad de este Ayuntamiento, que cuentan con una oferta cultural propia y exclusiva. ID. FIRMA afirma.redsara.es PÁGINA 5/11

Que el Ayuntamiento, como consecuencia de su condición de patrono fundacional de la FAT, responde a la obligación estatutaria, artículos 8 y 12, de aportación de recursos para su funcionamiento. 3.- Queda acreditado el interés público y cultural por la importante programación cultural que se proyecta en el el Auditorio Alfredo Kraus y en el Teatro Pérez Galdós, este último declarado Bien de Interés Cultural. 4.- Que en Junta de Gobierno Local de la Ciudad, en sesión celebrada el de del actual, se acuerda aprobar el presente convenio así como facultar expresamente a la concejala del Área de Presidencia, Cultura, Educación y Seguridad Ciudadana para la firma del mismo. Y que de acuerdo con lo expuesto, ambas partes de conformidad con lo previsto en la Base 35 de Ejecución del Presupuesto formalizan el presente convenio que se regirá por las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- El objeto de este convenio entre el Ayuntamiento y la FAT, es canalizar y formalizar la subvención nominativa prevista en el Presupuesto Municipal correspondiente al ejercicio 2018, para colaborar con los gastos corrientes destinados a la adquisición de material fungible, la prestación de servicios u otros de similar naturaleza no inventariables de las actividades culturales 2018 de la citada entidad, de acuerdo con la memoria aportada al expediente, aprobada por el Patronato de la Fundación Canaria Auditorio y Teatro con fecha 20 de diciembre de 2017. Con ello, se pretende apoyar, difundir y promocionar todo tipo de actividades referentes a la educación, formación y servicios de entretenimiento en el ámbito cultural, museístico, así como las referentes a la organización de eventos musicales, teatrales, danza, conferencias, congresos, expositivos, cine, entre otros. La organización, contratación y administración de las actividades propias de la FAT son de su exclusiva responsabilidad. SEGUNDA.- Su singularidad se deduce por ser hoy la única entidad capacitada para realizar el objeto de la subvención, puesto que es la responsable de la gestión y mantenimiento del Teatro Pérez Galdós y el Auditorio Alfredo Kraus, inmuebles propiedad de este Ayuntamiento, que cuentan con una oferta cultural propia y exclusiva, lo que justifica junto con lo anteriormente señalado la exclusión de la concurrencia pública. TERCERA.- La FAT tiene un presupuesto total de gastos para el ejercicio de 2018 que asciende a 5.026.682,81.- euros. Dicho presupuesto es financiado por la entidad de la siguiente manera: La FAT aporta la cantidad de 3.126.682,81 mediante financiación propia. Subvenciones oficiales: 1.900.000,00 que se desglosan de la siguiente manera: 1. Subvención del Cabildo de Gran Canaria 900.000,00 ID. FIRMA afirma.redsara.es PÁGINA 6/11

2. Subvención del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria 1.000.000,00 CUARTA.- El Ayuntamiento aportará a la FAT para el año 2018 la cantidad de UN MILLÓN DE EUROS (1.000.000,00 ) con cargo a la aplicación presupuestaria 08.01C/334.00/489.01. La cantidad a aportar por el Ayuntamiento representa el 19,90 % del total del presupuesto que la FAT destina a sus actividades. La FAT financia el resto, es decir, 80,10% del proyecto cultural para el que se pide la subvención. Una vez presentada la documentación exigible (Cláusula 5ª del Convenio) y cumplidas las obligaciones que la Ley de Subvenciones señala al beneficiario de la misma, dicha cantidad será transferida a la cuenta de la entidad que figure como alta de terceros en el Ayuntamiento. La FAT destinará el importe de la subvención del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria a financiar gastos corrientes destinados a la adquisición de material fungible, la prestación de servicios y otros de similar naturaleza no inventariables de las actividades culturales 2018 y no podrá destinarse a enjugar pérdidas de anteriores ediciones. La presente subvención tiene vigencia de un año, y en todo caso, hasta el 31 de diciembre de 2018. A efectos de la justificación del gasto, se computarán aquellos derivados de las actividades y actuaciones que se hayan iniciado a partir del 1 de enero de 2018 y hasta la fecha del cierre del ejercicio presupuestario marcada por el Ayuntamiento. Dada la naturaleza de la entidad sin ánimo de lucro y de relevante interés cultural y social, no de exigirá garantía previa para su percepción, y considerando la finalidad de la aportación de los patronos fundacionales, de los que la FAT obtiene sus recursos justifica el carácter anticipado de la subvención que se concede. El abono de esta subvención estará siempre supeditado a la disponibilidad de crédito presupuestario, y siempre que el Ayuntamiento ratifique el convenio. QUINTA.- 1º) Previo a la percepción del pago de la subvención, Fundación Canaria Auditorio y Teatro de Las Palmas de Gran Canaria Canario deberá aportar la siguiente documentación: ID. FIRMA afirma.redsara.es PÁGINA 7/11

1. Escritura o documento de constitución perceptora y de estatutos debidamente registrados y vigentes al momento de la concesión así como el documento que acredite la representación en que actúa el firmante del convenio, siempre que no se haya aportado al Servicio de Cultura con anterioridad. 2. Memoria de actividades de la entidad del ejercicio para el cual se solicita la subvención así como el indicador del número de personas que asisten y participan en la programación de la Fundación Canaria Auditorio y Teatro de Las Palmas de Gran Canaria, tal y como se exige en el plan estratégico de subvenciones del Área de Cultura del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. 3. Proyecto detallado de la actividad objeto de la ayuda especificando fechas, lugares de celebración y programación prevista. 4. Presupuesto global de ingresos y gastos de la actividad detallando las partidas presupuestadas haciendo constar, otras subvenciones, ayudas o patrocinios y las cuantías de los mismos. 5. Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, mediante certificación expedida por el órgano que ostente la gestión recaudatoria: Agencia Tributaria, Ayuntamiento, Gobierno de Canarias y Tesorería General de la Seguridad Social, en el momento de la concesión y también en el momento del pago. 6. En su caso, justificante de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas. 7. Justificación de las subvenciones percibidas del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en el ejercicio anterior. 2º) Justificación de la ayuda: Se realizará presentando a esta Corporación, la cuenta justificativa con informe del auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas, de conformidad y con el contenido especificado en los artículos 72 y 74 del Reglamento de la Ley de Subvenciones. La justificación de la ayuda a percibir se realizará mediante la presentación de los siguientes documentos: Memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas para la concesión con indicación de actividades realizadas y resultados obtenidos, fechas definitivas de ejecución, etc. Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, con indicación detallada de los gastos e ingresos relacionados con el proyecto subvencionado, que deberá incluir: ID. FIRMA afirma.redsara.es PÁGINA 8/11

Las fuentes de financiación y el desglose, importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas de conformidad con lo establecido en el artículo 30.4 de la Ley General de Subvenciones. Balance de situación a 31 de diciembre y Cuenta de Pérdidas y Ganancias del ejercicio aprobado por el órgano correspondiente de la entidad. Declaración de otras subvenciones, ingresos, ayudas o patrocinios de carácter público o privado y cuantía de estos indicando expresamente que la suma de estos no supera el 100% del coste de la actividad subvencionada. Cualquier modificación o incidencia que varíe el objeto, presupuesto, calendario o finalidad del programa inicial subvencionado deberá ser comunicado al Ayuntamiento. La totalidad de la documentación acreditativa del gasto de la actividad objeto de la subvención Material de difusión con la presencia del logotipo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. El IGIC no tendrá la consideración de partida subvencionable, si el beneficiario está obligado. La subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedente de cualesquiera administraciones, entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no se rebase el costo de la actividad subvencionada, sin perjuicio de lo que pudiera establecer la normativa reguladora de dichas subvenciones o ayudas. La justificación deberá realizarse antes del 31 de marzo del año siguiente. SEXTA.- La FAT deberá ejecutar la programación cultural especificada en la memoria de actividades aportada al expediente, durante el ejercicio del año 2018 y hará constar en toda publicidad que contrate, tanto en los programas de sala, como en carteles o cualquier otra difusión pública que realice, de manera preeminente el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria como patrocinador-productor principal, incluyendo el logotipo de la institución e invitará al Ayuntamiento, con la antelación suficiente, a todas las presentaciones y ruedas de prensa que se lleven a cabo con motivo del evento. ID. FIRMA afirma.redsara.es PÁGINA 9/11

Para el seguimiento, evaluación y control de la presente subvención, se constituye una Comisión Mixta, que estará formada por un representante de cada una de las partes, que resolverá cualquier controversia que pudiera surgir tanto en la interpretación como en la aplicación de la misma. Ambos se comprometen a mantenerse mutuamente informados de manera regular. SÉPTIMA.- El incumplimiento por la Fundación Canaria Auditorio y Teatro de Las Palmas de Gran canaria de las obligaciones señaladas, así como en los casos señalados en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones, darán lugar al reintegro de las cantidades percibidas y a la exigencia de los intereses de demora correspondientes desde el momento del pago de la subvención. La entidad beneficiaria de la ayuda queda sometida a régimen sancionador en materia de subvenciones previsto en los artículos 52 y siguientes de la LGS y 102 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Subvenciones. OCTAVA.- La concesión de esta subvención a la FAT, queda sujeta a lo aquí expuesto y para lo no previsto le será de aplicación las normas recogidas en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal en vigor, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. NOVENA.- El presente convenio tiene carácter administrativo, quedando sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa las posibles cuestiones litigiosas surgidas sobre su contenido y aplicación. En prueba de conformidad con cuanto queda estipulado en este Convenio lo firman por triplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha al comienzo expresados. La Concejala de Gobierno del Área de Presidencia, Cultura, Educación y Seguridad Ciudadana (Decreto nº 19.957 de 22/06/2016) El Director General de la Fundación Canaria Auditorio y Teatro de Las Palmas de Gran Canaria Encarnación Galván González Tillmann Kuttenkeuler" Quinto.- Dar traslado de un ejemplar del documento, una vez formalizado por las partes intervinientes, para que se disponga su inclusión en el Registro de Convenios. Sexto.- Notificar el presente acuerdo al interesado, significándole que contra el citado acto expreso, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juez de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en concordancia con el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. ID. FIRMA afirma.redsara.es PÁGINA 10/11

No obstante, con carácter potestativo y previo al recurso contenciosoadministrativo señalado en el párrafo anterior, contra el acto expreso que se le notifica, podrá usted interponer RECURSO DE REPOSICIÓN, ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de UN MES, transcurrido dicho plazo sin haberse notificado la resolución expresa, de conformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero de la ley referida, se producirá por silencio administrativo desestimatorio, y podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de SEIS MESES, computados a partir del día siguiente a aquel en el que el recurso potestativo de reposición debe entenderse desestimado por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para mejor defensa de sus derechos. Las Palmas de Gran Canaria, con fecha y firma electrónica. El Jefe del Servicio de Cultura, Juan J. Espino Durán; La Concejala de Gobierno del Área de Presidencia, Cultura, Educación y Seguridad Ciudadana (Decreto nº 19957 de 22/06/2016) Encarnación Galván González; con fecha y firma electrónica datada el día 10/08/2018. La Junta de Gobierno, previa deliberación, acuerda su aprobación. Y no habiendo más asuntos que tratar, por la Presidencia se levanta la sesión, siendo las nueve horas y treinta minutos del mismo día de su comienzo, de todo lo cual, como secretaria, doy fe. EL PRIMER TENIENTE DE ALCALDE Javier Erasmo Doreste Zamora LA CONCEJALA SECRETARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Encarnación Galván González ID. FIRMA afirma.redsara.es PÁGINA 11/11