I.- DECLARA LA UNIVERSIDAD :

Documentos relacionados
D E C L A R A C I O N E S I. DECLARA LA UAT

itait UNIVERSIDAD A UTÓNOMA d e

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO NOMBRE DE LA LA INSTITUCIÓN QUE DESEA FIRMAR CONVENIO

DECLARACIONES: 4. Que señala como su domicilio para los efectos del presente convenio, el ubicado en calle

CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL INVESTIGACIONES BIOLÓGICAS DEL Y LA UNIVERSIDAD DE CADIZ

D E C L A R A C I O N E S

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA UTN Y LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

DECLARACIONES DECLARA EL CIBNOR A TRAVÉS DE SU DIRECTOR GENERAL QUE:

H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TLALNEPANTLA DE BAZ UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA FIDEL VELÁZQUEZ

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLÁSICAS (PERÚ) Y LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE TAMAULIPAS (MÉXICO)

GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS INSTITUTO DE SALUD CENTRO ESTATAL DE TRASPLANTE TUXTLA GUTIERREZ CHIAPAS.

D E C L A R A C I O N E S

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN: LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN ACADÉMICA

DECLARACIONES: DE EL MUNICIPIO :

D E C L A R A C I O N E S: I DE EL MUNICIPIO :

D E C L A R A C I O N E S:

ANTECEDENTES DECLARACIONES

Que señala como su domicilio legal la finca marcada con el número 975 de la Avenida Juárez, Código Postal en Guadalajara, Jalisco.

DECLARACIONES: DE EL MUNICIPIO :

e DECLARACIONES 1.- DE "LA CODHEY":

H. AYUNTAMIENTO DE TLALNEPANTLA DE BAZ-CENTRO UNIVERSITARIO ETAC

DECLARACIONES. 1. Declara el COCIPAP por medio de su representante legal:

DECLARACIONES: DECLARA "LA GFU"

CONVENIO DE COLABORACIÓN

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA Y LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NAYARIT REUNIDOS

SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES ACADEMICOS DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE TAMAULIPAS

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN ACADÉMICA ENTRE EL EJECUTIVO ESTATAL LA UNIVERSIDAD JUÁREZ AUTÓNOMA DE TABASCO

(Aprobado por el Consejo Universitario de la UTN, sesión ordinaria , y mediante el acuerdo , artículo 9 del 8 de febrero del 2018)

D E C L A R A C I O N E S

ANTECEDENTES D E C L A R A C I O N E S

Ambas Partes actuamos en nombre y representación de nuestras respectivas instituciones, y convenimos en suscribir el presente convenio.

D E C L A R A C I O N E S

itai nayarit DECLARACIONES: DECLARA "EL ITAI"

D E C L A R A C I O N E S

D E C L A R A C I O N E S

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN ACADÉMICA, CIENTÍFICA, CULTURAL, TECNOLÓGICA Y DE MUTUO APOYO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE

D E C L A R A C I O N E S

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA FUNDACION UNIVERSITARIA IBEROAMERICANA, ESPAÑA

D E C L A R A C I O N E S

GOBIERNO DE JALISCO PODER EJECUTIVO

2014. Año de los Tratados de Teoloyucan

FORMATO CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE PRÁCTICAS PROFESIONALES.

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. D E C L A R A C I O N E S:

I. Declara el SUAGM o institución, en lo sucesivo siglas de la institución :

Municipio de CA JEME DECLARACIONES 1.- "EL INSTITUTO".

ANTECEDENTES: Expuesto lo anterior, están conformes en sujetar su compromiso a los términos y condiciones insertos en las siguientes: DECLARACIONES:

México, D.F., a 6 de noviembre de 2008.

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA

DECLARACIONES. Declara "LA ASE" a través de su representante:

DECLARACIONES. 5. Que es de su interés suscribir el presente convenio de colaboración general;

D E C L A R A C I O N E S. I. DECLARA ISMUJERES por conducto de su Directora General, la Lcda. Elizabeth Avila Carrancio:

DECLARACIONES. I. "La Delegación" declara que:

D E C L A R A C I O N E S

Declaraciones: Declara "LA UAN":

A N T E C E D E N T E S

ANTECEDENTES DECLARACIONES. Declara EL COMODANTE por conducto de su representante legal:

1.1.- QUE TIENE COMO PRINCIPAL ACTIVIDAD LA REVISIÓN DE CUENTAS PUBLICAS DE LOS PODERES DEL ESTADO, MUNICIPIOS Y ORGANISMOS PÚBLICOS.

D E C L A R A C I O N E S

D E C L A R A C I O N E S

ANTECEDENTES D E C L A R A C I O N E S

ANTECEDENTES DECLARACIONES. I. Declara EL COMODANTE por conducto de su representante legal:

..- ANTECEDENTES. Convenio de Coordinación para la Instalación de la Comisión Permanente de Contralores Estado Municipios 1 1_,"''1~_

1.5 Está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el número de clave CEP FJ7.

D E C L A R A C I O N E S

ANTECEDENTES DECLARACIONES

DECLARACIONES DECLARACIÓN PARA PERSONAS MORALES. 2. Que es legítimo dueño de las obras que se detallan en la Cláusula PRIMERA de este contrato.

l. DE "LA AMDAID" DECLARACIONES:

D E C L A R A C I O N E S. 1. Declara la CONAVI, por conducto de su representante, que:

DECLARACIONES II.- DECLARA EL AYUNTAMIENTO, A TRAVÉS DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL:

D E C L A R A C I O N E S

D E C L A R A C I O N E S

1.4 Que señala como su domicilio legal el ubicado en el Libramiento José María Morelos II. DE "LA UPVM":

INSTITUTO SUPERIOR DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO

D E C L A R A C I O N E S

D E C L A R A C I O N E S

CONVENIO GENERAL DE APOYO Y COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE,

D E C L A R A C I O N E S

1988 Y PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL NÚMERO 99, DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ, DE FECHA DIECIOCHO DE AGOSTO DEL MISMO AÑO.

GENERAL, M.A. ADRIÁN NAVARRETE MÉNDEZ, EN LO SUCESIVO "LA UAN";

2. Declara - a través de su representante: 2.1 Es una sociedad legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, por

D E C L A R A C I O N E S. I.- Declara SECTURJAL por conducto de su representante que:

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN PARA ******** QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD JUÁREZ AUTÓNOMA DE TABASCO Y POR LA OTRA PARTE

CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SECRETARÍA DE TURISMO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

D E C L A R A C I O N E S

DECLARACIONES: PRIMERA. LA CORTE DECLARA:

CONTRATO DE AUTORIZACIÓN PARA TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS D E C L A R A C I O N E S

DECLARACIONES. l. DECLARA"LA UNAM":

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA FACULTAD DE INGENIERÍA COORDINACIÓN DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y VINCULACIÓN UNIVERSITARIA

Transcripción:

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA, CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA, CULTURAL, DEPORTIVA, SOCIAL Y DE SERVICIOS QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE TAMAULIPAS, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA UNIVERSIDAD, REPRESENTADA POR SU RECTOR, EL C.P. ENRIQUE C. ETIENNE PÉREZ DEL RÍO, ASISTIDO POR LA SECRETARÍA DE EXTENSIÓN Y VINCULACIÓN, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ LA SECRETARÍA, REPRESENTADA POR EL MTRO. JOSÉ DAVID VALLEJO MANZUR EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO, Y POR LA OTRA, EL R. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE TULA, TAMAULIPAS, EN LO SUBSECUENTE SE LE DENOMINARÁ EL AYUNTAMIENTO, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL EL PROF. JUAN ANDRÉS DIAZ CRUZ, ASISTIDO POR LA SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO LA PROFRA. MARISELA CRUZ ESPINOZA Y POR EL SÍNDICO MUNICIPAL EL C. REMIGIO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: DECLARACIONES I.- DECLARA LA UNIVERSIDAD : I.1. Que es un organismo público descentralizado del Estado, con autonomía, personalidad jurídica y patrimonio propios, creada por decretos 156 y 157, publicados en el Periódico Oficial del Estado, con fecha 11 de febrero de 1956, que contiene su ley constitutiva y su ley orgánica; decreto 145, publicado en el periódico oficial del Estado, de fecha 15 de marzo de 1967, que reforma la constitución de la Universidad, otorgándole su autonomía, y con decreto 33, publicado en el periódico oficial del Estado, con fecha 4 de octubre de 1972, que modifica el decreto 145, facultando a la Universidad Autónoma de Tamaulipas, para expedir su propio Estatuto Orgánico. I.2. Que de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 5 y 6 del Estatuto Orgánico de la Universidad Autónoma de Tamaulipas, tiene como fines orientar las funciones universitarias al servicio de la sociedad, impartiendo educación para formar técnicos, artistas y profesionistas, realizando investigaciones y procurando la aplicación de los conocimientos en la solución de problemas que se presentan en el entorno, teniendo como facultades ofrecer enseñanza media superior y superior, aplicando el principio de 1

libertad de cátedra, normar todos los procesos que se encuentren relacionados y enfocados a una buena educación universitaria, vincularse con otras universidades e instituciones de educación superior; así como fomentar la interacción con los sectores público, social y privado. I.3. Que el Rector es el Representante Legal de la Universidad Autónoma de Tamaulipas, de conformidad con los artículos 26 y 30 fracción III de su Estatuto Orgánico; por tanto cuenta con facultades plenas para suscribir el presente convenio. El C.P. Enrique C. Etienne Pérez del Río, acredita su calidad de Rector de la Universidad Autónoma de Tamaulipas, con el instrumento público 1037, volumen XXV, del 17 de diciembre de 2013, mismo que contiene la protocolización del acta de Asamblea Universitaria celebrada el 29 de octubre de 2013, pasada ante la fe del Lic. Héctor Tejeda Rodríguez, Adscrito a la Notaría Pública 98 con ejercicio en esta Ciudad Capital. I.4. Que el MTRO. JOSÉ DAVID VALLEJO MANZUR, Secretario de Extensión y Vinculación, acredita su personalidad con nombramiento del 06 de enero de 2014, emitido por el Rector de la Universidad Autónoma de Tamaulipas. I.5. Que para efectos del presente Convenio señala como su domicilio legal, el ubicado en Edificio Rectoría, calle Matamoros 8 y 9, Cp. 87000, de Cd. Victoria, Tamaulipas. I.6. Que para los efectos fiscales a que haya lugar su R.F.C. es UAT- 670315-518. II.-DECLARA EL AYUNTAMIENTO : II.1. El Municipio es una Institución de orden público, dotado de Personalidad jurídica y Patrimonio propio, Autónomo en su régimen interior y con libre administración de su Hacienda, Recursos y Servicios destinados a la comunidad local, sin más límites que los señalados expresamente en las leyes, artículo 3º del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas. 2

II.2. El PROF. JUAN ANDRÉS DIAZ CRUZ, ocupa el cargo de Presidente Municipal de Tula, Tamaulipas, lo cual acredita con Constancia de Mayoría expedida por el Consejo Municipal Electoral de Tula, Tamaulipas, dependiente del Instituto Electoral de Tamaulipas, de fecha 09 de julio de 2013, por lo que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 53 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, es considerado como Representante Legal del Ayuntamiento y el órgano ejecutor de los acuerdos y disposiciones que dicten aquellos en ejercicio de sus funciones. II.3. La PROFRA. MARISELA CRUZ ESPINOZA, Secretaria del Ayuntamiento de Tula, Tamaulipas, acredita su personalidad con nombramiento de fecha 01 de octubre de 2013, emitido por el Presidente Municipal de Tula, Tamaulipas, y cuenta con facultades para asistir al Presidente Municipal en la suscripción del presente instrumento, de conformidad con el artículo 54 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas. II.4. El C. REMIGIO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, ocupa el cargo de Síndico del Municipio de Tula, Tamaulipas, acreditando su personalidad con la Constancia de Mayoría expedida por el Consejo Municipal Electoral de Tula, Tamaulipas, dependiente del Instituto Electoral de Tamaulipas, de fecha 9 de julio del 2013, y se encuentra legalmente facultado para celebrar el presente Convenio con fundamento en lo establecido en los artículos 60 y 61 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas. II.5. Que para efectos del presente Convenio señala como domicilio el Palacio Municipal, Calle Lerdo de Tejada S/N Zona Centro, C.P. 87900, Tula, Tamps. II.6. Que para los efectos fiscales a que haya lugar su R.F.C. es MTT8501012W4. III. DECLARAN AMBAS PARTES: ÚNICO.- Que se reconocen mutuamente la personalidad con que se ostentan sus representantes legales para llevar a cabo este convenio al tenor de las siguientes: 3

CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO. El objeto del presente Convenio consiste en establecer las bases y mecanismos mediante los cuales se puedan impulsar acciones conjuntas orientadas a implementar actividades en los ejes: desarrollo institucional, económico, social y ambiental, conforme a los objetivos señalados en el Plan Nacional de Desarrollo (20122018), Plan Estatal de Desarrollo (2011-2016), el Plan Municipal de Desarrollo (20132016) y, en concordancia, con el Plan de Desarrollo Institucional (2013-2017) de LA UNIVERSIDAD, con la intención de contribuir en la formación humana y profesional del estudiante, así como con el desarrollo social y económico del municipio. SEGUNDA.- ALCANCES. Para el cumplimiento del objeto, materia de este convenio, se asumen los siguientes compromisos: LA UNIVERSIDAD y EL AYUNTAMIENTO se comprometen mutuamente a: A) Desarrollar el plan de trabajo anual. B) Identificar los proyectos y áreas de investigación de interés común para impulsar la colaboración académica, científica, tecnológica, social, cultural y deportiva. C) Coordinar exhibiciones públicas con los grupos artísticos, culturales y deportivos de LA UNIVERSIDAD, en los espacios públicos, que EL AYUNTAMIENTO considere conveniente. D) Fomentar el copatrocinio en investigaciones, cursos, talleres, seminarios académicos y publicaciones, mediante la firma del convenio específico correspondiente. E) Impulsar el desarrollo de programas y acciones de educación continua, vía presencial y/o a distancia en las instalaciones de LA UNIVERSIDAD. F) Las demás que las partes convengan. 4

LA UNIVERSIDAD coadyuvará conforme sus posibilidades a lo siguiente: A) En el desarrollo del Municipio mediante la atención de indicadores establecidos en la Agenda para el Desarrollo Municipal. B) A ofertar cursos, talleres, seminarios y diplomados para la generación de productos establecidos en la Agenda para el Desarrollo Municipal. C) Asesorar y capacitar a EL AYUNTAMIENTO en la operatividad del COPLADEMUN o instancia análoga. D) Fortalecer la capacidad de gestión de EL AYUNTAMIENTO, considerando las relaciones entre los tres órdenes de gobierno, las Instituciones de Educación Superior, las organizaciones de la sociedad civil y las redes ciudadanas de participación social. E) Asesorar y apoyar a EL AYUNTAMIENTO en el diseño e implementación de un modelo de evaluación y seguimiento de las políticas públicas, programas y acciones. F) Apoyar a EL AYUNTAMIENTO con estudiantes prestatarios de servicio social y prácticas profesionales, y con expertos en las diversas áreas del conocimiento de LA UNIVERSIDAD. G) Apoyar a EL AYUNTAMIENTO con asesoría y capacitación para el fortalecimiento de las Direcciones y áreas de apoyo y de servicios de EL AYUNTAMIENTO. EL AYUNTAMIENTO coadyuvará conforme sus posibilidades a lo siguiente: A) Con el desarrollo institucional de LA UNIVERSIDAD, facilitando los medios necesarios para la realización de las acciones que se deriven de este convenio en cumplimiento de su desarrollo institucional y su función social. 5

B) Fomentar y desarrollar el ejercicio de la planeación estratégica de LA UNIVERSIDAD, incluyendo las organizaciones de la sociedad civil, el sector privado y las redes ciudadanas de participación social. C) Promover a los egresados de LA UNIVERSIDAD para que ocupen las vacantes disponibles en su Bolsa de Trabajo. D) Colaborar en la difusión de programas y acciones de LA UNIVERSIDAD a través de los espacios y medios con que cuenta EL AYUNTAMIENTO. E) Difundir entre sus funcionarios y servidores públicos municipales, integrantes del Cabildo y beneficiarios, los programas y actividades que LA UNIVERSIDAD realiza. Todas las actividades derivadas del presente instrumento se formalizarán por medio de convenios específicos. TERCERA.- DE LOS CONVENIOS ESPECÍFICOS. Los convenios específicos deberán celebrarse bajo los siguientes criterios: a) Su suscripción corresponderá, a los titulares de LA UNIVERSIDAD y de EL AYUNTAMIENTO b) Se hará una descripción con toda precisión de las actividades a desarrollar, los calendarios de trabajo, el personal involucrado, los presupuestos requeridos, la participación económica de cada parte, los entregables, así como todos los datos y documentos necesarios para determinar con exactitud los fines y los alcances de cada uno de los programas o proyectos que se aprueben. c) Se designará un responsable por cada una de las partes involucradas en el Convenio Específico correspondiente. La designación se efectuará por los titulares de ambas partes. d) Deberá señalarse con claridad respecto de los derechos y obligaciones de cada una de las partes involucradas, con relación a reconocimientos de participación, patentes, certificados de invención y de autor, difusión de resultados, así como en lo 6

relativo a los recursos financieros obtenidos y derivados de los programas o proyectos respectivos; e) Las partes canalizarán los recursos necesarios para la realización de los proyectos específicos que se deriven del presente instrumento, obteniendo para ello las autorizaciones presupuestales que correspondan. CUARTA.- ASPECTOS ECONÓMICOS.- La suscripción del presente Convenio Marco de Colaboración, no representa compromiso financiero alguno para las partes, por lo que no implica afectación presupuestal alguna de presentes o futuros ejercicios; será en cada Convenio Específico en donde se establecerán los compromisos financieros y de cualquier otra naturaleza que se deriven. QUINTA.- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.- Ambas partes acuerdan integrar la Comisión de Seguimiento al tenor de lo siguiente: A) Integración de la comisión de seguimiento: Por la LA UNIVERSIDAD el MTRO. PEDRO ESPINOZA BACA, Coordinador del Centro de Desarrollo Municipal de la Universidad Autónoma de Tamaulipas y el LIC. MARCO ANTONIO MORENO CASTELLANOS, Director de Vinculación y Empleabilidad. Por EL AYUNTAMIENTO la PROFRA. MARISELA CRUZ ESPINOZA, Secretario del R. Ayuntamiento de Tula, Tamaulipas y la C. IXCHEL GRISELDA MARTÍNEZ SANCHES, Coordinadora de Turismo de Tula, Tamaulipas. B) De las funciones de la Comisión de seguimiento: 1) Vigilar el cumplimiento del objeto del presente Convenio y de los subsecuentes convenios Específicos que se celebren. 7

2) Resolver las situaciones que se presenten en su ejecución. 3) Coordinar la elaboración del plan de trabajo anual. 4) Analizar y evaluar el programa presentado por la contraparte con fundamento en sus normas y disponibilidad presupuestal. 5) Coordinar la elaboración y firma de los convenios específicos emanados del presente instrumento. 6) Informar a los titulares del avance de los trabajos realizados al amparo del presente instrumento. SEXTA.- RELACIÓN LABORAL.- En todas las acciones derivadas del presente convenio y de los subsecuentes convenios específicos, las partes convienen en que el personal de cada institución que sea comisionado para la realización conjunta de cada acción, continuará en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la institución con la cual tiene establecida su relación laboral, independientemente de estar prestando otros servicios fuera de ella, o en las instalaciones de la institución a la que fue comisionado. Si en la realización de una acción de los convenios específicos que se celebren interviene personal ajeno a las partes, ésta continuará siempre bajo la dirección de la dependencia de la institución o de la persona con quien esté contratado, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral de ninguna naturaleza o especie con las instituciones firmantes. SÉPTIMA.- DERECHOS DE AUTOR.- Cada uno de los Convenios Específicos a que se hace referencia en la CLÁUSULA TERCERA, contendrá las estipulaciones que sean necesarias para regular lo relativo a la propiedad de los derechos de autor, de los materiales que se elaboren como resultado de la actividad conjunta de las partes y lo concerniente a la propiedad de los derechos que pudieran llegar a derivarse de las acciones realizadas en el marco del presente instrumento. 8

OCTAVA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO. - El presente convenio podrá ser modificado mediante acuerdo mutuo, para lo cual se conviene desde ahora, que dichas modificaciones solo serán válidas cuando se realicen por escrito y sean firmadas por las partes de común acuerdo; asimismo los asuntos que no encuentran expresamente previstos en éstas cláusulas, serán resueltos de conformidad entre las partes, y las decisiones que se tomen en dicho sentido deberán hacerse por escrito y estar debidamente firmadas por sus representantes jurídicos, anexando las constancias respectivas de tales actos al presente convenio a efecto de ser consideradas partes integrantes del mismo. NOVENA.- COMUNICACIONES.- Las comunicaciones de tipo general, administrativo y académico, producto de este convenio, deberán dirigirse, para el caso de LA UNIVERSIDAD, al titular de la Secretaría de Extensión y Vinculación, ubicada en Calles 8 y 9 Matamoros s/n, edificio de Rectoría, C.P. 87000, en Ciudad Victoria, Tamaulipas, y para el caso de EL AYUNTAMIENTO a la Dirección de Comunicación Social ubicada en Palacio Municipal, Calle Lerdo de Tejada S/N Zona Centro, C.P. 87900, Tula, Tamps. DECIMA.- VIGENCIA.- El presente Convenio General de Marco tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma y concluirá el 30 de septiembre de 2016. DECIMA PRIMERA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- Las partes podrán dar por terminada la vigencia del presente Convenio dando aviso a la otra con 30 días naturales de anticipación a la fecha en que se pretende dar por terminado, sin perjuicio de las obligaciones que se encuentren en curso dentro de los Convenios Específicos que pudieran existir, mismas que deberán seguir su curso hasta su total conclusión. DECIMA SEGUNDA.- RESPONSABILIDAD CIVIL.- Queda expresamente pactado, que en la ejecución del presente Convenio, así como en la de los Convenios Específicos que se deriven, las partes no tendrán responsabilidad civil por daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, particularmente por paro de 9

labores académicas o administrativas, en la inteligencia de que una vez superados estos eventos se reanudarán las actividades en la forma y términos que determinen las partes. DECIMA TERCERA.- JURISDICCIÓN, COMPETENCIA Y LEGISLACIÓN. Las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales residentes en Ciudad Victoria, Tamaulipas, así como a las leyes que rijan a la materia objeto del presente instrumento, renunciando a cualquier fuero que les pudiera corresponder por razón de sus domicilios presentes o futuros. DECIMA CUARTA.- CUMPLIMIENTO.- Las partes manifiestan que el presente Convenio es producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones posibles para su debido cumplimiento. Enteradas las partes del contenido y alcances del presente Convenio se extiende por duplicado y se firma de común acuerdo en Ciudad Victoria, Tamaulipas a los 17 días del mes de septiembre de dos mil catorce. POR LA UNIVERSIDAD POR EL AYUNTAMIENTO C.P. ENRIQUE C. ETIENNE PÉREZ DEL RÍO RECTOR PROF. JUAN ANDRÉS DIAZ CRUZ PRESIDENTE MUNICIPAL ASISTIDO POR: MTRO. JOSÉ DAVID VALLEJO MANZUR SECRETARIO DE EXTENSIÓN Y VINCULACIÓN ASISTIDO POR: PROFRA. MARISELA CRUZ ESPINOZA SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO C. REMIGIO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ SÍNDICO MUNICIPAL 10