ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE



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Transcripción:

GACETA OFICIAL ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE Director-Administrador: J. RAFAEL HERMIDA LARA Clavijero No. 44 Teléfonos 17-20-63 17-24-14 Xalapa-Equez., Ver. Tomo CLXIII Xalapa-Enríquez, Ver., jueves 13 de julio de 2000. Núm. 139 SUMARIO GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO Secretaría de Educación y Cultura DECRETO QUE CREA EL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPE- RIOR DE ÁLAMO TEMAPACHE, VERACRUZ. folio 820 PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA ACUERDO NO. 21/2000 POR MEDIO DEL CUAL SE ABROGAN LOS ACUERDOS NÚME- ROS 013/99, 017/99 Y 034/99 PUBLICADOS EN LAS GACETAS OFICIALES DE FECHAS 15 DE JUNIO, 17 DE JULIO Y 28 DE OCTUBRE DEL AÑO PRÓXIMO PASADO. Pág. 25 folio 827 PODER LEGISLATIVO Secretaría de Gobierno ACUERDO POR EL CUAL SE AUTORIZA LA LICENCIA TEMPO- RAL PARA SEPARARSE DEL AL C. JOSÉ JOAQUÍN VIVAS ENRÍQUEZ, REGIDOR CUARTO PROPIETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO DE TRES VALLES, VER., POR UN PERIODO DE 100 DÍAS CONTADOS A PARTIR DEL 5 DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO. folio 747 ACUERDO POR EL CUAL SE AUTORIZA LA LICENCIA TEMPO- RAL PARA SEPARARSE DEL AL C. JAIME ZEPAHUA YOPIHUA, PRESIDENTE MUNICIPAL PROPIETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO DE MAGDALENA, VER., POR UN PE- RIODO DE 100 DÍAS CONTADOS A PARTIR DEL 5 DE JU- NIO DEL PRESENTE AÑO. folio 748 ACUERDO POR EL CUAL SE AUTORIZA LA LICENCIA TEMPO- RAL PARA SEPARARSE DEL AL C. LORENZO RAMÍREZ PACHECO, PRESIDENTE MUNICIPAL PROPIETA- RIO DEL H. AYUNTAMIENTO DE PUEBLO VIEJO, VER., POR UN PERIODO DE 100 DÍAS CONTADOS A PARTIR DEL 5 DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO. folio 749 ACUERDO POR EL CUAL SE AUTORIZA LA LICENCIA TEMPO- RAL PARA SEPARARSE DEL AL C. DARÍO TAGAL CONTRERAS, REGIDOR SEXTO PROPIETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO DE COSAMALOAPAN, VER., POR UN PE- RIODO DE 100 DÍAS CONTADOS A PARTIR DEL 5 DE JU- NIO DEL PRESENTE AÑO. folio 750 ACUERDO POR EL CUAL SE AUTORIZA LA LICENCIA TEMPO- RAL PARA SEPARARSE DEL AL C. IGNACIO LÁZARO DOMÍNGUEZ, SÍNDICO ÚNICO MUNICIPAL PRO- PIETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO DE MINATITLÁN,

Página 2 GACETA OFICIAL Jueves 13 de julio de 2000 VER., POR UN PERIODO DE 100 DÍAS CONTADOS A PAR- TIR DEL 5 DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO. folio 751 ACUERDO POR EL CUAL SE AUTORIZA LA LICENCIA TEMPO- RAL PARA SEPARARSE DEL AL C. REFUGIO CUATRA LARA, REGIDOR CUARTO PROPIETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO DE ZONGOLICA, VER., POR UN PERIO- DO DE 100 DÍAS CONTADOS A PARTIR DEL 5 DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO. folio 752 H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE XALACINGO, VER. Convocatoria CONVOCA A TODAS LAS PERSONAS FÍSICAS Y MORALES CONSTITUIDAS CONFORME A LAS LEYES DE LOS ESTA- DOS UNIDOS MEXICANOS, QUE SE ENCUENTREN EN APTITUD DE PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN PÚBLICA NO. LP/MJV/088/003/2000 PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA OBRA: CONSTRUCCIÓN DE BOULEVARD XALACINGO, EN LA LOCALIDAD DE XALACINGO, VER., QUE SE REA- LIZARÁ CON RECURSOS DEL FONDO DE INFRAESTRUC- TURA SOCIAL MUNICIPAL. folio 822 GOBIERNO FEDERAL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO Distrito XXXII AMPLIACIÓN DE EJIDO PROMOVIDA POR UN GRUPO DE CAM- PESINOS DEL POBLADO DENOMINADO TIERRA BLANCA, MUNICIPIO DE TEPETZINTLA, VER. folio 804 Comisión Estatal Electoral ACUERDO POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA DE- SIGNACIÓN DE NUEVOS COMISIONADOS ELECTORA- LES EN CADA UNA DE LAS COMISIONES MUNICIPA- LES EXISTENTES EN LA ENTIDAD. folio 818 EDICTOS Y ANUNCIOS GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO Secretaría de Educación y Cultura Miguel Alemán Velazco, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 10, párrafo 3º, inciso e) y 49 fracción V de la Constitución Política del Estado; 14 fracciones I y VIII, y 25 de la Ley General de Educación; 3, 8 fracción IV, 21, 22 y 38 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado; 12, 14 fracción XII, 18 y 20 fracción V, 23 fracción III y 58, de la Ley de Educación para el estado de Veracruz, y CONSIDERANDO Que de conformidad con las estrategias del Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000, la creación y operación de nuevas Instituciones de Enseñanza Superior se realizará bajo mecanismos de concurrencia y corresponsabilidad del Gobierno Federal y de los Gobiernos de los Estados, donde la demanda rebase la capacidad instalada y existan condiciones para el buen desempeño educativo. Que el Plan Estatal de Desarrollo del Estado 1999-2004, en el aspecto educativo, establece entre sus principales propósitos, el fomento de la investigación tecnológica, para apoyar las actividades productivas del Estado, correspondiendo al Sistema Educativo Veracruzano, en el marco de la concurrencia de voluntades con la Federación, dar respuesta a las demandas de una sociedad en acelerado proceso de cambio. Que con fecha 30 de agosto de 1999, el Gobierno

Jueves 13 de julio de 2000 GACETA OFICIAL Página 3 del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, suscribió un Convenio de Coordinación con la Secretaría de Educación Pública, para la creación, operación y apoyo financiero del Instituto Tecnológico Superior de Álamo-Temapache, Ver., cuyo propósito es contribuir a impulsar y consolidar el Programa de Desarrollo de la Educación Superior Tecnológica en el Estado. Que con fecha 1º de febrero de 2000 empezó a funcionar en la ciudad de Álamo-Temapache, Ver., un plantel educativo con el mismo nombre del Instituto que formalmente se crea mediante este decreto, sujetándose a los planes y programas de la Secretaría de Educación Pública, con apoyo financiero del Gobierno del Estado. Por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente Decreto que crea el Instituto Tecnológico Superior de Álamo-Temapache, Veracruz. CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1º. Se crea el Instituto Tecnológico Superior de Álamo-Temapache, como Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propios. Artículo 2º. El domicilio del Instituto Tecnológico Superior de Álamo-Temapache, será en el km 6.5 de la carretera Potrero del Llano-Tuxpan, congregación Xoyotitla, municipio de Álamo-Temapache, estado de Veracruz-Llave. Artículo 3º. El Instituto Tecnológico Superior de Álamo-Temapache, tendrá como objetivos: I. Formar profesionales e investigadores aptos para la aplicación y generación de conocimientos científicos y tecnológicos, de acuerdo con los requerimientos del desarrollo económico y social de la región, del estado y del país. II. Realizar la investigación científica y tecnológica que permita el avance del conocimiento, el desarrollo de la enseñanza tecnológica y el mejor aprovechamiento social de los recursos naturales y materiales; III. Realizar la investigación científica y tecnológica que se traduzca en aportaciones concretas para el mejoramiento y eficacia de la producción industrial y de servicios, y a la elevación de la calidad de vida de la comunidad; IV. Colaborar con los sectores públicos, privado y social en la consolidación del desarrollo tecnológico y social de la comunidad, y V. Promover la cultura regional y nacional. Artículo 4º. Para el cumplimiento de sus objetivos el Instituto Tecnológico Superior de Álamo-Temapache, tendrá las siguientes atribuciones: I. Impartir educación superior tecnológica en las áreas industrial, agropecuaria y de servicios, así como cursos de actualización y superación académica; II. Formular y modificar, en su caso, sus planes y programas de estudio y establecer los procedimientos de acreditación y certificación de estudios para someterlos, previa aprobación de la Secretaría de Educación y Cultura, a la autorización de la Secretaría de Educación Pública; III. Expedir constancias y certificados de estudios, títulos profesionales y grados académicos de acuerdo con las disposiciones legales aplicables; IV. Organizar y desarrollar programas de intercambio académico y colaboración profesional con organismos e instituciones culturales, educativas, científicas o de investigación, nacionales y extranjeras; V. Regular el desarrollo de las funciones sustantivas: docencia, investigación y difusión cultural, así como la vinculación con los sectores público, privado y social; VI. Revalidar y reconocer estudios, así como establecer equivalencias de los realizados en otras instituciones educativas, de conformidad con las disposiciones legales aplicables; VII. Prestar servicios de asesoría, elaboración de proyectos de desarrollo de prototipos, paquetes tecnológicos y capacitación técnica a entidades de los sectores público, social y privado que los soliciten; VIII. Promover y realizar actividades culturales y deportivas que contribuyan al desarrollo educativo; IX. Establecer los procedimientos de ingreso, permanencia y promoción de su personal académico, conforme a lo dispuesto por las leyes y reglamentos aplicables y por este ordenamiento;

Página 4 GACETA OFICIAL Jueves 13 de julio de 2000 X. Establecer los procedimientos para el ingreso de los alumnos y las normas para su estancia en la institución; XI. Realizar los actos jurídicos necesarios para el logro de sus objetivos y el cumplimiento de sus atribuciones; y XII. Expedir las disposiciones normativas necesarias para el logro de sus objetivos y el cumplimiento de sus atribuciones. CAPÍTULO II De la Organización Artículo 5º. Son Órganos de Gobierno del Instituto: I. La Junta Directiva; II. El Director; III. Los Subdirectores; IV. Los Jefes de División, y V. Los Jefes de Departamento De la Junta Directiva Artículo 6º. La Junta Directiva será la máxima autoridad de la Institución y estará integrada por ocho miembros designados de la siguiente manera: I. Dos representantes del Gobierno del Estado, designados por el Gobernador, uno de los cuales presidirá; II. Dos representantes del Gobierno Federal, designados por el secretario de Educación Pública; III. Un representante del Gobierno municipal de Álamo-Temapache, y uno del sector social de la comunidad, designados por el Ayuntamiento de este municipio; IV. Dos representantes del sector productivo de la región, que participen en el financiamiento del Instituto, a través de un patronato constituido para apoyar la operación del mismo, los cuales serán designados por el propio patronato conforme a sus estatutos. También asistirán, con voz, pero sin voto: Un secretario, que será designado por este órgano de Gobierno, a propuesta de su presidente y un contralor, quien será nombrado por la Contraloría General del Estado. Artículo 7º. Son facultades de la Junta Directiva: I. Establecer las políticas y lineamientos generales de la institución; II. Discutir y aprobar, en su caso, los proyectos académicos que se le presenten; III. Estudiar y, si es procedente, aprobar o modificar los proyectos de los planes y programas de estudio; IV. Expedir los reglamentos, estatutos, acuerdos y demás disposiciones de su competencia; V. Aprobar los programas administrativos y presupuestos del Instituto, así como sus modificaciones, según lo dispuesto en las leyes aplicables y de acuerdo con las asignaciones de gastos y financiamientos autorizados; VI. Aprobar anualmente, previo informe del contralor y del dictamen del auditor externo, los estados financieros; VII. Reglamentar la integración de las comisiones académicas y administrativas necesarias al buen funcionamiento del Instituto y nombrar a sus representantes. VIII. Integrar el Consejo Técnico Consultivo que apoye los trabajos de la Junta Directiva; IX. Nombrar a los subdirectores y jefes de División, a propuesta del director; X. Analizar y aprobar, en su caso, los informes que rinda el director con la intervención que corresponda al contralor interno; XI. Aceptar las donaciones, legados y demás beneficios que se otorguen a favor del Instituto; XII. Fijar las reglas generales a las que deberá sujetarse el Instituto en la celebración de acuerdos, convenios y contratos con los sectores público, social y privado, para la ejecución de acciones en materia de política educativa, y

Jueves 13 de julio de 2000 GACETA OFICIAL Página 5 XIII. Las demás requeridas para la buena marcha de la Institución y no conferidas expresamente a otro órgano del Instituto. Artículo 8º. Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere: I. Ser de nacionalidad mexicana; II. Ser mayor de 30 años de edad y menor de 70 años; III. Tener experiencia académica o profesional, y IV. Ser persona de amplia solvencia moral y reconocido prestigio profesional. Los requisitos establecidos en las fracciones tercera y cuarta de este artículo, podrán ser dispensados tratándose de los representantes del Gobierno Municipal, del sector social a que se refieren las fracciones III y IV del artículo 6º, así como de los integrantes del patronato. Artículo 9º. Los miembros de la Junta Directiva a que hacen referencia las fracciones I, II y III del artículo 6º, serán designados y removidos libremente por la autoridad competente. Los representantes del sector productivo que formen parte del patronato, durarán en su cargo tres años; pero podrán ser removidos por la organización que los propuso. Artículo 10. El cargo de miembro de la Junta Directiva será honorario. Artículo 11. Para el cumplimiento de las facultades establecidas en las fracciones II y III del artículo 7º, la Junta Directiva contará con el apoyo de un Consejo Técnico Consultivo, que será el órgano académico y de profesiones con funciones de consulta y recomendación. El número de sus miembros, organización y su forma de trabajo estarán establecidos en las normas reglamentarias. El personal académico de la Institución podrá participar en este Consejo. Artículo 12. Por cada miembro titular de la Junta Directiva se nombrará un suplente. Artículo 13. La Junta Directiva sesionará válidamente con la asistencia de, cuando menos, cinco de sus miembros, siempre que entre ellos se encuentre el presidente o quien lo supla; sus decisiones se tomarán por mayoría de votos y, en caso de empate, el presidente tendrá voto de calidad. Artículo 14. La Junta Directiva sesionará en forma ordinaria trimestralmente, y en forma extraordinaria cuando sea necesario para su debido funcionamiento. Las convocatorias las hará el presidente. DEL DIRECTOR Artículo 15. El director es la autoridad ejecutiva y representante legal del Instituto Tecnológico Superior de Álamo-Temapache. Artículo 16. El director del Instituto será nombrado por el Gobernador del Estado, a partir de una terna propuesta por la Junta Directiva. Durará en su cargo cuatro años, podrá ser confirmado por un segundo periodo y sólo podrá ser removido por causas justificadas que discrecionalmente apreciará la Junta Directiva. Artículo 17. Para ser Director se requiere. I. Ser de nacionalidad mexicana; II. Ser mayor de 30 años de edad y menor de 70; III. Poseer título en alguna de las carreras ofrecidas en el Instituto o en áreas afines; IV. Tener experiencia académica y profesional; V. No ser miembro de la Junta Directiva mientras dure su gestión, y VI. Ser persona de amplia solvencia moral y de reconocido prestigio profesional. Artículo 18. El director tendrá las siguientes facultades y obligaciones: I. Formular el programa institucional y sus respectivos subprogramas y proyectos de actividades, así como elaborar los presupuestos del organismo y presentarlo para su aprobación a la Junta Directiva; II. Supervisar y conducir el funcionamiento del Instituto, vigilando el cumplimiento de los planes y programas de estudio y de los objetivos y metas propuestos; III. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones que

Página 6 GACETA OFICIAL Jueves 13 de julio de 2000 norman la estructura y funcionamiento del Instituto y ejecutar los acuerdos que dicte la Junta Directiva; IV. Proponer a la Junta Directiva los nombramientos de los subdirectores y jefes de División; V. Designar jefes de departamento de las ternas presentadas por las academias correspondientes y nombrar y remover al personal de confianza de la Institución; así como, nombrar y remover al personal de base, de conformidad con la Ley de la materia; VI. Proponer a la Junta Directiva las modificaciones a la organización académica y administrativa necesarias para el buen funcionamiento del organismo; VII. Someter a la aprobación de la Junta Directiva los proyectos de reglamentos y condiciones generales de trabajo del instituto, así como expedir los manuales necesarios para su funcionamiento; VIII. Otorgar y revocar mandatos para la representación legal del Instituto; IX. Administrar y acrecentar el patrimonio de la Institución; X. Presentar anualmente a la Junta Directiva el informe de actividades del Instituto, incluidos el ejercicio de los presupuestos de ingresos y egresos y los estados financieros correspondientes. En el informe y en los documentos de apoyo se comparará y evaluarán las metas propuestas y los compromisos asumidos por la Institución, con las realizaciones alcanzadas, y XI. Las demás que le otorgue la Junta Directiva y las demás aplicables. CAPÍTULO III Del Patrimonio Artículo 19. El patrimonio del Instituto Tecnológico Superior de Álamo-Temapache, se constituye por: I. Las aportaciones, participaciones, subsidios y apoyos que le otorguen los gobiernos federal, estatal y municipal; II. Los legados y donaciones otorgadas en su favor y los fideicomisos en los que se le señale como fideicomisario; III. Los bienes muebles e inmuebles que adquiera por cualquier título legal, para el cumplimiento de su objetivo, y IV. Las utilidades, intereses, dividendos, rendimientos y, en general, los bienes, derechos y demás ingresos que adquiera por cualquier título legal. CAPÍTULO IV Del Patronato Artículo 20. El Patronato del Instituto Tecnológico Superior de Álamo-Temapache, tendrá como finalidad apoyar a la Institución en la obtención de recursos financieros adicionales para la óptima realización de sus funciones. La organización y funcionamiento del Patronato estará regulada por sus estatutos. CAPÍTULO V Del Comité de Vinculación Artículo 21. El Comité de Vinculación se integrará con dos representantes del Instituto, uno de los cuales lo presidirá, nombrados por la Junta Directiva y, a invitación de ésta, con representantes de los sectores productivos más significativos de la región, en un número no menor de tres ni mayor de siete. Tendrá por objeto contribuir el acopio de información relativa a las necesidades de aplicaciones tecnológicas que la región requiera para su mejor desarrollo, lo que hará del conocimiento del Instituto para, en su caso, se considere en los planes de estudios y en la proyección ocupacional de los egresados del propio Instituto, que el Comité promoverá. CAPÍTULO VI Del Personal Artículo 22. Para el cumplimiento de su objetivo, el Instituto contará con el siguiente personal: I. Académico; II. Técnico de apoyo; III. Administrativo, y IV. De confianza. Será personal académico el contratado por la institución para el desarrollo de sus funciones sustantivas de docencia, investigación, vinculación y difusión en los términos de las disposiciones que al respecto se expidan, y de los planes y programas académicos que se aprueben.

Jueves 13 de julio de 2000 GACETA OFICIAL Página 7 El personal técnico de apoyo será el que contrate la institución para realizar actividades específicas que posibiliten, faciliten y complementen el desarrollo de las labores académicas. El personal administrativo se constituirá por el que contrate la institución para desempeñar las tareas de esta índole. El personal de confianza será el director, los subdirectores, los jefes de división y los que realicen actividades de asesoramiento, inspección, vigilancia o de manejo de fondos y valores. Artículo 23. Las reglas de ingreso, promoción y permanencia de personal académico se establecerán en la reglamentación correspondiente aprobada por la Junta Directiva. Artículo 24. Las relaciones laborales del personal académico, técnico de apoyo y administrativo del Instituto se regirán por lo dispuesto en la Ley Estatal del Servicio Civil del estado de Veracruz. Dicho personal gozará de los servicios y prestaciones que otorgue el Instituto de Pensiones del estado de Veracruz y el Seguro Social de los Trabajadores de la Educación del estado de Veracruz. CAPÍTULO VII De los Alumnos Artículo 25. Serán alumnos del Instituto Tecnológico Superior de Álamo-Temapache, Veracruz, quienes habiendo cumplido con los procedimientos y requisitos de ingreso se inscriban para cursar cualquiera de los estudios que en él se impartan, y tendrán los derechos y las obligaciones que las disposiciones legales aplicables determinen. Artículo 26. Las agrupaciones de alumnos serán totalmente independientes de las autoridades del Instituto y se organizarán en la forma que los propios estudiantes determinen. CAPÍTULO VIII Del Comisario Público Artículo 27. El Instituto Tecnológico Superior de Álamo-Temapache, contará con un organismo de vigilancia, integrado por un Comisario Público propietario y un suplente, designados por la Contraloría General del Estado. El Comisario Público evaluará el desempeño general y las funciones del Instituto; supervisará el ejercicio de los recursos económicos de la Institución, así como lo referente a los ingresos y, en general, solicitará la información y efectuará los actos que requiera el adecuado cumplimiento de sus funciones. TRANSITORIOS Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del estado. Segundo. Los estudios llevados a cabo en el plantel del mismo nombre del Instituto que se crea mediante este Decreto, impartidos en el ciclo escolar 2000 y que se ajusten a los planes y programas escolares de la Secretaría de Educación Pública, en base a lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley General de Educación, serán revalidados por el propio Instituto Tecnológico Superior de Álamo-Temapache, a partir de la publicación del presente Decreto. Tercero. Dentro de los 60 días siguientes a la publicación del presente Decreto, la Junta Directiva expedirá el Reglamento Interno correspondiente al Instituto, al Patronato y al Consejo Consultivo. Cuarto. La Junta Directiva deberá quedar integrada dentro de los treinta días posteriores a la publicación del presente Decreto. Quinto. Publíquese en la Gaceta Oficial del estado. Dado en la residencia del Poder Ejecutivo, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a los seis días del mes de julio del año dos mil. Miguel Alemán Velazco, Gobernador del Estado. Rúbrica. Juan Maldonado Pereda, Secretario de Educación y Cultura. Rúbrica. folio 820

Página 8 GACETA OFICIAL Jueves 13 de julio de 2000 PODER LEGISLATIVO SECRETARÍA DE GOBIERNO Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Legislativo. Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave. La Honorable Quincuagésima Octava Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, en uso de la facultad que le confieren los artículos 33 fracción XV inciso c) de la Constitución Política del Estado; 23 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 44 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 103 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo y en nombre del pueblo, expide el siguiente: ACUERDO Primero. Se autoriza la licencia temporal para separarse del cargo al C. José Joaquín Vivas Enríquez, regidor cuarto propietario del H. Ayuntamiento de Tres Valles, Veracruz, por un periodo de 100 días contados a partir del 5 de junio del presente año. Segundo. En consecuencia llámese al C. Jesús Vázquez Medina, regidor cuarto suplente del H. Ayuntamiento de referencia, para que ocupe la titularidad de dicho cargo por el tiempo que dure la licencia respectiva. Tercero. Comuníquese esta determinación al C. gobernador constitucional del estado, al C. presidente municipal del H. Ayuntamiento de Tres Valles, Veracruz y a los CC. José Joaquín Vivas Enríquez y Jesús Vázquez Medina, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar, debiéndose presentar este último ante el cabildo para que rinda la protesta de ley. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del gobierno del estado. Dado en el salón de sesiones de la H. LVIII Legislatura del Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa- Enríquez, Veracruz, a los seis días del mes de junio del año dos mil. Octavio Antonio Gil García, diputado presidente. Rúbrica. José Delfino Martínez Juárez, diputado secretario. Rúbrica. folio 747 Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Legislativo. Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave. La Honorable Quincuagésima Octava Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, en uso de la facultad que le confieren los artículos 33 fracción XV inciso c) de la Constitución Política del Estado; 23 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 44 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 103 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo y en nombre del pueblo, expide el siguiente: ACUERDO Primero. Se autoriza la licencia temporal para separarse del cargo al C. Jaime Zepahua Yopihua, presidente municipal propietario del H. Ayuntamiento de Magdalena, Veracruz, por un periodo de 100 días contados a partir del 5 de junio del presente año. Segundo. En consecuencia llámese al C. Valentín Mixteco Tezoco, presidente municipal suplente del H. Ayuntamiento de referencia, para que ocupe la titularidad de dicho cargo por el tiempo que dure la licencia respectiva. Tercero. Comuníquese esta determinación al C. gobernador constitucional del estado, al cuerpo edilicio del H. Ayuntamiento de Magdalena, Veracruz y a los CC. Jaime Zepahua Yopihua y Valentín Mixteco Tezoco, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar, debiéndose presentar este último ante el cabildo para que rinda la protesta de ley. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del gobierno del estado. Dado en el salón de sesiones de la H. LVIII Legislatura del Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa- Enríquez, Veracruz, a los seis días del mes de junio del año dos mil. Octavio Antonio Gil García, diputado presidente. Rúbrica. José Delfino Martínez Juárez, diputado secretario. Rúbrica. folio 748 Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Legislativo. Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave.

Jueves 13 de julio de 2000 GACETA OFICIAL Página 9 La Honorable Quincuagésima Octava Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, en uso de la facultad que le confieren los artículos 33 fracción XV inciso c) de la Constitución Política del Estado; 23 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 44 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 103 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo y en nombre del pueblo, expide el siguiente: ACUERDO Primero. Se autoriza la licencia temporal para separarse del cargo al C. Lorenzo Ramírez Pacheco, presidente municipal propietario del H. Ayuntamiento de Pueblo Viejo, Veracruz, por un periodo de 100 días contados a partir del 5 de junio del presente año. Segundo. En consecuencia llámese a la C. Martha Delia Delgado Méndez, presidenta municipal suplente del H. Ayuntamiento de referencia, para que ocupe la titularidad de dicho cargo por el tiempo que dure la licencia respectiva. Tercero. Comuníquese esta determinación al C. gobernador constitucional del estado, al cuerpo edilicio del H. Ayuntamiento de Pueblo Viejo, Veracruz y a los CC. Lorenzo Ramírez Pacheco y Martha Delia Delgado Méndez, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar, debiéndose presentar esta última ante el cabildo para que rinda la protesta de ley. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del gobierno del estado. Dado en el salón de sesiones de la H. LVIII Legislatura del Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa- Enríquez, Veracruz, a los seis días del mes de junio del año dos mil. Octavio Antonio Gil García, diputado presidente. Rúbrica. José Delfino Martínez Juárez, diputado secretario. Rúbrica. folio 749 Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Legislativo. Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave. La Honorable Quincuagésima Octava Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, en uso de la facultad que le confieren los artículos 33 fracción XV inciso c) de la Constitución Política del Estado; 23 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 44 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 103 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo y en nombre del pueblo, expide el siguiente: ACUERDO Primero. Se autoriza la licencia temporal para separarse del cargo al C. Darío Tagal Contreras, regidor sexto propietario del H. Ayuntamiento de Cosamaloapan, Veracruz, por un periodo de 100 días contados a partir del 5 de junio del presente año. Segundo. En consecuencia llámese al C. Pedro Zabarral Aguirre, regidor sexto suplente del H. Ayuntamiento de referencia, para que ocupe la titularidad de dicho cargo por el tiempo que dure la licencia respectiva. Tercero. Comuníquese esta determinación al C. gobernador constitucional del estado, al presidente municipal del H. Ayuntamiento de Cosamaloapan, Veracruz y a los CC. Darío Tagal Contreras y Pedro Zabarral Aguirre, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar, debiéndose presentar este último ante el cabildo para que rinda la protesta de ley. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del gobierno del estado. Dado en el salón de sesiones de la H. LVIII Legislatura del Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa- Enríquez, Veracruz, a los seis días del mes de junio del año dos mil. Octavio Antonio Gil García, diputado presidente. Rúbrica. José Delfino Martínez Juárez, diputado secretario. Rúbrica. folio 750 Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Legislativo. Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave. La Honorable Quincuagésima Octava Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, en uso de la facultad que le confieren los artículos 33 fracción XV inciso c) de la Constitución Política del Estado; 23 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 44 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 103 del Re-

Página 10 GACETA OFICIAL Jueves 13 de julio de 2000 glamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo y en nombre del pueblo, expide el siguiente: ACUERDO Primero. Se autoriza la licencia temporal para separarse del cargo al C. Ignacio Lázaro Domínguez, síndico único municipal propietario del H. Ayuntamiento de Minatitlán, Veracruz, por un periodo de 100 días contados a partir del 5 de junio del presente año. Segundo. En consecuencia llámese al C. Luis Alberto Montero Olivera, síndico único municipal suplente del H. Ayuntamiento de referencia, para que ocupe la titularidad de dicho cargo por el tiempo que dure la licencia respectiva. Tercero. Comuníquese esta determinación al C. gobernador constitucional del estado, al presidente municipal del H. Ayuntamiento de Minatitlán, Veracruz y a los CC. Ignacio Lázaro Domínguez y Luis Alberto Montero Olivera, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar, debiéndose presentar este último ante el cabildo para que rinda la protesta de ley. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del gobierno del estado. Dado en el salón de sesiones de la H. LVIII Legislatura del Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa- Enríquez, Veracruz, a los seis días del mes de junio del año dos mil. Octavio Antonio Gil García, diputado presidente. Rúbrica. José Delfino Martínez Juárez, diputado secretario. Rúbrica. folio 751 Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Legislativo. Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave. La Honorable Quincuagésima Octava Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, en uso de la facultad que le confieren los artículos 33 fracción XV inciso c) de la Constitución Política del Estado; 23 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 44 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 103 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo y en nombre del pueblo, expide el siguiente: ACUERDO Primero. Se autoriza la licencia temporal para separarse del cargo al C. Refugio Cuatra Lara, regidor cuarto propietario del H. Ayuntamiento de Zongolica, Veracruz, por un periodo de 100 días contados a partir del 5 de junio del presente año. Segundo. En consecuencia llámese al C. Filiberto Sáenz Galarza, regidor cuarto suplente del H. Ayuntamiento de referencia, para que ocupe la titularidad de dicho cargo por el tiempo que dure la licencia respectiva. Tercero. Comuníquese esta determinación al C. gobernador constitucional del estado, al presidente municipal del H. Ayuntamiento de Zongolica, Veracruz y a los CC. Refugio Cuatra Lara y Filiberto Sáenz Galarza, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar, debiéndose presentar este último ante el cabildo para que rinda la protesta de ley. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del gobierno del estado. Dado en el salón de sesiones de la H. LVIII Legislatura del Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa- Enríquez, Veracruz, a los seis días del mes de junio del año dos mil. Octavio Antonio Gil García, diputado presidente. Rúbrica. José Delfino Martínez Juárez, diputado secretario. Rúbrica. folio 752

Jueves 13 de julio de 2000 GACETA OFICIAL Página 11 H. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE XALACINGO-VERACRUZ CONVOCATORIA El H. Ayuntamiento Constitucional de Xalacingo, Ver., con fundamento en el artículo 91 de la Ley Orgánica del Municipio Libre y supletoriamente en los artículos 4º, 20, 29 inciso B) fracción XXXVI e inciso C) fracciones VII, IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, 32 y 37 de la Ley de Obras Públicas para el Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, C ON V O C A a todas las personas físicas y morales constituidas conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos que se encuentran con aptitud de participar en la Licitación Pública No. LP/MJV/088/003/2000, para la adjudicación de la obra: Construcción de Boulevard Xalacingo, en la localidad de Xalacingo, Ver., que se realizará con recursos del Fondo de Infraestructura Social Municipal LP/MJV/088/003/2000 Obra Periodo de Visita al sitio de la Recepción y apertura Plazo de ejecución localidad inscripción y Capital contable obra y junta de de ofertas técnicas y fecha de mínimo aclaraciones económicas fechas estimadas entrega de fecha y hora Bases Construcción de Boulevard del 13 al 19 1,000,000.00 21 de julio de 2000. 27 de julio de 2000. del 1 de agosto Xalacingo de julio de al 31 de octubre de 2000 10:00 horas a las 17:00 horas 2000 Xalacingo, Ver. de 9:00 a 15:00 horas Los interesados en presentar proposiciones, podrán obtener las bases y pliego de requisitos en la Tesorería Municipal de este Ayuntamiento, conforme al periodo de inscripción establecido; en días y horas hábiles. El costo de la documentación será cubierto en efectivo, cheque certificado o de caja a favor del municipio de Xalacingo, Veracruz, por un importe de $ 1,500.00 (un mil quinientos pesos 00/100 M.N.), este pago no es reembolsable. Se efectuará en la Caja de la Tesorería Municipal de este H. Ayuntamiento Constitucional. La modalidad de contratación será a precios unitarios y tiempo determinado, se otorgará un anticipo del 30% de la asignación, del cual corresponden 10% para el inicio de obra y 20% para compra de materiales. Entregar las proposiciones por escrito en idioma español y moneda nacional. El acto de presentación y apertura de proposiciones tendrá lugar en la Presidencia Municipal el día 27 de julio del año 2000, a las 17:00 horas. La asistencia a dicho acto deberá ser puntual. A t e n t a m e n t e El presidente municipal constitucional, C. Marcos Huerta Álvarez. Rúbrica. Xalacingo, Ver., a 13 de julio de 2000. folio 822 GOBIERNO FEDERAL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO Distrito XXXII Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Tribunal Unitario Agrario. Expediente No. 020/95 Poblado: Tierra Blanca Municipio: Tepetzintla Estado: Veracruz Acción: Primera Ampliación de Ejido En los autos del expediente cuyas características se anotan al rubro, el Tribunal Superior Agrario con fecha

Página 12 GACETA OFICIAL Jueves 13 de julio de 2000 25 de abril de 2000, dicta una sentencia que en sus puntos resolutivos dice: Primero. Es procedente la ampliación de ejido promovida por un grupo de campesinos del poblado denominado Tierra Blanca, municipio de Tepetzintla, estado de Veracruz. Segundo. Se dota al poblado indicado en el resolutivo que antecede, con una superficie total de 127-20-13 (ciento veintisiete hectáreas, veinte áreas, trece centiáreas) de terrenos de temporal que resulta de las siguientes superficies parciales: 18-11-99 (dieciocho hectáreas, once áreas, noventa y nueve centiáreas) de demasías propiedad de la Nación, en posesión de Anselmo Carballo Suárez; 42-74-89 (cuarenta y dos hectáreas, setenta y cuatro áreas, ochenta y nueve centiáreas) y 17-13-23 (diecisiete hectáreas, trece áreas, veintitrés centiáreas) de demasías propiedad de la Nación, en posesión de Raúl Cristóbal Santiago; 25-00-00 (veinticinco hectáreas) de terrenos baldíos propiedad de la Nación, en posesión de Isabel Cristóbal Gerónimo y 24-20-02 (veinticuatro hectáreas, veinte áreas, dos centiáreas) de terrenos baldíos propiedad de la Nación, en posesión de Pánfila Cristóbal Gerónimo, también conocida como Rogelia Cristóbal Gerónimo, todos ubicados en el municipio de Tepetzintla, estado de Veracruz, que se localizarán conforme al plano proyecto que al efecto se elabore. La superficie concedida pasa a ser propiedad del núcleo de población beneficiado con todas sus accesiones, usos, costumbres y servidumbres. En cuanto a la determinación del destino de las tierras, la asamblea ejidal resolverá de conformidad con las facultades que se le otorga el artículo 56, de la Ley Agraria vigente. Tercero. Publíquense los puntos resolutivos de esta sentencia en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico oficial del Gobierno del Estado de Veracruz y los puntos resolutivos de la misma, en el Boletín Judicial Agrario. Cuarto. Inscríbase en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio que corresponda, así como en el Registro Agrario Nacional, el que deberá expedir los certificados de derechos conforme a las normas aplicables, de acuerdo con lo dispuesto en esta sentencia, y procédase a hacer las cancelaciones que en derecho sean conducentes. Quinto. Notifíquese a los interesados y al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito para enterarlo del cumplimiento que se da a la ejecutoria pronunciada en el Amparo Directo D.A. 5682/96. Comuníquese por oficio al Gobernador del estado de Veracruz y a la Procuraduría Agraria. Ejecútese y, en su oportunidad, archívese este expediente como asunto concluido. Así por unanimidad de cinco votos, lo resolvió el Tribunal Superior Agrario, firman los magistrados que lo integran, ante la secretaría de general de Acuerdos, que autoriza y da fe. folio 804 Comisión Estatal Electoral Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Comisión Estatal Electoral. Estado Libre y Soberano de Veracruz. Llave. Dirección General No. de oficio: DG/375/2000 ACUERDO Primero.- Se aprueba la designación de nuevos Comisionados Electorales en cada una de las Comisiones Municipales existentes en la Entidad, en el número indicado en el considerando nueve del presente acuerdo, siendo éstos los que constan en el anexo que forma parte de este acuerdo. Segundo.- Se solicita al presidente del Consejo General de la Comisión Estatal Electoral para que expida los nombramientos correspondientes a los ciudadanos designados en los términos de este acuerdo, a fin de que se cumpla lo dispuesto en el párrafo segundo de la fracción V del artículo 157 del Código de Elecciones de nuestro Estado. Tercero.- Se instruye al director general de la Comisión Estatal Electoral, para que en términos del artículo 141 fracción IV del Código de Elecciones del Estado, provea lo necesario para que el presente acuerdo se publique en la Gaceta Oficial del estado por una sola vez. A t e n t a m e n t e Xalapa, Ver., 29 de junio de 2000 Lic. Zeferino Tejeda Uscanga, director general. Rúbrica.

Jueves 13 de julio de 2000 GACETA OFICIAL Página 13 A N E X O DISTRITO: PANUCO PRESIDENTE SUPLENTE, MUNICIPIO: OZULUAMA MANUEL SOBREVILLA RAMIREZ MARLEN RICARDO RIVERA LUZ DEL CARMEN HERNANDEZ VICTOR DEL ANGEL ALMAZAN MARIA GILDARDA HERNANDEZ SOSA DISTRITO: PANUCO MUNICIPIO: EL HIGO MARIA DE LA LUZ CHAVEZ GONZALEZ DISTRITO: TANTOYUCA PRESIDENTE PROPIETARIO, MUNICIPIO: CHICONAMEL ADAN MORALES SOLIS DISTRITO: TANTOYUCA VOCAL DE ORGANIZACION PROPIETARIO, MUNICIPIO: CHINAMPA DE GOROSTIZA LUIS PACHECO FRANCISCO DISTRITO: TANTOYUCA MUNICIPIO: PLATON SANCHEZ JOSE FELICIANO HERNANDEZ SALVADOR DISTRITO: TANTOYUCA MUNICIPIO: TANTIMA DANTE ISRAEL HERNANDEZ CERECEDO ERIC PEREZ VAZQUEZ

Página 14 GACETA OFICIAL Jueves 13 de julio de 2000 DISTRITO: TANTOYUCA SECRETARIO PROPIETARIO, DISTRITO: CHICONTEPEC MUNICIPIO: TEPETZINTLA CRISOFORO HERNANDEZ SANTIAGO MUNICIPIO: BENITO JUAREZ JUAN GARCIA HERNANDEZ EDGAR CRUZ TOLENTINO BARTOLO HERNANDEZ RUFINA DISTRITO: CHICONTEPEC SECRETARIO PROPIETARIO, SECRETARIO SUPLENTE, VOCAL DE ORGANIZACION PROPIETARIO, VOCAL DE ORGANIZACION SUPLENTE, VOCAL DE CAPACITACION SUPLENTE, MUNICIPIO: ILAMATLAN PROCORO GUZMAN ANGELES MARIA ISABEL DEL ANGEL TORRES ABEL RAMIREZ GUZMAN ABUNDIO RAMIREZ HERNANDEZ GUADALUPE DEL ANGEL HERNANDEZ MANLIO FABIO TAPIA HERNANDEZ SABAS MENESES CERVANTES EFRAIN HERRERA MELO DOLORES MENESES OLIVARES RIGOBERTO DEL ANGEL TAPIA ARIEL HERNANDEZ DEL ANGEL DISTRITO: CHICONTEPEC MUNICIPIO: ZONTECOMATLAN CARMELA LOPEZ HERNANDEZ JOSE NESTOR MARTINEZ LOPEZ AZUCENA ORTEGA ORTEGA MIGUEL ANGEL FUENTES RIOS DISTRITO: TEMAPACHE MUNICIPIO: TIHUATLAN ESPERANZA GARCIA MUNDO ROBERTO GARCIA PEREZ FRANCISCO JAVIER LARA PONCE

Jueves 13 de julio de 2000 GACETA OFICIAL Página 15 DISTRITO: TUXPAN PRESIDENTE PROPIETARIO, PRESIDENTE SUPLENTE, MUNICIPIO: CERRO AZUL MARIA DEL ROSARIO TORRES MUÑOZ MARGARITA GARCIA TRUJILLO DISTRITO: TUXPAN SECRETARIO PROPIETARIO, SECRETARIO SUPLENTE, MUNICIPIO: TAMIAHUA MARIA MARTHA PALMEROS RAMIREZ CONSTANTINO GARCIA ALVARADO DISTRITO: PAPANTLA PRESIDENTE PROPIETARIO, MUNICIPIO: PAPANTLA ALEJANDRO DE LA CRUZ MENDEZ MARTINEZ DISTRITO: PAPANTLA MUNICIPIO: COXQUIHUI MOISES GOMEZ VELAZQUEZ JULIO GOMEZ LUNA DISTRITO: PAPANTLA PRESIDENTE PROPIETARIO, MUNICIPIO: CHUMATLAN ANTONIO JIMENEZ VAZQUEZ ANDRES GUEVARA SALAZAR FILEMON PEREZ MEDINA DISTRITO: PAPANTLA SECRETARIO PROPIETARIO, MUNICIPIO: FILOMENO MATA FEDERICO ISIDRO JERONIMO DISTRITO: PAPANTLA PRESIDENTE PROPIETARIO, PRESIDENTE SUPLENTE, MUNICIPIO: GUTIERREZ ZAMORA LUIS FERNANDO PARRA GUZMAN JOSE ANTONIO CRISOSTOMO BUSTOS

Página 16 GACETA OFICIAL Jueves 13 de julio de 2000 DISTRITO: MARTINEZ DE LA TORRE MUNICIPIO: MARTINEZ DE LA TORRE MARTHA LAURA BENITEZ SOTO JULIETA SOLLOZO PATIÑO DISTRITO: MARTINEZ DE LA TORRE PRESIDENTE SUPLENTE, SECRETARIO PROPIETARIO, VOCAL DE ORGANIZACION PROPIETARIO, VOCAL DE ORGANIZACION SUPLENTE, MUNICIPIO: JALACINGO JUAN ANDRES JUAREZ ALEJANDRO MAZA RAMOS JOSE LUBIN DELGADO PEREZ CANDIDO GUZMAN PERDOMO EFIGENIO SANTOS JUAREZ DISTRITO: MISANTLA MUNICIPIO: COACOATZINTLA MIRNA ISELDA MARAVERT ALBA DISTRITO: MISANTLA PRESIDENTE PROPIETARIO, PRESIDENTE SUPLENTE, MUNICIPIO: CHICONQUIACO FRANCISCO LARA GONZALEZ SALVADOR MORA MORALES VICTOR SALAZAR MORALES HECTOR TRUJILLO MORALES DISTRITO: MISANTLA MUNICIPIO: JUCHIQUE DE FERRER GUSTAVO BADILLO ACOSTA OSCAR JAIME FLORES ZAMORA DISTRITO: MISANTLA VOCAL DE CAPACITACION PROPIETARIO, VOCAL DE CAPACITACION SUPLENTE, MUNICIPIO: LANDERO Y COSS ALICIA MARTINEZ FLORES DAYCY DELFINA HERNANDEZ MOLINA NORMA ELSA MARIN FLORES OLIVIA MARTINEZ HERNANDEZ ISIDRA MARTINEZ FERNANDEZ VICENTE MARTINEZ ORTIZ

Jueves 13 de julio de 2000 GACETA OFICIAL Página 17 DISTRITO: MISANTLA MUNICIPIO: NAOLINCO EDUARDO OSORIO JACOME DISTRITO: MISANTLA MUNICIPIO: YECUATLA NOE VELASQUEZ GARCIA DISTRITO: PEROTE VOCAL DE ORGANIZACION PROPIETARIO, VOCAL DE ORGANIZACION SUPLENTE, VOCAL DE CAPACITACION PROPIETARIO, VOCAL DE CAPACITACION SUPLENTE, MUNICIPIO: PEROTE GUSTAVO SERGIO OROPEZA DIAZ JOSE JUAN SALAS BAUTISTA JOSE JORGE REYES GARCIA DALILA MIRANDA LOZANO DISTRITO: PEROTE PRESIDENTE PROPIETARIO, MUNICIPIO: ATZALAN PROCORO RAMIREZ BENAVIDES DISTRITO: PEROTE PRESIDENTE PROPIETARIO, PRESIDENTE SUPLENTE, MUNICIPIO: TATATILA NARCISO CASTILLO CRUZ CARLOS GUZMAN CORDOBA ANDRES ROGEL PEREZ SERAFIN LOPEZ LOPEZ DISTRITO: COATEPEC PRESIDENTE SUPLENTE, SECRETARIO PROPIETARIO, SECRETARIO SUPLENTE, VOCAL DE CAPACITACION PROPIETARIO, VOCAL DE CAPACITACION SUPLENTE, MUNICIPIO: COATEPEC JORGE GOMEZ FRAGOZO JOSE SALVADOR QUIROZ PULIDO SARA GABRIELA CANO SUAREZ JOSE LUIS MAIN TOTO MARIA ENRIQUETA MARTINEZ ZAMORA

Página 18 GACETA OFICIAL Jueves 13 de julio de 2000 DISTRITO: COATEPEC VOCAL DE CAPACITACION PROPIETARIO, VOCAL DE CAPACITACION SUPLENTE, MUNICIPIO: ACTOPAN FRANCISCO JAVIER ESPINOZA SANTILLAN JOSE DOLORES DOMINGUEZ GRIJALBA MARIA DE LAS MERCEDES GARCIA GUZMAN ORLANDO RIVERA VELAZQUEZ DISTRITO: COATEPEC MUNICIPIO: APAZAPAN PRIMITIVO ROSALINO HERRERA GARCIA SONIA JACOME VAZQUEZ ELIZABETH SOTO DOMINGUEZ TERESA ALARCON HERNANDEZ ALFREDO MARCELINO GONZALEZ MARIN ESTEBAN TABAL RIVERA MARIA DEL ROCIO GALAN ROSAS LILIA FIDENCIA RIVERA MARIN DISTRITO: COATEPEC VOCAL DE CAPACITACION PROPIETARIO, VOCAL DE CAPACITACION SUPLENTE, MUNICIPIO: JALCOMULCO ALEJANDRO CID LOBATO FILIBERTO MILAN MORALES DISTRITO: COATEPEC VOCAL DE CAPACITACION PROPIETARIO, VOCAL DE CAPACITACION SUPLENTE, MUNICIPIO: PASO DE OVEJAS EMILIA MORALES MUÑIZ MARIA APOLINAR HERRERA ORTIZ DISTRITO: COATEPEC MUNICIPIO: PUENTE NACIONAL SUSANA VIVEROS DURAN OLIVIA ALVAREZ HERNANDEZ DISTRITO: COATEPEC PRESIDENTE SUPLENTE, SECRETARIO PROPIETARIO, MUNICIPIO: XICO VERONICA HERNANDEZ SALAZAR MIGUEL ANGEL RAMIREZ MAVIL

Jueves 13 de julio de 2000 GACETA OFICIAL Página 19 VOCAL DE CAPACITACION PROPIETARIO, VOCAL DE CAPACITACION SUPLENTE, NOE TLAXCALTECO MONTENIZA BEATRIZ EUGENIA GOMEZ VAZQUEZ ALFREDO CARRILLO CRUZ LORENZO POZOS SUAREZ DISTRITO: PASO DEL MACHO PRESIDENTE PROPIETARIO, SECRETARIO SUPLENTE, VOCAL DE ORGANIZACION SUPLENTE, MUNICIPIO: COMAPA ISMAEL PEDRO GONZALEZ NIETO OSCAR ORLANDO MEJIA FERNANDEZ EDILBERTO CABAL NAVARRO SIXTO LEON ESPINDOLA ALFREDO GONZALEZ AMOX DISTRITO: PASO DEL MACHO PRESIDENTE PROPIETARIO, PRESIDENTE SUPLENTE, MUNICIPIO: COSCOMATEPEC JOSE LUIS SANCHEZ ARROY OSCAR ARMANDO SANCHEZ LOYO DISTRITO: PASO DEL MACHO VOCAL DE CAPACITACION PROPIETARIO, MUNICIPIO: COTAXTLA RAMON GONZALEZ LARA ERNESTO ZURITA LAGUNES ELVIA VARGAS OSORIO DISTRITO: PASO DEL MACHO PRESIDENTE SUPLENTE, SECRETARIO PROPIETARIO, SECRETARIO SUPLENTE, MUNICIPIO: CHOCAMAN PABLO NOE HILARIO JUAREZ ANGELICA MARIA PIMENTEL NICANOR MERCEDES ESMERALDA PEREZ ORTIZ FLAVIO TRUJILLO JUAREZ BENIGNO CAMPOS CARREON DISTRITO: PASO DEL MACHO SECRETARIO PROPIETARIO, SECRETARIO SUPLENTE, VOCAL DE ORGANIZACION SUPLENTE, MUNICIPIO: HUATUSCO REYNA LETICIA MEDINA IBARRA JOSE AGUSTIN SANCHEZ TOSTADO JOSE LUIS TECALCO CHICUELLAR

Página 20 GACETA OFICIAL Jueves 13 de julio de 2000 DISTRITO: PASO DEL MACHO MUNICIPIO: SOCHIAPA NAZARIA MORALES HERNANDEZ PRIMITIVO MORALES RIVERA ADRIANA ESTELA GONZALEZ REYES DISTRITO: PASO DEL MACHO PRESIDENTE PROPIETARIO, PRESIDENTE SUPLENTE, SECRETARIO SUPLENTE, VOCAL DE CAPACITACION PROPIETARIO, MUNICIPIO: TLACOTEPEC DE MEJIA VALENTIN OCHOA LEON EUGENIO GALVAN SOLIS MARCIANO FLORES PACHECO DALILA SARMIENTO MEJIA GUSTAVO RODRIGUEZ MURILLO VICTOR FLORES MEJIA MARTIN MARGARITO MARTINEZ SALAS JUAN MANUEL LUNA SOLIS GASPAR RODRIGUEZ MURILLO MARCELINO SANCHEZ VALLEJO GENARO DIAZ RINCON DISTRITO: PASO DEL MACHO MUNICIPIO: TOTUTLA IRMA ADRIANA GARCIA NARVAEZ ANGEL MEXICANO RUIZ FILIBERTO FERNANDEZ CRUZ DISTRITO: CORDOBA PRESIDENTE PROPIETARIO, PRESIDENTE SUPLENTE, VOCAL DE CAPACITACION PROPIETARIO, VOCAL DE CAPACITACION SUPLENTE, MUNICIPIO: CORDOBA HUMBERTO QUEROL VAZQUEZ JESUS PULIDO SOLIS KARINA BERENICE SUAREZ PARISSI ADDA ILEANA MUÑOZ REGLIN DISTRITO: CORDOBA MUNICIPIO: AMATLAN DE LOS REYES JOSE DE LA ROSA ARRAGAN

Jueves 13 de julio de 2000 GACETA OFICIAL Página 21 DISTRITO: CORDOBA VOCAL DE CAPACITACION SUPLENTE, MUNICIPIO: COETZALA CECILIA VALENCIA MACHUCA MA. ALMA DELIA ROMAN JIMENEZ DISTRITO: CORDOBA MUNICIPIO: IXTACZOQUITLAN FELIX ESPIRITU REYES DISTRITO: CORDOBA MUNICIPIO: NARANJAL GREGORIO DE LOS SANTOS ROSAS DISTRITO: CORDOBA VOCAL DE CAPACITACION SUPLENTE, MUNICIPIO: OMEALCA ADRIAN DIONISIO TEXOCO BONIFACIO GALVEZ JACINTO EZEQUIEL RODRIGUEZ VELAZQUEZ DISTRITO: CORDOBA MUNICIPIO: TEZONAPA PAULA MARIN RAMIREZ TEODORO EUSEBIO ESTRADA MENDEZ HORACIO XICOTENCATL HUERTA DISTRITO: CORDOBA MUNICIPIO: YANGA PRESIDENTE PROPIETARIO, PRESIDENTE SUPLENTE, SUSANA ADELA MARTINEZ DOMINGUEZ CLAUDIO ELEAZAR ALVARADO MARTINEZ

Página 22 GACETA OFICIAL Jueves 13 de julio de 2000 DISTRITO: ZONGOLICA SECRETARIO PROPIETARIO, SECRETARIO SUPLENTE, VOCAL DE CAPACITACION SUPLENTE, MUNICIPIO: ASTACINGA RAUL PANZO SANCHEZ APOLONIO TZOMPAXTLE ITEHUA BENJAMIN SALAS TZOMPAXTLE VICENTE TECPILE SANCHEZ JOSE ITEHUA QUIAHUA DISTRITO: ZONGOLICA MUNICIPIO: LOS REYES SECRETARIO PROPIETARIO, SECRETARIO SUPLENTE, TOLENTINO COSME GARCIA JOSE ASUNCION TZOYOHUA CUAHUA ELIAS TEZOCO XOCUA FELIPE QUIAHUIXTLE GARCIA DISTRITO: ZONGOLICA MUNICIPIO: SOLEDAD ATZOMPA MELITON MENDEZ REYES MANUEL ANTONIO FLORES DISTRITO: ZONGOLICA MUNICIPIO: TEQUILA VOCAL DE CAPACITACION SUPLENTE, JOSE ROSENDO COLOHUA TEXCAHUA ROSENDO TZOYOHUA TETLA DISTRITO: ZONGOLICA MUNICIPIO: TEXHUACAN PRESIDENTE PROPIETARIO, PRESIDENTE SUPLENTE, MELITON TZANAHUA CUAQUEHUA HIGINIO MENDEZ MALDONADO DISTRITO: ZONGOLICA MUNICIPIO: TLILAPAN SECRETARIO PROPIETARIO, SECRETARIO SUPLENTE, LUCINA GAMBOA CRUZ DANIEL HERNANDEZ DE LA CRUZ

Jueves 13 de julio de 2000 GACETA OFICIAL Página 23 DISTRITO: COSAMALOAPAN MUNICIPIO: CHACALTIANGUIS DELFINO MARTINEZ MORALES LUCAS SOLANO PEÑA DISTRITO: COSAMALOAPAN MUNICIPIO: OTATITLAN VOCAL DE ORGANIZACION PROPIETARIO, VOCAL DE CAPACITACION PROPIETARIO, GERARDO GUTIERREZ PEREDO ISABEL VAZQUEZ HERRERA DISTRITO: COSAMALOAPAN MUNICIPIO: TIERRA BLANCA DORA JESSY PEREZ ROSALES JOSE FRANCISCO BORGES MEDINA DISTRITO: SAN ANDRES TUXTLA MUNICIPIO: PLAYA VICENTE PRESIDENTE PROPIETARIO, PRESIDENTE SUPLENTE, VOCAL DE ORGANIZACION PROPIETARIO, VOCAL DE ORGANIZACION SUPLENTE, DULCE MARIA TADEO RODRIGUEZ GREGORIO RODRIGUEZ CARDENAS HILARIO RODRIGUEZ CARDENAS ESTANISLAO SEGUNDO LOPEZ MIGUEL PONCE LAVALLE PATRICIO SANCHEZ GRANADOS GERARDO PEREZ USCANGA DISTRITO: SAN ANDRES TUXTLA MUNICIPIO: JOSE AZUETA SECRETARIO SUPLENTE, VOCAL DE CAPACITACION PROPIETARIO, VICENCIO CANUL MARTINEZ JORGE MATIAS MAZA RUBEN OCTAVIO LARA DOMINGUEZ ISAURO CERVANTES GUTIERREZ ALONSO BRAVO DE LA O CAMERINO ALQUISIRA BELTRAN