Pz. Cruz Rueda, 3, local Jaén C.I.F.: G REGLAMENTO RÉGIMEN INTERNO JAÉN C.B.

Documentos relacionados
CLUB GIMNASIA RÍTMICA VALLE MAGERIT

REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL CLUB DEPORTIVO BÁSICO CLAUDINA THÈVENET JESÚS-MARÍA

CÓDIGO INTERNO BALONCESTO CLUB ARISTOS CAPITULO I ÓRGANOS DE GOBIERNO

REGLAMENTO RÉGIMEN INTERNO FORÇA LLEIDA CLUB ESPORTIU

REGLAMENTO REGIMEN INTERNO ASOCIACION CORUÑESA DE WATERPOLO REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO

NORMATIVA INTERNA PARA JUGADORES

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO C.D.E. CELESTE de MADRID

REGLAMENTO INTERNO C.D.E. MADRID SIERRA

Reglamento de Régimen Disciplinario Deportivo del Club Natación Judizmendi

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO

NORMAS Y REGLAMENTOS DEL CLUB NATACION BASAURI

DECÁLOGO DEL JUEGO LÍMPIO

ÍNDICE TITULO I.- DISPOSCIONES GENERALES. TITULO II.- COMPOSICIÓN Y ESTRUCTURA. CAPÍTULO I.- ÓRGANOS DE GOBIERNO. CAPÍTULO II.- ÁREA DEPORTIVA.

PLAN DE CONVIVENCIA. (Elaborado según Decreto15/2007 publicado en B.O.C.M. 15 abril 2007)

VALLADOLID CLUB DE ESGRIMA REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

[Escriba aquí] NORMAS BÁSICAS Y REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL FÚTBOL LA SALLE BILBAO.

Normas internas disciplinarias FEDERACIÓN EXTREMEÑA DE NATACIÓN. Plazas al Centro Nacional de Tecnificación Deportiva Ciudad Deportiva de Cáceres

REGLAMENTO RÉGIMEN INTERNO CLUB BÀSQUET MiR

ANEXO I REGLAMENTO DISCIPLINARIO DEL PROYECTO CAMPVS

PLAN DE CONVIVENCIA (Elaborado según Decreto15/2007 publicado en B.O.C.M. 15 abril 2007)

DISPOSICIONES GENERALES.

Reglamento régimen interno

ESCUELA DE PIRAGÜISMO CIUDAD DE PONTEVEDRA REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

REGLAMENTO DE RÉGIMEN DEPORTIVO DEL CLUB NOUBROT BÀSQUET ALCOI

NORMATIVA SOBRE INFRACCIONES Y RÉGIMEN DISCIPLINARIO

ASA Málaga PLAN DE CONVIVENCIA EDUCATIVA ASA PROCEDIMIENTO SANCIONADOR 1. DEL ALUMNADO

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

REGLAMENTO INTERNO CLUB DEPORTIVO RETIRO SUR

REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO

NORMATIVA GENERAL DE REGIMEN INTERNO PARA TODOS LOS COMPONENTES DE ELECTROCOR C.F.

Club Deportivo Lucero Linces

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

Entradas/salidas del comedor:

Normativa Diagonal CE

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERO

CLUB DEPORTIVO ARROYO REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO

Reglamento de RÉGIMEN INTERNO. CLUB BALONCESTO PALENCIA Interno

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO CLUB BALONCESTO INNOVA MUTXAMEL

SANCIONES FUTBOL SALA - 22ª JORNADA (9-10 de MAYO)

ÍNDICE DISPOSICIONES GENERALES. CAPÍTULO II. Entrenadores. CAPÍTULO III. Mediador. CAPÍTULO IV. Jugadores y equipos. CAPÍTULO V.

MODELO DEPORTIVO DE FORMACIÓN INTEGRAL NORMATIVA 2010/11 DE USUARIOS BALONCESTO

ASSOCIACIO ESPORTIVA BASQUET mvp CERVELLO

ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD CANARIA DE SALUD PÚBLICA

En la actualidad, en esta temporada 2010/2011 el Club cuenta con 222 jugadores de ambos sexos y 17 equipos.

Reglamento de Régimen Interno

Reglamento de Régimen Disciplinario del R.C.N. DELFIN

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO

NORMAS DE CONVIVENCIA

REGLAMENTO REGIMEN INTERNO DEL

ESCUELAS SAN JOSÉ - JESUITAS

Propuesta REGLAMENTO DEL RÉGIMEN INTERNO DEL CLUB BALONCESTO

NORMAS DE REGIMEN INTERNO DEL CLUB NATACION QUINTANAR

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEPORTIVO PREÁMBULO

C. CÓDIGO DISCIPLINARIO. Fecha y nº de versión Persona responsable Encargado de aprobación 04/07/2016. Versión 1ª Junta Directiva Junta Directiva

Fax:

RÉGIMEN INTERNO DEL CLUB NATACIÓN LEÓN

REGLAMENTO INTERNO DEL CLUB Unión Baloncesto Villalba

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO (SECCIÓN DE FÚTBOL) C. D. SANTA MARIA CARIDAD

NORMAS GENERALES CLUB ATLETISMO PORTUGALETE

Reglamento De Régimen Interno Club Deportivo Fútbol Americano Caballeros del Mar Seaknights

RÉGIMEN DISCIPLINARIO CLUB BALONMANO MÓSTOLES. Artículo 1

A Y U N T A M I E N T O D E E L B U R G O D E E B R O

NORMAS DE REGIMEN INTERNO DEL CLUB GALDAKAO KANTAURI IGERIKETA TALDEA.

REGLAMENTO INTERNO DISCIPLINARIO DEL CLUB BALONCESTO TORRELAGUNA

LIBRO DE LAS NORMAS INTERNAS Y DISCIPLINARIAS DEL CLUB NATACIÓN CHURRIANA

NORMAS DE REGIMEN INTERNO CLUB DEPORTIVO OCA S.O.S.

ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CLUB BALONCESTO AEC COLLBLANC

IES LA SERNA PLAN DE CONVIVENCIA

REGLAMENTO INTERNO DEL CLUB Unión Baloncesto Villalba ADC Los Negrales 92

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DEL CLUB DEPORTIVO ADAPTADO ICUE CARTAGENA.

REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO CLUB NATACION SAN FERNANDO.

EXTRACTO DEL REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO ACTUR PABLO IGLESIAS C.D.

[CLUB BALONCESTO SPORTING CIUTAT DE PALMA] CÓDIGO DE CONDUCTA

REGLAMENTO INTERNO CLUB DEPORTIVO SEMILLANO Escuela de Fútbol Semillano

REGLAMENTO DE DISCIPLINA DEPORTIVA DE LOS CAMPEONATOS UNIVERSITARIOS Y PREUNIVERSITARIOS DE LA RIOJA

C.D. Baloncesto Huelva La Luz REGLAMENTO INTERNO DEL C.D. BALONCESTO HUELVA LA LUZ

NORMAS DE ACTUACIÓN ANTE LAS FALTAS DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA EN LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES ORGANIZADAS POR LA AMPA DEL CEIP PADRE POVEDA

RÉGIMEN DISCIPLINARIO

CLUB DEPORTIVO IPLACEA REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO ALCALÁ DE HENARES 1 DE DICIEMBRE DE 2005

PLAN NACIONAL DE TECNIFICACIÓN E INTRODUCCIÓN AL ALTO RENDIMIENTO

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE LA ASOCIACION DE ANTIGUOS ALUMNOS Y AMIGOS DE LA UNED Y DELEGACIONES

CLUB DEPORTIVO IPLACEA REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

REGLAMENTO DE ACTUACION DEL MARSHALL Y STARTER

CONVENIO DE RESPONSABILIDAD AÑO 2013

LIBRO DE SANCIONES. para las Competiciones Municipales

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL SAN FRANCISCO LORCA C.D. I. INTRODUCCIÓN

NORMA DE REGIMEN INTERNO DISCIPLINA COMPETIDORES DEL CLUB DERECHOS DE LOS COMPETIDORES

NORMAS DE REGIMEN INTERNO LUDOTECA 2018 CCJ ALCOY

Convivencia Escolar. CEIP Arroyo. Resumen Decreto 51/2007. Normas específicas de centro. CEIP Arroyo.

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO CLUB DEPORTIVO TEGUINTE

NORMAS DE CONVIVENCIA (Decreto 16/2016)

ORDENANZA NUMERO VEINTE

Reglamento General del C.F. Bufalà

Artículo 2.- Quedan sujetos a las disposiciones del presente Reglamento:

REGLAMENTO PARA USO DE LA CANCHA DE FRONTON

NORMAS DE REGIMEN INTERNO DEL CLUB NATACIÓN CIUDAD DE MURCIA- LOS OLIVOS

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

Transcripción:

REGLAMENTO RÉGIMEN INTERNO JAÉN C.B. 1

REGLAMENTO RÉGIMEN INTERNO JAÉN CLUB DE BALONCESTO 2017-18 ARTÍCULO 1º.- DEFINICIÓN La presente normativa será de aplicación a todos los jugadores, técnicos y miembros del Jaén C.B. (delegados, padres, madres, socios y Junta Directiva). ARTÍCULO 2º.- INFRACCIONES 2.1. Clasificación: - Leves - Graves - Muy graves Serán circunstancias modificativas de responsabilidad del atribuido. - Como eximentes: caso fortuito, fuerza mayor y legítima defensa, cuando proceda. - Como atenuantes: arrepentimiento espontáneo, debiendo existir una reparación o disminución del daño por parte del autor, o en dar satisfacción al ofendido, en reconocer formal y expresamente el hecho o los hechos de que se trate y prestarse a efectuar una pública rectificación. - Como agravantes: en caso de reincidencia cuando haya sido sancionado anteriormente por un hecho de idéntica naturaleza a la que se ha de sancionar. En caso de reiteración cuando tenga señalada una sanción igual o superior. Si no se diesen circunstancias atenuantes ni agravantes, el Jaén C.B. impondrá la sanción correspondiente en su grado medio. De acreditarse únicamente atenuantes, la sanción se aplicará en su grado mínimo y de tratarse tan sólo de agravantes, en su grado máximo. 2.2. Faltas Leves: 1. Las faltas injustificadas de puntualidad. 2. Las faltas injustificadas, no reiteradas de asistencia a entrenamientos y partidos. 3. La no comunicación a su entrenador de cualquier anomalía o falta de asistencia a entrenamientos y partidos con la suficiente antelación cuando aquello sea posible. 4. La actitud pasiva en entrenamientos y partidos. 5. La falta de respeto a sus compañeros o entrenador/a que se realicen en entrenamientos, partidos y desplazamientos o con otros jugadores, árbitros, etc. 6. Los actos de indisciplina, injuria u ofensa no graves. 7. Cualquier acto injustificado que altere levemente el normal desarrollo de las actividades del Jaén C.B. 2

8. No llevar o no estar dispuesto a tiempo con la equipación adecuada para iniciar o participar en entrenamientos y partidos. 9. La negativa a asistir a los entrenamientos y a los partidos que sean convocados en los equipos distintos a los que pertenecen sin motivo justificado. 10. La inadecuada utilización de los servicios o instalaciones por simple negligencia y sin que se produzcan daños materiales o morales. 11. La desinformación por parte de un entrenador al Director Deportivo de cualquier circunstancia o anomalía ocurrida en entrenamientos, partidos, desplazamientos, etc. que afecte directamente a cualquier miembro del Jaén C.B. (jugador, entrenador, directivo, padres, etc.), como expulsiones de partidos y entrenamientos o enfrentamientos verbales. 2.3. Faltas Graves: 1. Las faltas injustificadas reiteradas de asistencia a entrenamientos y partidos. 2. La reiterada y continua falta de respeto con compañeros o entrenador, así como cualquier comportamiento incorrecto y falta de respeto de carácter grave que se realice en entrenamientos, partidos y desplazamientos o con otros jugadores, árbitros, etc. 3. La expulsión de un entrenamiento o partido. 4. Los actos de indisciplina, injuria u ofensa grave a los miembros del Jaén C.B. y otros en deterioro de la imagen del Jaén C.B. 5. La agresión física grave a miembros del Jaén C.B. o de otros Clubes, así como a los árbitros, espectadores, etc. 6. Los actos injustificados que alteren gravemente el normal desarrollo de las actividades del Jaén C.B. 7. Uso indebido, pérdida o deterioro grave causado intencionalmente en materiales o instalaciones. 8. La reiterada y sistemática comisión de faltas leves en una misma temporada, con un máximo de tres, o la suma de tres faltas leves implicarán una falta grave en el transcurso de una misma temporada. 9. El incumplimiento de una sanción por falta leve. 10. La desobediencia o incumplimiento de las normas contenidas en el presente reglamento, así como las disposiciones de la Junta Directiva del Jaén C.B, siempre que sean dadas a conocer mediante circular, comunicación en tablones de anuncios del Jaén C.B., página web o correo electrónico u ordinario con acuse de recibo. 11. El participar en cualquier actividad deportiva organizada por otro Club de baloncesto u entidad sin el conocimiento y consentimiento del Jaén C.B. 12. La reincidencia en la desinformación por parte de un entrenador al Director Deportivo de cualquier circunstancia anómala ocurrida en entrenamientos, partidos, desplazamientos, etc., que afecte directamente a cualquier miembro del Jaén C.B. (jugador, entrenador, directivo, padres, etc.), como expulsiones de partidos y entrenamientos o enfrentamientos verbales. 3

2.4. Faltas Muy Graves: 1. Los actos de indisciplina, injuria u ofensa muy graves contra los miembros del Club u otros en deterioro de la imagen del Club, manifestaciones públicas de opinión y críticas fuera de tono u ofensivas (medios comunicación, web, foro, etc.) 2. Aquellos comportamientos conductas no apropiadas con el cuidado físico de un deportista que puedan proyectar hacia el exterior conductas no saludables o impropias a los valores que proyecta nuestro Club. 3. La agresión física muy grave a miembros del Jaén C.B. o de otros Clubes, así como a los árbitros, espectadores, etc. 4. La suma de tres faltas graves durante una misma temporada deportiva. 5. La alteración maliciosa de datos consignados en documentos expedidos por el Jaén C.B. 6. El hacer caso omiso a las recomendaciones o negativas del Jaén C.B a participar en cualquier actividad deportiva organizada por otro Club de baloncesto. ARTÍCULO 3º.- SANCIONES GENERALES A las faltas enumeradas se impondrán las siguientes sanciones: 3.1. Por FALTAS LEVES se podrá imponer alguna de las siguientes sanciones atendiendo a las circunstancias de cada caso, así como la apertura de un expediente informativo. a) Amonestación verbal por parte del entrenador. b) Amonestación privada por parte del Presidente, Director Deportivo o Junta Directiva. c) Amonestación escrita y que será comunicada a los padres, en el caso de que el infractor sea menor de edad. d) Suspensión de la práctica deportiva por un tiempo no superior a 7 días. 3.2. Por FALTAS GRAVES se podrá imponer alguna de las siguientes sanciones atendiendo a las circunstancias de cada caso, así como la apertura de un expediente informativo o sancionador. a) Apercibimiento, en el caso de continuas faltas injustificadas de asistencia, en el que se incluirá un informe detallado del entrenador correspondiente y del Director Deportivo sobre dicha actitud. b) Suspensión de la participación de los partidos de su equipo, o de cualquier otro del Jaén C.B., entre 1 y 4 partidos, no quedando eximido de participar en los entrenamientos. c) Realización de tareas, si procede, con tendencia a reparar el daño producido o, en su caso, el abono del coste de las reparaciones del deterioro causado. 3.3. Por FALTAS MUY GRAVES, se realizará la apertura de un expediente sancionador. Esta falta será estudiada por la Junta Directiva pudiendo ser suspendido por toda la temporada 4

o no poder volver a participar más de las actividades del Jaén C.B., con la consiguiente pérdida de los derechos adquiridos. ARTÍCULO 4º: SANCIONES ESPECÍFICAS 4.1-. PRESENCIA Y PUNTUALIDAD Presencia y puntualidad constituyen una fundamental forma de respeto y profesionalidad que tenemos que ofrecernos recíprocamente. Los horarios comunicados para entrenamientos, partidos, viajes, comidas, reuniones, terapias y cualquier otro acto oficial del Club se respetarán taxativamente, y son nuestros Entrenadores los principales responsables en la actuación dando ejemplo a nuestros jugadores. 4.2-. PREVENCIÓN Y CURA DE LESIONES Y ENFERMEDADES En el caso en que un jugador note cualquier clase de dolor o molestia, tendrá que avisar al Entrenador del equipo inmediatamente después del entrenamiento o del partido; o comunicarlo por teléfono si el problema físico se ha producido en un momento en el que el equipo no está reunido. Los Entrenadores tendrán que conocer y desarrollar el Protocolo en caso de Lesión, para someterse a los tratamientos, diagnósticos, médicos y fisioterapéuticos en las formas y en los horarios indicados exclusivamente por el médico y el fisioterapeuta que dependen de este protocolo. Los jugadores que no puedan participar en el entrenamiento tendrán, de todas formas, que estar presentes y observarlo, salvo expresa autorización del médico. 4.3-. EN EL PARTIDO Para ayudar a encontrar la máxima concentración no está permitido el uso del teléfono móvil en el vestuario (antes y después del partido). Tampoco está permitido desarrollar actividades que puedan distraer la conducción del autobús en el caso de desplazamiento. Es el Entrenador el máximo responsable a la hora de mantener el orden dentro del bus en el desplazamiento. Antes de los partidos en casa los jugadores tendrán que estar presentes en el vestuario al menos 40 minutos de la hora del inicio, siendo facultad del entrenador adelantar este horario para quien necesite tratamientos particulares. En el pre-calentamiento los jugadores reducirán a lo mínimo indispensable saludos y conversaciones con los rivales, y por supuesto, al mero saludo con otras personas extrañas al equipo. 5

Después de los partidos los jugadores tendrán que cumplir con las obligaciones impuestas por el Entrenador referente a las salidas, así como en los desplazamientos volver con el grupo, salvo autorización expresa del entrenador. La falta de profesionalidad, concentración, entrega y dedicación por su parte durante el desarrollo del partido se entenderá como FALTA MUY GRAVE, procediéndose a la apertura de expediente disciplinario. 4.4-. ENTRENAMIENTOS Los jugadores tendrán que estar presentes en el vestuario como mínimo 5 minutos antes del horario de inicio del entrenamiento, y en la cancha (terminados vendajes, masajes, terapias, etc.) como mínimo 5 minutos antes del horario de inicio para estirar, realizar ejercicios de técnica individual y tiro, hablar con los Técnicos y encontrar la necesaria concentración. Los jugadores tendrán que utilizar en todas sesiones de entrenamiento, bien técnicas bien físicas, sólo y exclusivamente el material deportivo puesto a disposición por el Club, según las indicaciones recibidas por el Entrenador. Es fundamental el recuento del material utilizado en cada una de las sesiones, en el caso de que haya una pérdida o sustracción de algún elemento material, será el entrenador el encargado de comunicarlo a la Dirección Deportiva. En el caso de que haya omisión en esta responsabilidad, será el Entrenador sancionado con el coste de la reposición del elemento extraviado. Planificación de Entrenamientos: Nuestra actuación como Entrenadores, debe ser un elemento a evaluar de forma objetiva, con la meta de la consecución de objetivos técnicos tácticos en la progresión de nuestros jugadores. Para ello, la Dirección Deportiva, proporcionará a los Entrenadores una serie de contenidos mínimos en una Planificación General Anual que los actores, en este caso los Entrenadores, tendrán que desarrollar y que los jugadores deberán conseguir al finalizar la temporada. Los entrenadores deberán enviar copia de la sesión de entrenamiento diaria al Director Deportivo antes del comienzo de la misma. El incumplimiento reiterado de esta obligación supondrá una falta MUY GRAVE. Así mismo, los Entrenadores, serán los encargados al finalizar la sesión, de cumplimentar los Estadillos de Asistencia a Entrenamientos, así como su entrega a final de cada mes a la Dirección Deportiva, para que en el caso de que haya faltas de asistencias injustificadas a sesiones de entrenamiento, se tomen las medidas oportunas. En el caso de que un entrenador no entregue los Estadillos de Asistencia a los Entrenamientos, se considerará FALTA GRAVE. 6

Debemos cuidar nuestra imagen al máximo en entrenamientos y partidos, para ello, los Entrenadores deberán usar la ropa proporcionada por el Club para el desarrollo de entrenamientos, partidos y actos publicitarios. En el caso de que un Entrenador no acuda correctamente uniformado a una sesión de entrenamiento, partido o acto publicitario, se considerará FALTA GRAVE. 4.5-. VIAJES Y COMIDAS Los viajes del equipo comenzarán en el sitio indicado por el Club y terminarán colectivamente en el mismo sitio. Cualquier cambio en el desplazamiento por parte de los jugadores/entrenadores tendrá que ser comunicado al Entrenador del equipo con la suficiente antelación para su conocimiento. Los jugadores tendrán que seguir las indicaciones del Club en cuanto a la indumentaria a utilizar durante el viaje. 4.6-. DISCIPLINA EN LA VIDA DIARIA Y REDES SOCIALES Somos deportistas y tenemos una imagen. Estas son nuestras recomendaciones: Los jugadores Y entrenadores deberán estar en sus domicilios, a no ser que tenga autorización expresa de la Dirección Deportiva: - La noche antes de un entrenamiento matinal: 23:00 h. - La noche antes de un entrenamiento vespertino: 00:00 h - La noche antes de un partido: 22:00 h. - La noche antes de un día sin entrenamiento, después de un partido, no está previsto ningún horario; sin embargo, y en ningún caso, debemos olvidar nuestras obligaciones y cuidados de buenos profesionales, en lo que se refiere a la imagen que damos de nosotros mismos y de nuestro Club. Especial atención tendremos con respecto al uso de imágenes y vídeos con conductas no apropiadas en las cuentas individuales de los jugadores en redes sociales, para que no se puedan proyectar hacia el exterior conductas no saludables o impropias a los valores que proyecta nuestro Club. 4. 6.1 SANCIONES Cualquier negligencia del jugador referente a este apartado se considerará falta grave procediéndose a la apertura de expediente disciplinario. ARTÍCULO 5º.- COMPETENCIA PARA LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES 7

5.1 Para las sanciones consideradas leves, será el Director Deportivo y los componentes de la Comisión Disciplinaria (Presidente y Vicepresidente) los encargados de establecer dicha sanción. 5.2. Para las faltas consideradas graves o muy graves, será el Director Deportivo y los componentes de la Comisión Disciplinaria (Presidente y Vicepresidente) los encargados de proponer la sanción correspondiente, siendo la Junta Directiva, en la primera reunión que se celebre de tratar el caso, ratificando o anulando la propuesta de dicha sanción, indicando de esta forma la sanción correspondiente si procede. ARTÍCULO 6º.- PROCEDIMIENTO SANCIONADOR 6.1. En las sanciones consideradas leves, el jugador, entrenador o cualquier miembro del Jaén C.B., que detecte dicha infracción, deberá informar al Director Deportivo o componente de la Comisión Disciplinaria (Presidente y Vicepresidente) y éste procederá según lo establecido como sanción leve. 6.2. En el caso de faltas graves y muy graves, el jugador, entrenador o cualquier miembro del Jaén C.B., deberá informar al Director Deportivo o componente de la Comisión Disciplinaria (Presidente y Vicepresidente), explicando el caso y aportando cuanta información estime oportuno para esclarecer los hechos. El Director Deportivo informará en la reunión de la Junta Directiva el caso a tratar y ésta fallará al respecto. 6.3. En el momento de decidir la resolución del expediente disciplinario, y a los efectos de graduar la aplicación de las sanciones que proceden, se tendrán en cuenta las circunstancias personales, familiares y sociales del jugador o entrenador. 6.4. Desde la Dirección Deportiva del Jaén C.B. estimamos y deseamos que las sanciones muy graves no sean una constante en nuestro funcionamiento cotidiano. Debido a nuestra filosofía estamos plenamente seguros que estos tipos de sanciones tendrán un carácter excepcional y si las hubiera, esta Junta Directiva no tratará el caso con exclusiva autoridad, estudiará el tema y consultará debidamente las causas de la indisciplina, aportando soluciones y sanciones que beneficie a ambas partes, teniendo siempre la sanción una finalidad educativa. ARTÍCULO 7º.- DISPOSICIONES FINALES PRIMERA. ENTRADA EN VIGOR El presente Reglamento de Régimen Interno entrará en vigor a partir de la fecha de su aprobación en Junta Directiva. SEGUNDA. MODIFICACIÓN Las modificaciones de este Reglamento se aprobarán en Junta Directiva. 8