comuna. En 1958 fue trasladado a la localidad de Cunco, período que coincide con el inicio del proceso de la Reforma Agraria (1960), hecho que lo

Documentos relacionados
--- /1. DL. IS, 1 N JU 'Die. / i)nk' '.,,. :- /Ek_,1 y'" .{,{.; ' ' "') (i'~~t:~, RÍA MD~:U:~~~~EN~~C~~~~~IC~N A ~: SANTIAGO,

Que, el proyecto arquitectónico y constructivo de la nueva

0365 * O 17

DE LA REPUBLICA DE CHILE. Normas Generales

, O 11 2 O. O 1. 2 O 17. /<lm/eaa --

distingue por su heterogeneidad de estilos arquitectónicos: eléctrico francés e inglés, tudor, chalet y viviendas y departamentos concebidos bajo el

(o ~U017] O 383 * O 1 '/

2 2. ENE \ O O 1 ~ 2 ti O R

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile documento generado el 05-Oct-2016

18.ENE2018 O O FEB 2018

O O 1. 2 O 17 MINISTERIO DE EDUCACION X 13FEB. 2017

p. ~ JEFE /f' j 1 5 MAR ,.._... ~.~ L;~tY.~~!.l 9-!~~.i[ff ~íc;1civ TOMADO RAZON CON ALCANCE 14 MAR MAR.

O JUN O J VISTO: )1. Que, por Decreto Nº 622, de 17 de agosto de 1977, del

~~:;~~~f~~~~f ~ RRA[ O 1 O 2 O. O l. 2 O 17. MINISiER\0 DE EOUCACION X \ HEB X 14 FEB U ,

Núm Santiago, 6 de junio de Considerando:

OOUi O 15 2 O. O 1. 2 O 17 O 9 FEB O )- 1

DE LA REPUBLICA DE CHILE. Normas Generales

X OOCUMENTO TOTALMENTE\ O O 1. 2 O FEB MINISTERIO DE EDUCACION

Referencia del Documento: Diario Oficial/Normas Generales/Septiembre 2015/DO /09/2015 DCTO MINISTERIO DE EDUCACION

DE LA REPUBLICA DE CHILE. Normas Generales

u..., t. ~) 9 SEP Que, el Consejo de Monumentos Nacionales recibió la

Importante es señalar que luego de este sismo el gimnasio fue un importante albergue para los damnificados;

X 1 2 JUL 2017 X. o Jlltt 2B17 O JUL 2017, O 6 1 ~ Q i MINISTERIO DE EDUCAC/ON : DOCl.MfNTo IDTALMENTE TRAMITADO

aguas, el campanario exento o adjunto, el espacio atrio, las capillas posas, el calvario, la barda perimetral y cementerio. Como mínimo, existe el

ICA VKQC/.. J...,r,,...,,.,,._/EJ(Af,,,/ DIVISI

O 29 O * 2 B. 1 O. 2 O 16

1 11 AGO 2011 ~ O 'i 57 * 19. O 7. 2 O 17 2 O JUL 2017 M\N\S1E.R\0 OE [)UCAC\ON. ooc~10 i01~\}in1e 1RAWl1i\DO. ( O O lll.

Artículo 6.- Apruébanse los planos especiales de servidumbres que se indican en el artículo 7 del presente decreto.

~ '3 O DIC 2015 ~I I OOCUMENTO TOTA!.MENTE TRM11TAOO 536 O O 15. r u 11 lh' t...r.1~ ID/ 1:l/"':'=.~ ' "7.i

- L O O 15 1 ENE 2011 O 9 FEB O ! i _

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN JURÍDICA NMC CURSA CON ALCANCE DECRETO Nº 26, DE 2016, MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

~ '3 O DIC 2015 ~I I OOCUMENTO TOTA!.MENTE TRM11TAOO 536 O O 15. r u 11 lh' t...r.1~ ID/ 1:l/"':'=.~ ' "7.i

0366 * O 17

CAPÍTULO 2 ESTRUCTURA DEL CATÁLOGO Con el objeto de facilitar la elección de un modelo y explicitar la forma en que éste se considera armónico con el

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE. Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL

CAUTÍN, COMUNAS DE PUCÓN Y CURARREHUE, EN VIRTUD DE LA LEY Nº

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE. Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL

Artículo 1º.- Fíjanse las siguientes plantas de personal de la Subsecretaría de Educación Parvularia, que se indica a continuación:.

Artículo 6º.- Apruébanse los planos especiales de servidumbres que se indican en el artículo 7º del presente decreto.

principalmente a la eficiencia en la producción; Que, el valor del campamento minero reside en su condición de conjunto, donde cada uno de sus

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE. Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL

DE LA REPUBLICA DE CHILE. Normas Particulares

APRUEBA PROYECTO PARCIAL DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE RENAICO, LOCALIDAD DE TIJERAL, DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N , ART.

002 Ü * 19. D 1. 2 O 18

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República.- Javiera Blanco Suárez, Ministra de Justicia.- Jorge Burgos Varela,

/fr. ~SüSsr~~R;, ; ONUMENTO NACIONA~ EN LA. r ~ ENE 2016 J 2 DIC, :con ralor G: ~neral 'fdeja Repu blica 1 lti:..:...:...-..,.

FICHA TÉCNICA DE INTERVENCIONES ANALISIS DEL INMUEBLE

ESTUDIO PATRIMONIAL DE INMUEBLES DE CONSERVACIÓN HISTÓRICA PLAN REGULADOR COMUNAL DE PERALILLO

DE LA REPUBLICA DE CHILE. Normas Particulares

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE. Ministerio del Interior y Seguridad Pública

:

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

ACTA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO DE MONUMENTOS NACIONALES

municipalidad; Que, pese a que el proyecto de "Playa Blanca" no se concretó, a través del arquitecto Héctor Hernández y su obra, se materializó parte

2. Directivos de Exclusiva Confianza..

de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, se busca dotar de normas urbanísticas más beneficiosas mediante la elaboración de un Plan Seccional

indican en el artículo 7 del presente decreto.

Punta Arenas; 11. El certificado Nº 1.727, de , del Secretario Municipal (S), de la Municipalidad de Punta Arenas, que deja constancia de la

PRIMER ESQUEMA BÁSICO

PLAN URBANO ESTRATEGICO

DE LA REPUBLICA DE CHILE. Normas Generales

CATASTRO DE PATRIMONIO COMUNA DE PRIMAVERA

7.- INFORMACIÓN TÉCNICA 7.1 DESTINO DEL INMUEBLE (*) ORIGINAL ACTUAL ANT SS Vivienda 7.2. AÑO DE CONSTRUCCIÓN

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile documento generado el 29-Mar-2016

MPRC SECTOR POBLACION VERGARA DEPARTAMENTO DE ASESORIA URBANA SECPLA I. MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR

2. Segundo Nivel Jerárquico, Título VI de la ley Nº Directivos afectos al artículo 8º del decreto con fuerza de ley Nº 29, de

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE. Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE. Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL

CIRCULAR ORD. N..3! O...:3:...=...:: 9S=--- 1 SANTIAGO, 2 6 ASO. 2015

Artículo 6.- Apruébanse los planos de servidumbre que se indica en el artículo 7 del presente decreto.

: &f= &p=

Artículo 5º.- Déjase constancia que en su recorrido las instalaciones afectarán sólo bienes nacionales de uso público.

2. Segundo Nivel Jerárquico, Título VI de la ley Nº

Artículo 6.- Apruébanse los planos especiales de servidumbres que se indican en el artículo 7 del presente decreto.

2X500 KV", EN LA REGIÓN DE COQUIMBO, PROVINCIA DE ELQUI, COMUNA DE LA SERENA

p11'íl TOMADO RAZON CON ALCANCE 2 9 MAR O MAR 2016 General - ARTES CONTRALOR A GE

ANGOL Tipo Versión :Unica De : Inicio Vigencia : Id Norma : :

ACUERDO Nº 011. (Febrero 13 de 2002)

DE LA REPUBLICA DE CHILE. Normas Particulares

Artículo 6º.- Apruébase el plano especial de servidumbre que se indica en el artículo 7º del presente decreto.

Zapallar, Chile Vista real desde el terreno

Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Jorge Castro Muñoz, Alcalde de Valparaíso.- Mariella Valdés Ávila, Secretaria Municipal.

valles y quebradas precordilleranas o en el altiplano, de origen prehispánico o asiento indígena y que en la mayoría de los casos fueron parte de la

R!OICA ::: 6 ~-- JEFE. L--~-~~~ - _" _, _w_ P.> 6~0. 17 " r;j''"l = LU lj

Tipo Versión :Unica De : Inicio Vigencia : Id Norma : : &f= &p=

DE LA REPUBLICA DE CHILE. Normas Particulares

CATÁLOGO DE BIENES CULTURALES ARQUITECTÓNICOS

Tipo Norma :Decreto 118 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Artículo 6º.- Apruébanse los planos especiales de servidumbre que se indican en el artículo 7º del presente decreto.

Municipalidades. Decreto:

FICHA TÉCNICA DE INTERVENCIONES ANALISIS DEL INMUEBLE

3. FORMAS DE REPRESENTACION

S E C P L A Asesoria Urbana ORDENANZA LOCAL PLANO SECCIONAL EL VENADO

1. Dimensiones del Terreno:

Planimetría 03: Elevaciones en Arquitectura

Artículo 6º.- Apruébanse los planos especiales de servidumbre que se indican en el artículo 7º del presente decreto.

RESOLUCIÓN EXENTA Nº 3243 / Santiago, 20 de junio de' 2016

DE LA REPUBLICA DE CHILE. Normas Particulares

Transcripción:

Tipo Norma :Decreto 552 Fecha Publicación :11-02-2016 Fecha Promulgación :16-12-2015 Organismo Título :MINISTERIO DE EDUCACIÓN :DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO A LA "CAPILLA DE SAN CONRADO" Y MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE ZONA TÍPICA O PINTORESCA A LA "VILLA GARCÍA", AMBOS UBICADOS EN LA COMUNA DE CUNCO, PROVINCIA DE CAUTÍN, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA Tipo Versión :Unica De : 11-02-2016 Inicio Vigencia :11-02-2016 Id Norma :1087462 URL :http://www.leychile.cl/n?i=1087462&f=2016-02-11&p= DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO A LA "CAPILLA DE SAN CONRADO" Y MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE ZONA TÍPICA O PINTORESCA A LA "VILLA GARCÍA", AMBOS UBICADOS EN LA COMUNA DE CUNCO, PROVINCIA DE CAUTÍN, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA Núm. 552.- Santiago, 16 de diciembre de 2015. Considerando: Que, el Consejo de Monumentos Nacionales, recibió la solicitud de la Sra. Paz Serra Freire, Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la época, para declarar como monumento nacional en la categoría de zona típica o pintoresca, a la "Villa García", ubicada en la comuna de Cunco, provincia de Cautín, región de la Araucanía; Que, asimismo el Consejo de Monumentos Nacionales, consideró la declaración de la "Capilla de San Conrado", como monumento nacional en la categoría de monumento histórico, la que se encuentra ubicada en la mencionada Villa García; Que, el conjunto Villa García, emplazado en el sector rural de Cunco, está compuesto por 24 casas, una capilla, una escuela con internado, una posta, una sede social y un galpón, fue diseñado y construido entre 1965 y 1969, por el religioso capuchino Bernabé Gutknecht en conjunto con la comunidad local; Que, la alta presencia religiosa en la Araucanía se debe a hechos históricos relacionados con la dificultad de ocupar "La Frontera", territorio comprendido entre el río Biobío por el norte y el río Toltén por el sur. Desde mediados del siglo XIX se promovió la evangelización con el fin de ocupar la Araucanía como tierra de labranzas. De este modo, La Frontera fue constituida como tierra de misiones, siendo convocadas para ello las órdenes de los franciscanos y de los capuchinos; Que, en 1901 la Orden Capuchina de Baviera se hizo cargo de la Prefectura Apostólica de la Araucanía, al sur del río Cautín, emplazando sus misiones de preferencia en sectores rurales y construyendo capillas, colegios e internados. Ejemplo de lo anterior lo constituye la obra desarrollada por los capuchinos en el sector cordillerano de la Región de la Araucanía, específicamente en la comuna de Cunco. Allí su acción evangelizadora se plasmó en la construcción de diversas capillas, sumado a la gestión de otorgar solución habitacional para los campesinos en el período de la Reforma Agraria. Las formas constructivas desarrolladas se caracterizaron por adoptar los materiales disponibles y los estilos imperantes en la zona, pero con un fuerte referente europeo, logrando construcciones adaptadas a las condiciones naturales de la zona; Que, el padre Bernabé Gutknecht fue un religioso capuchino nacido el 13 de junio de 1907 en Lucerna. Se educó en Suiza, donde estudió arquitectura sin finalizar dichos estudios, ingresando posteriormente al Seminario en Alemania para seguir el curso de teología, ordenándose en Baviera el 29 de junio de 1932. En 1937 llegó a Chile junto a un grupo de sacerdotes capuchinos alemanes. La primera parroquia asignada a su cargo fue Panguipulli, donde vivió por 20 años; construyendo varias escuelas, capillas, un hospital y el edificio consistorial de la

comuna. En 1958 fue trasladado a la localidad de Cunco, período que coincide con el inicio del proceso de la Reforma Agraria (1960), hecho que lo lleva a abordar la problemática de la tenencia de tierras y el problema habitacional campesino mediante la construcción de un conjunto de viviendas económicas denominado "South Dakota", en el marco del programa de ayuda económica y social, denominada Alianza para el Progreso, que el gobierno de Estados Unidos promovió entre 1961 y 1970 con los países latinoamericanos; Que, a inicios de la década de 1960, el padre Bernabé gestionó la donación de 70 hectáreas y en 1965 inició la construcción de un segundo conjunto, para 24 campesinos de la zona, al que llama "Hermano Conrado de Río Negro", conocida actualmente como "Villa García", en recuerdo del abogado René García, quien donó el terreno para levantar el conjunto. Entre 1970 y 1977 fue párroco de Pucón. Desde esa fecha en adelante vivió en Padre Las Casas, donde falleció el 5 de octubre de 1987; Que, Villa García es el único conjunto que se reconoce actualmente en la región planificado con la intención de formar una comunidad agrícola autónoma, asemejándose a la concepción urbana laboral del socialismo utópico de principios del siglo XIX; Que, el lugar en el que fue emplazado el conjunto tiene un imponente entorno natural: con el río Negro como límite oriente y el volcán Llaima de fondo. Al interior, la vegetación está compuesta en su mayoría por pino oregón, pino ciprés y castaños, especies que fueron plantadas en los años 70 por los vecinos y el sacerdote, con fines ornamentales y productivos; Que, el trazado del conjunto tiene forma ovalada, cortada por la Ruta Internacional que une Cunco con Melipeuco, en el que se definen una circunvalación interior de gran ancho, circuitos peatonales y un importante aporte de áreas verdes públicas. Asimismo, en el trazado se distinguen dos ejes ortogonales: En el primer eje, se define el carácter simbólico - religioso del conjunto, ya que en su centro se ubica la capilla y las áreas verdes. En el segundo eje, se releva el concepto de lo comunitario, ubicándose los equipamientos, los cuales no son exclusivos del conjunto, sino que atienden a habitantes y campesinos de sectores aledaños a la Villa. En torno al centro y a la circunvalación interior que conecta a la Villa, se ubican las casas de los campesinos, equidistantes del centro. Para reforzar la vida en comunidad, se destinaron espacios comunes, de cultivo y pastoreo, así como una capilla, una escuela, una sede social, una estación de sanidad y una lechería o galpón. Que, de acuerdo a relatos orales, las viviendas fueron construidas por los propios campesinos, quienes replicaron cada uno de los 24 modelos que se levantaron, teniendo algunos de ellos pequeñas diferencias en sus dimensiones, vanos y el traslapo de los volúmenes: Que, los valores que se identifican en la zona típica de Villa García y en la Capilla de San Conrado son los siguientes: A) Villa García constituye un ejemplo singular de la labor evangelizadora de la Orden Capuchina, proveniente de Baviera, en la Araucanía. B) Es un conjunto diseñado por el padre Bernabé Gutknecht, quien a inicios de la década de 1960 gestionó la donación del terreno, para formar una comunidad agrícola autónoma, que persigue la cohesión social y el trabajo mancomunado, en el contexto histórico de la Reforma Agraria promulgada en 1962 por el Estado de Chile. C) Las edificaciones fueron construidas por los propios campesinos, en conjunto con el padre Bernabé, lo que ha generado que la comunidad local, especialmente los adultos mayores, mantengan el arraigo inicial y un gran sentido comunitario. D) Paisajísticamente, el entorno natural se integra a la configuración del conjunto, dada su condición de ruralidad y de zona precordillerana. E) El conjunto presenta un trazado ovalado, en el que se distinguen dos ejes ortogonales, con una regularidad que potencia el sentido de comunidad y de equidad social que inspiró el diseño y la construcción del conjunto. F) La configuración espacial se asemeja a la concepción urbana - laboral del socialismo utópico, de principios del siglo XIX, cuya organización estructural genera una barrera hacia el exterior, mediante la disposición de las viviendas en torno a un espacio central, en el que se ubican los servicios y las funciones colectivas. G) Las construcciones conforman un conjunto armónico ejecutadas con técnicas

constructivas locales, cuyo uso original se mantiene en la actualidad, lo cual refuerza y valida su concepción en el tiempo, marcando un referente para los habitantes de la localidad. H) La Capilla San Conrado realza su significado y actúa como elemento jerárquico dentro del conjunto por su tamaño y por su ubicación dentro de éste, pudiendo ser contemplada desde todo ángulo. Es testimonio de la obra arquitectónica del Vicariato de la Araucanía, actual Diócesis de Villarrica, levantándose ejemplos similares en las localidades de Los Ciruelos, Máfil y Metrenco, todos construidos por el padre Bernabé Gutknecht; Que, los atributos que se reconocen en la zona típica son los siguientes: 1. Para el conjunto: 1.1 Su trazado ovalado. 1.2 Geometría del conjunto: circunvalación interior que vincula el centro con las casas y con los equipamientos comunitarios. 1.3 Equidistancia entre el centro y las casas de los campesinos, que se emplazan en torno a la circunvalación y perpendicular a ésta. 1.4 Los espacios recreacionales y circulaciones peatonales. 1.5 La abundante vegetación que da un entorno natural y genera espacios públicos de permanencia. 1.6 La masa arbórea compuesta en su mayoría por pino oregón, pino ciprés y castaños. 1.7 Las acequias, que en el costado sur es paralela a la línea de viviendas, mientras que en el lado norte sigue el borde exterior del espacio público. 2. Para los equipamientos: 2.1 Los volúmenes de servicios o equipamientos, se ordenan en el eje de la ruta a Cunco - Melipeuco. 2.2 Volúmenes simples, con pocas entrantes y salientes. 2.3 Cubiertas de gran tamaño, a dos o cuatro aguas. 2.4 Aleros, como prolongación de la cubierta. 2.5 Predominio del lleno sobre el vacío. 2.6 En la fachada: uso de colores cálidos, revestimientos de paramentos verticales y detalles constructivos en madera y, cubiertas de zinc acanalado. 3. En las viviendas: 3.1 El lote destinado a vivienda contempla un sitio perpendicular a la calle de 25 x 40 metros. 3.2 Cada lote está compuesto por una vivienda y un amplio sector para el auto cultivo, en el fondo del predio. 3.3 La materialidad de las edificaciones, con estructura de madera, tinglado de madera para los revestimientos exteriores, zinc acanalado para la cubierta. 3.4 Las fachadas de colores que contrastan con el verdor del paisaje circundante. 3.5 Las ventanas de composición horizontal; cubiertas de pendientes pronunciadas. 3.6 Dos tipologías de vivienda: tipología 1: aislada (22 casas), y tipología 2: "las mellizas", dos viviendas gemelas ubicadas en el costado este de la elipse y que arman un portal de salida al campo. 4. Para la Capilla: 4.1 Emplazamiento de este a oeste. 4.2 Volumen jerárquico rodeado de las áreas verdes. 4.3 Corredor perimetral exterior con secuencia de doble pilar de madera y jerarquizado por un frontón con detalles de madera. 4.4 Nave compuesta por un área central de doble altura ejecutada en hormigón y dos laterales de altura simple y estructura de madera. 4.5 Las alturas pronunciadas de sus cubiertas y su color. 4.6 La composición de sus ventanas y su palillaje. 4.7 El color de sus muros exteriores, en tonos pastel. 4.8 Su espacialidad interior, que considera detalles de casetones de madera y un arco ojival. 4.9 Su espacialidad interior, que considera detalles de casetones de madera y un arco ojival. 4.10 El altar, de forma rectangular y estructura de hormigón. 4.11 Las campanas que se encuentran en el sector posterior exterior de la capilla, en una estructura independiente, pero que son parte del conjunto; Que, la declaratoria cuenta con el apoyo del Obispado de Villarrica y vecinos de la comunidad de Villa García;

Que, el Consejo de Monumentos Nacionales dio su aprobación por mayoría de los presentes, a la declaratoria de monumento nacional en la categoría de monumento histórico para la Capilla de San Conrado y de monumento nacional en la categoría de zona típica o pintoresca para la Villa García, en la sesión ordinaria de 12 de agosto de 2015, y Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; la ley Nº 17.288; el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; el oficio Ord. Nº 2839/15, de 17/09/2015 del Vicepresidente Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales; las Actas de Sesión Ordinaria del Consejo de Monumentos Nacionales de 12 de agosto (punto 11) y de 14 de octubre (punto 118), ambas de 2015; el oficio Ord. Nº 1.285 de 30/11/2013 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo; la carta del Sr. Francisco Stegmeier Schmidlin, Obispo de Villarrica de 01/09/2015; la nómina de apoyo de vecinos de Villa García de 13/07/2015 y la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República de Chile, Decreto: Artículo 1º: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico a la "Capilla San Conrado", ubicada en el centro del conjunto de Villa García, de la comuna de Cunco, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía. El área protegida tiene una superficie aproximada de 7.472,33 mts.2, como se grafica en el polígono con las letras A-B-C-D-A, del plano adjunto, que forma parte del presente decreto y cuyos límites son los siguientes: Tramo Memoria Explicativa A - B Límite Nororiente, línea de solera surponiente de Vía Circunvalación. B - C Límite Suroriente, línea de cierro que enfrenta a pasaje peatonal. C - D Límite Surponiente, línea de solera nororiente de Vía de Circunvalación. D - A Límite Norponiente, línea de fondo de predio. Polígono de Protección Coordenadas UTM Datum WGS 84, Huso 19 S Punto Este (x) Norte (y) A 766.966,95 5.689.899,89 B 767.034,63 5.689.875,98 C 767.000,69 5.689.778,14 D 766.932,34 5.689.801,92 Artículo 2º: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Zona Típica o Pintoresca a la "Villa García", ubicada en la comuna de Cunco, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía. El área protegida tiene una superficie aproximada de 272.953,16 mts.2 (27,29 ha), como se grafica en el polígono de protección con los números 1-2-3-4-1, del plano adjunto, que forma parte del presente decreto y cuyos límites son los siguientes: Tramo Descripción 1-2 Límite Nororiente, línea de fondo de predio. 2-3 Límite Suroriente, línea de fondo de predio. 3-4 Límite Surponiente, línea de fondo de predio. 4-1 Límite Poniente, línea de fondo de predio. Polígono de Protección

Coordenadas UTM Datum WGS 84, Huso 19 S Punto Este (x) Norte (y) 1 766.760,11 5.690.133,75 2 767.344,17 5.689.771,10 3 767.189,67 5.689.520,56 4 766.692,05 5.689.666,74 Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Adriana Delpiano Puelma, Ministra de Educación. Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Valentina Karina Quiroga Canahuate, Subsecretaria de Educación.