DISPONGO: Artículo 1. Objeto de las ayudas para Actividades de Extensión Universitaria

Documentos relacionados
DISPONGO: Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 2 Becas de Colaboración para el curso

DISPONGO: Artículo 1. Objeto de las becas.

Para dar cumplimiento a dicho precepto la Universidad Pablo de Olavide, ha resuelto:

Becas de Iniciación a la Investigación en la Universidad de La Rioja para el curso

CONVOCATORIA DE AYUDAS DE MOVILIDAD PARA LOS MASTERES UNIVERSITARIOS OFICIALES DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA PARA EL AÑO 2017.

La efectividad de esta cuantía queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

DISPONGO: Artículo 1. Objeto de las becas.

1. Finalidad y objeto de la convocatoria

Becas de Iniciación a la Investigación Convocatoria

Podrán acogerse a esta convocatoria los alumnos que, en el momento de presentar la solicitud, cumplan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

BASES 1ª. OBJETO. Fecha/Hora: 29/05/ :10:58. Firmante: ATAZ RUIZ, JOAQUÍN D. Código seguro de verificación: UE9SMlNuUTEwMA==

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES POR ALUMNOS DE LA UPV AÑO 2017

ANEXO VI COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN DE 19 DE OCTUBRE DE 2016 PROGRAMA PROPIO DE INVESTIGACIÓN 2017 CONVOCATORIA DE BOLSAS DE VIAJE (I)

BASES DE LA CONVOCATORIA

DISPONGO: Artículo 1. Objeto de las beca

Incentivo para el Emprendimiento de jóvenes, mujeres mayores de 45 años y víctimas de violencia de género.

Alumnos que, en el momento de presentar la solicitud, cumplan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

B A S E S. 1.- Objetivo

CONSEJERIA DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA BOLSAS DE VIAJE DE LA FACULTAD CONVOCATORIA ABIERTA Y PERMANENTE

XVI CONVOCATORIA DE AYUDAS DEL CONSEJO SOCIAL PARA EL FOMENTO DE LA FORMACIÓN Y LA INTERNACIONALIZACIÓN DE DOCTORANDOS PARA EL CURSO

RESOLUCION DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE CORDOBA, DE 29 DE MAYO DE 2013, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS DE MATRICULAS EN 3ª Y 4ª O SUCESIVAS VECES

NORMATIVA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS-COLABORACIÓN DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID

BASES DE LA CONVOCATORIA:

NORMATIVA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA

CONVOCATORIA Y NORMATIVA DE BECAS-COLABORACIÓN PARA ESTUDIANTES DEL INEF DE MADRID

BASES CAPÍTULO I DESTINATARIOS Y CARACTERÍSTICAS DE LAS BECAS

CONVOCATORIA DE AYUDAS POR MÉRITOS DEPORTIVOS UNIVERSITARIOS SERVICIO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS CURSO

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. SEGUNDA. FINALIDAD. TERCERA. DESTINATARIOS.

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

DISPONGO SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN. Las asociaciones clubes deportivos interesadas deberán presentar la siguiente documentación:

Boletín Oficial del Estado nº 114 de 13/05/2015 Ref Boletín: 15/05319

La ayuda concedida por la Diputación Provincial no podrá ser superior al 75% de importe total del presupuesto del proyecto, con un límite de

V CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS EXTERNAS, PRÁCTICUM Y PROYECTO DE FIN DE CARRERA EN COOPERACIÓN AL DESARROLLO- 2014

BASES DE LA CONVOCATORIA

REGLAMENTO PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA INICIATIVAS CULTURALES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN

2.1 Justificar dificultades económicas que les impida hacer frente al pago de la matrícula.

40 becas para el campus de la localidad de Valencia 2 becas para el campus de la localidad de Alcoy 2 becas para el campus de la localidad de Gandia

MANUAL DE INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS INJUVE PARA LA CREACION JOVEN 2018/2019

RESOLUCIÓN RECTORAL DE FECHA 12 DE JULIO DE 2009, POR LA QUE SE CONVOCA 1 BECA DE FORMACIÓN EN LA UNIDAD PARA LA IGUALDAD DURANTE EL AÑO 2010.

AYUDAS GENÉRICAS PARA EL TRANSPORTE DE ALUMNOS QUE REALIZAN EL MÓDULO DE FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ESTUDIOS DE MÁSTER DE LA FACULTAD DE CIENCIAS MATEMÁTICAS Curso 2018/19

BASES. Esta convocatoria estará condicionada a la existencia de crédito presupuestario para estos fines.

ANEXO V AYUDAS PARA ESTANCIAS DE PERSONAL INVESTIGADOR INVITADO. 1. Objeto y financiación

DISPONGO: Artículo 1. Objeto de las becas:

BASES DE LA CONVOCATORIA

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE

XIII CONVOCATORIA DE AYUDAS DEL CONSEJO SOCIAL PARA EL FOMENTO DE LA FORMACIÓN Y LA INTERNACIONALIZACIÓN DE DOCTORANDOS PARA EL CURSO

Ayuntamiento de Navarrete

Convocatoria UCM de becas de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios para el curso académico

1. Objeto y finalidad

RESOLUCIÓN DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA POR LA QUE SE CONVOCAN CUATRO

BOLSAS DE VIAJE DEL DEPARTAMENTO DE BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA 1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

PROGRAMA DE MOVILIDAD ERASMUS PARA PERSONAL DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA, curso 2013/2014

b) Estar en posesión del título de Grado, Licenciatura, Diplomatura o Equivalente.

Por ello, SE CONVOCAN

Podrán solicitar estas ayudas los representantes legales (padre/madre o tutor/a) de los alumnos y alumnas que reúnan los siguientes requisitos:

DISPONGO: Artículo 1. Objeto y finalidad de la convocatoria.

PROGRAMA DE BECAS EE.UU. Y CANADÁ

RESOLUCIÓN DE 31 DE ENERO DE 2018 DE CONVOCATORIA AYUDAS DE EXCELENCIA PARA EL INICIO DE ESTUDIOS OFICIALES DE MÁSTER EN EL CURSO ACADÉMICO

DISPOSICIONES GENERALES

FACULTAD DE ÓPTICA Y OPTOMETRÍA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

BASES DE LA CONVOCATORIA:

Ajuntament de l Escala vila marinera

PROTOCOLO DE RESARCIMIENTO DE GASTOS DERIVADOS DE LA ASISTENCIA A CONGRESOS DE ESTUDIANTES DE DOCTORADO

2.- CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS E IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN: (Ayuntamientos) (Mancomunidades) 50.

BASES DE LA CONVOCATORIA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

ANEXO II. R-549/16 BASES DE LAS BECAS DE MANUTENCIÓN PARA RESIDENTES ESTUDIANTES PERMANENTES CURSO COMPLETO

Vicerrectorado de Docencia

En esta zona de la página se autorellena el asiento, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA DE "AYUDAS PARA ESTANCIAS EN EL

ANTECEDENTES DE HECHO

BASES DE LA CONVOCATORIA:

BASES DE LA CONVOCATORIA

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant

PROTOCOLO DE RESARCIMIENTO DE GASTOS DERIVADOS DE LA ASISTENCIA A CONGRESOS DE ESTUDIANTES DE DOCTORADO EN DERECHO

MANUAL DE JUSTIFICACIÓN. CONVOCATORIA 2008 (Primer SEMESTRE)

BASES: Las ayudas se destinarán a proyectos que se desarrollen desde el 2 de enero hasta el 8 de noviembre de 2018

ANTECEDENTES DE HECHO

RESOLUCIÓN RECTORAL DE 15 DE FEBRERO DE 2016 DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA LA CONVOCATORIA DE BECAS IBEROAMÉRICA

BASES DE LA CONVOCATORIA

Convocar el proceso de selección de ayudas al deportista universitario de Alto Nivel con arreglo a las siguientes

CURSO ACADÉMICO CONVOCATORIA II

3dXVBAUQWBOx8zB3mXtx1A==

III. Otras Resoluciones

CONVOCATORIA DE AYUDAS DIRIGIDA A LOS CE IPS DE ALCALÁ DE HENARES, DESTINADA A LOS ESCOLARES QUE TENGAN NECESIDAD DE LIBROS Y MATERIAL DIDÁCTICO.

NORMATIVA DE CONCESIÓN DE BECAS COMEDOR DE LA ETSI TELECOMUNICACIÓN

2. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

BASES PROGRAMA de DOCENCIA CIBERES AYUDAS DE PERFECCIONAMIENTO Y MOVILIDAD

Las correspondientes convocatorias que se efectúen se regirán con arreglo a las siguientes BASES:

BASES DE LA CONVOCATORIA

SUBVENCIONES A ENTIDADES ORGANIZADORAS DE FIESTAS (ROMERIAS TRADICIONALES) EN PUEBLOS, BARRIOS Y PARROQUIAS DEL CONCEJO DE OVIEDO CONVOCATORIA 2012

Transcripción:

RESOLUCIÓN DE 1 DE FEBRERO DE 2018 DEL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE-INEF DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS DE BOLSAS DE VIAJE La Facultad de Ciencias de la Actividad Física y el Deporte INEF de la Universidad Politécnica de Madrid aprobó una nueva normativa de Ayudas para Actividades de Extensión Universitaria. La Facultad de Ciencias de la Actividad Física y el Deporte-INEF de la Universidad Politécnica de Madrid es consciente de que la formación integral de sus estudiantes exige complementar las actividades docentes impartidas en aula con otros tipos de aprendizaje de carácter teórico o práctico, desarrollados a menudo fuera del ámbito de la Facultad y por ende de la Universidad y por ello entiende que dichas iniciativas deben ser apoyadas de manera que contribuyan a enriquecer su formación. En el artículo 5 de dicha normativa se establece que el procedimiento de concesión de las ayudas para Actividades de Extensión Universitaria se iniciarán de oficio mediante convocatoria pública adoptada por resolución. DISPONGO: Artículo 1. Objeto de las ayudas para Actividades de Extensión Universitaria Las ayudas para Actividades de Extensión Universitaria son ayudas económicas que se asignan a los beneficiarios para la realización de viajes para asistir y participar en actividades de carácter cultural y deportivo, relacionadas con los contenidos de las asignaturas que forman parten de los títulos oficiales impartidos y organizados por la Facultad de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte INEF Artículo 2. Conceptos susceptibles de ayuda Viajes para participar en actividades deportivas y culturales siempre que estén relacionados con sus estudios oficiales realizados en la Facultad. Artículo 3.-Viajes excluidos Realizados en coche particular excepto aquellos en los que no exista transporte público para trasladarse al punto de destino. Turísticos y de ocio. Cursos de idiomas. Para la realización de exámenes. Previos o posteriores a la realización de una actividad objeto de ayuda. Para la participación en proyectos y actividades previstos en la convocatoria de ayudas de viaje de Cooperación al desarrollo Fin de curso. Para la realización de prácticas de una determinada asignatura. Que no se ciñan claramente al objetivo de la convocatoria.

Artículo 4. Dotación presupuestaria: La dotación total estimada para estas becas es de 20.000 euros del presupuesto de gastos de la Faculta con cargo al crédito presupuestario. La efectividad de esta cuantía queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión. Artículo 5. Cuantía de la ayuda La cantidad para actividades es una ayuda individualizada para cubrir gastos de viaje y locomoción. En todo caso la dotación económica máxima que se podrá conceder por alumno, actividad y año académico, siempre y cuando no exceda del presupuesto total la suma de todas las actividades solicitadas, será de 100. En caso de que el presupuesto total de las ayudas solicitadas sea superior al presupuesto asignado para esta partida, dicho presupuesto se prorrateará entre todas las solicitudes presentadas concediendo el máximo posible para cada estudiante en función de dichas solicitudes. Artículo 6. Requisitos: 6.1. Los beneficiarios de estas ayudas serán los alumnos que estén matriculados en algún título oficial impartido y organizado por la Facultad de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte INEF durante el curso académico en el que se desarrolle la actividad. 6.2. El número máximo de Ayudas que un alumno puede disfrutar por curso académico será de una. 6.3. Las actividades serán promovidas y acompañadas por, al menos, un profesor de la Facultad, el cual deberá tener vinculación contractual con el centro durante el periodo en el que se desarrolle la actividad. Además, dicha actividad deberá estar directamente relacionada con la docencia asignada al profesor para el curso académico en cuestión. 6.4. Los viajes tendrán que implicar recorridos de ida y vuelta superiores a 400 kilómetros y/o la pernoctación obligatoria para el adecuado desarrollo de la actividad. Artículo 7. Solicitudes: Los solicitantes deberán cumplimentar el formulario de solicitud (Anexo I) de Ayudas para Actividades de Extensión Universitaria. Junto con la solicitud deberá presentarse la siguiente documentación: Fotocopia del D.N.I. o Pasaporte. Las solicitudes, junto con la documentación requerida, se presentará en el registro de la Facultad. Artículo 8. Plazo Las solicitudes deberán presentarse siempre como mínimo una semana antes de la fecha de la

actividad. En esta convocatoria, se reconocerán todas a quellas actividades realizadas y que se puedan justificar desde el 1 de enero de 2018 en el primer plazo de convocatoria. La convocatoria tendrá el carácter de abierta. El plazo de presentación de solicitudes se abrirá al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en la página web de la Facultad y terminará como máximo el 20 de noviembre de 2018, siempre que no se haya agotado el presupuesto antes. Se abren dos períodos de solicitudes: 1) Desde el 02 de febrero hasta el 28 de febrero de 2018. 2) Desde el 20 de octubre hasta el 20 de noviembre de 2018. Artículo 9. Evaluación de solicitudes: La asignación de las ayudas se realizará de acuerdo al siguiente orden de prelación: 1. Adecuación con el objeto de las ayudas. 2. Disponibilidad de presupuesto económico para este tipo de ayudas. 3. Número de solicitudes. Artículo 10. Comisión de Valoración La Comisión de Valoración encargada de evaluar las solicitudes será la Comisión de Valoración para la realización de Actividades de Extensión Universitaria que estará integrada por los siguientes miembros de la Facultad: a) Presidente: El Vicedecano de Estudiantes y Extensión Universitaria o persona en quien delegue. b) Vocales: Dos Vicedecanos, nombrados por el Decano de la Facultad. Una Persona de Administración y Servicios nombrado por el Decano. El Delegado de Alumnos o un miembro de Delegación de Alumnos nombrado por el Delegado de Alumnos. c) Secretario que actuará con voz pero sin voto : Una Persona de Administración y Servicios del decanato de Estudiantes y Extensión Universitaria Artículo 11. Procedimiento de selección: Las solicitudes irán dirigidas al Decano de la Facultad o persona en quien delegue y se enviarán al Vicedecanato de Estudiantes y Extensión Universitaria que revisará que cumplen los requisitos. Recibidas las solicitudes se proporcionará a la Comisión de Valoración de la Facultad un informe con todos los datos necesarios para la Valoración de las solicitudes. El órgano de valoración, tras la idoneidad y comparación de las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios fijados en la convocatoria, emitirá un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación y una prelación de las solicitudes, en su caso. Se podrá exceptuar del requisito de fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, en el caso de que el crédito presupuestario consignado en la convocatoria fuera suficiente.

Artículo 12. Resolución: A propuesta de la Comisión de Valoración para Ayudas para Actividades de Extensión Universitaria de la Facultad de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte INEF de la UPM, el Decano dictará Resolución. La resolución contendrá la relación de alumnos beneficiarios titulares de las ayudas y una relación priorizada y ordenada de alumnos suplentes en su caso, que cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en la normativa y en la convocatoria para adquirir la condición de beneficiario, no hayan sido seleccionados. Se realizará una o varias resoluciones parciales y sucesivas de concesión, a medida que el órgano correspondiente formule la correspondiente propuesta y exista crédito presupuestario: A partir del 10 de marzo de 2018 se reunirá la Comisión de Valoración para asignar las ayudas presentadas hasta el 28 de febrero de 2018. A partir del 30 de noviembre de 2018 se volverá a reunir la Comisión para asignar las ayudas que se hayan presentado hasta el 15 de octubre. Cuando a la finalización de un periodo se hayan concedido las ayudas y no se haya agotado el importe máximo a otorgar, se podrá trasladar la cantidad no aplicada a las posteriores resoluciones que recaigan, aplicando los mismos criterios de concesión de las ayudas. Artículo 13. Medios de notificación y publicación: La Resolución de adjudicación de la ayuda para la realización de Actividades de Extensión Universitaria será publicada en la página web de la Facultad y en los medios habituales de la Facultad. Artículo 14. Justificación de la ayuda y pago: En el plazo máximo de quince días, contado desde la fecha final de la actividad, se deberán presentar los documentos justificativos de los gastos de transporte en el Vicedecanato de Estudiantes y Extensión Universitaria de la Facultad. Justificantes originales de los medios de transporte utilizados 1. Justificantes del gasto de desplazamiento: Billetes de tren, avión con tarjetas de embarque, autobús, tanto de la fecha de ida como de la fecha de vuelta en los que figure el importe. Si el viaje no está justificado con billetes tanto de ida como de vuelta, no se considerará justificado y se anulará la bolsa archivándose sin más trámite. Si no figura el importe, además del billete, se deberá presentar factura original de la entidad emisora. Los viajes realizados en coche se justificarán con tickets de gasolina y, en su caso de peaje, tanto de la fecha de ida como de la fecha de vuelta. Serán válidos todos los obtenidos durante el recorrido, quedando descartados aquellos cuya fecha coincida con la de regreso y la localidad del solicitante. Para el cálculo del kilometraje se tendrá en cuenta que el gasto por km es a 0,19. En los viajes de grupos en autocar se presentará factura original a nombre de la Facultad especificando en el objeto, el número de plazas del autocar y se adjuntará listado con los nombres y números de D.N.I. de los alumnos que han participado en el viaje.

En el momento de hacer entrega de los justificantes del viaje el alumno deberá cumplimentar un Impreso Post - Ayuda con sus datos bancarios (nº de cuenta de 24 dígitos en la que el solicitante figure como titular o autorizado). En todo caso el Vicedecano de Estudiantes se reserva el derecho a solicitar de los interesados cuantos documentos sean oportunos, en orden a dar cumplimiento a lo establecido en esta convocatoria y a la normativa de estas ayudas para Actividades de Extensión Universitaria. Una vez presentada la justificación de la ayuda, se procederá al pago de la misma mediante transferencia bancaria en una cuenta en la que el alumno figure como titular o beneficiario. Si el alumno no presenta en el plazo anteriormente reseñado los documentos requeridos, se entenderá que renuncia a la ayuda, quedando ésta automáticamente anulada y archivándose sin más trámite. En aquellos casos en que el importe de los gastos sea inferior al de la Bolsa concedida, solo se abonará lo justificado. Artículo 16.-Revocación y reintegro de la ayuda Las concesiones de ayudas serán modificadas con reintegro de todos o alguno de sus componentes, en caso de descubrirse que en su concesión concurrió ocultación o falseamiento de datos. También serán modificadas y reintegradas en el caso de probarse que su importe no ha sido destinado a la finalidad o actividad para la que fueron concedidas, o que han sido concedidas a alumnos que no reunían alguno o algunos de los requisitos establecidos, o no los acrediten debidamente. Artículo 17.-Régimen Jurídico Las ayudas que se concedan tendrán el carácter de subvención y se regirán por esta convocatoria, la normativa de Ayudas para Actividades de Extensión Universitaria la Facultad de Ciencias de la Actividad Física y el Deporte INEF de la Universidad Politécnica de Madrid, la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y por las demás normas autonómicas o general concordante que resulte de su aplicación. Artículo 18. Recursos: Contra la presente resolución, así como contra la resolución o resoluciones de adjudicación, cabe interponer recurso de reposición ante el Decano en el plazo de diez días desde su publicación, o interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid. Madrid a 02 de febrero de 2018 DECANO Vicente Gómez Encinas.