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Núm. 41 Martes 17 de febrero de 2009 Sec. III. Pág. 17007 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE DEFENSA 2704 Resolución 4B0/38020/2009, de 3 de febrero, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se publica la Adenda para la actualización del Convenio de colaboración firmado por el, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado y la Mutualidad General Judicial con la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Con fecha 23 de diciembre de 2008 se suscribió la Adenda para la actualización de los Anexos I, II, III y IV y prórroga para el año 2009 del Convenio de colaboración firmado el 30 de septiembre de 2003, por el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (), la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado () y la Mutualidad General Judicial () con la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios del Gobierno del Principado de Asturias, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades. En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución. Madrid, 3 de febrero de 2009. La Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, Celia Abenza Rojo. ANEXO Adenda para la actualización de los Anexos I, II, III y IV y Prórroga para el año 2009 del Convenio de colaboración firmado el 30 de septiembre de 2003, entre la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios del Gobierno del principado de Asturias y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades En Oviedo, a 23 de diciembre de 2008. REUNIDOS una parte el Sr. don José Ramón Quirós García, Consejero de Salud y Servicios Sanitarios del Principado de Asturias, autorizado expresamente para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno celebrado el día 22 de diciembre de 2008, otra parte, la Sra. doña María Ángeles Fernández Simón, Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (), en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional cimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común y actuando en nombre y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (), en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2, k) del Real creto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de, LA Sra. doña Celia Abenza Rojo, Secretaría General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas () en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional cimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimientos Administrativo Común, y actuando en

Núm. 41 Martes 17 de febrero de 2009 Sec. III. Pág. 17008 nombre y representación del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (), en uso de las facultades que le confiere el artículo 18 del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real creto 1726/2007, de 21 de diciembre, Y el Sr. don José Manuel Arocha Armas, Gerente de la Mutualidad General Judicial (), en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional cimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y actuando en nombre y representación de la Mutualidad General Judicial (), en uso de las facultades que le confiere el artículo 14.3.g) del Real creto 1206/2006, de 20 de octubre, por el que se regulan la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General Judicial. EXPONEN Que al amparo de lo previsto en las cláusulas Primera, Cuarta, Sexta, Séptima y Octava del Convenio de colaboración para el año 2003, entre la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios del Principado de Asturias y, Y, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades y manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, todas las partes entienden que debe prorrogarse el mismo para 2009, actualizándose los municipios, precios y número de mutualistas a atender. ACUERDAN Primero. Prorrogar el Convenio de referencia cuya vigencia se extiende desde 1 de enero de 2009 hasta 31 de diciembre de 2009. Segundo. Actualizar con efectos de 1 de enero de 2009 y según lo previsto en las Cláusulas Séptima y Octava del mencionado Convenio, los Anexos I, II y III y IV del mismo, Anexos que, a partir de dicha fecha, son los que, sellados por todas las partes, figuran unidos a este documento y que modifican las relaciones de Municipios citadas en su Cláusula Primera, así como las personas adscritas a cada Mutualidad y Entidad aseguradora y los precios que se indican en la Cláusula cuarta. Dichos precios pasan a ser, para el año 2009, los de 11,10 por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el Anexo I, y de 0,94 por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el Anexo II. Tercero. Los firmantes se comprometen a informar cumplidamente a sus representados del Acuerdo alcanzado, para facilitar la aplicación del mismo. Y en señal de conformidad, firman a continuación el presente documento, extendido por ejemplar quintuplicado y a un solo efecto, el representante de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, y de cada una de las mutualidades. El Consejero de Salud y Servicios Sanitarios del Principado de Asturias, José Ramón Quirós García. La Directora General de La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, María Ángeles Fernández Simón. La Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, Celia Abenza Rojo. El Gerente de la Mutualidad General Judicial, José Manuel Arocha Armas.

Núm. 41 Martes 17 de febrero de 2009 Sec. III. Pág. 17009 ANEXO I Listado de Municipios Municipios Zona básica de salud - ZES ALLANDE... ALLANDE. ALLER... BAJO ALLER-MOREDA (VII.5). ALTO ALLER-CABAÑAQUINTA (VII.6). AMIEVA... CONCEJOS DE CANGAS DE ONÍS, ONÍS Y AMIEVA. BELMONTE DE MIRANDA... BELMONTE DE MIRANDA. BIMENES... BIMENES, CABRANES Y NAVA. BOAL... BOAL. CABRALES... CABRALES, PEÑAMELLERA ALTA Y PEÑAMELLERA BAJA. CABRANES... BIMENES, CABRANES Y NAVA. CANDAMO... CANDAMO, GRADO Y YERNES Y TAMEZA. CANGAS DE NARCEA.... CANGAS DE NARCEA. CANGAS DE ONÍS.... CONCEJOS DE CANGAS DE ONÍS, ONÍS Y AMIEVA. CARAVIA... COLUNGA, CARAVIA. CARREÑO... CARREÑO. CASO... CASO Y SOBRESCOBIO. CASTROPOL... CASTROPOL, S. TIRSO DE ABRES Y VEGADEO. COAÑA.... COAÑA Y NAVIA. COLUNGA... COLUNGA Y CARAVIA. CORVERA... CORVERA DE ASTURIAS. CUDILLERO.... CUDILLERO. DEGAÑA.... DEGAÑA. FRANCO (EL).... EL FRANCO Y TAPIA DE CASARIEGO. GOZÓN... GOZÓN. GRADO... CANDAMO, GRADO Y YERNES Y TAMEZA. GRANDAS DE SALIME....... GRANDAS DE SALIME Y PESOZ. IBIAS... IBIAS. ILLANO.... ILLANO. ILLAS... LA MAGDALENA-CARRIONA. LAVIANA.... POLA DE LAVIANA. LENA... LENA. LLANERA... LLANERA. LLANES... LLANES Y RIBADEDEVA. MORCÍN.... MORCÍN, RIBERA DE ARRIBA Y RIOSA. MUROS DE NALÓN.... MUROS DE NALÓN, PRAVIA Y SOTO DEL BARCO. NAVA... BIMENES, CABRANES Y NAVA. NAVIA... COAÑA Y NAVIA. NOREÑA... NOREÑA Y SIERO. ONIS.... CANGAS DE ONOS, ONIS, AMIEVA. PARRES... PARRES Y CANGAS DE ONÍS. PEÑAMELLERA ALTA... CABRALES, PEÑAMELLERA ALTA Y PEÑAMELLERA BAJA. PEÑAMELLERA BAJA... CABRALES, PEÑAMELLERA ALTA Y PEÑAMELLERA BAJA. PESOZ... GRANDAS DE SALIME, PESOZ. PILOÑA.... PILOÑA. PONGA.... PONGA. PRAVIA.... MUROS DE NALÓN, PRAVIA Y SOTO DEL BARCO. PROAZA.... PROAZA, QUIRÓS, STO. ADRIANO Y TEVERGA. QUIRÓS... PROAZA, QUIRÓS, STO. ADRIANO Y TEVERGA. REGUERAS (LAS)... LA ARGAÑOSA-SAN CLAUDIO-LAS REGUERAS. RIBADEDEVA.... LLANES Y RIBADEDEVA. RIBADESELLA.... RIBADESELLA.

Núm. 41 Martes 17 de febrero de 2009 Sec. III. Pág. 17010 Municipios Zona básica de salud - ZES RIBERA DE ARRIBA... MORCÍN, RIBERA DE ARRIBA Y RIOSA. RIOSA.... MORCÍN, RIBERA DE ARRIBA Y RIOSA. SALAS... SALAS. SAN MARTIN DE OSCOS... SANTA EULALIA, SAN MARTIN Y VILLANUEVA DE OSCOS. SAN MARTIN DEL REY AURELIO SOTRONDIO, BLIMEA Y EL ENTREGO. SAN TIRSO DE ABRES... CASTROPOL, SAN TIRSO DE ABRES Y VEGADEO. SANTA EULALIA DE OSCOS.. SANTA EULALIA, SAN MARTIN Y VILLANUEVA DE OSCOS. SANTO ADRIANO... PROAZA, QUIROS, SANTO ADRIANO Y TEVERGA. SARIEGO... SIERO - SARIEGO. SOBRESCOBIO.... CASO, SOBRECOBIO. SOMIEDO.... SOMIEDO. SOTO DEL BARCO... MUROS DE NALÓN, PRAVIA Y SOTO DEL BARCO. TAPIA DE CASARIEGO... EL FRANCO Y TAPIA DE CASARIEGO. TARAMUNDI... TARAMUNDI. TEVERGA.... PROAZA, QUIRÓS, STO. ADRIANO Y TEVERGA. TINEO.... TINEO. VEGADEO... CASTROPOL, S. TIRSO DE ABRES Y VEGADEO. VILLAVICIOSA... VILLAVICIOSA. VILLAYÓN... VILLAYÓN. VILLANUEVA DE OSCOS... SANTA EULALIA, SAN MARTIN Y VILLANUEVA DE OSCOS. YERNES Y TAMEZA... CANDAMO, GRAO, YERNES Y TAMEZ. Municipio: Valdés. ANEXO II Listado de Municipios Comunidad Autónoma: Principado de Asturias ANEXO III Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios del Anexo I e importe que debe abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a 01-05-2008), a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias: (Precio por persona = 11,10 /mes año 2009) Entidad Personas adscritas Importe mensual ADESLAS.... 1.609 1.136 45 17.859,90 12.609,60 499,50 ASISA.... 519 331 49 5.760,90 3.674,10 543,90 CASER... 642 277 42 7.126,20 3.074,70 466,20 DKV Seguros... 600 17 38 6.660,00 188,70 421,80 Nueva Equitativa... 134 13 3 1.487,40 144,30 33,30 MAPFRE Caja Salud... 92 103 9 1.021,20 1.143,30 99,90 IG. de Santander... 6 0 0 66,60 0,00 0,00 SANITAS... 0 0 3 0,00 0,00 33,30 Total... 3.602 1.877 189 39.982,20 20.834,70 2.097,90

Núm. 41 Martes 17 de febrero de 2009 Sec. III. Pág. 17011 ANEXO IV Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios del Anexo II e importe que debe abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a 01-05-2008), a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias: (Precio por persona = 0,94 /mes año 2009) Entidad Personas adscritas Importe mensual ADESLAS.... 123 100 5 115,62 94,00 4,70 ASISA.... 23 34 2 21,62 31,96 1,88 CASER... 14 10 1 13,16 9,40 0,94 DKV SegurosS... 11 0 0 10,34 0,00 0,00 Nueva Equitativa... 0 0 0 0,00 0,00 0,00 MAPFRE Caja Salud... 7 6 0 6,58 5,64 0,00 IG. de Santander... 0 0 0 0,00 0,00 0,00 SANITAS... 0 0 0 0,00 0,00 0,00 Total... 178 150 8 167,32 141,00 7,52 http://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X