CONTRATO DE LICENCIA DE USO DE LA BASE DE DATOS DE CODIGOS POSTALES DE CORREOS CON ACTUALIZACIONES En., a de de. De una parte, la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. (en adelante, también referida como el Licenciante), sociedad mercantil constituida en escritura autorizada el día 29 de junio de 2001, con CIF A-83052407, y domicilio a efectos de este contrato en Madrid (28070), Vía de Dublín nº 7, y representada en este acto Director de Zona, y Jefe Comercial de la Zona, según resulta de poderes elevados a escritura pública el 30 de Mayo de 2014 al nº 696 de su protocolo, ante el notario de Madrid, D. Jorge Sáez-Santurtún Prieto. De otra parte con CIF o N.I.F., domiciliado en (país) población provincia, representada en este acto por de nacionalidad y con domicilio a estos efectos en el domicilio social indicado, con poder suficiente para contratar en este acto, según consta inscrito en el Registro de en adelante también referido como el Licenciatario. En la condición que intervienen, ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para otorgar el presente contrato, y a tal efecto, EXPONEN Que el Licenciante posee una base de datos de Códigos postales referidos al ámbito geográfico español, cuya obtención, verificación y actualización realiza con carácter periódico, y sobre la que le corresponden los derechos de propiedad intelectual que la legislación le atribuye en función de la inversión en medios de todo tipo que dichas actividades requieren. Que para...(uso que se va a dar a la BBDD), el Licenciatario está interesado en utilizar la Base de Datos de Códigos Postales, propiedad del Licenciante (en adelante la Base de Datos), aunque en ningún caso dicha utilización permitirá, será accesible o quedará integrada en ningún soporte en red, ajeno a la propia organización del Licenciatario y que, en virtud de cuanto antecede, ambas partes convienen celebrar el presente contrato de Licencia de Uso de la Base de Datos, propiedad del Licenciante, con arreglo a las siguientes: CLAUSULAS 1. OBJETO. 1.1. El Licenciante cede al Licenciatario a cambio del Precio previsto en la Cláusula Sexta del Contrato, el derecho a utilizar la Base de Datos y sus sucesivas actualizaciones trimestrales conforme a las condiciones y términos definidos en el presente contrato. La presente licencia de uso se concede con carácter de no exclusiva. 2. CARACTERÍSTICAS DE LA BASE DE DATOS. 2.1. Las características de la Base de datos y la estructura de sus registros es la que consta en doc umento que queda unido como Anexo I al presente contrato. 3. ENTRADA EN VIGOR, DURACIÓN Y RENOVACIÓN DEL CONTRATO. 3.1. El Contrato entrará en vigor en el momento de su firma y tendrá una duración inicial de un año natural desde su entrada en vigor. La renovación del contrato deberá ser convenida expresamente. El Licenciante, con un mes de antelación a la expiración del contrato, comunicará por escrito al Licenciatario el precio de la Licencia de uso para la siguiente anualidad. En caso de aceptación por el Licenciatario del nuevo precio, el contrato se entenderá renovado por otra anualidad, permaneciendo inalterable en las restantes condiciones y términos. 4. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL LICENCIANTE. 4.1. La propiedad de la Base de Datos es del Licenciante. El Licenciante se obliga a entregar al Licenciatario la primera copia de la Base de Datos, previo pago del precio por el Licenciatario en la forma convenida en la cláusula sexta. El Licenciante se obliga a entregar al Licenciatario las cuatro actualizaciones de la base de datos a que se hace referencia en la cláusula primera del presente contrato. Estas actualizaciones se harán trimestralmente durante los meses de Enero, Abril, Julio y Octubre. A los efectos del presente contrato, se entenderá efectuada la entrega de la Base de Datos con la puesta a disposición del Licenciatario de la primera copia o de la respectiva actualización, a través de la página w eb de Correos. 5. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL LICENCIATARIO. 5.1. El Licenciatario se obliga a utilizar la Base de Datos a los exclusivos efectos de (actividad para la que se va a utilizar la base de datos), y según los términos y limitaciones expresados en el párrafo segundo del expositivo y en la cláusula cuarta.. 5.2. Cuando el licenciatario quiera incorporar o integrar los datos de la BD en productos o programas, esta integración sólo podrá realizarse en forma encriptada o protegida, de tal manera que se garantice que sus clientes o terceros no puedan extraerlos o acceder a ellos directamente. A los efectos de lo previsto en este - 1
contrato se entiende por tercero o cliente a cualquier persona física o jurídica distinta al licenciante o del licenciatario. El licenciatario nunca podrá utilizar en ningún soporte en red, los datos de la BD como fuente para desarrollar un buscador directo de códigos postales en el que introduciendo una localidad y dirección se obtenga un código postal. 5.3. El Licenciatario adoptará las medidas técnicas y de seguridad precisas para impedir el acceso no autorizado a la Base de Datos, así como su extracción o reutilización ilegítima, adoptando todas las cautelas precisas que impidan la copia, reproducción, distribución, comunicación, o cualquier otra forma de difusión o uso de la Base por un tercero, salvaguardando en todo momento la prohibición de reproducir en cualquier forma el contenido de la Base de Datos. 5.4. El Licenciatario no podrá realizar copias de la Base de Datos o de sus actualizaciones, ni cualesquiera actos de distribución, comunicación, o de análoga naturaleza diferentes a los previstos en el Contrato, salvo autorización previa, expresa y por escrito del Licenciante. 6. PRECIO. 6.1. El precio de la presente Licencia de uso será el estipulado para este producto y modalidad (BBDD con actualizaciones) en las tarifas de Correos vigentes en el momento de la contratación o renovación, por el año que dure la contratación. 6.2. El Licenciatario deberá satisfacer el Precio al Licenciante mediante su ingreso en la cuenta abierta por el Licenciante: "Cuenta de Ingresos Servicios Centrales" del Banco de Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) bajo código de identificación: ES44 0182 2370 43 0013500009, indicando como referencia el concepto "Base de Datos Códigos Postales". 7. GARANTÍAS. 7.1. El Licenciante garantiza que los ficheros que contienen la base de datos a entregar al Licenciatario no tienen defectos en el momento de su entrega. 7.2. El Licenciante garantiza que, a su leal y mejor entender y después de haber empleado los recursos técnicos razonables para detectar virus de ordenador, la Base de Datos y los ficheros en los que se entrega no contienen tales virus. Para el caso de incumplimiento de cualquiera de estas garantías, el Licenciante reemplazará inmediatamente y a su costa la copia o copias de la Base de Datos que se hayan entregado al Licenciatario en ejecución de este contrato. Esta cláusula establece el único y exclusivo derecho del Licenciatario y la totalidad de responsabilidad que asume el Licenciante en caso de incumplimiento de estas garantías. 8. CESIÓN. 8.1. Los derechos del Licenciatario sobre la Base de Datos como resultado de la presente Licencia de Uso no podrán ser cedidos, sublicenciados ni transferidos de ninguna otra forma por el Licenciatario. 8.2. El incumplimiento de la prohibición establecida en el párrafo anterior, dará lugar a la resolución automática del Contrato sin más trámites ni requisitos, con resarcimiento al Licenciante de los daños y perjuicios que tal incumplimiento hubiera podido ocasionar. 9. EXTINCIÓN DEL CONTRATO. 9.1. El Contrato se extinguirá por el transcurso de su período de duración. 9.2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior o en el apartado 2 de la cláusula octava, el Contrato podrá extinguirse, además, por cualquiera de las siguientes causas: 9.2.1. Acuerdo de las partes. 9.2.2. Por incumplimiento de lo estipulado en el presente contrato. En este caso, podrá la parte perjudicada escoger entre exigir el cumplimiento, o la resolución del Contrato, con el resarcimiento de daños y perjuicios y el abono de intereses en ambos casos. Si, habiendo optado la parte perjudicada por exigir el cumplimiento del Contrato, la parte requerida no hubiere cumplido en el plazo de 15 días, contados desde el requerimiento fehaciente correspondiente, el contrato se entenderá extinguido automáticamente sin necesidad de más trámites ni requisitos, quedando obligado el requerido incumplidor al resarcimiento de daños y perjuicios a la otra parte. 10. OBLIGACIONES TRAS LA EXTINCIÓN O RESOLUCIÓN. 10.1. Con la extinción o resolución del presente contrato, el Licenciatario deberá cesar inmediatamente en el uso de la Base de Datos y en el de sus actualizaciones, expirando automáticamente para el Licenciatario cuantos derechos de uso hubieren nacido con el contrato. 11. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. 11.1. Las partes contratantes convienen que cualquier litigio, discrepancia o reclamación resultante de la ejecución o interpretación del Contrato, o relacionada directa o indirectamente con el mismo, será solucionada amistosamente en el plazo de treinta días desde que se notifique a la otra parte la existencia de tal conflicto o diferencia. 11.2. En defecto de acuerdo en dicho plazo, las partes, con renuncia expresa a cualquier fuero que pudiera corresponderles, acuerdan someter tales controversias a la Jurisdicción Española, y en particular a los Juzgados y Tribunales de Madrid capital. 12. OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD. - 2
12.1. Ambas partes se obligan a guardar la más estricta confidencialidad sobre la información que se derive de sus relaciones comerciales o contractuales, pudiendo únicamente poner en conocimiento de terceros aquellas cuestiones que la otra parte autorice previamente y por escrito, y asimismo a usar dicha información exclusivamente para los fines que se pactan en el presente contrato. 12.2. En caso de que por resolución judicial o administrativa de obligado cumplimiento alguna de las partes esté obligada a comunicar todo o parte de los elementos o del contenido del presente contrato o de cualquier otro documento relacionado, deberá ponerlo en conocimiento de la otra parte, salvo que por resolución judicial se prohíba expresamente. 12.3. El licenciatario se compromete a no utilizar, en beneficio propio o de terceros, elementos o información de este contrato. Éste no podrá ser tampoco objeto de reproducción total ni parcial por cualquier medio, salvo consentimiento expreso de la otra parte. 13. LEGISLACIÓN APLICABLE E IDIOMA. El régimen jurídico aplicable al Contrato es la Ley española. El idioma aplicable al contrato, así como a todas las actuaciones derivadas del mismo, es el castellano. 14. ANEXOS. Todos los anexos que se unan al presente contrato, deberán ir firmados por las partes en todas sus hojas y se considerarán parte integrante del mismo a todos los efectos. 15. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. En cumplimiento de lo dispuesto en al artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, ambas partes quedan informadas de que los datos necesarios para el cumplimiento y ejecución de este contrato, así como los que faciliten sobre sus empleados con la misma finalidad, podrán ser incorporados a un fichero titularidad de la otra parte, ante quien podrán ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la citada Ley Orgánica, dirigiendo escrito a la otra parte. A saber: - A CORREOS: Vía de Dublín 7, 28070 Madrid. - A (Licenciatario) Ambas partes se comprometen y obligan a informar a sus respectivos empleados de las advertencias legales indicadas en los párrafos anteriores. Y en prueba de su conformidad, las partes firman el Contrato por duplicado, y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento del mismo. Licenciatario: (Nombre y apellidos y Sello de la empresa) Licenciante: Director de la Zona Jefe/a Comercial de la Zona - 3
ANEXO 1 ESTRUCTURA ARCHIVOS CÓDIGOS POSTALES POSTAL-T.TXT: Fichero total con datos de todas las provincias: NOMBRE TIPO TAMAÑO OBSERVACIONES IdRegistro C 8 Identificativo registro Espacio C 1 Código INE C 16 ViaPobla C 79 Nº IMPAR-INFERIOR C 4 Inf. IMPAR-INFERIOR C 3 Nº IMPAR-SUPERIOR C 4 Inf. IMPAR-SUPERIOR C 3 Nº PAR-INFERIOR C 4 Inf. PAR-INFERIOR C 3 Nº PAR-SUPERIOR C 4 Inf. PAR-SUPERIOR C 3 CÓDIGO POSTAL C 5 CODCIU. TXT 5 caracteres primeros pertenecen al municipio, el resto temporalmente sin información NO MBRE TIPO TAMAÑO O BSERVACIO NES DESCRIPCIÓN C 54 CODVIA. TXT NO MBRE TIPO TAMAÑO O BSERVACIO NES DESCRIPCIÓN C 20 POSTAL-M.TXT: Fichero solo con las modificaciones desde la última actualización de todas las provincias.: NOMBRE TIPO TAMAÑO OBSERVACIONES IdRegistro C 8 Identificativo registro ViaPobla C 79 Nº IMPAR-INFERIOR C 4 Inf. IMPAR-INFERIOR C 3 Nº IMPAR-SUPERIOR C 4 Inf. IMPAR-SUPERIOR C 3 Nº PAR-INFERIOR C 4 Inf. PAR-INFERIOR C 3 Nº PAR-SUPERIOR C 4 Inf. PAR-SUPERIOR C 3 CÓDIGO POSTAL C 5 ESTADO C 1 A = ALTA, B = BAJA, M = MODIFICACION IdRegistro: Identificación única para cada registro. Las dos primeras posiciones de esta clave coinciden con el código de la provincia. Este campo servirá de referencia para las actualizaciones. CodLocalidad: Campo que controla el tipo de la localidad a la que pertenece una calle. XX00 Cuando contiene 00, indica que esa calle pertenece a la capital de la provincia. - 4
XX01 XX98 Indica que las calles, pertenecen a las poblaciones que sin ser capitales de provincia, tienen varios códigos postales. XX99 Se refiere a poblaciones que sólo tienen un código postal. (Ejemplo: Soto del Real) (XX =Provincia Ej.: 28 Madrid) - 5