Dirección de Innovación GUÍA DE AYUDA Y USO Convocatorias públicas de subvenciones TÍTULO: Convocatoria de subvención para la incorporación de personal innovador al tejido productivo y se convocan las referidas subvenciones para el año 2010 RESOLUCIÓN: 5018 Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.- Resolución de 17 de agosto de 2010, del Director, por la que se aprueban con vigencia indefinida las bases reguladoras que han de regir en la concesión de subvenciones para la incorporación de personal innovador al tejido productivo, y se efectúa la convocatoria para 2010. http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2010/171/002.html CONSULTE EN EL SITIO DEL PORTAL DE LA AGENCIA CANARIA DE INVESTIGACIÓN, INNOVACIÓN Y SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN http://www.gobiernodecanarias.org/aciisi/
DATOS PRINCIPALES DE LA CONVOCATORIA RESOLUCIÓN Convocatoria de subvenciones correspondientes al ejercicio 2010 para la incorporación de personal innovador al tejido productivo. FECHA DE PUBLICACIÓN BOC Nº 171. Martes 31 de Agosto de 2010 - http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2010/171/002.html PLAZO DE PRESENTACIÓN Un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES La presentación de solicitudes se tramitará mediante la utilización de medios electrónicos a través de los correspondientes modelos o sistemas electrónicos de solicitud, los cuales se cumplimentarán necesariamente con los medios electrónicos de ayuda disponibles en la sede electrónica de la ACIISI. Las instancias, solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible relativa a los proyectos objeto de la ayuda serán presentadas en el Registro electrónico de la ACIISI: www.gobiernodecanarias.org/aciisi/sede PRESUPUESTO ASIGNADO El importe total de dotación económica, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, será de UN MILLÓN OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS DIECISITE EUROS CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (1.899.617,85 ) con cargo a la línea de actuación 06424302 Incorporación de personal innovador al tejido productivo, según la aplicación presupuestaria 06.20.524H.470.00 con el siguiente desglose: Año 2010 2012 2013 Presupuesto 633.205,95 633.205,95 633.205,95 La dotación presupuestaria citada está cofinanciada en un 85% por el Fondo Social Europeo (FSE) a través del Programa Operativo FSE CANARIAS 2007-2013, en su Eje 3 Aumento y Mejora del Capital Humano y en la categoría de gasto 74.
OBJETO DE LAS SUBVENCIONES Fomentar, en régimen de concurrencia competitiva, la contratación laboral de personas doctoradas y/o tecnólogas a tiempo completo, por las empresas privadas para realizar proyectos de investigación aplicada, desarrollo experimental e innovación en materia de procesos, definidos en la base específica cuarta, acordes a su preparación y titulación. BENEFICIARIOS Empresas privadas. Ver definición en el apartado A) de la base específica sexta. TIPOS DE PROYECTOS SUBVENCIONABLES a) Proyectos de Investigación aplicada, la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes. Incluye la creación de componentes de sistemas complejos que sean necesarios para investigación industrial, especialmente la validación de tecnología genérica, salvo los prototipos contemplados en la letra b). b) Proyectos de Desarrollo experimental, la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. Podrá incluir, por ejemplo, otras actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos y servicios. Entre las actividades podrá figurar la elaboración de proyectos, diseños, planes y demás tipos de documentación siempre y cuando no vaya destinada a usos comerciales. Son también subvencionables la producción y ensayo experimentales de productos, procesos y servicios, siempre y cuando no puedan emplearse o transformarse de modo que puedan utilizarse en aplicaciones industriales o para fines comerciales. El desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en los productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras actividades en curso, aun cuando dichas modificaciones puedan representar mejoras. c) Proyectos de Innovación en materia de procesos, la aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos y/o programas informáticos). No se consideran innovaciones los cambios o mejoras de importancia menor, el aumento de las capacidades de producción o servicio mediante la introducción de sistemas de fabricación o logística muy similares a los ya utilizados, el abandono de un proceso, la mera sustitución o ampliación de capital físico, los cambios exclusivamente derivados de variaciones del precio de los factores, la personalización ( customisation ), los cambios periódicos de carácter estacional u otros y el comercio de productos nuevos o significativamente mejorados.
El desarrollo de programas informáticos será subvencionable siempre que implique actividad inventiva y produzca un efecto técnico y no la mera automatización de actividades intelectuales. Ejemplos de efecto técnico son el control y accionamiento de equipos o la simulación de comportamientos a través de modelos matemáticos. REQUISITOS DE LOS DOCTORES Y TECNÓLOGOS A CONTRATAR a) Ostentar la ciudadanía de un país miembro de la Unión Europea. b) Estar en posesión de la titulación indicada, así como de la experiencia requerida, en la fecha de solicitud de la correspondiente convocatoria anual. En el caso de sustitución de personal contratado en convocatorias anteriores, se admitirán aquellas personas que cumplan dicho requisito respecto de la última convocatoria publicada. c) No haber mantenido en el año anterior a la entrada en vigor de la correspondiente convocatoria una relación laboral de carácter contractual con la entidad con la que solicita ayuda de este Programa, ni con ninguna otra relacionada accionarial o socialmente con la misma. Se exceptúan los casos de doctores o tecnólogos de proyectos de uno o dos años aprobados a las entidades solicitantes en convocatorias anteriores. En el caso de las empresas «spin-off», no será necesario cumplir este requisito si la vinculación laboral anterior se ha mantenido con una institución de I+D pública o privada sin ánimo de lucro que participa en el accionariado o en el capital de la nueva empresa, de acuerdo con la definición de empresa «spin-off» recogida en el apartado g) de la base específica sexta de esta Resolución. d) No será subvencionable: * la contratación de personas vinculadas con el perceptor de los fondos públicos, sus administradores o apoderados. * en el caso de que una de las partes que intervienen sea un sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades, cuando así se deduzca de las normas reguladoras del mismo * en el caso de que ambas partes sean personas físicas, cuando exista relación de consanguinidad hasta el segundo grado inclusive, o relación de afinidad hasta el tercer grado inclusive, y entre cónyuges. e) Acreditar la experiencia previa adecuada en el caso de personas tecnólogas: Titulado universitario de grado superior y/o medio, o equivalente dentro del nuevo Espacio Europeo de la Educación, con 4 meses de experiencia laboral demostrable, con anterioridad a la presentación de la solicitud de la correspondiente Convocatoria, en I+D en áreas relevantes para las actividades que desarrolle o pretenda desarrollar el beneficiario. Tendrán igualmente dicha consideración aquellas personas que hayan finalizado con éxito el Taller de Dinamizadores de la Innovación financiado por este Departamento, aunque no reúnan el requisito de la experiencia laboral en I+D+i, u otros programas equivalentes, con un mínimo de 6 meses, como becarios del Gobierno de Canarias y/o de las Universidades y/o Centros de investigación, empresas públicas de la Administración Pública de Canarias en materia de desarrollo y/o gestión de la innovación.
GASTOS SUBVENCIONABLES Serán los propios de la contratación laboral de la persona a incorporar, esto es, salario bruto más Seguridad Social a cargo de la patronal, realizados a partir del inicio del periodo subvencionable. Inicio del periodo subvencionable y plazo para ejecutar la actividad subvencionada. La ejecución de los proyectos objeto de esta subvención se desarrollará en uno, dos o tres años según la correspondiente Resolución de concesión. El inicio del cómputo de este periodo coincidirá con la fecha de suscripción del contrato del doctor o tecnólogo, debiendo ser esta fecha igual o posterior a la fecha de la correspondiente convocatoria anual, y finalizará según el período determinado por la resolución de concesión. Dicho plazo podrá modificarse, previa solicitud motivada del beneficiario, antes de la fecha de vencimiento para la realización del proyecto. CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN 1. El importe de la subvención será el porcentaje que se especifica a continuación según el tipo de empresa, y corresponderá a un porcentaje del gasto subvencionable a justificar, sin superar en ningún caso las cuantías máximas de subvención, establecidas en el apartado 2: Empresas (según tamaño) Microempresa Pequeña Mediana Grande 95% 90% 85% 50% En su caso, la Comisión de Evaluación prevista en la base general quinta podrá proponer una disminución de hasta un máximo del 10 %, de estos porcentajes. 2. Cuantías máximas de subvención por persona y año: Doctor Tecnólogo Subvención: 28.488 20.987 DOCUMENTACIÓN A APORTAR Consultar la convocatoria http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2010/171/002.html CRITERIOS DE EVALUACIÓN a) Calidad y viabilidad científico-tecnológica, o capacidad de innovación en su caso, del proyecto concreto de investigación, de desarrollo tecnológico o del estudio de viabilidad técnica previo a cuya realización se asigna el doctor o tecnólogo contratado (0-25 puntos). b) Curriculum vitae del doctor o tecnólogo y adecuación de su formación y experiencia a las
tareas a realizar, valorándose el haber sido beneficiario de un programa público de contratación e incorporación de recursos humanos o de gestores de la innovación. La Comisión de evaluación podrá requerir al solicitante la acreditación mediante certificación y/o documentos justificativos de los méritos reseñados en el CV (0-25 puntos). c) Colaboración con alguna entidades definidas en la Base Específica sexta apartados B), C) y D), una Universidad Pública Canaria o Centro de investigación público, incluso aquellos adscritos a alguna empresa pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (0-25 puntos). d) Impacto y efecto incentivador de la ayuda en la capacidad de I+D de la entidad solicitante (0-15 puntos). e) Oportunidad de la propuesta en el contexto del Plan Canario I+D+i+d 2007-2010 (0-10 puntos). f) Suplemento por presentar el informe tecnológico de patentes sobre el tema del proyecto: 5 puntos.