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c) Se considera que cada proponente al formular su oferta lo ha hecho con perfecto conocimiento de causa y que se ha trasladado a la zona donde

Transcripción:

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES ARTÍCULO 1º.- OBJETO: ADQUISICIÓN DE NEUMATICOS PARA VEHICULOS DEL ENTE, conforme cantidades y especificaciones del Pedido de Cotización.- ARTÍCULO 2º.- CONSULTAS Y VENTA DE PLIEGOS: Los Pliegos podrán consultarse en la Oficina de Compras del en el horario de 8:15 hs. a 13:30 hs. Para su adquisición, los interesados podrán retirar el mismo en la Oficina de Compras del en el horario indicado para consulta, Avda. Pte. Perón Km. 7.5 (ex Ruta 88), Mar del Plata, previa acreditación de haber abonado en la Tesorería del la suma de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS QUINCE CON 00/100 ($ 4.215,00); o solicitar vía fax o E-mail el envío de Pliegos, previo efectuar un depósito en la cuenta del Nº 50078/4 abierta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal 6106, por el valor fijado para el Pliego, más la suma de PESOS CUATRO ($ 4,00), equivalente a la comisión que cobra el Banco por efectuar la transacción.- La venta de pliegos se realizará hasta 2 (dos) días hábiles anterior a la fecha de apertura de la licitación. Las consultas que se considere necesario efectuar deberán ser formuladas por escrito ante la Oficina de Compras del, hasta tres (3) días hábiles antes de la fecha de apertura de la licitación, por lo tanto aquellos oferentes que adquieran el pliego el último día habilitado a tal efecto, NO podrán hacer consultas del mismo.- EL, asimismo, podrá hacer aclaraciones de oficio y responder a las consultas que formulen por escrito los interesados, hasta un (1) día hábil anterior a la fecha de apertura de la licitación. Las aclaraciones solicitadas y las respuestas se pondrán en conocimiento de todos los adquirentes del Pliego de Bases y Condiciones, pasando a formar parte de éste.- ARTICULO 3º.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS: La propuesta se presentará, en la Oficina de Compras del Ente, hasta el día y la hora fijada para la apertura (10 de Septiembre de 2014 11:00 Hs.), en sobre cerrado que no podrá contener ningún dato que identifique al proponente y en el cual se consignará el número de expediente, número y tipo de licitación, fecha y hora de apertura y contendrá: 3.1. Formularios de cotización debidamente firmados por el proponente. 3.2. Pliego de Bases y Condiciones debidamente firmadas por el proponente.- 3.3. Copia de la constancia de Depósito de Garantía de Oferta.- 3.4. Copia de la constancia de Adquisición de Pliegos.- 3.5. Declaración Jurada, en formulario entregado por el, en el cual el oferente manifieste: a) Conocer y aceptar todas y cada una de las Cláusulas del pliego de Bases y Condiciones que rigen la presente licitación.- b) Aceptar la competencia de los Tribunales Competentes de la Provincia de Buenos Aires, con asiento en Mar del Plata, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle, incluso el Federal.- c) Constituir, a todos los efectos domicilio legal en la ciudad de Mar del Plata.- d) Denunciar domicilio real.- 3.6. Documentación técnica y folleteria descriptiva del material conteniendo entre otros datos composición, características de resistencia, procedencia, etc. ARTÍCULO 4.- FORMA DE COTIZAR: Por precio unitario y por renglón, debiendo indicar marca y/o características del producto ofrecido. Si los totales no coinciden con la sumatoria de los precios unitarios, se tomarán éstos últimos como válidos.- 1

//.. ARTÍCULO 5º.- CARACTERÍSTICAS GENERALES: Las cubiertas, cámaras, protectores y válvulas deben ser NUEVOS, SIN USO, DE RECONOCIDAS MARCAS NACIONALES O INTERNACIONALES, PREFERENTEMENTE LAS PRIMERAS LINEAS DE LAS SIGUIENTES MARCAS (GOOD YEAR, PIRELLI, BRIDGESTONE, MICHELIN, HANKOOK Y BF GOODRICH); indicando en la cotización por renglón, marca, modelo y país de origen, del producto ofrecido. Además se deberá adjuntar, por cada renglón, el folleto donde se detalle procedencia, marca y modelo para poder verificar el cumplimiento de lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares. Asimismo en la cotización se debe prever la colocación de las cubiertas cotizadas, las que se realizaran a solicitud del Taller sin costo adicional para el Ente. ARTÍCULO 6º.- GARANTÍAS DE LOS PRODUCTOS: La GARANTÍA de las cámaras, protectores y válvulas será no menor a seis (6) meses por defectos de fabricación, quedando a cargo del adjudicado todo gasto que origine la reposición del mismo (desarmes, flete, etc.). La GARANTÍA de los NEUMÁTICOS será TOTAL por el término no menor a seis (6) meses por defectos de fabricación o desgaste prematuro. Pasados los seis (6) meses la GARANTÍA deberá cubrir el porcentaje de vida útil remanente en caso de producirse fallas por defectos de fabricación. En todos los casos estarán a cargo del adjudicado todos los gastos que origine la reposición del neumático dañado (desarmes, flete, etc.).- ARTÍCULO 7º.- PRESUPUESTO OFICIAL: El presupuesto Oficial se establece en la suma de PESOS DOS MILLONES VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 2.024.960,00).- ARTÍCULO 8.- IVA.: El. reviste el carácter de EXENTO, por lo tanto el precio cotizado se entenderá, en todos los casos, que ES PRECIO FINAL.- ARTÍCULO 9º.- ADMISIÓN DE OFERTAS: Sólo revestirán carácter de oferta válida las que se ajusten a las disposiciones de este Pliego, pudiendo rechazarse en el momento de la apertura aquellas que no reúnan los requisitos exigidos. Sin perjuicio de ello, si se comprobara posteriormente algún incumplimiento no advertido al momento de la apertura, ello será causal de rechazo de oferta.- Se podrá, a efectos de su consideración y a absoluto criterio del., no tomar en cuenta errores, omisiones o imperfecciones de tipo formal y no esenciales de las que adoleciere alguna de las propuestas, salvo en la consignación del precio tanto en números como en letras, donde las enmiendas y/o raspaduras no podrán ser salvadas con posterioridad a la apertura de sobres.- ARTÍCULO 10º.- OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES: Se realizarán de la siguiente manera: 10.1 AL ACTO DE APERTURA: Sólo se admitirán impugnaciones y observaciones al acto, al finalizar el mismo.- 10.2 A LAS OFERTAS: A los efectos de formular impugnaciones y observaciones a las ofertas y la documentación, quedarán a la vista de los licitantes a partir del segundo día hábil posterior a la apertura y por el término de un (1) día. El plazo para la presentación de las impugnaciones será de un (1) día hábil siguiente al de toma de vista de la documentación.- De las impugnaciones se correrá traslado por (1) un día hábil. En ningún caso se abrirán a prueba las presentaciones, resolviéndose la adjudicación sobre la base de estas, sin perjuicio de las facultades verificadoras del.- ARTICULO 11º.- CAUSALES DE RECHAZO DE PROPUESTAS: Podrán ser causales de rechazo de las ofertas en el acto de apertura la no-presentación de lo que a continuación se detalla: 1) Pedido de cotización debidamente firmado.- 2) Pliego de Bases y Condiciones debidamente firmado.- 3) Recibo de Deposito de Garantía.- 4) Recibo de Adquisición de Pliegos.- 5) Declaración Jurada de Aceptación de Condiciones.- ARTÍCULO 12.- GARANTIAS.- a) ENTIDADES ASEGURADORAS: Las Entidades Aseguradoras que garanticen o afiancen obligaciones de terceros, oferentes y/o contratistas con el, deberán estar inscriptas en el REGISTRO MUNICIPAL DE ENTIDADES ASEGURADORAS, dando cumplimiento a la Ordenanza Nº 7180/88 y Decreto Reglamentario Nº 1868/88.- 2

b) GARANTIA DE OFERTA: El proponente deberá adjuntar, al formular la propuesta, la constancia expedida por la Tesorería del Ente de haber efectuado el depósito de Garantía de Oferta, por el equivalente al uno por ciento (1%) del presupuesto Oficial.- De realizarse el Depósito de Garantía de Oferta en efectivo, el mismo podrá realizarse hasta una (1) hora antes de la fijada para la apertura del Acto Licitatorio.- De realizarse en alguna de las modalidades fijadas en los incisos b) o c) del Artículo 13º, se deberá efectuar con una anticipación mínima de un (1) día hábil a la apertura del Acto Licitatorio.- c) GARANTÍA DE CONTRATO: El adjudicatario deberá constituir un DEPOSITO DE GARANTÍA DE CONTRATO que será del cinco por ciento (5%) DEL MONTO ADJUDICADO; debiendo depositarse en la Tesorería del dentro de los cinco (5) días desde la notificación de la adjudicación en cualquiera de las formas establecidas en el presente pliego.- d) DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS: La Garantía de Contrato será devuelta, a pedido de parte, una vez entregada de conformidad la totalidad del producto adquirido. A tales efectos deberá presentar constancia suscripta por personal jerárquico de la dependencia encargada de recibir los mismos.- ARTICULO 13º.- FORMAS DE CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS: La garantía afianza el cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de parte del oferente, en su calidad de tal, o de adjudicatario, si así resultare, la que podrá estar constituida en alguna de las formas siguientes: a) Dinero en efectivo, giro o cheque contra una institución bancaria, a la orden del Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Publico (.).- b) Fianza bancaria a otorgarse sin reservas ni limitaciones, que presentará con certificación hecha por Escribano Público de las firmas de quienes la suscriban, y de la personería y facultades que le asisten para obligar a la entidad bancaria; en su caso, la firma del Escribano actuante deberá ser legalizada por el respectivo Colegio Profesional.- c) Póliza de Seguro de Caución, la que deberá cumplir con las condiciones que se enumeran, de conformidad con lo establecido por Decreto Nacional Nº 411/69 y por el Decreto Municipal Nº 218/82. Las pólizas deberán ser acompañadas de la certificación, hecha por Escribano Público, de las firmas de quienes las suscriben, y de la personería y facultades que les asisten para obligar a la entidad aseguradora; en su caso, la firma del Escribano actuante, deberá ser legalizada por el respectivo Colegio Provincial. Asimismo, se deberán tener en cuenta los siguientes recaudos: 1) Instituir al como "Asegurado".- 2) En caso de existir dos (2) o más instrumentos cubriendo cada uno de ellos en forma parcial la caución exigida por el asegurador participará a prorrata en concurrencia con los otros garantes, hasta el importe total de la garantía.- 3) Establecer que los actos, declaraciones, acciones u omisiones del oferente o adjudicatario del servicio, que actúe como tomador de la póliza, no afectarán en ningún caso los derechos del asegurado, frente al asegurador. 4) Determinar que el asegurador responderá con los mismos alcances y en la misma medida en que, de acuerdo con la legislación vigente, el presente Pliego y el contrato respectivo, corresponde afectar total o parcialmente las garantías.- 5) Instituir que, una vez firme la resolución dictada dentro del ámbito del. que establezca la responsabilidad del oferente o adjudicatario por el incumplimiento de las obligaciones a su cargo, el asegurado tendrá derecho a 3

//.. exigir del asegurador el pago pertinente, luego de haber resultado infructuosa la intimación extrajudicial de pago hecha a aquél, no siendo necesaria ninguna otra interpelación ni acción previa contra sus bienes.- 6) Estipular que el siniestro quedará configurado reunidos los requisitos del punto anterior al cumplirse el plazo que el. establezca en la intimación de pago hecha al oferente o adjudicatario, sin que se haya satisfecho tal requerimiento, y que el asegurador deberá abonar la suma correspondiente, dentro del término de quince (15) días de serle requerida.- 7) Fijar que la prescripción de la acción contra el asegurador, se producirá cuando prescriban las acciones del. contra el oferente o adjudicatario, de acuerdo a las disposiciones legales y contractuales aplicables.- 8) Establecer expresamente que para cualquier cuestión emergente del contrato de seguro, las partes se someten a la competencia del los Tribunales Competentes de la Provincia de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles y constituir domicilio especial en la ciudad de Mar del Plata.- ARTÍCULO 14º.- MEJORA DE OFERTAS: En el caso que hubiere dos o más propuestas que se presenten en igualdad de condiciones y cuyas cotizaciones no difieran en más del cinco por ciento (5%), se podrá llamar a estos proponentes a mejorarlas, por escrito y en sobre cerrado, no siendo obligación del adoptar tal criterio. A estos efectos se fijará la fecha para su apertura, dentro del término de diez (10) días hábiles administrativos, contados a partir de la fecha de la Notificación de la Resolución del de llamado a MEJORA DE PRECIOS.- ARTICULO 15º.- ADJUDICACIÓN: El no estará obligado a adjudicar a oferta alguna, pudiendo rechazarlas todas si lo estimare conveniente, sin derecho a reclamo alguno por parte de los proponentes, conforme lo prescriben los artículos 154º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 188º del Reglamento de Contabilidad respectivamente.- La adjudicación se efectuará, mediante la emisión de la correspondiente Orden de Compra, al oferente que presente la oferta más conveniente POR RENGLÓN a exclusivo criterio del (se valorarán marcas, calidades y cualidades técnicas, garantías, etc.), cuya decisión respecto a los oferentes y sus propuestas serán absolutamente privativas. El precio es un elemento más que hace a la conveniencia, pero no es determinante exclusivo de ello.- ARTÍCULO 16º.- AMPLIACIÓN - REDUCCIÓN: El se reserva el derecho de aumentar hasta en un cien por cien (100%), o disminuir hasta un cincuenta por ciento (50%) las cantidades licitadas.- ARTICULO 17º.- MANTENIMIENTO DE OFERTA: Mínimo veinte (20) días hábiles. Se considerará automáticamente prorrogado por igual período, salvo expresa manifestación en contrario por parte del oferente, la que deberá efectuarse junto con la oferta.- ARTICULO 18º.- MUESTRAS: Serán verificadas las calidades de las mercaderías a su entrega, no siendo requisito presentar muestras.- ARTICULO 19.- PLAZO DE ENTREGA: La entrega será dentro de los treinta (30) días de emitida la orden de compra. El proveedor podrá hacer entregas parciales de la cantidad adjudicada. ARTÍCULO 20º.- MULTAS: Por cada día de atraso en los plazos máximos de entrega establecidos, se aplicará para cada uno de los Ítem una Multa del 1% (uno por ciento) diario, sobre el importe total del ítem no entregado hasta un máximo de 10 días hábiles. Pasado dicho plazo podrá procederse a sancionar administrativamente a la empresa, alcanzando hasta la suspensión del Registro de Proveedores, con comunicación a otros Registros Oficiales.- ARTÍCULO 21.- LUGAR DE ENTREGA: La entrega se hará efectiva en el depósito de Suministros del sito en Av. Pte. Perón Km. 7,5 Batán; quien conformará la entrega y calidades de los productos.- ARTICULO 22.- FORMA DEL PAGO: Los pagos se efectuarán en la Tesorería de., a nombre del beneficiario, NO A LA ORDEN; dentro de los treinta (30) días de factura conformada. Para que el trámite de cobro lo pueda efectuar un tercero deberá acreditar un poder que así lo autorice y recibo oficial del proveedor.- 4

ARTICULO 23º.- LEGISLACIÓN: Rigen para la presente adquisición el Pliego de Bases y Condiciones, el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza General N 267 de Procedimiento Administrativo, la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Municipal N 1184/93 y los principios generales del derecho administrativo, en todas las circunstancias que no hubieren sido expresamente previstas por este Pliego de Bases y Condiciones.- 5