AYUDAS ECONÓMICAS PARA NIÑAS, NIÑOS Y JÓVENES QUE HAN PARTICIPADO EN CAMPAMENTOS DE VERANO EN EUSKERA: BASES

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Transcripción:

AYUDAS ECONÓMICAS PARA NIÑAS, NIÑOS Y JÓVENES QUE HAN PARTICIPADO EN CAMPAMENTOS DE VERANO EN EUSKERA: BASES 1. Objeto de las bases. Las bases de esta convocatoria tienen como objeto subvencionar los gastos que origina la participación en campamentos en euskera. 2. Actividades subvencionables. Esta convocatoria incluye los campamentos que se lleven a cabo dentro del 2018 y que tengan las siguientes características: a) Ser campamentos en euskera dirigidos a niñas, niños y jóvenes. b) La duración del campamento será de entre 5 días (4 noches) a 15 días (14 noches), y se llevará a cabo durante el periodo vacacional de verano (del 15 de junio al 30 de septiembre). Quedan excluidos de esta convocatoria: a) Los gestionados directa o indirectamente por la Mancomunidad de Sakana, así como aquellos otros subvencionados por la misma. b) Las excursiones o viajes. c) Los campus deportivos que no requieran régimen de internado. d) Los campamentos urbanos o campamentos abiertos que no requieran régimen de internado. 3. Cuantía de la subvención. Con este objeto se destinarán en total 7.500,00 euros, a cargo del crédito de la partida 4 3350 4820005 (Subvenciones para campamentos) de los Presupuestos del ejercicio de 2018 del Servicio de Euskera. El órgano que, teniendo en cuenta la cantidad modificada, tenga atribuida la competencia, podrá aumentar o disminuir el gasto aprobado, pero, de todas formas, ello no conllevará la necesidad de realizar una nueva convocatoria. En el supuesto de que importe total de las ayudas supere la consignación económica reservada para la misma, la consignación máxima prevista en los presupuestos se prorrateará entre las solicitudes que se presenten en tiempo y forma y que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria. Únicamente se subvencionará 1 campamento por niño/a o joven. La cuantía económica de la subvención será de un máximo de 125,00 euros. 4. Publicidad de la convocatoria. Esta convocatoria se publicitará por medio de una nota de prensa que se enviará a los medios de comunicación. Además, el texto completo de la convocatoria se publicará en la página web de la

Mancomunidad de Sakana y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y el resumen en el Boletín Oficial de Navarra. 5. Plazo para la presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 28 de septiembre de 2018. En el caso de que hayan participado en los campamentos varios hermanos o hermanas, el padre, madre, tutor o tutora deberá realizar una solicitud por cada uno de ellos. 6. Documentación a presentar. La solicitud de subvención de esta convocatoria deberá realizarla el padre, madre, tutor o tutora de quien ha participado en el campamento. Junto con la solicitud deberá presentarse la documentación siguiente: a) Solicitud oficial debidamente cumplimentada. b) Declaración de todas las subvenciones solicitadas a administraciones públicas o entidades privadas, o concedidas por ellas, para este objeto. Se hará constar si la subvención ha sido ya resuelta o está todavía sin resolver; en caso de que haya resolución sobre la concesión de la subvención, se adjuntará una copia. c) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del padre, madre, tutor o tutora de quien ha participado en el campamento. d) Certificado de empadronamiento de la persona que ha acudido al campamento. e) Documento de la entidad organizadora del campamento en el que se detallarán las condiciones del mismo (duración, idioma, programa de las actividades), suscrito por la propia entidad, o soporte utilizado para su publicidad. f) Certificado de asistencia firmado por la entidad. g) Recibo(s) o justificante(s) de haber satisfecho todo el pago de la matrícula. La documentación debe presentarse en el registro general de la Mancomunidad o en cualquier lugar previsto en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Dirección: Mancomunidad de Sakana Uriz 32 31830 Lakuntza 948 464840 euskara1@sakana-mank.eus 7. Requisitos a cumplir por las personas solicitantes. Podrán solicitar subvención para campamentos en euskera las personas que reúnan los siguientes requisitos (que deberán cumplirse para el día en el que finalice el plazo de presentación de solicitudes): a) Ser estudiante de Enseñanza Primaria o de Educación Secundaria Obligatoria. b) Tener empadronamiento en Sakana.

c) Estar al corriente en el pago de las obligaciones fiscales con la Mancomunidad (la Mancomunidad comprobará de oficio dicha circunstancia y la recogerá mediante el procedimiento correspondiente). 8. Subsanación de errores en la solicitud presentada. Si se advirtiera en la documentación presentada la existencia de algún defecto o que la misma está incompleta, se concederá un plazo de 10 días para subsanar el error o completar dicha documentación. Si el plazo transcurriera sin que se procediera a la subsanación, se entenderá que ha desistido de seguir adelante con la solicitud. El presidente de la Mancomunidad de Sakana dictará una resolución con tal fin. 9. Resolución. La resolución para la concesión de subvenciones de esta convocatoria la dictará el presidente de la Mancomunidad de Sakana en base al dictamen de la Comisión de Euskera, en un plazo de quince días. Esta resolución se dará a conocer a todos los interesados. En el acuerdo de adjudicación deberán detallarse los beneficiarios de la subvención, y deberá expresarse explícitamente que el resto de las solicitudes han sido denegadas. Del mismo modo, la resolución deberá expresar los recursos que existen para impugnarla, ante qué órganos deben presentarse dichos recursos y el plazo existente para hacerlo, sin anular, en ningún caso, el derecho a adoptar otro modo de recurrir. A partir de que se dicte la resolución se establece un plazo máximo de cuatro meses para su abono. Una vez concedida la subvención, el plazo para la resolución de pago finalizará el 31 de diciembre de 2018. Si no se adopta resolución expresa en dicho plazo, podrá considerarse que la petición ha sido denegada. 10. Pago de la subvención. Las subvenciones se abonarán de una sola vez. Se realizará una transferencia al número de cuenta corriente proporcionado en la solicitud. Si la cuantía de la subvención adjudicada a un beneficiario se reduce porque no ha presentado toda la documentación, por falta de justificación o por incumplimiento de plazos o de una base de la convocatoria, la cantidad sobrante podrá repartirse proporcionalmente entre el resto de beneficiarios. 11. Compatibilidad. Las subvenciones establecidas en esta convocatoria son compatibles con las concedidas para el mismo objeto por otras entidades públicas y privadas, siempre y cuando no exista sobrefinanciación. 12. Devolución de las subvenciones. Se deberá reintegrar parcial o totalmente la subvención, cuando se den las siguientes circunstancias: a) Cuando se reciba la subvención sin haber cumplido los requisitos establecidos en la convocatoria. b) No presentar los documentos exigidos en el plazo establecido para ello. c) Recibir al mismo tiempo, para el mismo objeto, otras subvenciones que sean incompatibles. d) No admitir y obstaculizar las verificaciones que se deben adoptar obligatoriamente.

13. Infracciones y sanciones. En lo que respecta a infracciones y sanciones, se estará a lo dispuesto en la Ley General 38/2003 de 17 de noviembre y el Reglamento General de Subvenciones aprobado mediante el Decreto Real 887/2006 de 21 de julio. 14. Protección de Datos. Los datos serán tratados siguiendo lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre sobre protección de datos personales. Los datos proporcionados serán guardados en los ficheros de datos personales que gestiona la Mancomunidad de Sakana. De cualquier modo, la finalidad será gestionar esta convocatoria de subvenciones así como cualquier otro expediente administrativo que tenga relación con la misma. El responsable de dicho fichero es el Servicio de Euskera de la Mancomunidad de Sakana, y ante el se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación, concretamente en el servicio de atención al público de la Mancomunidad de Sakana (Uriz 32, Lakuntza). 15. Normas supletorias. Para todo aquello que no está establecido en esta convocatoria se aplicarán la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, sobre Administración y la Ley 38/2003 de 17 de noviembre sobre subvenciones. 16. Recursos. Contra esta convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos: a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación del acto objeto del recurso. b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido. c) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses. Dicho plazo se contará desde el día de la notificación o publicación del acto recurrido.

AYUDAS ECONÓMICAS PARA NIÑAS, NIÑOS Y JÓVENES QUE HAN PARTICIPADO EN CAMPAMENTOS DE VERANO EN EUSKERA: SOLICITUD Datos de la persona solicitante (madre/padre/tutor/tutora): Nombre y apellidos: DNI: Dirección: Código Postal: Localidad: Teléfono: E-mail: Número cuenta corriente: Datos sobre el campamento: Nombre y apellidos de la niña, niño o joven que ha participado en el campamento: Entidad organizadora: Fechas: Importe de la matrícula: Fecha y firma Los datos de carácter personal recabados serán incorporados el fichero de subvenciones, cuya finalidad es la realizar las inscripciones, registro y gestión de las subvenciones para el del Servicio de Euskera, siendo la base jurídica del tratamiento de los datos personales la Ley de Subvenciones. La destinataria de los datos de carácter personal es la Mancomunidad de Sakana. La conservación de los datos personales se realizará atendiendo lo indicado en la normativa de subvenciones y procedimiento administrativo. La persona interesada expresamente autoriza a Mancomunidad de Sakana para que lleve a cabo dicho tratamiento. Se le informa que podrá ejercitar en todo momento, en relación con sus datos de carácter personal, los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación de tratamiento y oposición al tratamiento, dirigiendo una comunicación por escrito la Mancomunidad de Sakana, acreditando su personalidad, valiéndose de cualquier medio aceptado en derecho. Además, se le informa que podrá presentar, si así lo considera, una reclamación ante una autoridad de control: la Agencia Española de Protección de Datos.

AYUDAS ECONÓMICAS PARA NIÑAS, NIÑOS Y JÓVENES QUE HAN PARTICIPADO EN CAMPAMENTOS DE VERANO EN EUSKERA: DECLARACIÓN JURADA La persona solicitante declara lo siguiente: Que no se encuentra inmersa en ningún procedimiento de obligación de devolución de subvenciones públicas o proceso judicial. Que aparte de esta solicitud de subvención no ha solicitado ni recibido ninguna otra subvención para el mismo fin, concedida por otra entidad pública ni privada. Que ha solicitado subvención a las siguientes entidades: ENTIDAD CANTIDAD CANTIDAD (Sin resolver, resuelta pero sin cobrar o cobrada) Que en el caso de solicite ayuda para el mismo fin a otra entidad pública o privada, se compromete a comunicárselo a la Mancomunidad de Sakana. Y, para que así conste, firma la presente. (Fecha y firma)