COMISION EDILICIA DE TRANSPARENCIA y ANTICORRUPCION.

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H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ECATEPEC DE MORELOS ESTADO DE MÉXICO

Transcripción:

COMISION EDILICIA DE TRANSPARENCIA y ANTICORRUPCION. PROGRAMA DE TRABAJO 2015-2018 INTEGRANTES DE LA COMISION: PRESIDENTA C. MARÍA ESTHER OCHOA LIZÁRRAGA; VOCALES: C. ALEJANDRO RAMOS FLORES; C. JORGE EDUARDO GODINEZ ANAYA; C. J. JESUS AGUSTIN HERNANDEZ; C. JOSE DE JESUS CERVANTES FLORES. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE OCOTLAN, JALISCO. 2015-2018.

ANTECEDENTES Con fecha 26 de Octubre del 2015 fue Promulgado el Reglamento del Ayuntamiento de Ocotlán, Jalisco. Cuyo objeto es regular la instalación, organización y funcionamiento del Ayuntamiento Municipal. En dicho Ordenamiento se establece que el Ayuntamiento para el desahogo del estudio, vigilancia y atención de los diversos asuntos que le corresponde conocer, se organizara en Comisiones Edilicias. Por tal motivo, en Sesión Ordinaria del Pleno, se integraron las diversas Comisiones Permanentes que deberán atender los asuntos del presente Gobierno, por lo que la Comisión edilicia de Transparencia y Anticorrupción quedo integrada de la siguiente manera: PRESIDENTA: C. María Esther Ochoa Lizárraga; VOCAL: C. Alejandro Ramos Flores; VOCAL: C. Jorge Eduardo Godínez Anaya; VOCAL: C. J. Jesús Agustín Hernández; VOCAL: José de Jesús Cervantes Flores. ATRIBUCIONES GENERALES I. Recibir, estudiar, analizar, discutir y dictaminar los asuntos turnados por el Ayuntamiento; II. Presentar al Ayuntamiento los dictámenes e informes, resultados de sus trabajos e investigaciones y demás documentos relativos a los asuntos que le son turnados; III. Participar del control y evaluación de los ramos de la actividad pública municipal que correspondan a sus atribuciones, mediante la presentación de informes y la participación en los procesos de planeación y presupuestario del Municipio;

IV. Evaluar los trabajos de las Dependencias Municipales en la materia que le corresponda a sus atribuciones y con base en sus resultados y las necesidades operantes, proponer las medidas pertinentes para orientar la política municipal al respecto; V. Citar a los Titulares de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, en los casos en que su comparecencia sea necesaria para el adecuado desempeño de sus atribuciones; VI. Estudiar y en su caso proponer la celebración de convenios o contratos con la Federación, el Estado, os Municipios o los particulares respecto de la materia que les corresponda en virtud de sus atribuciones; Cuando los informes a que se refiere la fracción segunda del párrafo anterior fijen la postura del Ayuntamiento respecto de determinado asunto o se pronuncien respecto del estado que guarda la Administración Pública Municipal, para que los mismos tengan validez, deben ser votados y aprobados por el Ayuntamiento conforme a lo que estable el Reglamento del Ayuntamiento. ATRIBUCIONES DE LA COMISION EDILICIA DE TRANSPARENCIA Y ANTICORRUPCION. VII. Proponer, analizar, estudiar y dictaminar las iniciativas en materia de Transparencia y Anticorrupción; VIII. Elaborar y someter a consideración del Ayuntamiento, el Plan de Fortalecimiento de la Transparencia Municipal; IX. Coadyuvar con la Presidencia Municipal, en el cumplimiento del Plan de Fortalecimiento de la Transparencia Municipal; X. Celebrar las sesiones ordinarias, extraordinarias o solemnes que se requieran para el cumplimiento de sus funciones;; XI. Promover la integración y participación de órganos de consulta, organismos ciudadanos públicos o privados, para el cumplimiento del Plan de Fortalecimiento de la Transparencia Municipal ;

XII. XIII. XIV. Promover estudios e investigaciones que aporten medios, métodos de control e indicadores para el fortalecimiento de la transparencia en la Administración Pública Municipal; Realizar acciones, sondeos y encuestas con los habitantes del Municipio que permitan conocer aquellos índices que afecten el desarrollo de las funciones de la Administración Pública Municipal; Las demás que establezca expresamente el Ayuntamiento y el Reglamento del Ayuntamiento. MISION, VISION Y VALORES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA MISION.- Generar los mecanismos necesarios a fin de que el Ayuntamiento, ordene, clasifique y transparente, de una manera fácil y accesible la información que genera como ente obligado, donde la sociedad como titular de la información, tendrá en todo momento la facultad de disponer de ella para los fines que considere. VISION.- que cualquier persona pueda acceder de manera fácil y rápida a la información pública que genera el Ayuntamiento. VALORES.- certeza, eficacia, imparcialidad, independencia, interés general, legalidad, libre acceso, máxima publicidad, objetividad, transparencia, información, protección, clasificación, servicio, honestidad. MISION, VISION Y VALORES EN MATERIA DE ANTICORRUPCION MISION.- generar políticas públicas que permitan transparentar el actuar de los servidores públicos del Municipio, prevengan y en su caso sancionen, actos de corrupción.

VISION.- ir eliminando la impunidad con la que servidores públicos cometen actos de corrupción sin que sean sancionados o procesados. VALORES.- honestidad, trabajo, lealtad, respeto, cuidado de los recursos públicos, responsabilidad, solidaridad, no tolerancia, certeza, aplicación de la justicia. MARCO JURIDICO La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en lo relativo a los artículos 6 y 16,; la Constitución Política del Estado de Jalisco en lo relativo a sus artículos 9 y 15. El Decreto que expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 4 de mayo de 2015, la expedición de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado de Jalisco y sus Municipios. Así como el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de combate a la corrupción que crea el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de año en curso y demás reformas pendientes de realizarse para consolidar la Ley Anticorrupción. OBJETIVOS GENERALES Ejercer las atribuciones y funciones que el marco normativo le confiere a esta comisión con el objeto de establecer la agenda que contribuya a propiciar políticas públicas de Municipio que prevengan y sancionen conductas de corrupción; que garanticen el derecho a la transparencia y obligue a todos los servidores públicos a rendir cuentas ante los órganos facultados y la ciudadanía interesada.

OBJETIVOS ESPECIFICOS a) Formular propuestas que propicien políticas públicas en las áreas de Transparencia y Anticorrupción. b) Dar seguimiento a las acciones del Gobierno Municipal, en los casos en que se presuma la presencia de actos de corrupción, falta de transparencia, conflicto de interés o de rendición de cuentas. c) Solicitar al Ayuntamiento Municipal la información que se requiera, a fin de auspiciar el conocimiento técnico jurídico-político en las materias de competencia de la Comisión, para la toma de decisiones legislativas. d) Acordar una agenda, con el objeto de cumplir con los tiempos establecidos en la expedición y/o actualización de los Reglamentos Municipales en materia de combate a la corrupción y de Transparencia y Acceso a la Información Pública. e) Convocar y participar en foros, seminarios y reuniones con diferentes sectores de la sociedad en la materia de competencia de la Comisión. f) Promover y fortalecer una cultura de participación de las cámaras empresariales, académicos, expertos e interesados en la materia de transparencia y Anticorrupción. g) Efectuar reuniones de trabajo con las dependencias, entidades o cualquier actor gubernamental o particular, a fin de contar con mayores elementos que permitan atender de mejor manera la problemática de transparencia y anticorrupción para poder implementar soluciones más asertivas. Fin. INTEGRANTES DE LA COMISION EDILICIA DE TRANSPARENCIA Y ANTICORRUPCION: PRESIDENTA A C. MARÍA ESTHER OCHOA LIZÁRRAGA.

VOCALES C. ALEJANDRO RAMOS FLORES. C. JORGE E. GODINEZ ANAYA. VOCALES C. J. JESUS AGUSTIN HERNANDEZ. C. JOSE DE J. CERVANTES FLORES