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REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS 2015

Pagina: 1 de 28 TÍTULO I CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. - El presente reglamento regula el procedimiento y requisitos para el otorgamiento de los Grados Académicos de Bachiller, Maestro y Doctor y el Título Profesional a los bachilleres de la Universidad de Ciencias y Humanidades (UCH); y, el otorgamiento del Título de Segunda Especialidad. Los Grados Académicos y Títulos Profesionales son conferidos por la Universidad de conformidad con la Ley Universitaria, el Estatuto, el Reglamento General de la UCH, el Reglamento Académico de la UCH y el presente reglamento. Artículo 2. - Base Legal: a) Constitución Política del Perú. b) Ley Universitaria Nº 30220. c) Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N 27444 d) Ley General de Educación - Ley N 28044. e) Estatuto de la Universidad de Ciencias y Humanidades UCH f) Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos, Resolución N 009-2015-SUNEDU/CD Artículo 3. - La Universidad de Ciencias Humanidades otorga los grados académicos de Bachiller, Maestro y Doctor que son de carácter sucesivo y los títulos profesionales y de Segunda Especialidad a nombre de la Nación, según se lo permita la Ley Universitaria Nº 30220. Universidad de Ciencias y Humanidades Página 1

Pagina: 2 de 28 La Universidad tiene la potestad de hacer mención de su acreditación, si la tuviese, en los títulos a otorgar. Para fines de homologación o revalidación, los grados académicos y títulos otorgados por universidades o escuelas de educación superior extranjeras se rigen por lo dispuesto en la Ley Universitaria Nº30220. Artículo 4º.- La Universidad de Ciencias y Humanidades otorga Grados Académicos de Bachiller con las siguientes denominaciones: Bachiller en: Enfermería Educación Primaria e Interculturalidad Contabilidad con mención en Finanzas Ingeniería de Sistemas e Informática Ingeniería Electrónica con mención en Telecomunicaciones Artículo 5º.- La Universidad de Ciencias y Humanidades otorga a nombre de la Nación los Títulos Profesionales y sus equivalentes con denominación propia, siendo estos: Título Profesional de: Contador Público Ingeniero en Sistemas e Informática Ingeniero Electrónico con mención en Telecomunicaciones Licenciado en Enfermería Licenciado en Educación Primaria e Interculturalidad Universidad de Ciencias y Humanidades Página 2

Pagina: 3 de 28 CAPITULO II DE LA OFICINA DE SECRETARÍA GENERAL Artículo 6º.- Corresponde a la Oficina de Secretaría General, coordinar con las Facultades y con la Oficina de Grados y Títulos, la elaboración de la solicitud de inscripción de los grados académicos y títulos profesionales que deben remitirse periódicamente a la SUNEDU en cumplimiento del reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos. La Secretaría General, será la responsable de remitir a la SUNEDU, con la oportunidad debida, la información correspondiente a los Grados y Títulos que otorgue la Universidad de Ciencias y Humanidades. CAPITULO III DE LA OFICINA DE GRADOS Y TÍTULOS Artículo 7º.- El Jefe de la oficina de Grados y Títulos para efectos del presente Reglamento tendrá las siguientes funciones: a) Administrar y custodiar el Libro de Registro de los Grados y Títulos otorgados por la Universidad. b) Informar, recepcionar, verificar y tramitar conforme a los requisitos del presente reglamento, los expedientes para optar los grados académicos y títulos profesionales. c) Emitir el informe al decano de facultad sobre la culminación y aprobación del Plan de Estudios de la carrera profesional, del trabajo de investigación, del conocimiento del nivel básico de un idioma extranjero o lengua nativa Universidad de Ciencias y Humanidades Página 3

Pagina: 4 de 28 y del dominio Microsoft office en el nivel básico elevando los expedientes presentados, según corresponda, de cada egresado que solicita obtener el grado académico y/o título profesional. d) Llevar un registro especial de los graduados y titulados de la UCH y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos, aprobado por Resolución N 009-2015-SUNEDU/CD. e) Consolidar la información de los grados académicos y títulos profesionales conferidos por la UCH. f) Registrar y archivar la documentación que sustenta los grados académicos y títulos profesionales otorgados. Artículo 8º.- La Oficina de Grados y Títulos de la UCH se rige por los mismos principios que rigen el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos aprobado mediante Resolución N 009-2015-SUNEDU/CD a) Principio de publicidad. - El Registro otorga publicidad a los diplomas de los grados académicos y títulos profesionales. La publicidad del Registro garantiza que toda persona acceda al conocimiento efectivo del contenido del mismo y, en general, obtenga información del archivo registral. b) Principio de rogación. - Los servicios que se ofrecen a partir de la información que obra en el Registro se extienden a instancia de los titulares del diploma o de terceros interesados. c) Principio De Veracidad. - Los diplomas inscritos en el Registro se presumen veraces. d) Principio de legitimación. - El contenido del Registro se presume exacto y válido. Producen todos sus efectos y legitiman al titular para actuar Universidad de Ciencias y Humanidades Página 4

Pagina: 5 de 28 conforme a ellos, mientras no se rectifiquen por mandato administrativo o judicial. Artículo 9º.- La Oficina de Grados y Títulos de la UCH, asume el Glosario que corresponde al Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos. 9.1 Certificado de estudios. - Es el documento que acredita los estudios realizados en una universidad, institución o escuela de educación superior, según corresponda. 9.2 Constancia de Matrícula. - Documento expedido por la universidad, institución o escuela de educación superior, según corresponda, en la que se acredita que el alumno cumple con estar matriculado como mínimo en doce (12) créditos por semestre para ser considerado alumno regular y conservar su condición de estudiante, salvo que le falten menos para culminar la carrera. 9.3 Diploma. - Es el documento con el que se acredita el grado académico, título profesional o títulos de segunda especialidad profesional. Debe expedirse y ser suscrito por las autoridades competentes, de acuerdo a lo dispuesto por cada universidad, instituto o escuela de educación superior, concordante con la Ley Universitaria - Ley N 30220 y la normativa que al respecto emita la Sunedu. Los diplomas se emiten en el idioma castellano de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política del Perú. En el diploma se consignan los datos del titular de acuerdo al documento de identidad, bajo responsabilidad de la entidad que lo emite. 9.4 Estudiante Matriculado. - Estudiante que cuenta con la constancia de matrícula indicada en el numeral 9.2 de este mismo artículo. 9.5 Autenticación de Firmas de Autoridades. - Mecanismo por el cual el funcionario responsable, en representación de la Sunedu, da fe ante la Universidad de Ciencias y Humanidades Página 5

Pagina: 6 de 28 sociedad de que las firmas que se consignan en los diplomas y documentos expedidos por las universidades, instituciones y escuelas de educación superior previstas en la Ley Universitaria - Ley N 30220, corresponden a las autoridades registradas. 9.6 Grado Académico. - Es el reconocimiento de la formación educativa o profesional, otorgado a una persona por parte de una universidad, institución o escuela de educación superior, según corresponda, autorizada a otorgar diplomas de grado de bachiller, maestro y/o doctor. Las instituciones y escuelas de educación superior previstas en la Tercera Disposición Complementaria Final de Ley Universitaria - Ley 30220 sólo pueden otorgar el grado de bachiller. 9.7 Reconocimiento. - Es el acto administrativo mediante el cual el Estado, a través de la Sunedu, otorga validez al diploma del grado académico o título profesional otorgado por universidades, instituciones o escuelas de educación superior del extranjero, legalmente reconocidos por la autoridad competente del respectivo país de origen, a través del reconocimiento de la mención y conforme consta en el diploma. Procede en aplicación de los convenios vigentes y acuerdos comerciales suscritos y ratificados por el Perú y sus contrapartes, que prevean compromiso de reconocimiento recíproco. 9.8 Registro Nacional de Grados y Títulos (Registro). - Es el instrumento de información que consigna los datos de los diplomas de los grados académicos y títulos profesionales otorgados por universidades, instituciones y escuelas de educación superior del Perú, así como los grados académicos y títulos profesionales otorgados en el extranjero reconocidos en nuestro país. El Registro ofrece seguridad jurídica a los ciudadanos a través de la transparencia de la información, garantizando su autenticidad al amparo de la Ley. Universidad de Ciencias y Humanidades Página 6

Pagina: 7 de 28 9.9 Revalidación u Homologación. - Es el procedimiento mediante el cual las universidades peruanas autorizadas por Sunedu otorgan validez a los estudios realizados en el extranjero. El grado académico o título profesional obtenido en el extranjero es revalidado u homologado con el plan de estudios de una universidad peruana. El grado académico o título profesional a ser revalidado es emitido por una institución oficial de educación superior del país de origen. 9.10 Título de Segunda Especialidad Profesional. - Es el reconocimiento que se obtiene al haber realizado una especialidad profesional que requiere previamente tener licenciatura u otro título profesional equivalente y haber aprobado los estudios de una duración mínima de dos (02) semestres académicos con un contenido mínimo de cuarenta (40) créditos, así como la aprobación de una tesis o un trabajo académico. En el caso de residentado médico se rige por sus propias normas. 9.11 Título profesional. - Es el reconocimiento que se obtiene luego de haber aprobado una tesis o trabajo de suficiencia profesional. Para su obtención se requiere previamente haber obtenido el grado de bachiller. Universidad de Ciencias y Humanidades Página 7

Pagina: 8 de 28 TITULO II DE LOS GRADOS ACADÉMICOS CAPÍTULO IV DEL EGRESADO Y DE LOS REQUISITOS PARA OPTAR EL GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER Artículo 10. - Tienen la condición de egresados los estudiantes de la Universidad de Ciencias y Humanidades que hayan concluido y aprobado satisfactoriamente el total de las asignaturas y créditos del Plan de Estudios vigentes de una Escuela Profesional y que cumplan los requisitos del presente reglamento. Artículo 11º.- Para la obtención del grado académico de bachiller se requiere haber aprobado los estudios de pregrado con una duración mínima de diez (10) semestres académicos y con un mínimo de doscientos (200) créditos, así como la elaboración, aprobación y sustentación de un trabajo de investigación, además del conocimiento de un idioma extranjero, de preferencia inglés o lengua nativa. Artículo 12º.- Los requisitos para optar el grado académico de bachiller son: 1. Solicitud dirigida al decano de la facultad (Anexo Nº 1); 2. Tres (3) volúmenes empastados del trabajo de investigación (artículo de investigación), firmados por el asesor y el jurado evaluador de la sustentación y tres (3) copias virtuales en CD que serán presentados en la Biblioteca Central de la UCH. 3. Constancia de entrega emitida por el jefe Biblioteca Central de la UCH de los ejemplares empastados y del CD del artículo de investigación. Universidad de Ciencias y Humanidades Página 8

Pagina: 9 de 28 4. Acta de sustentación del artículo de investigación que señale la aprobación del candidato al grado académico de bachiller emitido y firmado por el jurado evaluador de la sustentación. 5. Cuatro (04) fotografías a color tamaño pasaporte, fondo blanco. 6. Recibo de pago por derecho del grado académico de bachiller según TUPA de la UCH; 7. Certificado de estudios de los diez semestres cursados en la UCH (original). 8. Informe del Jefe de prácticas sobre el cumplimiento de estas por el graduando. 9. Constancia de matrícula del último ciclo. 10. Constancia de egresado. 11. Constancia de no adeudar a la Universidad. 12. Constancia de no adeudo de material bibliográfico. 13. Constancia de no adeudar material de laboratorio. 14. Copia legalizada del DNI actualizado (Legible); Artículo 13. - El graduando prepara el expediente de acuerdo al Artículo 12º, y lo presenta en la Oficina de Grados y Títulos, la cual verificará que cumpla con los requisitos establecidos y lo derivará al decano de su facultad para que lo declare expedito. Una vez aprobado el otorgamiento del grado académico de bachiller mediante resolución, el decano elevará el expediente al Consejo Universitario para la elaboración de la resolución que autoriza el otorgamiento del grado académico de bachiller respectivo. Artículo 14º.- Los apellidos y nombres que figuran en todos los documentos que presenta el graduando, deben ser tal como figura en su documento de Identidad (DNI), cualquier enmendadura invalida el proceso de su trámite. Universidad de Ciencias y Humanidades Página 9

Pagina: 10 de 28 CAPITULO V REQUISITOS PARA OBTAR EL GRADO ACADÈMICO DE MAESTRO Artículo 15. Los estudios de maestría se llevan a cabo en las unidades de posgrado pertenecientes a cada facultad, las cuales se encuentran adscritas a la Escuela de Posgrado. Artículo 16º.- La maestría pueden ser: Maestrías de especialización, que consisten en estudios de profundización profesional; y, Maestrías de investigación o académicas que son estudios de carácter académico basados en la investigación. Artículo 17º.- Para la obtención del grado académico de Maestro se requiere haber obtenido el grado de bachiller previamente, haber aprobado los estudios de una duración mínima de dos semestres académicos con un mínimo de cuarenta y ocho (48) créditos, la elaboración de una tesis o trabajo de investigación en la especialidad respectiva y el dominio de un idioma extranjero o lengua nativa. Artículo 18º.- Los requisitos para optar el grado académico de maestro son: 1. Solicitud dirigida al Jefe de la Unidad de Posgrado; 2. Tres (3) volúmenes empastados de la Tesis o Trabajo de investigación firmados por el asesor y el jurado evaluador de la sustentación y tres (3) copias virtuales en CD que serán presentados en la Biblioteca Central de la UCH. 3. Constancia de entrega emitida por el jefe Biblioteca Central de la UCH de los ejemplares empastados y del CD. 4. Acta de sustentación de la tesis o trabajo de investigación que señale la Universidad de Ciencias y Humanidades Página 10

Pagina: 11 de 28 aprobación del candidato al grado académico de maestro emitido y firmado por el jurado evaluador de la sustentación. 5. Cuatro (04) fotografías a color tamaño pasaporte, fondo blanco. 6. Recibo de pago por derecho del grado académico de maestro según TUPA de la UCH; 7. Certificado de estudios de los dos semestres cursados en la UCH (original). 8. Constancia de no adeudar a la Universidad. 9. Constancia de no adeudo de material bibliográfico. 10. Copia legalizada del DNI actualizado (Legible); Artículo 19. - El graduando prepara el expediente de acuerdo al Artículo 18º, y lo presenta en la Oficina de Grados y Títulos, la cual verificará que cumpla con los requisitos establecidos y lo derivará a la Unidad de Posgrado de la Facultad para que lo declare expedito, quien a su vez deriva al Director de Escuela de Posgrado para su aprobación y el otorgamiento del grado académico de maestro mediante resolución de Consejo Universitario. Artículo 20º.- Los apellidos y nombres que figuran en todos los documentos que presenta el graduando, deben ser tal como figura en su documento de Identidad (DNI), cualquier enmendadura invalida el proceso de su trámite. CAPITULO VI REQUISITOS PARA OBTAR EL GRADO ACADÉMICO DE DOCTOR Artículo 21. Los estudios de doctorado se llevan a cabo en las unidades de posgrado pertenecientes a cada facultad, las cuales se encuentran adscritas a la Escuela de Posgrado. Universidad de Ciencias y Humanidades Página 11

Pagina: 12 de 28 Artículo 22º.- Para la obtención del grado académico de Doctor se requiere haber obtenido el grado de maestro previamente, haber aprobado los estudios de una duración mínima de seis semestres académicos con un mínimo de sesenta y cuatro (64) créditos, la aprobación de una tesis de máxima rigurosidad académica y de carácter original, así como el dominio de dos idiomas extranjeros uno de los cuales puede ser sustituido por la lengua nativa. Artículo 23º.- Los requisitos para optar el grado académico de doctor son: 1. Solicitud dirigida al Jefe de la Unidad de Posgrado; 2. Tres (3) volúmenes empastados de la Tesis firmados por el asesor y el jurado evaluador de la sustentación y tres (3) copias virtuales en CD que serán presentados en la Biblioteca Central de la UCH. 3. Constancia de entrega emitida por el jefe Biblioteca Central de la UCH de los ejemplares empastados y del CD de la tesis. 4. Acta de sustentación de la tesis que señale la aprobación del candidato al grado académico de doctor emitido y firmado por el jurado evaluador de la sustentación. 5. Cuatro (04) fotografías a color tamaño pasaporte, fondo blanco. 6. Recibo de pago por derecho del grado académico de doctor según TUPA de la UCH; 7. Certificado de estudios de los seis semestres cursados en la UCH (original). 8. Constancia de no adeudar a la Universidad. 9. Constancia de no adeudo de material bibliográfico. 10. Copia legalizada del DNI actualizado (Legible); Universidad de Ciencias y Humanidades Página 12

Pagina: 13 de 28 Artículo 24. - El doctorando prepara el expediente de acuerdo al Artículo 23, y lo presenta en la Oficina de Grados y Títulos, la cual verificará que cumpla con los requisitos establecidos y lo derivará a la Unidad de Posgrado de la Facultad para que lo declare expedito, quien a su vez deriva al Director de Escuela de Posgrado para su aprobación y el otorgamiento del grado académico de maestro mediante resolución de Consejo Universitario. Artículo 25º.- Los apellidos y nombres que figuran en todos los documentos que presenta el graduando, deben ser tal como figura en su documento de Identidad (DNI), cualquier enmendadura invalida el proceso de su trámite. Universidad de Ciencias y Humanidades Página 13

Pagina: 14 de 28 TITULO III DEL TITULO PROFESIONAL CAPITULO VII MODALIDADES DE TITULACIÓN Artículo 26. - El Bachiller para obtener el título profesional puede optar por las modalidades siguientes: MODALIDAD A: Elaboración y sustentación de una tesis MODALIDAD B: Trabajo de suficiencia profesional CAPÍTULO XIII DE LOS REQUISITOS PARA OPTAR TÍTULO PROFESIONAL SEGÚN MODALIDAD DE TITULACIÓN Artículo 27. - Serán candidatos al título profesional los bachilleres de la Universidad de Ciencias y Humanidades que hayan obtenido el grado académico de bachiller y que cumplan los requisitos del presente reglamento. Artículo 28. - Para la obtención del título profesional se requiere del grado académico de bachiller y la aprobación de una tesis o trabajo de suficiencia profesional (monografía). El título profesional sólo se puede obtener en la universidad de origen; es decir, en la universidad en la cual se haya obtenido el Universidad de Ciencias y Humanidades Página 14

Pagina: 15 de 28 grado de bachiller. La Universidad de Ciencias y Humanidades, sólo otorga el título profesional a sus egresados con grado de bachiller, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el presente reglamento. Artículo 29. - Los requisitos para optar el título profesional bajo la Modalidad A: Elaboración y sustentación de una tesis, son: 1. Solicitud dirigida al decano de la facultad (Anexo Nº 02); 2. Tres (3) volúmenes empastados de la tesis firmada por el asesor y los jurados evaluadores de la tesis y tres (3) copias en CD. 3. Acta de sustentación de la tesis que señale la aprobación, emitida y firmada por el jurado evaluador de la sustentación. 4. Una (1) constancia de recepción de la tesis de la empresa o institución donde se realizó la investigación. 5. Cuatro (04) fotografías a color, tamaño pasaporte en fondo blanco; 6. Recibo de pago por derecho de título profesional según modalidad (TUPA); 7. Constancia de no adeudo económico a la Universidad; 8. Constancia de no deber libros a la Biblioteca; 9. Constancia de no adeudar material de laboratorio; 10. Copia simple del DNI (Legible); 11. Copia del diploma del grado académico de bachiller autenticado por la Secretaría General de la UCH; Artículo 30º.- Los apellidos y nombres que figuran en todos los documentos que presenta el titulando, deben ser tal como figura en su Documento Nacional de Identidad (DNI), cualquier enmendadura o falsedad invalida el proceso de su trámite. Artículo 31.- El titulando prepara el expediente de acuerdo al Artículo 29, presentando en la Oficina de Grados y Títulos, quien verificará el cumplimiento Universidad de Ciencias y Humanidades Página 15

Pagina: 16 de 28 de los requisitos establecidos y derivará al decano de facultad para que lo declare expedito. Una vez aprobado el otorgamiento del título profesional mediante resolución de decanato. El decano elevará el expediente al Consejo Universitario para el otorgamiento del título respectivo. Artículo 32. - Los requisitos para optar el título profesional bajo la Modalidad B: Trabajo de investigación para suficiencia profesional (monografía), son: 1. Solicitud dirigida al decano de la facultad (Anexo Nº 02); 2. Tres (03) ejemplares de la monografía en torno a un tema sobre su experiencia profesional en su especialidad. 3. Informe documentado que demuestre la experiencia profesional, prestando servicios profesionales durante tres años consecutivos en labores profesionales propias de la especialidad, contabilizados a partir de haber obtenido el grado académico de bachiller. 4. Solicitud dirigida al decano de la facultad (Anexo Nº 02); 5. Copia legalizada de las boletas de remuneraciones de los tres últimos años de labores; 6. Cuatro (04) fotografías a color tamaño pasaporte fondo blanco; 7. Constancia de no adeudo económico a la Universidad; 8. Constancia de no deber libros a la Biblioteca; 9. Constancia de no adeudar material de laboratorio; 10. Copia simple del DNI (Legible); 11. Copia del diploma del grado académico de bachiller autenticado por el Secretario General de la Universidad; Universidad de Ciencias y Humanidades Página 16

Pagina: 17 de 28 12. Certificado de trabajo original; 13. Recibo de pago según modalidad (TUPA); Artículo 33. - Los apellidos y nombres que figuran en todos los documentos que presenta el titulando, deben ser tal como figura en su Documento Nacional de Identidad (DNI), cualquier enmendadura o falsedad invalida el proceso de su trámite. Artículo 34. - Para ser declarado expedito el titulando deberá presentar el expediente según el Artículo 32, adjuntando la monografía en torno a un tema sobre su experiencia profesional en su especialidad (02 ejemplares). La Oficina de Grados y Títulos, verificará que cumpla con los requisitos establecidos y derivará al decano de facultad para que lo declare expedito. Una vez aprobado el otorgamiento del título mediante resolución de decanato. El decano elevará el expediente al Consejo Universitario para el otorgamiento del título respectivo. CAPITULO IX DE LOS TITULOS DE SEGUNDA ESPECIALIDAD Artículo 35.- El título de segunda especialidad requiere la licenciatura u otro título profesional equivalente, haber aprobado los estudios respectivos con una duración mínima de dos semestres académicos con un contenido de cuarenta (40) créditos como mínimo, la aprobación de una tesis o trabajo académico. Las especialidades profesionales que se regulen por un régimen especial, como el residentado médico, se regirán por sus propias normas. Artículo 36. - Los requisitos para optar el título de segunda especialidad, son: Universidad de Ciencias y Humanidades Página 17

Pagina: 18 de 28 1. Solicitud dirigida al decano de la facultad (Anexo Nº 02); 2. Tres (3) volúmenes empastados de la tesis o trabajo académico firmada por el asesor y los jurados evaluadores de la tesis y tres (3) copias en CD. 3. Acta de sustentación de la tesis o trabajo académico que señale la aprobación, emitida y firmada por el jurado evaluador de la sustentación. 4. Una (1) constancia de recepción de la tesis o trabajo académico de la empresa o institución donde se realizó la investigación. 5. Cuatro (04) fotografías a color, tamaño pasaporte en fondo blanco; 6. Recibo de pago por derecho de título de segunda especialidad según modalidad (TUPA); 7. Constancia de no adeudo económico a la Universidad; 8. Constancia de no deber libros a la Biblioteca; 9. Copia simple del DNI (Legible); 10. Copia del diploma del Título autenticado por la Secretaría General de la universidad de procedencia. Artículo 37º.- Los apellidos y nombres que figuran en todos los documentos que presenta el titulando, deben ser tal como figura en su Documento Nacional de Identidad (DNI), cualquier enmendadura o falsedad invalida el proceso de su trámite. Artículo 38.- El titulando prepara el expediente de acuerdo al Artículo 36, presentando en la Oficina de Grados y Títulos, verificará que cumpla con los requisitos establecidos y derivará al decano de facultad para que lo declare expedito. Una vez aprobado el otorgamiento del título mediante resolución de decanato. El decano elevará el expediente al Consejo Universitario para el otorgamiento del título respectivo. Universidad de Ciencias y Humanidades Página 18

Pagina: 19 de 28 CAPITULO XV DE LA CEREMONIA DE COLACIÓN ACADÉMICA Artículo 39. - Una vez listos los diplomas de los grados académicos y títulos profesionales, la Oficina de Grados y Títulos de la Universidad notificará a los graduados y titulados el día y hora en que se llevará a cabo la ceremonia de colación para la entrega de los diplomas correspondientes. Esta fecha lo determina el Consejo Universitario. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA.- Los programas académicos de pregrado y posgrado, y los programas de segunda especialidad que la Universidad de Ciencias y Humanidades proponga y ofrezca en adelante, previa aprobación por parte de la entidad supervisora correspondiente, se regirán por el presente reglamento. SEGUNDA.- La Oficina de Grados y Títulos de la universidad tendrá la responsabilidad de ejecutar todos los trámites necesarios para el otorgamiento de los mismos y de administrar y custodiar el Libro de Grados y Títulos de la UCH. TERCERA.- La Oficina de Grados y Títulos estará a cargo de todos los trámites y coordinaciones directas para la evaluación de los graduandos y titulandos. CUARTA.- De acuerdo a la Ley Universitaria Nº 30220 y al Reglamento de Registro Nacional de Grados y Títulos, se registrará en la SUNEDU los grados y los títulos emitidos por la Universidad, según los requisitos establecidos por ley. Universidad de Ciencias y Humanidades Página 19

Pagina: 20 de 28 ANEXO 1 SOLICITA GRADO DE BACHILLER SEÑOR. DECANO DE LA FACULTAD DE... UNIVERSIDAD DE CIENCIAS Y HUMANIDADES. Presente.- Yo,.ex alumno (a) de la Facultad de..., con Código de Matrícula Nº, con DNI Nº.., domiciliado (a) en...... Teléfono Nº., me dirijo a usted con la debida consideración para solicitar lo siguiente: Que, habiendo culminado satisfactoriamente las asignaturas que comprenden el Plan de Estudios de la Escuela Profesional de, acreditando haber efectuado las prácticas pre-profesionales previstas en dicho Plan, y aprobado la sustentación del Artículo de Investigación, adjunto los documentos requeridos Solicito a usted se sirva disponer lo pertinente para que de acuerdo al Reglamento de Grados y Títulos y demás disposiciones vigentes se apruebe el otorgamiento de mi GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER EN... Lima,...de...de 201 FIRMA Universidad de Ciencias y Humanidades Página 20

Pagina: 21 de 28 GRADO DE BACHILLER FORMULARIO PARA SER COMPLEMENTADO POR EL INTERESADO (Sírvase leer las instrucciones) DATOS PERSONALES: 1. Primer Nombre : 2. Segundo Nombre : 3. Tercer Nombre : 4. Apellido Paterno : 5. Apellido Materno : 6. DNI Carnet Ext. 7. Teléf. Sexo: F M DATOS ACADÉMICOS: 8. Facultad : 9. Bachiller en : 10. Promoción : 11. Firma del Interesado o Apoderado 12. Nombre y Apellidos del Apoderado. 13. DNI del Apoderado 14. Fecha Universidad de Ciencias y Humanidades Página 21

Pagina: 22 de 28 GRADO DE BACHILLER INSTRUCCIONES PARA COMPLETAR EL FORMULARIO 1 al 5.- Los Nombres y Apellidos deben ser escritos con letra de imprenta en forma legible y con lapicero, de la siguiente manera: La primera Letra con mayúscula y las siguientes con minúscula, acentuar en caso necesario. 6 y 7.- Indicar los números de los documentos de identidad (DNI, carnet de extranjería) y el teléfono, deben escribirse correctamente, sin omitir ningún dígito. 8.- Indicar la Facultad a la que pertenece. 9.- Indicar el Grado que se solicita, concordante con el que otorga su Facultad. 10.- Indicar la promoción a la que pertenece. 11.- Firma del interesado o apoderado. Si firma el apoderado llenar el punto 12 y 13 12.- Indicar el número de su DNI. 13. Poner la fecha en la que es llenado el presente Formulario. NOTA: Los alumnos que no proporcionen sus datos correctamente a través del formulario tendrán que: Asumir el costo del diploma que se envíe a caligrafiar nuevamente así como el de la reducción. Debe entregar (04) fotografías tamaño pasaporte a color en fondo blanco (caballeros en saco, corbata y camisa. Damas con ropa de vestir) Universidad de Ciencias y Humanidades Página 22

Pagina: 23 de 28 ANEXO 2 SOLICITA GRADO DE MAESTRO O DOCTOR SEÑOR. JEFE DE LA UNIDAD DE POSGRADO.. UNIVERSIDAD DE CIENCIAS Y HUMANIDADES. Presente.- Yo,. ex alumno (a) del programa de maestría/doctorado de..., con Código de Matrícula Nº, con DNI Nº.., domiciliado (a) en...... Teléfono Nº., me dirijo a usted con la debida consideración para solicitar lo siguiente: Que, habiendo culminado satisfactoriamente las asignaturas que comprenden el Plan de Estudios de la maestría / doctorado, acreditando cumplir con los requisitos exigidos. Solicito a usted se sirva disponer lo pertinente para que de acuerdo al Reglamento de Grados y Títulos y demás disposiciones vigentes se apruebe el otorgamiento de mi GRADO ACADÉMICO DE MAESTRO / DOCTOR EN... Lima,...de...de 201 FIRMA Universidad de Ciencias y Humanidades Página 23

Pagina: 24 de 28 GRADO DE MAESTRO / DOCTOR FORMULARIO PARA SER COMPLEMENTADO POR EL INTERESADO (Sírvase leer las instrucciones) DATOS PERSONALES: 8. Primer Nombre : 9. Segundo Nombre : 10. Tercer Nombre : 11. Apellido Paterno : 12. Apellido Materno : 13. DNI Carnet Ext. 14. Teléf. Sexo: F M DATOS ACADÉMICOS: 8. Facultad : 9. Maestro / Doctor en : 10. Promoción : 12. Firma del Interesado 13. Nombre y Apellidos 13. DNI del Apoderado 14. Fecha Universidad de Ciencias y Humanidades Página 24

Pagina: 25 de 28 ANEXO 3 SOLICITA TITULO PROFESIONAL O TITULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD EN: SEÑOR. DECANO DE LA FACULTAD DE... UNIVERSIDAD DE CIENCIAS Y HUMANIDADES. Presente.- Yo,.ex alumno (a) de la Facultad de..., con Código de Matrícula Nº.., con DNI Nº, domiciliado (a) en:...teléfono Nº., me dirijo a usted con la debida consideración para solicitar lo siguiente: Que, habiendo cumplido con los requisitos correspondientes para obtener el Título Profesional / Titulo de Segunda Especialidad en la Escuela Profesional Solicito a usted se sirva disponer lo pertinente para que de acuerdo al Reglamento de Grados y Títulos y demás disposiciones vigentes se apruebe el otorgamiento del TITULO PROFESIONAL / TITULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD en.. Lima,...de...de 201. FIRMA Universidad de Ciencias y Humanidades Página 25

Pagina: 26 de 28 TITULO PROFESIONAL / TITULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD FORMULARIO PARA SER COMPLEMENTADO POR EL INTERESADO (Sírvase leer las instrucciones) DATOS PERSONALES: 1. Primer Nombre : 2. Segundo Nombre : 3. Tercer Nombre : 4. Apellido Paterno : 5. Apellido Materno : 6. DNI Carnet Ext. 7. Teléf. Sexo: F M DATOS ACADÉMICOS: 8. Facultad 9. Título / Título de Segunda Especialidad en 10. Promoción 11. Firma del Interesado 12. Apellidos y nombres del Apoderado 13. DNI 14. Fecha Universidad de Ciencias y Humanidades Página 26

Pagina: 27 de 28 TITULO PROFESIONAL / TITULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD INSTRUCCIONES PARA COMPLETAR EL FORMULARIO 1 al 5.- Los Nombres y Apellidos deben ser escritos con letra de imprenta en forma legible y con lapicero, de la siguiente manera: La primera Letra con mayúscula y las siguientes con minúscula, acentuar en caso necesario. 6 y 7.- Indicar los números de los documentos de identidad (DNI, carnet de extranjería) y el teléfono, deben escribirse correctamente, sin omitir ningún dígito. 8.- Indicar la Facultad a la que pertenece. 9.- Indicar el título específico que se solicita. 10.- Indicar la promoción a la que pertenece. 11.- Firma del interesado o apoderado. Si firma el apoderado llenar el punto 12 y 13 12.- Indicar el número de su DNI. 13. Poner la fecha en la que es llenado el presente formulario. NOTA: Los alumnos que no proporcionen sus datos correctamente a través del formulario tendrán que: Asumir el costo del diploma que se envíe a caligrafiar nuevamente así como el de la reducción. Debe entregar (04) fotografías tamaño pasaporte a color en fondo blanco (caballeros en saco, corbata y camisa, damas con ropa de vestir). Universidad de Ciencias y Humanidades Página 27

Pagina: 28 de 28 ANEXO 3 UNIVERSIDAD DE CIENCIAS Y HUMANIDADES FACULTAD DE... ESCUELA PROFESIONAL DE:... NOMBRE DEL ALUMNO: DEPENDENCIA SITUACIÓN DEL SOLICITANTE (Indicar si tiene o no deuda pendiente) NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE - Sello TESORERÍA BIBLIOTECA LABORATORIO DE CIENCIAS NATURALES LABORATORIO DE ELECTRÓNICA LABORATORIO DE CÓMPUTO E INFORMÁTICA LABORATORIO DE IDIOMAS LABORATORIO DE ENFERMERIA Universidad de Ciencias y Humanidades Página 28