Vicerrectoría del Medio Universitario Centro Javeriano de Formación Deportiva Programa de Deportes OLIMPIADA Y TORNEO DE EMPLEADOS REGLAMENTO GENERAL CAPITULO I DEFINICIÓN 1. Los eventos deportivos y recreo deportivos de la Pontificia Universidad Javeriana son un proceso de identidad e integración de la Comunidad Javeriana que a través de la sana competencia busca alrededor de la actividad física, la recreación y el deporte apoyar y contribuir a la integración fomentando el bienestar de los docentes, empleados de las diferentes Facultades y dependencias administrativas de la Universidad, a los empleados de las empresas vinculadas a la Universidad y a los funcionarios de algunas empresas que le prestan sus servicios a la Universidad.. CAPITULO II ORGANIZACIÓN 2. La organización de la Olimpiada está a cargo de la Vicerrectoría del Medio Universitario, a través del Centro Javeriano de Formación Deportiva y sus Programas de Deportes y los Profesionales de Promoción. En tal sentido, hacen parte de la Organización el Director del C.J.F.D., el Coordinador del Programa de Deportes, el equipo de entrenadores y el equipo de Profesionales de Promoción. La organización está apoyada por el Comité Disciplinario. 3. El Comité Disciplinario está encargado de imponer las sanciones a que haya lugar a los participantes que cometan infracciones a las normas, que trasciendan las de orden técnico contenido en los Reglamentos de cada uno de los torneos. El Comité está conformado por el Coordinador del Programa de Deportes, un representante de los administrativos y/o docentes y un representante de la Vicerrectoría del Medio Universitario. Las sanciones técnicas son determinadas y aplicadas por la Organización. 4. Los Profesionales de promoción de Facultad, los Entrenadores y las directivas del C.J.F.D como parte de la Organización, ejercen la función de veeduría de las competencias registrando las incidencias inherentes a éstas. Sus informes serán tenidos en cuenta para tomar decisiones administrativas, técnicas y disciplinarias en la Olimpiada. 5. El personal de juzgamiento es el encargado de aplicar los reglamentos correspondientes a cada deporte. CAPITULO III PARTICIPANTES 6. Son participantes todas las personas registradas en las planillas de juego en los diferentes eventos deportivos y recreo deportivos como parte de cualquier delegación en calidad de deportistas o entrenadores. 7. Los deportistas que toman parte deben ser: a. Profesores con contrato laboral vigente con la Universidad. b. Empleados administrativos con contrato laboral vigente con la Universidad. c. Empleados de las empresas vinculadas a la Universidad con contrato laboral vigente. d. Empleados de Javegraf, Javesalud, Hospital Universitario San Ignacio, Javeturismo, Javeriana Estéreo, Editorial Javeriana, Centro Oncológico, Colegio San Bartolomé La Merced o Provincia Colombiana de la Compañía de Jesús con contrato laboral vigente.
CAPITULO IV - ACTIVIDADES 8. Los Deportes de Conjunto, Deportes Individuales y Actividades oficiales son todos los que hayan sido incluidos en el programa y tengan al menos cuatro Delegaciones participantes, asimismo para oficializar un deporte individual en la Olimpiada Javeriana, se debe contar con un mínimo de participantes no menor a 3 deportistas. 9. Los deportes y actividades programadas en la Olimpiada Javeriana son: ajedrez, atletismo, baloncesto, bolos, fútbol 8 (masculino), fútbol sala (femenino), squash, rana, tenis de mesa, voleibol. Todos los deportes se realizarán en las ramas masculina y femenina, con excepción de voleibol el cual será mixto. CAPITULO V CRONOGRAMA 10. La Olimpiada de Empleados y la Copa Navidad se realizarán durante el periodo intersemestral y final de año, de acuerdo con el siguiente cronograma: a. Publicación del Reglamento General: 20 de junio b. Publicación del Cronograma de actividades: 20 de junio c. Inscripción de deportes de conjunto Olimpiada de Empleados 1. Inscripción de deportes de conjunto: 16 de junio 2. Entrega planillas de inscripción de equipos: hasta el 16 de junio, oficina de coordinación de Entrenamiento deportivo 3. Envío de planillas por correo electrónico: hasta el 16 de junio al coordinador del evento. 4. Competencias - Inicio competencias Olimpiada Empleados: 21 de junio - Finalización competencias Olimpiada de empleados: 18 de julio 5. Las demás actividades se convocaran 8 días antes de su realización. d. Inscripción de deportes de conjunto Copa Navidad 1. Inscripciones de deportes de conjunto: hasta 10 de noviembre 2. Entrega planillas de inscripción de equipos: hasta el 10 de noviembre, oficina de coordinación de Entrenamiento deportivo 3. Envío de planillas por correo electrónico: hasta el 10 de noviembre al coordinador del evento. 4. Competencias - Inicio competencias Copa Navidad: 15 de noviembre - Finalización competencias Copa Navidad: 9 de diciembre 5. Las demás actividades se convocaran 8 días antes de su realización. CAPITULO VI - INSCRIPCIONES 11. La inscripción individual de cada deportista se debe hacer a través del XIE 12. La inscripción de los equipos de deportes de conjunto e individuales se oficializarán con la planilla de inscripción física y electrónica Las inscripciones para Rana se harán in situ con las personas que se presenten a cada actividad. Las inscripciones de deportes individuales, exceptuando bolos, se harán hasta el día y hora del congreso técnico de cada disciplina deportiva.
13. Los deportistas inscritos podrán participar hasta en dos (2) deporte de conjunto y dos (2) deportes individuales de su elección. CAPITULO VII - REGLAS DE JUEGO Y COMPETICIÓN 14. En todas las disciplinas deportivas se aplican los reglamentos de juego y/o competencia aprobados por la Organización. 15. El sistema de competición para cada deporte es definido por la Organización dependiendo del número de participantes inscritos para cada uno de los torneos. 16. Los participantes están obligados a identificarse ante los jueces con el carné oficial de Universidad o con un documento oficial del estado colombiano: cédula de ciudadanía, tarjeta de identidad, pasaporte, libreta militar, licencia de conducción o contraseña con fotografía. Por ningún motivo se admitirá otro medio de Identificación. 17. Para tomar parte en las competencias el deportista debe ser habilitado por la Organización, estar registrado en el sistema XIE y en las planillas de competencia. 18. Toda reclamación relacionada con el desarrollo de la Olimpiada, Copa Navidad u otro evento organizado por el CJFD, debe ser presentada en forma escrita por el capitán de equipo a la Coordinación del Programa de Deportes en el transcurso del día hábil siguiente a la competencia, citando el artículo del reglamento violado y anexando las pruebas pertinentes. La instancia competente la resolverá ordinariamente dentro de los tres días hábiles siguientes a la presentación del recurso y extraordinariamente en el tiempo que la competencia lo exija. 19. Para las competencias, los participantes están en la obligación de utilizar los implementos deportivos exigidos por el reglamento del deporte respectivo: indumentaria, elementos de protección y de juego. 20. Los árbitros y jueces buscando la equidad y la justicia en la aplicación de los reglamentos son los representantes de la Organización en el terreno de juego y sus decisiones una vez ejecutadas son inapelables. 21. El capitán al término del encuentro debe firmar obligatoriamente la planilla de juego, previa revisión de la información consignada en el informe arbitral. CAPITULO VIII - ASPECTOS DISCIPLINARIOS 22. Cada reglamento de competición, en cada uno de los deportes, tiene un código de sanciones referidas a las faltas disciplinarias de tipo técnico. Estas se aplicarán de manera directa por la Organización a los infractores. 23. El Comité Disciplinario es el órgano competente para sancionar las faltas graves o repetitivas cometidas por los participantes, que son aquellas que trascienden las de tipo técnico y que ameritan la expulsión del torneo. Las sanciones impuestas por el Comité disciplinario se regirán por la escala de faltas y sanciones disciplinarias regidas por el Reglamento Interno de Trabajo de la Universidad Javeriana y en concordancia a lo estipulado en el capítulo XIII, ESCALA DE FALTAS Y SANCIONES DISCIPLINARÍAS, las sanciones serán: a. Faltas leves: de 2 a 6 meses de suspensión de cualquier actividad deportiva, recreativa o de actividad física que involucre a miembros de la Comunidad Educativa Javeriana, exceptuando las asignaturas electivas. b. Faltas graves: de 1 año a 2 años de suspensión de cualquier actividad deportiva, recreativa o de actividad física que involucre a miembros de la Comunidad Educativa Javeriana, exceptuando las asignaturas electivas.
24. El Comité Disciplinario a su criterio aplicará las sanciones a las faltas leves y graves, siguiendo el proceso descrito a continuación: a. Conocimiento de la falta. b. Comunicación escrita informando al implicado la falta cometida, la iniciación del proceso disciplinario en su contra, así mismo la citación a la audiencia de descargos; esta comunicación tendrá lugar máximo tres días hábiles después del conocimiento de la falta. c. Audiencia en la cual se presentan cargos y el implicado pueda ejercer el derecho a la defensa. Esta se realizará al menos tres días hábiles después de la notificación. d. Emisión del fallo, el cual se comunicará por escrito al implicado y se publicará en la cartelera informativa de la Organización. El fallo será emitido dos días hábiles después de la audiencia. e. Recursos: - De Reposición: Presentado por escrito del sancionado al Comité Disciplinario hasta dos días hábiles después de publicada la sanción. El Comité lo resolverá y emitirá su fallo dos días hábiles después de presentado el recurso. - De Apelación: Presentado por escrito del sancionado al Director del Centro Javeriano de Formación Deportiva, quien lo resolverá en última instancia con la asesoría del Comité Disciplinario, el fallo será emitido tres días hábiles después de presentado el recurso. f. El comité disciplinario informará en el semestre en curso en el que se presentó la falta, la sanción impuesta y el tiempo de vigencia de la misma. 25. Las sanciones que imponga el Comité Disciplinario se circunscriben al ámbito deportivo de la Universidad; sin embargo, ello no exime al implicado de las sanciones que puedan ser impuestas de acuerdo a la aplicación del Reglamento de Docentes o del Personal Administrativo, según sea el caso. CAPITULO IX PROGRAMACIÓN 26. La programación es responsabilidad exclusiva del Coordinador del Programa de Deportes del Centro Javeriano de Formación Deportiva. Los aplazamientos a que haya lugar se harán por causas de fuerza mayor o siguiendo el Reglamento de Programaciones que se adjunta al presente. 27. Las competencias suspendidas por fuerza mayor, serán reprogramadas a criterio de la Organización. Las causas de fuerza mayor son aquellas que impiden el inicio o normal desarrollo de la competencia. 28. Si un equipo no se presenta en dos oportunidades con el número mínimo requerido de jugadores para el inicio de un partido, será retirado de la fase en la que esté participando. CAPITULO X PREMIACIÓN 29. En cada prueba o modalidad se entregarán medallas al primer, segundo y tercer lugar. CAPITULO XI - VARIOS 30. Los casos no contemplados expresamente en esta Reglamentación serán resueltos por la Organización. Bogotá D.C., JUNIO de 2016
CENTRO JAVERIANO DE FORMACIÓN DEPORTIVA