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Transcripción:

ANÁLISIS DE la MEDIDA Informe Positivo sobre el P. del S. 49 Legislativa Ordinaria AL SENADO DE PUERTO RICO: ALCANCE DE LA MEDIDA 17 ma. Asamblea 1 ra. Sesión ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ( 1I )H ( Líl ( \dj/if l Ir %f ti ít [ u u tu consecuencia de la disposición inadecuada de los desperdicios sólidos, es un problema de gran magnitud que enfrenta no solo Puerto Rico sino el mundo entero. La contaminación del medio ambiente como de la Autoridad de Desperdicios Sólidos. como Ley para la Reducción y el Reciclaje de los Rico; y elaborar un plan de mercadeo y orientación a través la Guía de Productos Reciclados elaborados en Puerto Para enmendar el sub-inciso (20) del inciso (A) del Artículo 4 de la Ley 70-1992, según enmendada, conocida Desperdicios Sólidos en Puerto Rico, a los fines de crear aprobación con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico. recomienda a este Honorable Cuerpo Legislativo su Asuntos Energéticos del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 49, La Comisión de Recursos Naturales, Ambientales y de junio de 2013 SENADO DE PUERTO RICO

Ínf 1,1 1 dels4% I dínai2 Actualmente, la disposición de estos desperdicios en nuestra Isla es una situación grave que debe ser atendida con premura, debido al alto volumen de basura que se genera y la limitación de espacio existente para el depósito de la misma. Como es de conocimiento, el reciclaje es esencial para atender efectivamente dicho problema pero la ausencia de mercados en conjunto a la falta de consumo de materiales reciclados, es precisamente uno de los mayores retos que confronta la industria del reciclaje en Puerto Rico. Para el análisis de esta medida, la Comisión hizo solicitud de memoriales explicativos. El memorial de Vivo Recycling, Inc., fue recibido el 24 de febrero de 2013. En éste, José Luis Alsina Pérez, Presidente de la Compañía, expuso que está de acuerdo con el Proyecto, ya que muchas industrias y público en general desconocen los productos generados por la industria del reciclaje que se encuentran disponibles. Por otra parte, manifestó que el problema de la baja tasa de reciclaje no se debe a la falta de mercados sino a que los municipios poseedores de vertederos no pagan por disponer de sus propios desperdicios sólidos. A su vez, entiende que el costo de disposición de los mismos en Puerto Rico es muy bajo (entre veinticuatro (24) y treinta y cinco (35) dólares por tonelada), por lo que considera que es más fácil para los municipios mezclar el material reciclable y compostable con la basura, que recogerlo por separado. El señor Alsina Pérez, indicó que el cargo de composta en su planta, localizada en el municipio de Caguas, es de veinte (20) dólares por tonelada. Indicó que si el municipio posee un vertedero o tiene uno en las cercanías, le es más económico mezclar todos los materiales, tener una sola ruta de recogido y disponer de ellos en el mismo. Informó que (omzçuii (le R(1!JVQ. \dtur(i/cs..4flh/),(iflí(-s U 4%L1F7t(( L/!(,fic

nl fn 1 d ( 949 Pó4íflaj3 actualmente en Puerto Rico, veinticuatro (24) vertederos de los veintinueve (29) existentes, no poseen liner o una capa impermeable en el fondo, lo que conileva a que todos los químicos y contaminantes pasen directamente a los acuíferos. Cabe destacar, que estos vertederos tienen que ser monitoreados durante treinta (30) años luego de su cierre, lo que compromete fondos futuros que no han sido contabilizados ni considerados en el cómputo del costo por tonelada. Para aumentar el nivel de reciclaje y compostaje en Puerto Rico, en su ponencia recomienda un proyecto de tasación por disposición de basura para cubrir gastos ocultos. El mismo entiende que al subir el costo por disposición de basura y obligar a los municipios que poseen vertederos a responder por la basura generada, ocurrirá automáticamente un incremento en el reciclaje y compostaj e. Un segundo memorial explicativo fue sometido por la Srta. Jessica Seiglie, en representación de la organización Basura Cero. En el mismo, mencionó que el plan de mercadeo y orientación no debe de ser manejado solamente por la Autoridad de Desperdicios Sólidos, ya que ésta debe de actuar como el enlace entre la industria de reciclaje y la privada interesada en estos productos; para no cerrar así la posibilidad de participación por parte de otras entidades interesadas en mercadear los mismos. Agustín F. Carbó Lugo, Director Ejecutivo de la Autoridad de Desperdicios Sólidos (en adelante, ADS ), indicó que la creación de un directorio de empresas dedicadas al reciclaje de materiales en Puerto Rico, es un paso fundamental para el desarrollo de un plan de mercadeo y orientación para dichos materiales. Planteó que Comisión de Recursos Naturales, A,nbíentaleç Y Asuntos Energóticos

Ji Rctíi.i V \ AS1It7Í( E,i,Ñi a estudio del mercado para determinar el tipo y volumen de materiales reciclados en nuestra jurisdicción. Mencionó que la ADS acoge con agrado la encomienda reciclaje y los mercados, así como en desarrollar un plan de programa de mercados de la ADS carece del personal y el presupuesto necesario para realizar, tanto el plan de mercadeo como para ser de enlace entre el mercado y las empresas dedicadas al reciclaje. Por tanto, sería imprescindible una asignación significativa de fondos para realizar tal encomienda. Por otra parte, coincidió en que la creación de la Guía consumo de los mismos. Sin embargo, la ADS entendió enmienda sugerida por el Proyecto. Debido a esto, indicó mercadeo. No obstante, enfatizó que al presente el adecuado para la publicación de la misma. proceso de modernización, la cual podría ser el medio Por las razones antes mencionadas, la ADS recomendó enmendada, conocida como Ley para la Reforma Fiscal 2006, obliga a toda Comisión Legislativa a certificar el IMPACTO FISCAL ESTATAL esté disponible al público en general, podría ser una manera un periódico de circulación general como dispone la que la ADS cuenta con una página cibernética que está en de fungir como enlace entre las empresas dedicadas al de Productos Reciclados elaborados en Puerto Rico que de informar e incentivar en nuestros(as) ciudadanos(as) el que la publicación de la referida Guía no debe hacerse en El Artículo 8 de la Ley Núm. 103-2006, según del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de es imprescindible, previo a elaborar dicho plan, realizar un la aprobación del P. del S. 49. a 4

(nti/í, de Recu,ços Naturales, A,nbíeinales y Asuntas Encrgériras IMPACTO FISCAL MUNICIPAL julio de 1974, según enmendada, conocida como Ley de La referida Ley Núm. 103-2006 indica además, que de si alguno. La Ley especifica que dicho impacto será los presupuestos de las agencias, departamentos, la Oficina de Gerencia y Presupuesto y por el(la) impacto fiscal que la aprobación de la medida tendrá sobre una evaluación de la presente medida, la Comisión organismos, instrumentalidades o corporaciones públicas, determinado mediante certificación emitida a esos fines por Secretario(a) de Hacienda, requerimiento que será indispensable para el trámite de la medida. existir impacto, el informe legislativo deberá definir recomendaciones específicas a los efectos de subsanar cualquier impacto fiscal negativo que resulte de la aprobación de la medida en discusión. Asimismo, toda medida legislativa que se pretenda aprobar que imponga obligaciones económicas a cualquier agencia deberá identificar los recursos que podrá utilizar la entidad afectada para atender tales obligaciones. Cónsono con las obligaciones antes mencionadas y tras determinó que la misma no contiene disposiciones relacionadas a un posible aumento o disminución de los Contabilidad de Gobierno, o a las enmiendas a la recaudos al Fondo General, a la Ley Núm. 230 de 23 de Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico. Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como Cónsono con lo establecido en los Artículos 3 y 5 de la Ley Núm. 321-1999, según enmendada, conocida como Ley de Impacto Fiscal Municipal, la Comisión de Recursos Naturales, Ambientales y Asuntos Energéticos ha P 5

Con,isi,, de Recursoç Naturales, A,nbie,,tale,r y Asuntos Energdicos Cero y la Autoridad de Desperdicios Sólidos. Debido al CONCLUSIÓN estimado que la aprobación del P. del S. 49, no conlieva un impacto fiscal significativo sobre las finanzas de los gobiernos municipales. Esta Comisión evaluó el P. del S. 49 y analizó los planteamientos establecidos por Vivo Recycling, Basura problema de disposición de los desperdicios sólidos y el espacio limitado existente en la Isla, la Comisión está de acuerdo con la creación de la Guía de Productos idea propuesta de establecer un plan de mercadeo y Reciclados elaborados en Puerto Rico, al igual que con la orientación para fomentar el consumo de los mismos. Respetuosamente sometido, Comisión de Recursos Naturales, entirillado electrónico. Senado 49 con las enmiendas contenidas en el Rico recomienda la aprobación del Proyecto del Por tal motivo, la Comisión de Recursos Naturales, Ambientales y Asuntos Energéticos del Senado de Puerto Presidente Ambientales y Asuntos Energéticos [fi 1 fc;

ESTADO LIBRE ASOCIADO GOBIERNO DE PUERTO RICO Presentado por el señor Rivera Schatz Referido a la comisión de Recursos Naturales, Ambientales y Asuntos Energéticos Desperdicios Sólidos en Puerto Rico, a los fines de crear la Guía de Productos Reciclados elaborados en Puerto Rico; elaborar un plan de mercadeo y orientación a través de la Autoridad de Desperdicios Sólidos; y para otros fines. atendido con premura. Ello, en atención al alto volumen de basura que se genera en comparación reciclaje en Puerto Rico. Ante esta situación, proponemos la creación de una g&+ía Guía de productos Productos Reciclados elaborados de material reciclado en Puerto Rico, la cual deberá Para enmendar el inciso sub-inciso (20) del apartado (a) inciso (A) del Artículo 4 de la Ley 70-1992, según enmendada, conocida como Ley para la Reducción y el Reciclaje de los con la limitación territorial existente para su disposición. Ciertamente, el reciclaje es esencial para atender efectivamente dicho problema, pero la ausencia de mercados y la falta de consumo estar accesible a la población en general, incluyendo el sector público y privado. Ello con el fin consumo. En adición Además, proponemos establecer un plan de mercadeo y orientación para fomentar Artículo 4 de la Ley 70-1992, según enmendada, conocida como Ley para la Reducción y el La disposición de desperdicios sólidos en nuestra Isla representa un problema que debe ser de materiales reciclados es precisamente uno de los mayores retos que confronta la industria del de que se conozca la oferta de material o productos reciclados en Puerto Rico disponibles para A esos efectos, se enmienda çj inciso sub-inciso (20) del apartado (a) inciso (A) del el consumo de estos productos en Puerto Rico, de manera que nuestra Isla pueda ser efectiva en la disminución del impacto negativo que produce la basura en el medio ambiente. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS LEY 2 de enero de 2013 P.delS.49 Legislativa Ordinaria 17 ENTIRILLADO ELECTRÓNICO rna. Asamblea 1ra Sesión SENADO DE PUERTO RICO

2 Reciclaje de los Desperdicios Sólidos en Puerto Rico. Entendemos que esta medida jy, fortalecerá la industria de reciclaje en Puerto Rico y promoverá el uso y consumo de productos reciclados; a la vez que refleja el compromiso del Gobierno respecto a la conservación del ambiente. DFZCRETASE DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO: 1 Artículo 1. Se enmienda el inciso sub-inciso (20) del apartado (a) incisom en el 2 artículo del Artículo 4 de la Ley 70-1992, según enmendada, conocida como Ley para la 3 Reducción y el Reciclaje de los Desperdicios Sólidos en Puerto Rico para que lea como 4 sígue: 5 Artículo 4.-Poderes y funciones Funciones 6 Autoridad de Desperdicios Só1idos - La Autoridad tendrá la 7 responsabilidad de implantar implementar y hacer cumplir esta Ley E+ 8 adición a Además de sus otros poderes y responsabilidades, la 9 Autoridad deberá: 10 (1)... 11 12 (20) Establecer y mantener al día un directorio de las empresas de 13 reciclaje que operan en la isla operen en Puerto Rico y servir de 14 coordinador entre dichas empresas y el mercado. La Autoridad vendrá 15 obligada a elaborar un Plan de Mercadeo y Orientación con dctallc 16 detalles del segmento de clientes, las estrategias a aplicar, los 17 objetivos a alcanzar, las campañas publicitarias, los canales de 18 distribución y los servicios de postvcnta posventa, entre otros. Dicho 19 I2l pformará parte del informe anual que la Autoridad le rinde al

3 1 Gobernador y a la Asamblea Legislativa. De igual forma, la Autoridad 2 confeccionará una Guía de Productos Reciclados elaborados por 3 empresas de reciclaje que operan operen en Puerto Rico, con materia 4 prima reciclada. La Guía de Productos Reciclados será revisada 5 anualmente, a fin de modificarla y atemperarla a la realidad de los 6 servicios y productos ofrecidos por las empresas de reciclaje. Esta 7 Guía de Productos Reciclados deberá estar disponible y accesible al 8 público en general, incluyendo el sector público y privado y formará 9 parte de la orden administrativa que se publica. Se anunciará en un 10 periódico de circulación general sobre materiales y productos 11 reciclables autori-ados a ser adquiridos por las agencias públicas, 12 instrumentalidadcs y municipios de Puerto Rico. que dicha Guía estará 13 disponible a través de la página cibernética de la Autoridad de 14 Desperdicios Sólidos. 15 (21)... 16 17 Artículo 2.- A partir del año fiscal 2013-2014 los fondos necesarios para la creación de la 18 Guía de Productos Reciclados y el Plan de Mercadeo y Orientación se incluirán en el 19 presupuesto operacional de la Autoridad de Desperdicios Sólidos de Puerto Rico. 20 Artículo 3.- Esta Ley comenzará a regir a-le& treinta (30) días después de su aprobación.