CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FEDERACIÓN NACIONAL DE ABOGADOS DEL ECUADOR Y LA FUNDACIÓN GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA

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Transcripción:

\ CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FEDERACIÓN NACIONAL DE ABOGADOS DEL ECUADOR Y LA FUNDACIÓN GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA Salamanca (España), a 23 de septiembre de 2015. REUNIDOS: De una parte, D. ALFONSO LUZ YUNES, actuando como Presidente de la Federación Nacional de Ahogados del Ecuador y representante de la misma, con cédula de ciudadanía No. 090275503-2, en virtud del acta del Congreso del Consejo Nacional de la Abogada ecuatoriana celebrado en la ciudad de Salinas a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil doce, poderes que no les han sido derogados ni modificados De otra parte, D. ÓSCAR GONZÁLEZ BENITO, en su calidad de Director-Gerente de la Fundación General de la Universidad de Salamanca, con D.N.I. n.11 07.871.935-R y con poderes suficientes para la celebración de este acto en virtud del acuerdo adoptado en la Junta Ordinaria del Patronato de la Fundación General de la Universidad de Salamanca celebrado el 17 de diciembre de 2013, poderes que no le han sido derogados ni modificados. -------------------------------------------------------------- Ambas partes se reconocen mutuamente plena capacidad para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto, ---------------------------- --------- EXPONEN: Que La Fundación General de la Universidad de Salamanca (en lo sucesivo, FGfUSAL) es una institución sin ánimo de lucro que tiene como objetivo primordial cooperar al cur plimiento de los fines de la Universidad de Salamanca, previstos en el artículo segundo de sus Estatutos (Acuerdo 19/2003 de la Junta de Castilla y León, publlcados en BOCYL n.t 22, de 3 de febrero de 2003, modificados por Acuerdo 38/2011 de la Junta de Castilla y León, BOCYL n.11 90, de 11 de mayo). -------------------------- -------------- Que la Federación Nacional de Abogados del Ecuador (en Jo sucesivo, FNAE) es una asociación que agrupa a abogados en libre ejercicio magistrados y funcionarios del poder judicial ecuatoriano, cuya función principal es la representación y defensa de los mismos, de la defensa y el mejoramiento del foro de su pals, su independencia y capacitación académica y desarrollar lazos de amistad y solidaridad entre sus asociados y propender a su mejoramiento profesional, intelectual y cultural, entre otros. --------------- Que la FG/USAL, en desarrollo de sus competencias, participa de los mismos objetivos que persigue Ja FNAE, en especial el fomento de actividades académicas, formativas y educativas, que redunden en beneficio de la sociedad. -------------- ------ Página ldes

Que ambas lnstiblciones están interesadas en establecer una mutua colaboración mediante el inicio de acciones comunes en materia formativa y educativa, a cuyo fin vienen a suscribir el presente Convenio de Colaboración de conformidad a las siguientes - CLÁUSUIAS PRIMERA.- Del objeto del Conl'enlo. -------------------- ---- Mediante el presente Convenio se pretende establecer una relación de colaboración entre la FG/USAL y la FNAE para el desarrollo de la actividad periódica "Cursos de Especialización en Derecho" (en lo sucesivo, CEO) que sea beneficioso para ambas Partes. ------------------------------------------------- - SEGUNDA.-De los CEO y de los bene}idarlos del Convenio. --------------- Mediante esta actividad, la FG/USAL ofrecer formación continuada de alto nivel en condiciones especialmente ventajosas a Jos titulados superiores en ciencias jurídicas u otras disciplinas afines vinculados a la FNAE, procurando su perfeccionamiento profesional. -------------------------------------------- Los CED se Imparten en dos ediciones anuales, ofreciendo en cada una de ellas una colección de programas académicos relacionados con las diferentes ramas del ordenamiento jur(dlco y que, actualizados, se pueden consultar en la web http:/ /fundaclon.usal.es/ced. Cada programa se compone de 120 horas nominales, de las cuales 60 tienen carácter presencial y se cursan en Salamanca, correspondiendo las 60 horas restantes a la realización y superación de un trabajo de investigación relacionado con alguna de las materias desarrolladas en la parte presencial. -------- TERCERA.- De los compromisos de las Partes. ----------------- La FG/USAL se compromete ante la PNAE a realizar las siguientes acciones: ----- a) Facilitar información de cada nueva edición de los Cursos de Especialización en Derecho con carácter prioritario, facilitando tanto las direcciones URL que sean precisas para acceder a ella como el material de difusión en papel que edite la FG /USAL (carteles, dípticos, etc.). ------------------------~---h ---- b) Garantizar un descuento variable en el precio de la inscripción en los Cursos de Especialización en Derecho a los grupos de personas adscritas y /o dependientes de la FNAE, que se practicará del siguiente modo: ----------- ------ -Grupo de tres (3) o más personas: 15 por 100. -------------------- - Grupo de cinco (5) o más personas: 20 por 100. ----------~----- c) Incorporar el logo o signos distintivos de la FNAE bajo el concepto de "Institución colaboradora", en condiciones de igua1dad con otras entidades con Página 2 des -------- --------

las que la FG/USAL llegue a acuerdos similares al documentado en el presente Convenio. -------------------------------------- La FNAE se compromete ante la FG/USAL a realizar las siguientes acciones: --- a) Respecto del proceso de inscripción de los beneficiarlos de los descuentos arriba indicados, el Coordinador indicado en la Cláusula Cuarta del presente Convenio gestionará on-llne ante la FG/USAL los trámites que sean precisos aportando, de una sola vez, la documentación que sea exigible con carácter general, a través del procedimiento babuitado por la FG/USAL. A tal efecto, una de las cartas de recomendación de cada uno de los beneficiarios deberá proceder del responsable del departamento o servicio al que pertenezca en la FNAE ----- b) El pago correspondiente a la matrrcuta de todos los beneficiarios deberá realizarse en una única transferencia o pago directo en territorio español hasta 2 días después de iniciado el Curso respectivo, deducido el descuento que proceda conforme al presente Convenio. ------------------------------------- e) Ofrecerá difusión de los Cursos de Especialización en Derecho a través de los medios corporativos que a tal efecto disponga, con inclusión de la convocatoria general en las redes sociales de Internet en que participe, tomando como referencia la información general que ofrezca la FG/USAL. Al comienzo de cada convocatoria, la FNAE informará a la FG/USAL de las acciones emprendidas en tal sentido.----------------------------------------------- CUARTA.- Coordlnad6ny notlflcadones. ----------------------------- 1..a dependencia responsable dentro de la FNAE de velar del buen fin del presente Convenio es su Secretaria General, quedando su ejecución inicialmente encomendada a D. Pedro Javier Granja, Juan Vizueta Ronqulllo, Paulo Arrobo Rodríguez quienes actuarán como Coordinadores en territorio ecuatoriano en todo lo relativo a la difusión y promoción de los Cursos de Especialización. Las notificaciones y comunicaciones deberán dirigirse a dicho Comité Coordinador a la siguiente dirección postal, fax o correo electrónico: ------------- --- Federación Nacional de Abogados del Ecuador ---- ---------------------- ----------- Secretarla General ----------------------------------------- Ciudadela Puerto Azul, mz FS-D, villa 11 ------------------- --- - Guayaquil (Ecuador) --------------------------------- Teléfono: (+593} 6001411 -------------------------------- Correo electrónico: consejoabogaciaecuador@outlook.com ---------- La dependencia responsable dentro de la FG/USAL de coordinar tas actividades de la FG/USAL según este Convenio es su Departamento de Formación y Congresos, quedando a cargo del Sr. D. Eduardo A Fabián Caparrós, Coordinador General de los Cursos de Especialización en Derecho de la FG/USAL. Las notificaciones y Página 3 des

comunicaciones deberán dirigirse a dicho/a Coordinador/a a Ja siguiente dirección, teléfono, fax y correo electrónico: - --------------- --------------- Fundación General de la Universidad de Salamanca----------------- Departamento de Formación y Congresos --------------------------- Hospedería de Fonseca- Calle Fonseca, 2 ------------------------------------- 37002 - Salamanca (Espafia) -------------------------------------------- Teléfono: (+34) 923 294 679 ------------------------------- Fax: (+34) 923 294 702 ------------------------------- Correo electrónico: fundacion.postgrado@usal.es ---------------------- Todas las comunicaciones y notificaciones que deriven de este Convenio sólo tendrán validez cuando sean remitidas por correo postal, v(a fax o por correo electrónico y estén dirigidas a Jos Coordinadores respectivos en las direcciones indicadas en los párrafos anteriores. --------------------------------------------------------- Cualquiera de las Partes podrá cambiar la dependencia responsable, el/la Coordinador/a designado/a, la dirección, teléfono, fax o correo electrónico Indicados, notificándolo as( a la otra Parte por escrito. ---------------------------------- QUINTA.- Dlsposld6nflnandera. ---------------- ------------- Sin perjuicio de lo que las Partes dispongan en los acuerdos suplementarios suscritos en virtud de este Convenio, este Convenio por si solo no Implica obligaciones de carácter financiero para las Partes. ------------------------------------ SEXTA.- De la colabarad6n entre las firmantes. ----------------- --------- Las Partes firmantes del presente Convenio colaborarán en todo momento, de acuerdo con Jos principios de buena fe y eficiencia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado. -------------------------------- -- --- ------ SÉPTIMA.-Protecd6n de datos de cardcter personal. ------------------ Las partes se comprometen a tratar los datos de carácter personal exclusivamente de acuerdo con las finalidades previstas en el presente Convenio y dentro de sus Irmites, de conformidad en todo momento con las disposiciones legales vigentes sobre la materia y, en especial, con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, del 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y su normativa de desarrollo. -- OCTAVA.- Uso de signas distintivos. -------------------------------- Página4de5

El uso del logotipo, marca y demás signos distintivos de la FUNDACIÓN GENERAL y de los CED quedará limitado exclusivamente a la difusión y desarrollo de la actividad objeto del presente acuerdo. -------------- ------------------ Salvo autorización expresa y por escrito, no se autoriza a terceras empresas o entidades relacionadas con la FNAE a hacer uso de los signos distintivos de la FUNDACIÓN GENERAL y de los CEO. ---------------------------------------- NOVENA.- De la durad6n del Convenio. ------------------------------ El presente Convenio entrará en vigor en el momento de la firma y tendrá una vigencia de tres (3) años. Podrá ser modificado por las partes mediante declaración concorde. Transcurrido este plazo, las partes valorarán la conveniencia de prorrogar el convenio a través del correspondiente acuerdo.--------------------- Este Convenio podrá terminarse de mutuo consentimiento o podrá darse por terminado por cualquiera de las Partes mediante notiílcacl6n escrita a la otra con una antelación no menor a los treinta d(as. ----------------------------------- Los acuerdos que, en desarrollo del presente Convenio, no hubiesen concluido al término del mismo, permanecerán en vigor hasta su finalización, salvo acuerdo previo de las partes. --------------------------------------------------- Y para que as( conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad de las Partes, firman el presente Convenio, por duplicado ejemplar de todas sus hojas y a un solo efecto y tenor, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. ---------------------- Páginas de 5