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ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE ENTRENA, EL DÍA 8 DE MARZO DE 2010. En Entrena (La Rioja), siendo las 20:00 horas del día ocho de marzo de dos mil diez, se reúnen en la Casa Consistorial los Sres. Concejales que a continuación se relacionan: D. Miguel Ángel García Corral, Dª Mª Dolores Aragón Sáinz, D. José Antonio Espinosa Pérez, D. Martín López Corral, D. Manuel Rodríguez Rodríguez, Dª Mª Guadalupe Rodríguez Simón y Dª Mª Sagrario Ijalba Monge, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente D. Esteban Pérez Díez, con el objeto de celebrar Sesión Extraordinaria, legalmente convocada al efecto. Excusa debidamente su asistencia D. José Luis Ulecia Narro. Asiste como Secretario D. Javier López Martínez. Abierta la Sesión y declarada pública por la Presidencia, y una vez comprobado el quórum de asistencia necesario, se procede a conocer los siguientes puntos incluidos en el Orden del Día: 1.- ADJUDICACIÓN PROVISIONAL, SI PROCEDE, DE LAS OBRAS DE REFORMA Y ADECUACIÓN DE LAS PISCINAS MUNICIPALES DE ENTRENA. FONDO ESTATAL PARA EL EMPLEO Y LA SOSTENIBILIDAD LOCAL.- Visto el Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local; que en su artículo 1 regula el objeto y en los artículos 2 y 9 las obras financiables, junto con sus artículos correlativos de la Resolución de 2 de noviembre de 2009. Visto el artículo 3 del Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre que establece los criterios de reparto del Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, en relación con la tabla hecha pública por el Ministerio de Política Territorial a través de la página www.mpt.es, al municipio de Entrena (La Rioja) le corresponde una financiación máxima por importe de 156.540,00. Vista la Resolución de 2 de noviembre de 2009, de la Secretaria de Estado de Cooperación Territorial, por la que se aprueba el modelo par la presentación de solicitudes y las condiciones para la tramitación de los recursos librados con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local. Visto el Proyecto de obras de Reforma y Adecuación de las Piscinas Municipales de Entrena, elaborado por el arquitecto técnico D. Raúl Crespo Jiménez (Colegiado nº 01279 del COAATRI), con un presupuesto de 126.364,93 de ejecución material, y de 20.218,39 de Impuesto sobre el Valor Añadido, resultando un total de 146.583,32, visado el 10/02/2010, expediente 10-00064. Atendido que las instalaciones de las piscinas municipales de Entrena necesitan una reforma y adecuación, debido a la antigüedad de las instalaciones, a los materiales empleados y a su intenso uso. Considerando que la obra se financiará al 100% con cargo al Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la

Sostenibilidad Local, que es necesaria una cuenta bancaria específica para los gastos e ingresos y que la obra señalada no se encuentra incluida ni en el borrador del presupuesto para el ejercicio 2010 ni en el presupuesto de 2009. Visto el acuerdo del Pleno Municipal de 18 de enero de 2010 así como la solicitud de 26/01/2010 de la Dirección General de Coordinación Local para que en el acuerdo del órgano de gobierno incluyan el presupuesto de redacción del proyecto de obras y de dirección de obras. Visto que el arquitecto técnico D. Raúl Crespo Jiménez (Colegiado nº 01279 del COAATRI), ha presentado presupuesto de redacción de proyecto por importe de 3.601,00 + I.V.A., de lo que resulta una cantidad prevista de 4.177,16 I.V.A. incluido. Visto que el arquitecto técnico D. Raúl Crespo Jiménez (Colegiado nº 01279 del COAATRI), ha presentado presupuesto de dirección de obra y Coordinación de Seguridad y Salud por importe de 4.974,54 + I.V.A. de lo que resulta una cantidad prevista por ambos conceptos de 5.770,47 I.V.A. incluido. Visto el acuerdo del Pleno de 28 de enero de 2010, así como la Resolución de 3 de febrero de 2010 del Secretario de Estado de Cooperación Territorial por la que se autoriza la financiación de proyecto de inversión con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local. Atendido que el Pleno municipal, acordó promover la inversión referenciada aprobando el proyecto y teniendo en cuenta que dadas las características de la obra se consideró que el procedimiento más adecuado es el procedimiento abierto de tramitación urgente, con la oferta económicamente más ventajosa con varios criterios de adjudicación: Contratación de desempleado; nuevo toldo; sanitarios antivandálicos en acero inoxidable; plazo de garantía; pintado de la zona de bar; pintado del aparcamiento; lijado, imprimado y pintado de barandilla; repaso de juegos; reparación de la rampa norte; aparcabicis; limpieza; precio; volumen de mano de obra, y otras mejoras, todo ello de conformidad con el pliego de cláusulas particulares. Visto que en el expediente ha seguido la tramitación legalmente prevista y que obran los Informes sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir y el órgano competente para aprobar y adjudicar el contrato. Visto el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige la adjudicación del contrato. Visto el acuerdo del Pleno Municipal de 11 de febrero de 2010, por la que se aprobó el expediente, se nombró director, se autorizó el gasto, se aprobó el pliego, iniciándose la licitación mediante anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja nº 20 de 17 de febrero de 2010, y en el perfil del contratante. Visto que durante la licitación se presentaron las siete proposiciones que constan en el expediente. Visto que con fecha 8 de marzo de 2010 se ha constituido la Mesa de contratación, y ésta, teniendo en cuenta los criterios de adjudicación, ha realizado propuesta de adjudicación a favor de Falcosa Contratas, S.L. (B-26190033), con una puntuación de 140,75 puntos, tras el examen de la documentación que la acompaña, de acuerdo con la misma, el pliego, con el proyecto técnico y de conformidad con lo establecido en el artículo 135.3 y la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Considerando que en el criterio cuya ponderación depende de un juicio de valor es donde más libertad tiene la Mesa de contratación, el formato es libre y en el pliego constaba que para la mejor apreciación debían ser valoradas económicamente, siendo un aspecto para la correcta valoración en puntos y su ajuste, no para su admisión. Atendido que en segundo puesto por puntuación se encuentra la empresa Guihersa, S.A. (A-26113001) con 137,63974 y una diferencia de 3,11026 puntos. Atendido que en tercer lugar se encuentra la empresa Desarrollo Social Inmobiliario Riojano, S.L. (B-26392019) con

una puntuación de 115,77958 puntos. Atendido que las mejoras libremente incluidas por el licitador se encuentran incluidas en el precio de licitación, de conformidad con el pliego y los anuncios efectuados. Tras el examen y la deliberación, el Pleno del Ayuntamiento de Entrena acuerda, por unanimidad, con el voto a favor de los Concejales integrantes del Grupo Municipal Popular: D. Esteban Pérez Díez, D. Miguel Ángel García Corral, Dª Mª Dolores Aragón Sáinz, D. José Antonio Espinosa Pérez, D. Martín López Corral, y con el voto a favor de los concejales del Grupo Municipal Socialista: D. Manuel Rodríguez Rodríguez, Dª Mª Guadalupe Rodríguez Simón, y Dª Mª Sagrario Ijalba Monge. Primero.- Declarar válida la licitación y adjudicar provisionalmente, motivada por ser la oferta más ventajosa, el contrato de obras de Reforma y Adecuación de las Piscinas Municipales de Entrena, de conformidad con el proyecto técnico redactado, por el Arquitecto Técnico D. Raúl Crespo Jiménez (Colegiado 1.279 del C.O.A.A.T.R.I.), a la empresa Falcosa Contratas, S.L. (B-26190033), por el precio de 145.069,21 (125.059,66 + 20.009,55 de I.V.A.). Incluidas en el precio de licitación se encuentran las siguientes mejoras admitidas en el pliego de licitación: (1) Contratación de un desempleado durante diez días. (2) Nuevo Toldo en una sola pieza, con motor, anemómetro y acondicionamiento previo de la pérgola existente. (3) Sanitarios antivandálicos en acero inoxidable. (4) Plazo de garantía de 18 meses. (5) Pintado general de la zona de bar. (6) Limpieza y pintado de la zona de aparcamiento exterior. (7) Lijado, imprimado y pintado de las barandillas. (8) Repaso de los juegos existentes (9) Reparación de la rampa norte de bajada a las piscinas. (10) Nuevo aparcabicis. (11) Limpieza general. (12) Volumen de mano de obra de 66,20 semanas. (13) Renovación de material de socorrismo, salvavidas, torre de vigilancia (14) Renovación de material para cursos de natación, colocación de cuerda de boyas de separación (15) Cenicero cilíndrico, (16) Taburetes urbanos (17) colocación de juegos activos. Segundo.- Notificar la adjudicación provisional a todos los licitadores que no han resultado adjudicatarios con indicación de recursos. Tercero.- Notificar y requerir a Falcosa Contratas, S.L. (B-26190033), adjudicatario provisional del contrato, para que presente, dentro de los ocho días hábiles siguientes al de la fecha de publicación de la adjudicación provisional en el Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja y en el Perfil de Contratante, la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar, así como constituir la garantía definitiva por importe de 12.505,96 (10% del importe de adjudicación). De conformidad con el artículo 17 del Real Decreto Ley 13/2009 de 26 de octubre y el artículo 135.4 de la Ley 30/2007 en diez días hábiles posteriores a la finalización de dicho plazo se procederá a la adjudicación definitiva. Cuarto. Publicar la adjudicación provisional del contrato mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja y en el Perfil de Contratante. 2.- SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO (CARTOGRAFÍA).- Teniendo en cuenta que la disposición final quinta de la Ley 5/2006 de 2 de mayo de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, establece la entrada en vigor de la norma a los seis meses de su publicación en el B.O.R., efectuándose dicha publicación en el B.O.R. de 4 de mayo de 2006.

Visto que la disposición transitoria primera de la Ley 5/2006 de 2 de mayo de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, establece que los municipios que a la entrada en vigor de la presente Ley se hubiesen adaptado ya a las determinaciones de la Ley 10/1998 de 2 de julio, deberán adaptarse a la nueva Ley dentro de los cuatro años siguientes a su entrada en vigor, estableciendo en al apartado nº 5 de la misma disposición que la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo no podrá aprobar definitivamente modificaciones puntuales de instrumentos de planeamiento no adaptados que persigan un cambio en la clasificación de suelo o un cambio de zonificación que suponga incremento de la densidad de población. Atendido que de conformidad con el artículo 122 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público son contratos menores los inferiores a 18.000,00 y que la Orden 8/2007 de 8 de mayo debe interpretarse de conformidad con la normativa de contratos. Vista la Orden 8/2007, de 8 de mayo, de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con el fin de potenciar el desarrollo del planeamiento urbanístico de los municipios de La Rioja. Vista la Resolución nº 46/2010, de 1 de febrero, de la Consejera de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial, publicada en el B.O.R. nº 26, de 1 de marzo de 2010, por la que se procede a la convocatoria de las subvenciones reguladas en la Orden 8/2007, de 8 de mayo. Visto el presupuesto para la realización de la cartografía presentado por Omega Cartografía Digital, S.L. (B-31341985) representada por D. Julio Garbayo Marturet (15.845.460-R) y cuyo importe total asciende a 13.311,00 I.V.A. incluido, que desglosado supone la ejecución de 150 hectáreas a 88,74 /Hectárea, atendido que dicha empresa es la que elaboró la anterior cartografía que sirvió para la redacción del Plan General Municipal de 2005. Considerando que de acuerdo con el artículo 95 y 122 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público en los contratos menores la tramitación del expediente sólo exigirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente y atendido que tienen la consideración de contratos menores los inferiores a 18.000,00 + I.V.A. Tomó la palabra el portavoz del Grupo Municipal Socialista D. Manuel Rodríguez Rodríguez, que en resumen consultó acerca de si era necesaria una nueva cartografía simplemente para la adaptación del Plan General Municipal a la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, ya que la tramitación y elaboración de una Plan General Municipal nuevo es un procedimiento complejísimo, muy costoso y largo. Se procedió a informar que si bien para una adaptación seguramente no sería preciso, en el momento en que se quiera ampliar suelo urbano, modificar clasificaciones o calificaciones seguramente sería necesario contar con una cartografía actualizada de menos de cinco años, y en consecuencia cualquier ajuste que se pretenda realizar a la vez que la adaptación deberá contar con la cartografía. El Alcalde-Presidente Esteban Pérez Díez, señaló que hay que irse adaptando a los tiempos. Tras el examen y la deliberación, el Pleno del Ayuntamiento de Entrena acuerda, por unanimidad, con el voto a favor de los Concejales integrantes del Grupo Municipal Popular: D. Esteban Pérez Díez, D. Miguel Ángel García Corral, Dª Mª Dolores Aragón Sáinz, D. José Antonio Espinosa Pérez, D. Martín López Corral, y con el voto a favor de los concejales del Grupo Municipal Socialista: D. Manuel Rodríguez Rodríguez, Dª Mª Guadalupe Rodríguez Simón, y Dª Mª Sagrario Ijalba Monge.

Primero.- Solicitar subvención al Gobierno de La Rioja, para la elaboración de la nueva cartografía, al amparo de la Orden 8/2007, de 8 de mayo, de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con el fin de potenciar el desarrollo del planeamiento urbanístico de los municipios de La Rioja y de la Resolución nº 46/2010, de 1 de febrero, de la Consejera de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial, publicada en el B.O.R. nº 26, de 1 de marzo de 2010, por la que se procede a la convocatoria de las subvenciones, aceptando expresamente las condiciones de la Orden 8/2007, de 8 de mayo. Segundo.- Contratar la elaboración de la nueva cartografía con Omega Cartografía Digital, S.L. (B-31341985) en el importe de 13.311,00 I.V.A. incluido (150 hectáreas a 88,74 /Hectárea). Tercero.- Facultar al Alcalde-Presidente D. Esteban Pérez Díez, para la firma de los contratos y solicitudes, así como para la tramitación de la documentación que se requieran para el correcto impulso del expediente. Y no habiendo más asuntos de qué tratar, por orden de la Presidencia se levanta la Sesión, siendo las 20:15 horas del día señalado al comienzo de la presente, de todo lo cual, el Secretario certifica. Vº Bº EL ALCALDE, EL SECRETARIO, FDO.: Esteban Pérez Díez FDO.: Javier López Martínez