FORMULARIO DE MEMORIA. La abolición efectiva del trabajo infantil

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Transcripción:

DECLARACIÓN DE LA OIT RELATIVA A LOS PRINCIPIOS Y DERECHOS FUNDAMENTALES EN EL TRABAJO SEGUIMIENTO ANUAL RELATIVO A LOS CONVENIOS FUNDAMENTALES NO RATIFICADOS FORMULARIO DE MEMORIA La abolición efectiva del trabajo infantil Introducción La Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento, adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo el 18 de junio de 1998 en su 86. a reunión, recuerda que todos los Miembros, aun cuando no hayan ratificado los convenios reconocidos como fundamentales, tienen la obligación, por el hecho mismo de su pertenencia a la Organización, de respetar, promover y hacer realidad, de buena fe de conformidad con la Constitución, los principios relativos a los derechos fundamentales que son objeto de esos convenios. Con el fin de brindar a la Organización y a sus miembros la ocasión de llevar a cabo un seguimiento de sus esfuerzos con vistas a la promoción de estos principios, la Declaración se acompaña de un seguimiento promocional, uno de cuyos elementos está destinado a obtener de los Miembros que no hayan ratificado uno o varios de los convenios fundamentales, a través de las memorias que se solicitaran anualmente en virtud del artículo 19, párrafo 5, e) de la Constitución, las informaciones correspondientes sobre todos los cambios que hayan ocurrido en su legislación o su práctica, por lo que se refiere a casa una de las categorías de los derechos y principios enunciados en la Declaración. El presente formulario de memoria, aprobado por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo a la intención de los Estados que no han ratificado el Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138) o el Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182), o ambos, se inscribe en el marco de este elemento de seguimiento de la Declaración y se refiere a la abolición efectiva del trabajo infantil.

Completar los aspectos del principio abarcados por el convenio o los convenios 1 en que su Estado no es parte. Si fuera necesario, sírvase continuar sus respuestas en otra hoja indicando el número de la pregunta. 1. Está reconocido en su país el principio de la abolición efectiva del trabajo infantil en uno o varios de los siguientes instrumentos? (Sírvase marcar la o las casillas correspondientes): a) En la Constitución Sí No b) En la legislación Sí No c) En decisiones judiciales Sí No d) En convenios colectivos Sí No e) En otros instrumentos. Especificar cuáles Sírvase facilitar copias de los instrumentos pertinentes indicando P.1, a no ser que ya se hayan remitido a la OIT. 2. El Gobierno ha adoptado una política o programa nacional encaminado a garantizar la abolición efectiva del trabajo infantil? Sí No En caso afirmativo, sírvase describir brevemente los fines y objetivos de esa política o programa. Sírvase facilitar copia de los textos pertinentes, indicando P.2. En caso negativo, el Gobierno prevé la adopción de una política y/o programa nacional? Sí, (Fecha) No 3.1. Su legislación nacional establece una edad mínima general de admisión al empleo? Sí No En caso afirmativo, sírvase indicar la edad mínima general Niñas Niños 3.2. La edad mínima de admisión al empleo abarca los siguientes tipos de trabajo? a) El trabajo realizado en una empresa de propiedad o explotación familiar Sí No b) El trabajo realizado en empresas menores a una cierta dimensión. Sí No En caso afirmativo, sírvase especificar el tamaño c) El trabajo a domicilio Sí No d) Los servicios domésticos Sí No e) El trabajo por cuenta propia Sí No 1 El texto de los convenios puede consultarse en el sitio Internet de la Organización Internacional del Trabajo (http://www.ilo.org), en la recopilación oficial de convenios y recomendaciones del trabajo, o bien obtenerse solicitándolo al Servicio de Distribución de la OIT (4, route des Morillons, CH-1211 Ginebra 22).

f) La agricultura comercial Sí No g) La agricultura familiar o artesanal Sí No h) Los trabajos ligeros Sí No i) El trabajo en las zonas francas Sí No j) Otros tipos de trabajo. Sírvase especificar En caso de respuesta negativa respecto de cualquiera de esos tipos, sírvase en su caso describir las disposiciones aplicables a los tipos no cubiertos por la edad mínima general (indicando P.3.2). 4.1. Su legislación nacional define el trabajo peligroso? Sí No En caso afirmativo, sírvase indicar la definición del trabajo peligroso y facilitar ejemplos (indicando P.4.1). 4.2. Cuál es la edad mínima para desempeñar un empleo peligroso? Niñas Niños 5. Existen leyes en su país encaminadas a la eliminación de las peores formas de trabajo infantil o de algunas de ellas? Sí No En caso afirmativo, sírvase enumerar los tipos de trabajo abarcados por dichas leyes o reglamentos. Sírvase facilitar copias de los textos pertinentes indicando P.5, a no ser que ya se hayan remitido a la OIT. 6. Se están implementando medidas dirigidas a modificar la legislación vigente o a promulgar nuevas leyes con miras a resolver los problemas de la eliminación de las peores formas de trabajo infantil o de algunas de ellas? Sí No En caso afirmativo, sírvase especificar dichas medidas (indicando P.6). 7. Existe en su país la escolarización obligatoria de los niños? Sí No En caso afirmativo, sírvase especificar: a) La edad que marca el final de la escolarización obligatoria, o Niñas Niños b) El número de años o niveles requeridos para terminar la enseñanza obligatoria Niñas Niños

8. Sírvase describir la situación en la práctica en lo tocante al trabajo infantil en su país, incluido en su caso en el sector informal (indicando P.8). 9. Se teme o se sospecha la existencia en su país de cualquiera de las peores formas de trabajo infantil enumeradas a continuación? Sírvase marcar las casillas correspondientes y facilitar otras informaciones pertinentes (indicando P.9). Categoría No existe No se sabe si existe Se teme o se sospecha su existencia entre Venta y/o tráfico Servidumbre por deudas y condición de siervo, trabajo forzoso u obligatorio Reclutamiento forzoso para conflictos armados Prostitución Pornografía Actividades ilícitas, en particular el narcotráfico y la fabricación de estupefacientes Otras peores formas de trabajo infantil (especificar cuáles) Las niñas Los niños 10. Se han implementado o previsto medidas o programas de acción específicos en su país con miras a hacer real la abolición efectiva del trabajo infantil? Sí No En caso negativo sírvase pasar a la pregunta 13. En caso afirmativo, sírvase marcar las casillas correspondientes. Tipo de medida Reforma legislativa Mecanismos de inspección/seguimiento Sanciones penales Sanciones civiles o administrativas Mecanismos institucionales especiales Sistema educativo obligatorio gratuito Medidas encaminadas a imponer la(s) edad(es) mínima(s) de admisión al empleo Implementadas Previstas Medidas dirigidas a la eliminación de las peores formas de trabajo infantil Implementadas Previstas

Tipo de medida Creación de empleos/generación de ingresos Asistencia social (por ejemplo estipendios, subsidios, vales) Readaptación infantil tras la retirada del trabajo Formación profesional y desarrollo de las competencias profesionales de los jóvenes trabajadores Concienciación/movilización Programas o proyectos de cooperación internacional Otras medidas. Especificar cuáles Medidas encaminadas a imponer la(s) edad(es) mínima(s) de admisión al empleo Implementadas Previstas Medidas dirigidas a la eliminación de las peores formas de trabajo infantil Implementadas Previstas Sírvase explicar detalladamente las medidas adoptadas o previstas, especificando la fecha de implementación así como las organizaciones que participan, indicando P.10. 11. En estas medidas o programas, se dedica una atención especial a las necesidades de grupos específicos de niños, incluidos en su caso los niños que trabajan en el sector informal? Sí No En caso afirmativo, sírvase indicar qué grupos y describir las medidas especiales adoptadas (indicando P.11). 12. Sírvase, en su caso, describir la participación de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en la elaboración e implementación de estas medidas o programas de acción (indicando P.12). 13. El Gobierno colabora con organismos multilaterales que no sean la OIT, donantes bilaterales y/o otras organizaciones para luchar contra el trabajo infantil? Sí No En caso afirmativo, sírvase describir el modo de cooperación (indicando P.13). 14. El Gobierno compila la siguiente información respecto de la abolición del trabajo infantil: a) Número de niños retirados del trabajo infantil Sí No b) Número de ex niños trabajadores que siguen una enseñanza escolar o paraescolar Sí No

c) Sanciones aplicadas a los utilizadores de mano de obra infantil Sí No En caso afirmativo, sírvase facilitar mayor información (indicando P.14). 15.1. El Gobierno está realizando, o ha realizado encuestas encaminadas a facilitar datos estadísticos relativos al alcance y/o índole del trabajo infantil? Sí No En caso afirmativo, dichas encuestas se realizan: a) Periódicamente; las encuestas se realizan cada año(s); o b) Ocasionalmente; la última encuesta se realizó en el año Sírvase proporcionar las referencias completas de la(s) publicación(es) de los resultados de la encuesta (indicando P.15.1). 15.2. Los resultados se desglosan: a) Por sexo Sí No b) Por edad. Especificar grupos de edades Sí No c) Por ocupación Sí No d) Por tipo de actividad Sí No e) Por horas trabajadas Sí No 16.1. Con motivo del último censo de población, cuál era la edad mínima de las personas respecto de las cuales se solicitó información sobre las actividades económicas? años 16.2. En qué año se celebró el último censo de población? 17. Se han adoptado medidas específicas en su país que se pueden considerar como logros con respecto a la abolición del trabajo infantil? Sí No En caso afirmativo sírvase describir estas medidas, destacando la participación de las organizaciones de empleadores y de trabajadores y demás actores (indicando P.17). 18. Si su Gobierno ya ha remitido una memoria completa sobre el principio de la abolición efectiva del trabajo infantil, con arreglo al seguimiento de la Declaración, sírvase describir los cambios más importantes sobrevenidos desde su última memoria (por ejemplo modificaciones en los marcos legal, político o institucional, inicio de nuevos programas importantes, modificación en el número de niños trabajadores), con la fecha de dichos cambios (indicando P.18). 19. Sírvase describir los mayores obstáculos con que ha tropezado su país con respecto a la realización del principio de la abolición efectiva del trabajo infantil? (indicando P.19).

20. Su Gobierno considera necesario continuar o entablar una nueva cooperación técnica con la OIT con miras a la realización del principio de la abolición efectiva del trabajo infantil? Sí No En caso afirmativo, sírvase indicar el tipo de cooperación técnica requerida, clasificándolo por orden de prioridad (1 = más importante, 2 = segundo más importante, etc.; 0 = no importante). Tipo de cooperación técnica requerida Reforma legislativa Asesoramiento en materia de política Fortalecimiento de las capacidades de los organismos públicos responsables (por ejemplo inspección del trabajo y administración) Formación de otros funcionarios (por ejemplo, policía, judicatura, trabajadores sociales, personal docente) Reforzar la capacidad de compilar datos y analizarlos Fortalecimiento de la capacidad de las organizaciones de empleadores y de trabajadores Creación de empleos, desarrollo de las competencias profesionales y generación de ingresos Sistemas de protección social Concienciación, concienciación sobre los derechos de las personas y movilización Intercambio de experiencias entre países/regiones Mecanismos de cooperación transfronteriza Coordinación interinstitucional Programa especial para la eliminación de las peores formas de trabajo infantil Otro. Sírvase especificar Clasificación Sírvase adjuntar como anexo información adicional sobre las 3 principales necesidades en materia de cooperación técnica (indicando P.20). 21. Respecto de la preparación de esta memoria: a) Se han celebrado consultas con otros organismos públicos? Sí No b) Se han consultado a las organizaciones de empleadores con motivo de su preparación? Sí No c) Se han consultado a las organizaciones de trabajadores con motivo de su preparación? Sí No En caso de respuesta afirmativa a cualquiera de estas tres preguntas, sírvase describir el proceso de consulta (indicando P.21).

22. Respecto de las observaciones recibidas sobre esta memoria: a) Se han recibido observaciones de las organizaciones de empleadores sobre esta memoria? Sí No b) Se han recibido observaciones de las organizaciones de trabajadores sobre esta memoria? Sí No 23.1. A qué organizaciones de empleadores se ha transmitido una copia de la memoria? Sírvase enumerarlas. 23.2. A qué organizaciones de trabajadores se ha transmitido una copia de la memoria? Sírvase enumerarlas. 24. Sírvase adjuntar como anexos de esta memoria toda la información que guarda relación con los esfuerzos desplegados en su país con miras a la abolición del trabajo infantil, y establecer a continuación la lista de los textos adjuntos (por ejemplo, datos sobre las tendencias económicas y demográficas) (indicando P.24). Las respuestas deben recibirse a más tardar el 1.º de agosto Sírvase enviarlas al Programa InFocus sobre la Promoción de la Declaración, OIT, 4 route des Morillons, CH-1211 Ginebra 22, Suiza, correo-e:declaration@ilo.org. La versión electrónica de este informe puede consultarse en el sitio Internet www.ilo.org/declaration. Se agradece la información facilitada, que se utilizará con el espíritu promocional de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento.